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Historia del poder de la mujer en Colombia
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Boletín 13 Octubre de 2011
La participación política de las mujeres en Colombia:
Libertad y Orden
Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer República de Colombia
Editorial
Marco jurídico en Colombia para el acceso de las mujeres a altos cargos de decisión política
Diagnóstico situacional sobre la participación política de las mujeres en Colombia
Perspectiva internacional Las mujeres al poder
Perspectivas académicas e investigativas La pregunta sobre la equidad: participación política de la mujer en Colombia
Perspectivas académicas e investigativas Mujeres y participación en la alta dirección
Perspectiva institucional Reflexiones sobre la inclusión de la mujer en la política
Aplicación de la Ley de Cuotas en las entidades estatales
Recomendaciones del Observatorio de Asuntos de Género
Observatorio de Asuntos de Género -OAG- ISSN 1794 - 4082
República de Colombia Dr. Juan Manuel Santos Calderón – Presidente de la República. Alta Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer: Cristina Plazas Michelsen. Publicación de: Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. Consejo Editorial: Cristina Plazas Michelsen, Tatiana Olarte Fernández. Redacción: Tatiana Olarte Fernández. Columnistas Invitadas: Sonia Montaño Virreira (Directora de la División de Asuntos de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe – CEPAL); Nathalia Salamanca Sarmiento; Nora García Burgos (Honorable Senadora del Congreso de la República) y María Consuelo Cárdenas de Santamaría (Profesora Titular, Facultad de Administración, Universidad de los Andes). Agradecimientos: Equipo de la Alta Consejería. División de Asuntos de Género de la CEPAL. A FESCOL, por autorizar la publicación en este Boletín de la versión editada del artículo de análisis de Nathalia Salamanca sobre participación política. Fotos portada: Fotos del archivo de Archivos del área de Fotografía del Departamento Administrativo de Presidencia, archivos de la Alta Consejería Presidencial Equidad Mujer y de la fotógrafa Soraya Hoyos. Fotos interiores: Archivos del Área de Fotografía del Departamento Administrativo de Presidencia, de la Alta Consejería Presidencial Equidad Mujer y de cortesía de Acción Social, de la Registraduría Nacional del Estado Civil, de ONU Mujeres y archivo de fotos del Congreso de la República. Diseño, diagramación e impresión: Imprenta Nacional de Colombia.
Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer Dirección: Carrera 8 No. 7-27. Teléfono: 5629645. Bogotá, Colombia Correo electrónico: [email protected] www.presidencia.gov.co
Octubre de 2011
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El sueño político de las mujeres en Colombia ha sido encarnado por cientos de ellas, quie- nes a pesar de condiciones adversas tuvieron un papel principal en triunfos políticos y sociales de gran trascendencia como la independencia. Así, Policarpa Salavarrieta es una de las mujeres con más significancia en el proceso independentista de Colombia, ya que con sus actividades y labores contribuyó de manera directa a luchar por la libertad y la causa patriota. Adicionalmente, como mujer revolucionaria luchó en contra de la imposi- ción de normas y roles propios de una sociedad profundamente discriminadora del sexo femenino. Ella representa a las tantas mujeres desconocidas e invisibles para la historia que participaron activamente en la emancipación de nuestro país.
En tiempos más recientes, el país ha tenido importantes liderazgos femeninos que han contribuido a su desarrollo y desempeño ejemplar en varios ámbitos: La ex ministra y se- nadora Martha Lucía Ramírez, se caracterizó por dirigir de manera exitosa un ministerio, tradicionalmente masculino, como lo es el Ministerio de Defensa. La actual alcaldesa de Bogotá, Clara López Obregón, fue una de las primeras mujeres en llegar a la presidencia de un partido político en Colombia. La ex ministra y candidata a la presidencia de la Repú- blica, Noemí Sanín Posada, quien fue la primera mujer Ministra de Relaciones Exteriores en un país de Latinoamérica, además de contar con la más alta votación que ha tenido una mujer candidata a la Presidencia de la República en Colombia.
María Emma Mejía, ex ministra y actual Secretaria General de la Unión de Naciones Su- ramericanas (UNASUR); cuya elección en dicho foro constituye un voto de confianza muy alto en sus capacidades y habilidades para contribuir al desarrollo de Latinoamérica. Igualmente, es necesario mencionar a la Fiscal General de la Nación y ex senadora, Vivia- ne Morales, es la primera mujer del país en ocupar el máximo cargo en la Fiscalía contri- buyendo desde sus roles en lo público al progreso de la participación de las mujeres (fue ponente de la Ley de Cuotas en el Congreso).
No obstante el papel primordial de todas estas mujeres en la historia del poder político y el desarrollo económico y social de Colombia y de otros países, siguen existiendo enor- mes difi cultades y retos para alcanzar la representación paritaria (50 y 50) de mujeres y hombres en los escenarios políticos. Las cifras para Latinoamérica así lo indican.
Con base en los datos del Observatorio de Igualdad de Género de la CEPAL, sólo el 17.5% de mujeres hacen parte de los gabinetes ministeriales de los países de América Latina y el Caribe en el último periodo presidencial. Únicamente, el 22.4 % de mujeres conforman el principal órgano legislativo nacional de esos países; por último, de acuer- do con la misma fuente, tan sólo el 19% de mujeres son magistradas en la Corte Supre- ma, máximo tribunal de justicia.
La información y las cifras que se muestran en el diagnóstico contenido en el presente Boletín sobre la situación de la participación política de las mujeres en Colombia, nos im- pulsó a elaborar esta publicación con el fi n de fomentar el cumplimiento y el seguimiento a las acciones afirmativas y legales consagradas en Colombia para aumentar la partici-
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pación de las mujeres en los espacios de decisión política y hacer recomendaciones de política pública al respecto.
Entre esas recomendaciones es importante hacer énfasis en el fortalecimiento y crea- ción de las escuelas de formación y liderazgo de los partidos políticos, así como de las direcciones de género. Por su parte, resulta vital que el sector de la educación trabaje desde la primera infancia en el empoderamiento de las niñas, con el fi n de potenciar su rol como líderes políticas del futuro; ellas crearán condiciones de desarrollo para nues- tros países, tal y como lo han hecho las mujeres que aquí se han mencionado.
En conclusión, no existe duda alguna de que las mujeres, al alcanzar posiciones de de- cisión e infl uencia, han contribuido de manera fundamental al progreso político, social, humano y económico de nuestro país. A pesar de esa realidad innegable, sigue siendo necesaria la aplicación de la ley de cuotas y la implementación de programas para el aumento de su participación política. El fi n último es alcanzar la paridad (cuantitativa y cualitativa) entre hombres y mujeres en la toma de decisiones, tal como debe ser, tal y como siempre ha debido ser.
Cristina Plazas Michelsen
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Estos postulados constitucionales, el trabajo conjunto de las mujeres en el país y la institu- cionalidad, abrieron la puerta para la expedición de dos acciones afi rmativas^4 , en materia de cuotas, claves para el propósito del aumento de la representación política de las mujeres:
] Ley Estatutaria 581 de 2000 o Ley de Cuotas : Señala que el 30% de los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles en la estructura de la Administración Públi- ca deben ser ocupados por mujeres. Esta Ley ha buscado garantizar a las mujeres la adecuada y efectiva participación en todos los niveles de las ramas y demás órganos del poder público.
] Ley Estatutaria 1475 de 2011, por la cual se adoptan reglas de organización y funcio- namiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones. Estableció un porcentaje mínimo (30%) de participación femenina en las listas de partidos políticos para cargos de elección popular, en donde se elijan más de 5 curules (Art. 28). También defi nió el principio de igualdad de género que rige los partidos políticos así: “ los hombres, las mujeres y las demás opciones sexuales gozarán de igualdad real de derechos y oportunidades para parti- cipar en las actividades políticas, dirigir las organizaciones partidistas, acceder a los debates electorales y obtener representación política”.
Adicionalmente, en el último año, se expidieron importantes leyes y documentos de política pública que generan mecanismos para potenciar el trabajo de las mujeres en los ámbitos de representación política y desarrollo del país, claves para el desarrollo de las mujeres:
] Ley 1434 de 2011, por la cual se crea la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer en el Congreso. Esta Comisión busca fomentar la participación de las mujeres en el ejercicio de la labor legislativa y de control político, a través de funciones tales como elaborar proyectos de ley para la garantía de los derechos humanos de las mujeres en Colombia y ejercer control político para que los derechos de las mujeres se garan- ticen en el marco de planes, programas, proyectos y políticas públicas, entre otras. 4 De acuerdo con la Corte Constitu- cional en la Sentencia C-371 de 2000, son acciones afi rmativas las políticas o medidas de carácter temporal di- rigidas a favorecer a determinadas personas o grupos ya sea con el fi n de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, bien de lograr que los miembros de un grupo subrepre- sentado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan mayor representación.
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] Ley 1450 de 2011, que expide el Plan Nacional de Desarrollo. Establece (art. 177) que el Gobierno Nacional en cabeza de la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer adoptará una política nacional de Equidad de Género, para garantizar los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de las mujeres. Uno de los ejes en el que actualmente se está trabajando en el marco de formulación de esta Política de Equidad para las mujeres, liderada por la Alta Consejería con la participación activa del Gobierno y de las organizaciones sociales, es el de participación política de las mujeres.
] Documento de Política Pública CONPES 140 de 2011, sobre metas y estrategias de Colombia, para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). El ODM 3, relativo a la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, tiene como meta implementar las acciones afirmativas para el aumento de la pro- porción de las mujeres candidatizadas, así como aumentar en más del 30% la pro- porción de las mujeres en los niveles 1 y 2 de la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial.
Marco jurídico internacional
En el ámbito internacional existen un sinnúmero de instrumentos y documentos que constatan las obligaciones del Estado colombiano en cuanto a la necesidad de promover la inclusión de las mujeres en los espacios de poder y decisión formal. A continuación se mencionan algunos de los más importantes, que se han dado tanto en el espacio re- gional de la Organización de Estados Americanos, como en el ámbito universal de los derechos humanos:
] Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer 5 (CEDAW) : Contiene varios artículos (3, 7 y 8) relativos a la participación po- lítica de las mujeres, en los que se resalta la obligación de los Estados. Parte de eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y garantizar la igualdad de condiciones con el hombre en la esfera política^6.
] Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, 7 de 1995 : Establece diferentes esfe- ras de promoción de los derechos de las mujeres, entre los cuales está la mujer en el ejercicio del poder y la adopción de decisiones. En desarrollo de este eje, los pá- rrafos 190, 191 y 192 establecen las medidas que deben adoptar tanto el Gobierno, como otros actores institucionales y sociales con el fi n de lograr la representación paritaria de las mujeres.
] Convención internacional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, Belém Do Pará^8 : Consagra el derecho de las mujeres a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos incluyendo la toma de decisiones (Artículo 4.j.).
] Resolución 1325 de 2000, del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas : Se encarga
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Ratifi cada por Colombia mediante Ley 51 de 1981.
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En el año 1997, el Comité de la CEDAW formuló la Recomendación General N. 23, la cual interpreta los artículos sobre participación política de las mu- jeres de la Convención, desarrollan- do en clave de género importantes conceptos de democracia, medidas especiales de carácter temporal, el derecho a votar y ser elegido, entre otros conceptos.
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Aprobada por Colombia en el mar- co de la Cuarta Conferencia sobre la Mujer.
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Ratifi cada por Colombia mediante Ley 248 de 1995.
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Adicionalmente esta sentencia constituye un hito jurisprudencial en materia de participación política de las mujeres, ya que el alto tribunal se pronunció extensamente sobre el contexto histórico e internacional de la participación de las mujeres en la vida política; y realizó un diagnóstico en el que comprobó que la precaria representación de las mujeres en los altos niveles decisorios del Estado, obedece a un criterio irracional de discriminación y no a factores de inferioridad natural, o de formación cultural y académica.
En ese sentido, la Corte establece que no es concebible una democracia que tolere el marginamiento político de la mitad de los ciudadanos, aduciendo argumentos ra- cionalmente impresentables que ya han sido rebatidos desde hace mucho tiempo.
] Sentencia C-490 de 2011 : En esta oportunidad la Corte se pronunció sobre la exe- quibilidad de la Ley 1475 de 2011, relativa a la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos. Al estudiar la exequibilidad de sus disposiciones, específicamente el artículo 28 sobre el porcentaje mínimo de 30% de participación femenina en los procesos de elección popular a corporaciones públicas, el tribunal constitucional consideró que tal disposición se ajusta a la Constitución dado que:
“ (…) promueve la igualdad sustancial en la participación de las mujeres en la política, estableciendo una medida de carácter remedial, compensador, emancipatorio y corrector a favor de un grupo de personas ubicado en si- tuación sistémica de discriminación; realiza los principios democráticos y de equidad de género que rigen la organización de los partidos y movimientos políticos, a la vez que desarrolla los mandatos internacionales y de la Consti- tución sobre el deber de las autoridades de garantizar la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Públi- ca. Se trata además, de una medida que si bien puede limitar algunos de los contenidos de la autonomía de los partidos y movimientos políticos, persigue una fi nalidad importante, es adecuada y necesaria para alcanzar dicho fi n, a la vez que resulta proporcional en sentido estricto”.
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Diagnóstico situacional sobre la participación
política de las mujeres en Colombia
“El concepto de democracia tendrá signifi cación real y dinámica, además de un efecto perdurable, sólo cuando hombres y mujeres compartan la adopción de decisiones políticas y cuando los intereses de ambos se tengan en cuenta por igual. (…) dondequiera que la mujer participa plenamente y en condiciones de igualdad en la vida pública y la adopción de decisiones, mejora el ejercicio de sus derechos”^10.
10 Comité de la Convención para la Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres (CEDAW). Reco- mendación General N° 23, 1997.
El Observatorio de Asuntos de Género de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer hace seguimiento periódico a indicadores nacionales desagregados por sexo, que dan cuenta del nivel de la participación política de las mujeres en Colombia. El análisis de los indicadores, presentados a continuación, revela que, si bien hay un cumplimiento parcial de la legislación sobre inclusión de las mujeres en los cargos de poder y decisión en Colom- bia, la real y efectiva integración política de las mujeres y de sus derechos sigue siendo un asunto pendiente en el país, sobre todo en relación con los cargos de elección popular.
Frente a la participación femenina en el desempeño de cargos públicos en las entidades del orden nacional, según información recopilada por el Departamento Administrativo
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Por su parte, de acuerdo con la información del DAFP, un análisis consolidado de la apli- cación de la Ley de Cuotas en el nivel territorial demuestra que para el período 2006- hay cumplimiento por parte de las entidades territoriales.
Porcentaje consolidado de participación femenina en Gobernaciones y Alcaldías de Capital 2006- Entidad 2006 2007 2008 2009 2010 Gobernaciones 35% 37% 38% 36% 37% Alcaldías Capital Depto 40% 40% 42% 40% 42% Fuente: Función Pública. Informe 2010. Procesado por Consejería Presidencial por la Equidad de la Mujer – Observatorio por Asuntos de Género.
Sin embargo, al analizar los datos entidad por entidad para el año 2010, se observa que de las 29 Gobernaciones que reportaron información, ocho de ellas (Caldas, San An- drés, Santander, Atlántico, Vaupés, Putumayo, Vichada y Chocó), registran porcentajes inferiores al 30%. No reportaron información las gobernaciones de Cauca, Amazonas y Guainía. También sobresale el hecho de que en el comparativo de años 2006-2010, la Go- bernación del Vaupés presenta un incumplimiento continuado de la Ley.
Con respecto a las capitales de departamento, el DAFP reporta que en el año 2010, de las 29 Alcaldías Capital de Departamento que reportaron información, Santiago de Cali, Gua- viare, Manizales, Puerto Carreño y San José de Cúcuta presentan porcentajes inferiores al 30%. No reportaron las alcaldías de Inírida, Santa Marta y Mitú. Igualmente, se observa que la Alcaldía de Manizales no ha dado cumplimiento a la Ley en los últimos cinco años.
La Ley 581 de 2000 representa, además de un hito normativo en materia de participación política en Colombia, una norma de obligatorio cumplimiento que busca asegurar “una participación real de las mujeres en el ámbito público que de otra manera no se lograría dada la dinámica del sistema” 11. El análisis de la aplicación de esta Ley en Colombia revela que aunque existe un cumplimiento general de esta, tanto a nivel nacional como territo- rial, al observar los datos desagregados entidad por entidad, se presentan incumplimien- tos sostenidos por parte de diferentes entidades.
Lo anterior conlleva a plantearse la necesidad imperiosa de continuar difundiendo la Ley de Cuotas en mayor medida a nivel nacional y regional, con el fi n de fomentar su cabal cumplimiento, así como de imponer las medidas sancionatorias que contempla la Ley a aquellas entidades que no la apliquen. Adicionalmente, en relación con aquellas entida- des que ya cumplieron con el 30%, hay que tener en cuenta que dicho porcentaje es el mínimo y no el máximo, razón por la cual las entidades del Estado no deben darse por satisfechas una vez se haya alcanzado el 30% de cumplimiento.
La meta es alcanzar la paridad cuantitativa, correspondiente a la participación del 50% de mujeres y 50% de hombres en los cargos de máximo nivel directivo del país.
11 León, Magdalena y Holguín, Jime- na: “La cuota sola no basta: el caso de Colombia”. En Economía Colom- biana: Contraloría General de la República (Bogotá). No. 312 (Enero- Febrero 2006). p. 57.
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Finalmente, es preciso recordar el artículo 4° inciso segundo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, en el sentido de que la aplicación obligatoria de las acciones afirmativas como medidas especiales de carácter temporal, cesarán cuando “se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunida- des y de trato”. La Ley fue expedida en el 2000, pero todavía no ha llegado ese momento en el que puedan terminar los efectos de su aplicación obligatoria.
La participación femenina en el Congreso de la República se ha mantenido considera- blemente baja en los últimos 4 períodos, aun cuando en el último período aumentó. En efecto, para las elecciones 2010 – 2014, el porcentaje de mujeres en el Senado aumentó 4 puntos porcentuales con respecto a las elecciones pasadas, con una composición feme- nina de 16%; la participación en la Cámara de Representantes registró un aumento de dos puntos porcentuales, ubicándose en el 12%. En total, el porcentaje de participación de las mujeres en el Congreso ascendió en estas últimas elecciones al 14%.
Composición Femenina en el Congreso de la República, 1998-
16% 14% 12% 10% 8% 6% 4% 2%
18%
Senado
Cámara de Representantes
0% Período 1998-
13%
11%
12%
12% 10%
12%
12%
16%
Período 2002-
Período 2006-
Período 2010- Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil. Procesado por Alta Consejería Presidencial por la Equidad de la Mujer – Obser- vatorio por Asuntos de Género.
A pesar de este aumento, las cifras indican que la participación de las mujeres en el Con- greso durante los últimos 13 años no ha superado en promedio el 12% del total de esca- ños ocupados. Tal situación ubica a Colombia en los últimos lugares de Latinoamérica en cuanto a la representación femenina en los Congresos nacionales, según el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y según la clasificación realizada por la Unión Inter- parlamentaria. De acuerdo con la CEPAL^13 , Colombia está posicionada en el puesto 23
12
Ver: http://www.eclac.cl/oig/adeci- siones/
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Las cifras previamente reseñadas deben ser a su vez se analizadas a la luz de un indica- dor que dé cuenta de la proporción de mujeres candidatas sobre el total de las personas candidatizadas por los partidos políticos, en el entendido que “(…) las causas de la baja participación de las mujeres son múltiples y obedecen a factores personales, sociales, políticos, económicos, así como a las reglas de juego del sistema electoral y el funciona- miento interno de los propios partidos políticos”^16. En ese sentido, la baja participación de las mujeres en cargos de elección popular se fundamenta en buena parte en la men- guada proporción de las mujeres candidatas, como se reseña en el siguiente indicador^17.
Proporción de mujeres candidatas sobre el total de personas candidatizadas
Autoridades Locales 2003
Presidente y Congreso 2006
Autoridades Locales 2007
Presidente y Congreso 2010
17.1% (^) 16.0% 17.6%^
19.8%
Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil.
Los datos muestran que las mujeres candidatas en las elecciones para autoridades loca- les y para Congreso a partir del año 2003 no superan el 20% del total de personas candi- datizadas, siendo el 2010 el año que más mujeres candidatas se presentaron para eleccio- nes de Presidente y Congreso con un 19.8%.
Superar la baja participación de las mujeres en los cargos de elección popular en el país, tal y como lo demuestra la lectura de las cifras previamente presentadas, es uno de los mayores retos que se presentan en los próximos años. Ante todo, es importante tener claro que tales indicadores demuestran que en la sociedad siguen existiendo obstáculos de diversa índole 18 para el acceso de las mujeres a estos cargos.
Dichos obstáculos se relacionan principalmente con la permanente utilización de “prejuicios y estereotipos culturales que se tejen en torno a la mujer, la discrimi- nación y la visión tradicionalista de los roles de género que generan una debilitada posición social de la mujer” 19. Estas ideas y concepciones no tienen ninguna co- nexión con las capacidades y/o cualificaciones reales de las mujeres para ejercer roles de decisión y poder.
16
CEPAL. Nota técnica género y gober- nabilidad. En: http://www.pnud.org. co/img_upload/196a010e5069f0db 2ea92181c5b8aec/nota%20genero% y%20gobernabilidad.pdf. Pág. 3.
17
Este indicador fue tomado del docu- mento CONPES 041 de 2011, el cual hace parte de la batería de indica- dores del Objetivo de Desarrollo del Milenio 3 (sobre empoderamiento de las mujeres y equidad de género) en relación con las metas de partici- pación política en Colombia.
18
De acuerdo con Angélica Bernal, exis- ten obstáculos de partida, de entrada y de permanencia, para que las muje- res sean incluidas en los cargos polí- ticos. Ob. cit. Bernal Olarte, Angélica.
19
Boletín de la CEPAL, Unidad de mujer y desarrollo, “Participación, repre- sentación y decisión de las mujeres en política”. En http://www.eclac. org/mujer/noticias/paginas/1/28431/ Participaci%C3%B3n.pdf.
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El trabajo para superar la situación actual debe darse de manera conjunta entre la institu- cionalidad, la sociedad civil y los partidos políticos. Como lo afi rma el Comité de la CEDAW “[n]o es una tarea fácil superar siglos de dominación masculina en la vida pública, las muje- res necesitan también del estímulo y apoyo de todos los sectores de la sociedad si desean alcanzar un participación plena y efectiva, y esa tarea deben dirigirla los Estados Partes en la Convención, así como los partidos políticos y los funcionarios públicos”^20.
En ese entendido, es necesario recordar que en Colombia existen herramientas importan- tes para trabajar en el cometido de ampliar la participación de las mujeres en los partidos políticos. Por un lado, como se mencionó en el acápite jurídico, existe la recién implantada cuota del 30% de participación femenina en las listas de candidatos de los partidos políti- cos para cargos de elección popular. La existencia de esta previsión normativa confi rma que los partidos políticos, “como instancias de representación y como actores de procesos electorales, son espacios indispensables para la aplicación del sistema de cuotas”^21.
Sin embargo, la existencia de la cuota no es suficiente, ya que es primordial garantizar que las mujeres incluidas en las listas para elecciones populares, efectivamente repre- senten los intereses de las mujeres y hombres tengan capacidad de liderazgo. Para ello, es importante que los partidos políticos promuevan la creación de las escuelas de forma- ción y liderazgo con enfoque de género.
Por otro lado, y como una de las acciones emprendidas por la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer, en el cometido de generar mecanismos para que exista una demo- cracia real dentro de los partidos y movimientos políticos así como una agenda de géne- ro concreta, se promovió la fi rma de un Pacto para la inclusión efectiva de las mujeres en la política , el cual fue fi rmado por representantes de 16 partidos políticos en el año 2005. El Pacto planteó estrategias políticas, económicas, comunicativas, alianzas estratégicas y estrategias educativas y de capacitación para superar los diversos obstáculos que impi- den lograr la inclusión de las mujeres en la política.
Una de las medidas planteadas por el Pacto es la creación y fortalecimiento de las ofici- nas de género en los Partidos, con el fi n de que estas incorporen y hagan seguimiento a agendas de género concretas y objetivas implementadas por los partidos. El Pacto, a su vez, recomienda incluir garantías económicas para fortalecer las campañas de las mujeres, así como trabajar con medios de comunicación para visibilizar en condiciones igualitarias a las mujeres candidatas.
La reactivación del Pacto, el seguimiento y el acompañamiento a su cumplimiento por parte de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, es una de las accio- nes que empezaron a implementarse a partir del presente año, en el marco del eje de la participación política de las mujeres. Esta acción no solo pretende dar cuenta de las obligaciones que tiene el Estado para cumplir con las metas nacionales del Objetivo de Desarrollo del Milenio 3 sino, primordialmente, activar de forma continua un instrumen- to importante que aborde el trabajo conjunto entre Gobierno y Partidos Políticos para
20 Ob. cit. Comité de la CEDAW.
21 Ob. cit. León, Magdalena y Holguín, Jimena.
17
Perspectiva internacional
Las mujeres al poder
Directora de la División de Asuntos de Género Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
En el último quinquenio en América Latina y el Caribe se eligió a seis mujeres para liderar el destino de sus países. Hoy, el 42% de la población de América Latina está gobernado por una mujer. Un hecho inusitado para la región y para su historia. Esto no es casual. A partir de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer realizada en Beijing en 1995, se aceleró el proceso de inserción de las mujeres a la toma de decisiones de sus países. A partir de los años noventa y durante la década del 2000, varios países incorporaron cambios de forma paulatina a sus códigos electorales. Hoy 13 países latinoamericanos cuentan con legislación que determina las cuotas para la inscripción de candidatas a los parlamentos nacionales.
Durante la Décima Conferencia Regional sobre la Mujer los países reconocieron la pa- ridad como elemento determinante de la democracia. Su fin es “alcanzar la igualdad en el ejercicio del poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de participación y representación social y política, y en las relaciones familiares en los diversos tipos de familias, las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales, y que constituye una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres” (Consenso de Quito, 2007).
El camino hacia la paridad política como horizonte se vislumbra claramente si bien aún persisten resistencias ideológicas que asumen que el rol principal de la mujer debe aso- ciarse al hogar. En particular, la propuesta de las cuotas ha generado un importante de- bate y diversas resistencias en el sistema político. Algunos de sus detractores –hombres y mujeres también– argumentan que se trata de un mecanismo que quebranta los prin- cipios de la universalidad del ciudadano y de la competencia en igualdad de condiciones en reconocimiento al mérito personal. Es de destacar que incluso en el ámbito laboral la mujer se ha insertado paulatinamente, pero sujeta a diversas discriminaciones en com- paración con los hombres, hasta el momento, el 53% de las mujeres de la región participa activamente del mundo laboral.
La autonomía de las mujeres es un factor fundamental para garantizar el ejercicio de sus derechos humanos en un contexto de plena igualdad, con control sobre su cuerpo, con la posibilidad de generar ingresos y tener recursos propios y participar plenamente de la toma de decisiones que afectan su vida y su colectividad. El Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe mide la autonomía de las mujeres en la sociedad con
A l t a C o n s e j e r í a P r e s i d e n c i a l p a r a l a E q u i d a d d e l a M u j e r
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base en tres grandes pilares: la autonomía económica, la autonomía física y la autonomía en la toma de decisiones. Esta última posee en el horizonte la idea de la paridad que, en- tendida de forma extensa, implicaría la representación de la mujer de manera proporcional a su población. Todos sabemos que esto no es así. Sólo 1 de cada 5 legisladores es mujer en la región y hace 15 años esta situación era aún más inequitativa, solo 1 de cada 10 mu- jeres alcanzaba un escaño en el parlamento. Estos últimos años han sido decisivos para el acceso de las mujeres a los espacios de toma de decisiones y, sin duda, las leyes de cuotas –inauguradas por la Ley Nacional de Cupo en Argentina en 1991– han sido un mecanismo indispensable y fundamental para el camino hacia la igualdad de derechos y la paridad.
Las cuotas se sustentan en el concepto de equidad, que viene a contrarrestar el défi cit democrático que significa la ausencia de la mitad de la humanidad –las mu- jeres– en los lugares de decisión.
El impacto de las leyes de cuotas en los diferentes países de la región es desigual, sin embargo, se puede afirmar que ha generado un aumento determinante de la represen- tación de las mujeres, especialmente en el parlamento. A partir de 2003 este aumento es sostenido.
Aunque la presencia de las mujeres ha aumentado en el promedio regional, en general es más baja de lo que indican las leyes vigentes. Esto ocurre en parte porque hay incum- plimiento de las sanciones normadas y operan otros factores, como la compatibilidad con los sistemas electorales, el acceso al fi nanciamiento por parte de las mujeres y las prácticas internas de los partidos que limitan el efecto de estas medidas. En el caso de las alcaldías las mujeres cuentan con una representación que no supera el 8%. Todo ello en un contexto mundial que presenta múltiples ejemplos de movimientos ciudadanos que exigen mayores espacios de participación.
Las leyes de cuotas han sido una exitosa estrategia para incrementar la presencia de las mujeres en el parlamento. El contexto para su implementación también ha acompañado el proceso; la transformación de las familias y la creciente incorporación de la mujer al mercado de trabajo, los acuerdos de las conferencias mundiales y regionales sobre la mujer han sido sin duda el ambiente propicio para el cambio. Sin embargo, la efi cacia de la cuota depende también de la dinámica de los partidos, que actúan como fi ltros en los procesos electorales, de la cultura política y de las reformas democráticas. La participa- ción política de la mujer ha dado saltos asombrosos; persisten, sin embargo, numerosas trabas y resistencias culturales que sortear.
Por último, quisiera recalcar que existe una interconexión entre la autonomía física, es de- cir, poder tener una vida libre de violencia y tener el control sobre su propio cuerpo; la au- tonomía económica –no únicamente porque para estar en política o en altos cargos se re- quiere de tiempo sino además porque sin recursos propios no existe libertad de acción– y la autonomía en la toma de decisiones, ya que sin ella, ¿quién podrá defender a las mujeres?