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Asignatura: civil 2, Profesor: , Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
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En VALENCIA, mi residencia, a diecisiete de febrero de 2014. Ante mi, MARCOS CARRASCO CHILET, Notario del Ilustre Colegio de VALENCIA.
De una parte, como parte vendedora: DON JESUS GARCÍA LOPEZ, mayor de edad, profesión empresario, soltero, vecino de esta ciudad con domicilio en la calle VICENT ANDRÉS ESTELLES, número 12, 2-8º, con DNI-NIF número 5555555-W.
Y de otra (como partes compradoras): Los cónyuges casados en régimen de gananciales, DON FEDERICO PAREDERO DEL BOSQUE y DOÑA AZUCENA LOPEZ MONIS, mayores de edad, vecinos de ALAQUÁS con domicilio en la calle BLASCO IBAÑEZ 2, 1-8º, titulares de los DNI –NIF números 12345543-A y 123678876-B respectivamente. Incorporo a esta matriz copia de los documentos de identificación reseñados, idéntica a su original, de lo que doy fe de manera expresa, y que no será transcrita en sus copias y traslados para preservar la intimidad de los interesados.
1. DON JESUS GARCIA LOPEZ , como administrador único en nombre y representación de la sociedad “VENDEPISO, SL.” 2. DON FEDERICO PAREDERO DEL BOSQUE y DOÑA AZUCENA LOPEZ MONIS en su propio nombre y derecho. Tienen, a mi juicio, según actúan, capacidad y legitimación suficiente para formalizar la presente escritura al principio enunciada.
I.- Que la sociedad “VENDOPISO, SL” es dueña en pleno dominio de la siguiente finca: URBANA.- NÚMERO DIECINUEVE.- VIVIENDA en segunda planta alta del edificio en Valencia calle PERIS Y VALERO, número cinco, a la izquierda según se mira a la fachada. Es del tipo C. Hoy su puerta está señalada con el numero OCHO. Se distribuye interiormente en recibidor, salón comedor, cocina, tres habitaciones y dos baños. Su superficie construida es de ciento veintidós metros veintidós decímetros cuadrados, y la útil de ciento nueve metros cincuenta y dos decímetros cuadrados. Linda mirándola desde la calle de situación: frente, con vuelo de dicho vial e interiormente con vivienda en la misma planta tipo D; derecha, con la indicada vivienda, rellano, hecho de escalera y patio de luces; y fondo, los generales del edificio. CUOTA DE PARTICIPACIÓN: 7,41% REGISTRO: En el de la Propiedad de Valencia, al tomo 10.003, libro 200, folio 50, finca
TITULO.- Adquirida por compra a la entidad “VENDOPISO, .S.L .” mediante escritura otorgada en esta Ciudad ante el notario DON MARCOS CARRASCO CHILET, el día 17 de enero de 2012 bajo el número 729 de protocolo. CARGAS .- La finca objeto de esta escritura se encuentra gravada para responder de una HIPOTECA a favor del Banco DE LOS PREVISORES DEL PORVENIR, S.A por un principal de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS de los que quedan pendientes de devolver CIEN MIL EUROS.
IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI) Declara la parte transmitente que la finca se
encuentra al corriente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Hago la advertencia de que la finca quedará afecta al pago de la totalidad de la cuota tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que pudiera haber pendiente.
SITUACION ARRENDATICIA .- Libre de arrendamientos.
La parte vendedora declara hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios. La parte compradora se conforma con esta manifestación verbal, y exonera a la vendedora del cumplimiento de la obligación prevista por el artículo nueve, letra “e”, párrafo cuarto de la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1.960, tras la modificación realizada en la misma por la Ley 8/1999, no obstante lo cual advierto a ambas partes y especialmente a la vendedora, de las consecuencias jurídicas de la inexactitud de tal manifestación. Se advierte de que con arreglo al artículo 9, apartado I, letra i) de la ley de propiedad horizontal de 21 de julio de 1.960, tras la modificación realizada en la misma por la Ley 8/1999, el transmitente está obligado a comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción, la transmisión de la finca objeto de esta escritura, y que el incumplimiento de esta obligación implica que el transmitente seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquél a repetir sobre éste y de las excepciones contempladas en el mismo precepto legal citado.
REFERENCIA CATASTRAL .- La del solar sobre el que está constituido el edificio del que forma parte es la número 94984574JS4445N0001W
,
PRIMERA.- La Sociedad “VENDOPISO, S.L.” según está aquí representada vende y transmite la finca descrita en la exposición de esta escritura, con todo cuanto a la misma le sea anejo, accesorio o dependiente, a DON FEDERICO PAREDERO DEL BOSQUE Y DOÑA AZUCENA LOPEZ MONIS que aceptan y compran.
SEGUNDA.- PRECIO.- El total del precio de esta transmisión es el de DOS CIENTOS MIL EUROS que la parte compradora abona a la parte vendedora según el siguiente detalle:
a) La cantidad de CINCUENTA MIL EUROS el día 2 de febrero de 2014 mediante transferencia bancaria.
b) La cantidad de CIEN MIL EUROS mediante subrogación en la hipoteca del Banco DE LOS PREVISORES DEL PORVENIR S.A.
c) La cantidad de CINCUENTA MIL EUROS aplazado de pago en cinco pagos anuales de DIEZ MIL EUROS cada uno, garantizados con condición resolutoria.
TERCERA.- IMPUESTO DE APLICACIÓN A LA TRANSMISIÓN.- La presente transmisión , por constituir una venta empresarial de inmuebles y ser la entidad vendedora la promotora de la edificación de la que es parte el bien objeto de la misma, está sujeta al pago del Impuesto Sobre el Valor Añadido (I.V.A), por lo que se a repercutido en la parte compradora la cantidad de CATORCE MIL EUROS que supone el SIETE POR CIENTO del total de precio de venta; cantidad que ha sido recibida por la mercantil vendedora otorgando carta de pago de la misma.
CUARTA.- GASTOS.- El impuesto municipal sobre el incremento del valor del terreno será de cuenta de la parte vendedora. Igualmente será de cuenta de la parte transmitente todos los gastos e impuestos que se
papel o reproducirse su contenido a efectos fiscales u otros distintos de aquéllos para los que se ha expedido y remitido.
Hice de palabra las demás reservas y advertencias legales, y en especial:
Las establecidas en la legislación fiscal, entre ellas, por exigencia legal, les advierto expresamente, de las obligaciones y responsabilidades que la legislación fiscal impone a cada una de las partes en el aspecto material, formal y sancionador.
De las consecuencias de toda índole que se derivarían de la falsedad de las declaraciones expresadas a lo largo de este instrumento público.
También advierto de que los datos recabados para la redacción de esta escritura y su facturación y seguimiento posterior, forman parte de los ficheros existentes en la Notaría, utilizándose para las remisiones posteriores de obligado cumplimiento legal. Los datos serán tratados y protegidos según la legislación Notarial y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, pudiendo su titular ejercer los derechos de información, rectificación y cancelación según la citada Ley. Les advertí del derecho que tiene a leer esta escritura por sí mismos, del que usaron, haciéndolo además yo, el Notario, íntegramente y en alta voz, manifestando haber quedado debidamente informados del contenido de este instrumento público, y prestando su consentimiento los comparecientes, que firman conmigo. Y yo, el Notario, DOY FE: .- De haber identificado a los comparecientes por los datos y señas que resultan de la documentación personal reseñada en la comparecencia. .- De que el consentimiento ha sido libremente prestado y de que este otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes. .- En general, de todo lo contenido en este instrumento público extendido sobre ocho folios de papel exclusivo para documentos notariales que son el presente en el que constan las firmas y los siete anteriores en orden.