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DERECHO Y MORAL, Apuntes de Teoría del Derecho

Asignatura: teoria del derecho, Profesor: Juana Maria Gil Ruiz, Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 02/02/2016

jjarenas
jjarenas 🇪🇸

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TEMA 2: DERECHO Y MORAL
Encontramos varias corrientes de pensamiento en torno al concepto de Derecho.
1. Derecho: Ley (Positivistas)
2. Derecho: Justicia (Iusnaturalismos)
3. R. Dworkin: Neoiusnaturalismo
4. Otros autores consideran que la finalidad del Derecho no es la justicia, sino que
lo que hace el Derecho es crear pautas de comportamiento. En este sentido, el
Derecho sirve para actuar dentro de un sistema social concreto y solo pretende
conformarlo en un determinado sentido, es decir, el Derecho no pretende
trascender ninguna realidad sino solo conformarla. Bajo esta perspectiva va a
dejar de tener importancia la adecuación o no de Derecho y Justicia, y van a
adquirir mayor importancia las siguientes preguntas: ¿Cómo funciona el
Derecho? ¿Para qué sirve el Derecho? ¿A quién sirve el Derecho?
Relaciones problemáticas que se plantean:
Relación entre Derecho y Justicia (Axiología)
Relación entre Derecho, Sociedad y Estado (Teoría de la sociedad)
Cuestiones que se plantean al considerar el Derecho como conjunto de normas
o si el Derecho es algo más (Ciencia del Derecho): Interpretación jurídica
A continuación trataremos las diferentes corrientes del pensamiento en torno al
concepto de Derecho.
Iusnaturalismo Escolástico (Tomas de Aquino (Razón) y San Agustín(Voluntad))
Parte de un modelo objetivista no empírico, si no metafísico, que le permite
mediante un proceso deductivo llegan a conocer lo que es la verdad, la Justicia
y aplicarlo a la ley humana.
Dios es creador y legislador de todas las cosas y de su orden
Ley eterna (dada por Dios para el universo); ley natural (Participación del ser
humano en la ley eterna) y ley humana (derecho dado por el ser humano,
inspirado en los valores de Justicia de la ley eterna y esa ley natural. Ley
Derivativa).
Optimismo en la capacidad del ser humano para que pueda llegar a conocer
esos principios ontológicos establecidos en ese orden universal. A través de la
razón y la fe, en caso de duda prevalecerá la fe.
Coexistencia de lo móvil y lo perenne. Es decir, el ser humano posee aspectos
que son inmutables, que no cambian y luego tiene otros accesorios, partiendo
de esto se puede hacer una teoría/conocimiento en torno a ese orden universal
establecido por Dios.
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TEMA 2: DERECHO Y MORAL

Encontramos varias corrientes de pensamiento en torno al concepto de Derecho.

**1. Derecho: Ley (Positivistas)

  1. Derecho: Justicia (Iusnaturalismos)
  2. R. Dworkin: Neoiusnaturalismo**
  3. Otros autores consideran que la finalidad del Derecho no es la justicia, sino que lo que hace el Derecho es crear pautas de comportamiento. En este sentido, el Derecho sirve para actuar dentro de un sistema social concreto y solo pretende conformarlo en un determinado sentido, es decir, el Derecho no pretende trascender ninguna realidad sino solo conformarla. Bajo esta perspectiva va a dejar de tener importancia la adecuación o no de Derecho y Justicia, y van a adquirir mayor importancia las siguientes preguntas: ¿Cómo funciona el Derecho? ¿Para qué sirve el Derecho? ¿A quién sirve el Derecho?

Relaciones problemáticas que se plantean:

 Relación entre Derecho y Justicia (Axiología)  Relación entre Derecho, Sociedad y Estado (Teoría de la sociedad)  Cuestiones que se plantean al considerar el Derecho como conjunto de normas o si el Derecho es algo más (Ciencia del Derecho): Interpretación jurídica

A continuación trataremos las diferentes corrientes del pensamiento en torno al concepto de Derecho.

Iusnaturalismo Escolástico (Tomas de Aquino (Razón) y San Agustín(Voluntad))

 Parte de un modelo objetivista no empírico, si no metafísico, que le permite mediante un proceso deductivo llegan a conocer lo que es la verdad, la Justicia y aplicarlo a la ley humana.

 Dios es creador y legislador de todas las cosas y de su orden

Ley eterna (dada por Dios para el universo); ley natural (Participación del ser humano en la ley eterna) y ley humana (derecho dado por el ser humano, inspirado en los valores de Justicia de la ley eterna y esa ley natural. Ley Derivativa).

 Optimismo en la capacidad del ser humano para que pueda llegar a conocer esos principios ontológicos establecidos en ese orden universal. A través de la razón y la fe, en caso de duda prevalecerá la fe.

 Coexistencia de lo móvil y lo perenne. Es decir, el ser humano posee aspectos que son inmutables, que no cambian y luego tiene otros accesorios, partiendo de esto se puede hacer una teoría/conocimiento en torno a ese orden universal establecido por Dios.

Duns Scotto y Ockham: Dios creo el mundo por amor y creo al ser humano para que amara.

Iusnaturalismo Moderno (Thomasio y Kant)

 Paso del teocentrismo al homocentrismo

 Basaron su teoría en la razón

 Secularización de la vida social: vida separada de la Iglesia.

 Importancia del individuo (desarrollo de la individualidad). Destaca la burguesía

 Inicio de la soberanía popular

Thomasio (1655-1728)

El Derecho debe poseer las llamadas como “tres esferas del obrar”.

Moral: Destaca la honestidad (Haz para ti mismo lo que quieras que otros hagan para sí)

Política: Decoro. (Lo que tú quieres que otros hagan por ti, hazlo por ellos)

Derecho: Justicia (Lo que tú no quieres hacer para ti no lo hagas para otros)

Kant (1724-1804)

Intento de ruptura hacia el positivismo. No lo consigue puesto que mantiene el imperativo categórico, aunque pretenda la ruptura entre derecho/justicia.

Positivismo (Derecho: Poder)

Kelsen (1881-1973)

Ruptura entre Derecho y Moral. Critica al iusnaturalismo. Considera que todo es relativo, tal y como sugirió Kant aunque no llego esa ruptura.

Surgen dos grandes corrientes de pensamiento dentro del positivismo:

  1. Formalistas (Forma)
  2. Realistas o Antiformalistas (Interior)

Holmes: Derecho es lo que aplican los jueces

Olivecrona: Derecho es la fuerza de poder

Aparecen unos positivistas relajados que introducen un contenido de razón:

Hart (1907-1992)

Utiliza el método empírico. El Derecho tiene fuerza de obligar, es Derecho. Aunque dice que suele incorporar cierto contenido de Justicia. Para regular la sociedad.