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el testamento privado, Apuntes de Derecho Civil

tipo de testamento privado en el derecho sucesorio

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 01/11/2022

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LEccioNEs DE DERECHO CIVIL. 333 IV DEL TESTAMENTO PRIVADO. Dijimos al principio de este estudio, que la diferencia que existe entre el testamento público y el privado, consis- te en que el primero se otorga ante notario y en papel con el timbre correspondiente, y el segundo, sin la concurren- cia de esos requisitos, y que el otorgamiento de éstos se permite sólo por excepción; de donde se infiere, que no es lícito cuando el testador no se encuentra en las circunstan- cias especiales previstas por la ley, y que sí se otorga fuera de ellas carece de toda eficacia. La razón es perfectamente clara y perceptible: esos tes- tamentos están más expuestos que ninguno otro á la falsi- ficación, por no intervenir en ellos un funcionario público, y tienen además la desventaja de la publicidad de las dis- posiciones y la instabilidad de la prueba por la muerte de alguno de los testigos. Por tal motivo declara el artículo 3,804 del Código Ci- vil, que el testamento privado sólo es permitido en los ca- 505 siguientes :! 1? Cuando el testador es atacado de una enfermedad tan violenta, que amenace su vida de un modo inminente: 22 Cuando se otorga en una población que está incomu- nicada por razón de epidemia, aunque el testador no se ha- lle atacado de ésta: 32 Cuando se otorga en una plaza sitiada: * 3 Art. 3,533, Cód, Civ, de 1884,