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ensayo sobre la accion de retracto en Colombia
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Nombre: María José Martínez Martínez Ensayo: El derecho al Retracto y su Historia A modo de introducción podemos decir que el derecho a retracto es una herramienta de defensa del consumo, tiene mucha utilidad en diversos casos de la vida cotidiana, desde la devolución de varias prendas de vestir porque al final no nos gustaron, pasando por la cancelación de servicios que ofrecían cosas pero al final no las tenían, hasta la devolución de aparatos electrónicos por no ser del diseño que queríamos; todos estos ejemplos tienen algo en común: el arrepentimiento, ese es el elemento que nos permite el poder devolver lo que hemos comprado. De la Historia del derecho al retracto podemos encontrar primeros indicios del mismo en el derecho romano, el cual se introdujo en los tiempos del emperador Constantino, el cual dicha institución del derecho hebreo, el cual dicta: “Si attenuatus frater tuus vendiderit possessium culam suam, et voluerit propinquus ejus, potest redimere quod ille vendiderat”[ CITATION Dav23 \l 2058 ], el cual traduce: “La tierra no se venderá tampoco para siempre, porque mía es, y vosotros sois impedía sentir el odio de malas pasiones.” Pero esta tuvo una corta duración según la ley 14, ubicada en el año 391 (Valentiniano, Teodosio), esto se debe a que el derecho romano se basó siempre en la libertad de pacto entre las partes, y fue poco proclive a conceder derechos de adquisición preferente. El pueblo romano era celoso de la contratación, casi nimio en respetar la cosa convenida y no podía admitir ventajas de un recurso que era en la boca de la ley “injuria manae honestitatis colore velata.” Pero esta figura perduró, pasando a los ordenamientos modernos, y siendo en España utilizada durante la Edad Media en los Fueros, por ser útil como institución jurídica a la Reconquista (aseguraba la propiedad de los propietarios que se asentaban en tierras reconquistadas). Lo más probable es que el retracto tiene una relación directa y natural con el estado de la propiedad en su tiempo y su origen en España fueran los fueros municipales y los autores lo consideran como una derivación del sistema de troncalidad y se introdujo para que permaneciese en cada familia sus bienes patrimoniales y evitar así la acumulación de riqueza (la propiedad adquiría un marcado carácter de feudalismo, y un rasgo es, aunque imperfecto de ese carácter, el Retracto: si ciertas clases fundaban su engrandecimiento en las riquezas, razón era impedir a toda costa que la pobreza ocasionase la humillación de las otras y ya que el feudalismo era privilegio de pocos, convenía hacerle un contrapeso en el Retracto, como derecho de todos).[ CITATION ABa78 \l 2058 ] Fomentar la propiedad en España se convirtió en impulso para la Reconquista y conservar los bienes de la familia inflamar su ardor guerrero, en una España en
situación crítica: era un campamento y el Estado un estado de guerra permanente (Jenofonte dejó escrito: Defender tu propia casa da mucho valor) [ CITATION JMM04
l 2058 ] Posteriormente Pothier, en su “Tratado de retractos”, definió el retracto como conferente a sus titulares el derecho de tomar el negocio de otros y convertirse en adquirente en su lugar, definición que, según Ghestin y Desche continúa siendo válida en nuestros días. Cuentan los mismos autores que Saint-Alary-Houin reconoció la existencia de veinticinco clases de retractos. El Código Napoleón restringió el número a tres, sin calificarlos formalmente, pero la doctrina y la jurisprudencia les han dado los nombres que han devenido tradicionales de retracto de indivisión, de retracto sucesoral y de retracto litigioso. [ CITATION Man \l 2058 ] Como definición del derecho al retracto tenemos que es la potestad unilateral que tiene el consumidor para terminar un contrato de compraventa, en la cual el vendedor no tendrá que permitírselo o estar de acuerdo, es decir, es el derecho por el cual el comprador puede arrepentirse de una compra de un bien o servicio ya hecha. Se distingue entre dos tipos: el derecho de retracto convencional y el derecho de retracto legal [ CITATION Con \l 2058 ]: Derecho de retracto convencional: aquel en el que es el propio vendedor de una cosa el que se reserva el derecho de recuperarla dentro de un plazo establecido a cambio del precio que recibió por ella, es decir, se le permite al vendedor arrepentirse y recuperar la cosa que había vendido. Derecho de retracto legal: se refiere al derecho de ocupar el puesto de aquel que realizó una compra o una dación en pago. Así, en el derecho de retracto convencional intervienen dos sujetos, comprador y vendedor, que intercambiarán sus papeles en el caso de llegar a ejercitarse el derecho de retracto, y en el derecho de retracto legal intervienen tres sujetos, el comprador, el vendedor y un tercero que ostenta ese derecho de adquisición preferente.[ CITATION Con \l 2058 ] Ante lo anterior también hay que mencionar que el derecho de retracto no es exclusivo de los compradores, sino, también por los vendedores, a este se le llama el retracto convencional, el cual según el código civil español en su artículo 1507 describe como “el derecho de recuperar la cosa vendida que el vendedor se reserva”, este tiene que ser pactado por libre voluntad entre las partes del contrato.
CITATION Dav23 \l 2058 : , (David Nehrman, 1923), CITATION ABa78 \l 2058 : , (Barbero, 1978), CITATION JMM04 \l 2058 : , (Fernández, 2004), CITATION Man \l 2058 : , (Lavalle, s.f.), CITATION Con \l 2058 : , (Conceptos Juridicos, s.f.), CITATION Con \l 2058 : , (Conceptos Juridicos, s.f.), CITATION Ind18 \l 2058 : , (Industria y Comercio SuperIntendencia, 2018), CITATION Emi18 \l 2058 : , (Archila, 2018), CITATION Emi18 \l 2058 : , (Archila, 2018),