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EVIDENCIA EXAMEN PRÁCTICO, Diapositivas de Sociología Jurídica

Tarea de un trabajo hecho hsdjkasafhsdoooooooooooooooooasdfjsjskdklasdklasdkl

Tipo: Diapositivas

2019/2020

Subido el 12/12/2020

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kevin-garcia-57 🇲🇽

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COM PET ENC IA DE LAS SA LAS DE LA S
COR TES PR OVI NCI ALE S
Las salas serán especializadas para los jueces y juezas que se
relacionan con la justicia y la Corte Nacional y esta
estructura de los tribunales distritales, pero las materias y
salas que no están vinculadas con los jueces y juezas es lo
contencioso administrativo y lo contencioso tributario.
Dependiendo con el número de sala que se cuente, la
judicatura hará una distribución precisa por el territorio,
así como su grado, la materia que posean cada uno de
ellos. Sobre la base de los estudios técnicos, una Corte
Provincial podrá funcionar con un número inferior a las
salas especializadas de la Corte Nacional.
LA COMPETENCIA DE CADA
UNA DE LAS SALAS DE LA
CORTE PROVINCIAL DE
JUSTICIA
T A R E A 3
SEG UND A I NST ANC IA
Gobernadoras y los Gobernadores, la Gobernadora o el
Gobernador Regional
Prefectas o los Prefectos
Alcaldesas y los alcaldes
Intendentes de Policía
Juezas y jueces de los tribunales y juzgados
Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
Al conocer la primera y segunda instancia, además de todas las
causas que las personas que se elación por fuera de la Corte
Provincial, como lo de transito y lo penal. en la segunda
instancia se debe tener en cuenta a la relación y la nulidad, la
ley establece los procesos controversiales que provienen de
sentencias directas.
LOS AS UNT OS COL USO RIO S
Al dirimir tanto los jueces como las competencias o otras
judicaturas especiales, de cualquiera de los anteriormente
nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas
especiales de otro territorio, la ley puede disponer que los
tribunales se pueda volver un tribunal de instancia. En este
último caso, el conocimiento corresponde a la Corte
Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o
juzgador provocante.
Conocer, en única instancia, las causas para el
reconocimiento u homologación de las sentencias
extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la
Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá
la competencia por sorteo, Recibir las dudas de las juezas y
jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y
enviarlas a la Corte Nacional de Justicia con el informe
correspondiente.

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COMPETENCIA DE LAS SALAS DE LAS

CORTES PROVINCIALES

Las salas serán especializadas para los jueces y juezas que se relacionan con la justicia y la Corte Nacional y esta estructura de los tribunales distritales, pero las materias y salas que no están vinculadas con los jueces y juezas es lo contencioso administrativo y lo contencioso tributario. Dependiendo con el número de sala que se cuente, la judicatura hará una distribución precisa por el territorio, así como su grado, la materia que posean cada uno de ellos. Sobre la base de los estudios técnicos, una Corte Provincial podrá funcionar con un número inferior a las salas especializadas de la Corte Nacional.

LA COMPETENCIA DE CADA

UNA DE LAS SALAS DE LA

CORTE PROVINCIAL DE

JUSTICIA

T A R E A 3

SEGUNDA INSTANCIA

Gobernadoras y los Gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional Prefectas o los Prefectos Alcaldesas y los alcaldes Intendentes de Policía Juezas y jueces de los tribunales y juzgados Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Al conocer la primera y segunda instancia, además de todas las causas que las personas que se elación por fuera de la Corte Provincial, como lo de transito y lo penal. en la segunda instancia se debe tener en cuenta a la relación y la nulidad, la ley establece los procesos controversiales que provienen de sentencias directas.

LOS ASUNTOS COLUSORIOS

Al dirimir tanto los jueces como las competencias o otras judicaturas especiales, de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro territorio, la ley puede disponer que los tribunales se pueda volver un tribunal de instancia. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante.

Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la competencia por sorteo, Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente.