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casos practicos para resolver
Tipo: Ejercicios
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Se abre un litigio sucesorio en España cuyo objeto estriba en determinar si es válido el testamento otorgado en Madrid, el 13 de diciembre de 1987, por D. Pierre Lauserant, de nacionalidad suiza y nacido en Ginebra, donde residió hasta su matrimonio con Dª. María Gutiérrez en 1980, momento en que se trasladó a España, donde ha permanecido hasta su muerte en octubre de 2016. D. Pierre nombraba heredera universal de sus bienes muebles e inmuebles a su mujer. Tras diez años de convivencia éste abandonó el hogar familiar y comenzó vida en común con Dª Luisa Rodríguez, con la que tuvo una hija en el año 1999, reconocida por el difunto y a la que dio sus apellidos. Fallecido D. Pierre, Dª Luisa quiere reclamar para su hija la parte que le corresponde del caudal hereditario de su padre conforme al Derecho español.
Pedro López, autor aragonés, publica en España una monografía de alta calidad. María Pérez, ciudadana española, residente en Suiza, traduce y copia, sin recato, parte de la obra del autor aragonés en una obra suya escrita en francés. Esta última obra se publica mayoritariamente en Suiza, Francia y Bélgica, pero dicho libro se difunde también por otros Estados de la UE. Pedro recurre a tí, no sabe cómo defender sus derechos sobre la obra que él publicó y quiere reivindicar los daños que el plagio pueda causarle.
Sarah, ciudadana norteamericana, casada con Dionisos, ciudadano griego, fijaron su domicilio en Tours (Francia), donde residieron hasta su separación legal obtenida por resolución de los tribunales franceses en febrero de 2014, momento en que Sarah traslada su domicilio a la Costa del Sol junto a sus hijos, de los que tiene custodia plena, y donde heredó recientemente una casa de su padre (norteamericano afincado en España desde el año 1991 hasta su muerte en Marbella en enero de 2015). Dionisos continua residiendo en Tours. Sarah, marchante de arte, trabaja en una empresa de subastas americana – Christie´s – cuya sede en Europa está en Londres y París. Sarah concluyó un contrato de trabajo con la sede de París, con la que ahora trabaja desde España, donde la Casa no tiene delegación, buscando clientes adinerados para participar en las subastas que la Casa organiza. En marzo de 2017 Sarah ha decidido interponer demanda de divorcio en la que solicitar la declaración de divorcio y los alimentos correspondientes, y pide a Dionisos que se cambie de piso ya que ella quiere su parte del antiguo domicilio conyugal.
I. Respecto al divorcio
II. Respecto a los alimentos
III. Una vez en España y, sobre todo, en los últimos cuatro meses, Sarah está teniendo problemas con la empresa de subastas para la que trabaja desde España, y está pensando demandarles y reclamarles lo que le deben por incumplir constantemente los plazos y las cantidades que le pagan por su trabajo, diferentes a lo establecido en su día en el contrato, en el que se incluyó una cláusula de sumisión expresa a los tribunales franceses.
IV. Enterado Dionisos de la intención de Sarah respecto al piso de Tours, le dice que el piso es suyo ya que ya lo tenía cuando se casaron y que, por tanto, es un bien privativo y no ganancial.