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El derecho y la moral, Apuntes de Teoría del Derecho

Apuntes de Teoría del derecho

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 08/01/2019

kittymanzano
kittymanzano 🇪🇸

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EL DERECHO Y LA MORAL
Generalidades:
El Derecho como la Moral, son sistemas normativos de la conducta humana.
Pero encerrando el problema de sus relaciones y diferencias, se registran dos grandes
grupos de doctrinas en la historia del pensamiento filosóficos:
a. Doctrina que los opone: (Grecia) Se trata de un punto de vista erróneo o ya
superado, y para que esto fuera cierto, sería necesario que la Moral prohibiera lo
que el Derecho permite y viceversa, aunque a veces marchan de acuerdo en
ciertos casos.
b. Doctrinas que los distinguen: Sin desconocer las estrechas relaciones
existentes entre ambos objetos culturales. Es este el punto de vista más aceptado
en la actualidad, porque si bien se trata de sistemas normativos distintos, hay
que reconocer que ambos rigen toda la conducta humana, pudiendo unan misma
acción, ser encarada Moral y Jurídicamente
Definición de moral
La moral es el conjunto de normas que, siempre y cuando la persona que las cumple
lo haga porque reconoce voluntariamente que son válidas para él, rigen toda la conducta
humana (individual y social), en interferencia subjetiva, para realizaren dichas
conductas, determinados valores y principios propios de la moral que, en esencia,
tienden a lograr la perfección espiritual del ser humano y, además, como consecuencia
de la difusión de dichos valores y principios en el resto de la comunidad, lograr la
vigencia de la moral social, acorde con dichos valores y principios.
1. Fases de la moral: la moral no es una realidad untaría, hay distintos ámbitos. Y
así, con Henkel podemos distinguir:
Moral Individual: parte de la idea de lo bueno que cada uno se forja en su
conciencia y que condiciona su comportamiento.
Moral religiosa o filosófica: es el conjunto de doctrinas morales que afectan más
a grupos que se someten voluntariamente a ella.
Moral Social: hace referencia a preceptos morales que impone cada grupo social
en cada momento histórico
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¡Descarga El derecho y la moral y más Apuntes en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity!

EL DERECHO Y LA MORAL

Generalidades:

El Derecho como la Moral, son sistemas normativos de la conducta humana. Pero encerrando el problema de sus relaciones y diferencias, se registran dos grandes grupos de doctrinas en la historia del pensamiento filosóficos:

a. Doctrina que los opone : (Grecia) Se trata de un punto de vista erróneo o ya superado, y para que esto fuera cierto, sería necesario que la Moral prohibiera lo que el Derecho permite y viceversa, aunque a veces marchan de acuerdo en ciertos casos. b. Doctrinas que los distinguen : Sin desconocer las estrechas relaciones existentes entre ambos objetos culturales. Es este el punto de vista más aceptado en la actualidad, porque si bien se trata de sistemas normativos distintos, hay que reconocer que ambos rigen toda la conducta humana, pudiendo unan misma acción, ser encarada Moral y Jurídicamente

Definición de moral

La moral es el conjunto de normas que, siempre y cuando la persona que las cumple lo haga porque reconoce voluntariamente que son válidas para él, rigen toda la conducta humana (individual y social), en interferencia subjetiva, para realizaren dichas conductas, determinados valores y principios propios de la moral que, en esencia, tienden a lograr la perfección espiritual del ser humano y, además, como consecuencia de la difusión de dichos valores y principios en el resto de la comunidad, lograr la vigencia de la moral social, acorde con dichos valores y principios.

  1. Fases de la moral: la moral no es una realidad untaría, hay distintos ámbitos. Y así, con Henkel podemos distinguir:
  • Moral Individual: parte de la idea de lo bueno que cada uno se forja en su conciencia y que condiciona su comportamiento.
  • Moral religiosa o filosófica: es el conjunto de doctrinas morales que afectan más a grupos que se someten voluntariamente a ella.
  • Moral Social: hace referencia a preceptos morales que impone cada grupo social en cada momento histórico
  1. Rasgos diferenciales entre Moral y Derecho: ambos son ordenes normativos que regulan la conducta humana libre. Son mayores la diferencias entre Derecho y moral individual y moral filosófica religiosa y son menores con la moral social.
  2. Diversidad de perspectiva: el derecho ve las acciones humanas desde una perspectiva social y la moral las ve desde su dimensión de valor personal. Aristóteles distinguió entre: hombre bueno y buen ciudadano.

Distinción entre el Derecho y la Moral Se divide en dos: a. Histórico. - analizando las opiniones más importantes al respecto, a través de la evolución del pensamiento filosófico.

b. Sistemático. - con la solución más aceptada en la actualidad.

  1. Estudio Histórico De La Distinción

Los griegos los confundían: la ley —ethos— los abarcaba conjuntamente y no hubo en Grecia un vocablo para designar al Derecho, como t\jus latino. Ello se explica porque en Grecia el Estado tenía intervención hasta en la vida privada de las personas y nadie veía en ello un mal, pues no había nacido todavía la noción de los derechos fundamentales del hombre.

Los romanos : Tampoco distinguieron ambos conceptos. Una prueba de ello la tenemos en Ulpiano que, citando a Celso, definió el derecho como el arte de lo bueno y de lo equitativo; la primera parte de la definición, se refiere evidentemente a la moral. En la misma confusión incurre al formular los tres preceptos del derecho: vivir honestamente, no hacer mal al prójimo y dar a cada uno lo suyo, pues, por ejemplo, el primero de ellos, es evidentemente un precepto moral.

Paulo, al decir que “no todo lo lícito es honesto”, muestra un atisbo de distinción, pero, respondiendo al espíritu eminentemente práctico de los jurisconsultos romanos, no

  • El Derecho, el libre uso de decisiones puede coexistir con las decisiones de los demás, según una ley universal de libertad

En las teorías de Tomasio, Kant y Fichte, hay un innegable trasfondo político, pues nacieron precisamente para defender la dignidad y la libertad del hombre, tratando de poner un freno al Estado absolutista de los siglos XVII y XVIII.

Jellinek (1851-1911) el Derecho es un mínimo de Ética. Esta opinión, debe ser rechazada por inexacta, pues tanto el Derecho como la Moral pueden considerar las mismas acciones.

  1. Estudio Sistemático

DERECHO MORAL EXTERIORIDAD BILATERAL

INTERIORIDAD

UNILATERAL

HETERONOMO ATONOMA

COERCIBLE INCOERCIBLE

Exterioridad del Derecho e Interioridad de la moral

Para Del Vecchio toda conducta humana posee ambas dimensiones.

Al derecho le interesa lo externo, no le interesa tanto la interiocidad, a la moral le interesa también lo interno, la voluntad. (Sto. Tomas y Kant)

El derecho, a veces, también tiene en cuenta la voluntad.

Bilateralidad del Derecho y Unilateralidad de la Moral

También es conocida como la imperatividad de la moral, ya que esta impone deberes, por su parte el derecho contiene Imperatividad y Atributividad, ya que impone deberes, pero también atribuye Derechos.

El derecho no impone todas las virtudes ni prohíbe todos los vicios, lo hace en función del bien común.

A la moral también le interesa el bien social

Heteronomía del Derecho y Autonomía de la moral

Las normas jurídicas son heterónomas en el sentido de que rigen la conducta humana, sin derivar su validez de la voluntad de los sujetos vinculados y sí de una voluntad superior a ellos.

Las normas morales, son autónomas, en el sentido de que sólo obligan cuando el sujeto las reconoce como válidas.

Coercibilidad del Derecho e Incoercibilidad de la Moral

La norma jurídica es coercible.

  • La coercibilidad, es la posibilidad jurídica de la coacción, es decir que el derecho puede usar la fuerza para imponerse

La norma moral es incoercible.

  • Su cumplimiento no puede ser impuesto por la fuerza. (La sanción es solo remordimiento, frustración.) **Relaciones entre el Derecho y La Moral
  1. Relación de ambos sistemas normativos entre sí.**

Se refiere a las relaciones recíprocas entre el Derecho y la Moral (problema que implica el de las relaciones entre los valores jurídicos y morales)

a. Subordinación del Derecho a la Moral: se sostiene la supremacía jerárquica de los valores morales sobre los jurídicos, por lo que el derecho, para ser «legitimo», ha de armonizar con los valores morales imperantes. b. independencia del Derecho y la Moral: se sostiene que cada sistema normativo tiene sus valores propios y que el derecho, por lo tanto, no es el medio adecuado para que, por su cumplimiento, se realicen o perfeccionen los valores morales. El derecho, es el medio propio para mejorar los valores que le son inmanentes (orden, paz, justicia, etc.) y, por supuesto, el sistema ético, es el instrumento apropiado para el afianzamiento de los valores morales (bondad, castidad, etc.) c. Teoría de la interdependencia o de las influencias recíprocas: esta corriente sostiene que existen recíprocas influencias entre el Derecho y la Moral, sin que pueda hablarse con propiedad, de supremacía de uno sobre otro.