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Un contrato de compraventa de un lote de terreno ubicado en ica, perú. El contrato detalla las partes involucradas, la descripción del lote, el precio de venta y las condiciones de pago. El documento no presenta análisis o información relevante para fines académicos.
Tipo: Apuntes
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Señor Notario, sírvase a inscribir en su registro de escritura púbica, una donde conste el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA , que celebran las partes, JOSE FELIX RAMOS NEIRA identificado con Documento de Identidad N° 21508671, de nacionalidad peruana, estado civil Casado con doña ROSA NORIS LOYOLA DE RAMOS identificada con Documento de Identidad Nº21510295 de nacionalidad peruana, ambos con domicilio habitual sito en Calle Acacias J-4, Urb. San Isidro del Distrito, Provincia y Región de Ica, otorgando poder especial de Escritura pública Nª debidamente inscrita en Registros Públicos (SUNARP), para su representación, ambos teniendo la condición de vendedores Y la otra parte interviniente MARIA ORMEÑO GARCIA identificada con documento de Identidad N° 21513650 domiciliada en San Matías Mz A Lt. 11 del distrito de Santiago de la Provincia y Región de Ica, en su condición de COMPRADORA. Suscriben el presente contrato COMPRAVENTA bajo los términos, condiciones y cláusulas que constan: I. ANTECEDENTES: PRIMERO : Se tiene que la persona de JOSE FELIX RAMOS NEIRA y doña ROSA NORIS LOYOLA DE RAMOS ambos tenían la calidad de POSEEDORES del predio denominado el ‘’EL FRANCO’’, con unidad Catastral N°05449, como consecuencia del ejercicio de las atribuciones de inherentes a la propiedad tales como él (USO, DISTRUFE) en forma CONTINUA, PACIFICA Y PUBLICA por más de 10 años, adquiriendo la titularidad de propietarios mediante prescripción adquisitiva según el registro de Propiedad Inmueble (SUNARP), partida 11050316 , con unidad castastral 05444 , constituido con: Área 0.8382 Hectáreas Código de Predio 8_4208430_ Centroide E. 422956 Centroide N. 6430724
Perímetro 421. Que, para poder enajenar el citado inmueble se distribuido dicho predo en 4 manzanas (A;B;C;D), sito en Habitación Urbana Sector Casa Blanca Fundo la Franco, del Distrito de Santiago, Provincia y Región de Ica el cual tiene las siguientes medidas: MANZANA A MANZANA B Lote N° 01 (7.10 m. por el frente; por la derecha 22.60 m; por la izquierda 25.05 m; por el fondo 7.05 m) Lote N° 07 (9.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 9.60 m) Lote N° 02 (7.65 m. por el frente; la derecha 19.95 m; por la izquierda 22.60 m; por el fondo 7.05 m) Lote N° 08 (7.20 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.20 m) Lote N° 03 (8.50 m. por el frente; la derecha 17.05 m; por la izquierda 19.95 m; por el fondo 7.05 m) Lote N° 09 (7.20 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.20 m) Lote N° 04 (9.75 m. por el frente; la derecha 13.70 m; por la izquierda 17.05 m; por el fondo 9.15 m) Lote N° 10 (7.20 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.20 m) Lote N° 05 (7.10 m. por el frente; la derecha 22.60 m; por la izquierda 25.05 m; por el fondo 7.05 m) Lote N° 11 (7.95 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 6.90 m) Lote N° 06 (15.00 m. por el frente; la derecha 8.55 m; por la izquierda 13. m; por el fondo 14.00 m)
Que doña ROSA NORIS LOYOLA DE RAMOS otorgó poder especial mediante de Escritura pública Nª1763 debidamente inscrita en Registros Públicos (SUNARP) a favor de su esposo don JOSE FELIX RAMOS NEIRA a efectos que pueda ejercer las facultades establecidas y en las que se incluye la celebración de actos jurídicos, toda vez que en el presente caso don JOSE FELIX RAMOS NEIRA tiene la legitimación para suscribir el presente contrato, ello en atención a Lote N° 03 (7.00 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 09 (7.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 04 (7.00 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 10 (7.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 05 (8.25 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 11 (7.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 06 (8.75 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 8.40 m) Lote N° 12 (8.40 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 6.75 m) Lote N° 01 (6.95 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 6.95 m) Lote N° 04 (7.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 02 (7.00 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 05 (7.00 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 03 (7.00 m. por el frente; la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 7.00 m) Lote N° 06 (7.65 m. por el frente; por la derecha 19.00 m; por la izquierda 19.00 m; por el fondo 5.00 m)
lo prescrito por el artículo 156° del Código Civil según el cual “Para disponer de la propiedad del representado o gravar sus bienes, se requiere que el encargo consta en forma indubitable y por escritura pública, bajo sanción de nulidad”. TERCERO : IDENTIFICACION Y UBICACIÓN DEL PREDIO OBJETO DE TRANSFERENCIA Que don JOSE FELIX RAMOS NEIRA propietario del bien inmueble, en atención al principio de la autonomía de la voluntad y con las facultades otorgados por su mandante procede a VENDER a la COMPRADORA MARIA ORMEÑO GARCIA el Lote N° 1 de la manzana “A” del predio ‘’EL FRANCO’’ con unidad Catastral N°05449, sito en Habitación Urbana Sector Casa Blanca Fundo la Franco, del Distrito de Santiago, Provincia y Región de Ica. Con las medidas y linderos: LOTE N° 1 MANZANA. “A” ÀREA :155.60 M2. (CIENTO CINCUENTA Y CINCIO CON SESENTA METROS CUADRADOS) POR EL FRENTE : CON LA PANAMERICANA SUR, CON 6.25 M.L, POR LA DERECHA : CON PROPIEDAD DE TERCEROS, CON 24. M.L (lote 2) POR LA IZQUIERDA : ENTRANDO CON EL LOTE N° 2, CON 22.53 M.L (pasaje común 6) POR EL FONDO : CON EL LOTE N° 06 CON 7.22 M.L (lote 6) El referido lote está debidamente lotizado con sus calles, servidumbres de entrada y salida, teniendo un valor de S/15,000.00 (QUINCE MIL SOLES). CUARTO: OBJETO DE CONTRATO El objeto del presente CONTRATO DE COMPRAVENTA es que el VENDEDOR JOSE FELIX RAMOS NEIRA y con las facultades de su poderdante se obliga a
SEPTIMO: El VENDEDOR está obligado para con la COMPRADORA a entregar la totalidad de los documentos asociados y relativos a la titularidad del lote N° 1 ubicado en la Manzana A del predio ’EL FRANCO’’ con unidad Catastral N°05449, sito en Habitación Urbana Sector Casa Blanca Fundo la Franco, del Distrito de Santiago, Provincia y Región de Ica, a fin de que esta última pueda ejercer la FACULTADES de PROPIETARIA del bien inmueble (lote 1). OCTAVO: LA VENDEDORA está obligada a la realización de todos los actos que requiera el presente y a suscribir todos los documentos que sean necesario a efectos de formalizar la transferencia de la propiedad del citado bien inmueble. OBLIGACIONES DE LA COMPRADORA NOVENO: LA COMPRADORA está obligada a pagar el precio mediante la forma de PAGO en EFECTIVO la suma de S/15,000.00 (QUINCE MIL SOLES ) por el valor (Lote N°1), al momento de la suscripción de la presente MINUTA DE COMPRAVENTA. OBLIGACIONES DE SANEAMIENTO DECIMO : El COMPRADOR manifiesta y declara que el bien objeto del contrato de donación actualmente y al momento de la suscripción del presente, se encuentra libre de toda carga, gravamen o derecho real de garantía o medida judicial o extrajudicial que impida, prive o limite la libre disponibilidad del bien inmueble, propiedad, posesión o uso del mismo, Así mismo VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción que comprende a todos los supuestos que se estableces y prescriben en el artículo 1495° del Código Civil. DECIMO PRIMERO: El VENDEDOR se obliga al saneamiento por vicios ocultos y por hecho propio existentes al momento de la trasferencia, siendo que los lotes objetos de la trasferencia deberá estar en perfecto estado de conservación y habilidad a efectos que el COMPRADOR pueda disponer de este último. DÉCIMO SEGUNDO : Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración, formalización y ejecución de este contrato serán asumidos por COMPRADORA.
DÉCIMO TERCERA78 : Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas, esto es donante y donataria señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la parte INTRODUCTORIA de este documento, esto es domicilio del VENDEDOR JOSE FELIX RAMOS NEIRA sito en Calle Acacias J-4, Urb. San Isidro del Distrito, Provincia y Región de Ica en el inmueble sito en Manzana C-1, Lote 13-C de la Calle Los Jayos del Centro Poblado Casa Blanca del Distrito de Santiago, Provincia y Región de Ica, y el domicilio de la COMPRADORA MARIA ORMEÑO GARCIA sito en San Matías Mz A Lt. 11 del distrito de Santiago de la Provincia y Región de Ica. En caso de cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito. JOSE FELIX RAMOS NEIRA MARIA ORMEÑO GARCIA (Vendedor) (Compradora) DNI N° 21508671 DNI N° 21513650