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Impugnación Competencia Jurisdiccional y Recurso Casación en Delito Revelación Secretos (8, Exámenes de Derecho Procesal

En este documento se discute el proceso legal para impugnar la competencia jurisdiccional de un juez en un delito de revelación de secretos empresariales, así como el procedimiento para interponer un recurso de casación contra una sentencia condenatoria. Se abordan las cuestiones de cómo impugnar la competencia jurisdiccional y si es posible interponer un recurso de casación.

Tipo: Exámenes

2020/2021

Subido el 02/03/2021

Judith.ub
Judith.ub 🇪🇸

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SUPUESTO DE HECHO
A X se le está investigado penalmente por un delito de
revelación de secretos empresariales, por haber accedido,
remotamente, a un servidor de una empresa con el fin de
apoderarse de toda la información que se hallara en dicho
dispositivo y valerse de ella para captar nuevos clientes. Dicha
conducta típica está regulada en el art. 278 CP, que castiga
dicha conducta con penas privativas de libertad de 2-4 años.
Usted es su abogado y se le plantean las siguientes
cuestiones:
1. Si quisiera impugnar la competencia territorial del juez
que dirige la instrucción, ¿cómo lo haría? ¿Qué
instrumentos que prevé el ordenamiento jurídico
utilizaría? Razone la respuesta.
Como se trata resoluciones interlocutorias por lo cual
estaríamos ante un recurso de reforma el cual esta regulado en
los art. 211 y 216-222 LECrim, y equivale al recurso de
reposición civil. Este se interpone contra resoluciones
interlocutorias de jueces unipersonales, habitualmente de
instrucción. Ahora bien, para para impugnar la competencia y
jurisdicción a instancia parte, el cual trata de un mecanismo de
impugnación que puede consistir en declinatoria, reclamación
al superior en grado o inhibitoria.
2. En este caso, una vez celebrado el acto de juicio oral, el
Juez de lo Penal dicta sentencia condenatoria de 2 años de
prisión por dicho delito, ¿cabría interponer un recurso de
casación contra esta sentencia? En caso afirmativo, exponga
brevemente cómo lo plantearía. Razone la respuesta.
Para delitos de menos de cinco años de libertad después del
juicio oral se conocerá el recurso de apelación por la sala de lo
penal de la AN y luego se conoce la casación en el TS (Sala
2ª), solo admitida en este caso por casos de infracción, y en
caso de que sea así se procedería al procedimiento que esta
regulado en los art. 855-906 LECrim, distinguiendo entre las
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¡Descarga Impugnación Competencia Jurisdiccional y Recurso Casación en Delito Revelación Secretos (8 y más Exámenes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity!

SUPUESTO DE HECHO

A X se le está investigado penalmente por un delito de revelación de secretos empresariales, por haber accedido, remotamente, a un servidor de una empresa con el fin de apoderarse de toda la información que se hallara en dicho dispositivo y valerse de ella para captar nuevos clientes. Dicha conducta típica está regulada en el art. 278 CP, que castiga dicha conducta con penas privativas de libertad de 2-4 años. Usted es su abogado y se le plantean las siguientes cuestiones:

  1. Si quisiera impugnar la competencia territorial del juez que dirige la instrucción, ¿cómo lo haría? ¿Qué instrumentos que prevé el ordenamiento jurídico utilizaría? Razone la respuesta. Como se trata resoluciones interlocutorias por lo cual estaríamos ante un recurso de reforma el cual esta regulado en los art. 211 y 216-222 LECrim, y equivale al recurso de reposición civil. Este se interpone contra resoluciones interlocutorias de jueces unipersonales, habitualmente de instrucción. Ahora bien, para para impugnar la competencia y jurisdicción a instancia parte, el cual trata de un mecanismo de impugnación que puede consistir en declinatoria, reclamación al superior en grado o inhibitoria.
  2. En este caso, una vez celebrado el acto de juicio oral, el Juez de lo Penal dicta sentencia condenatoria de 2 años de prisión por dicho delito, ¿cabría interponer un recurso de casación contra esta sentencia? En caso afirmativo, exponga brevemente cómo lo plantearía. Razone la respuesta. Para delitos de menos de cinco años de libertad después del juicio oral se conocerá el recurso de apelación por la sala de lo penal de la AN y luego se conoce la casación en el TS (Sala 2ª), solo admitida en este caso por casos de infracción, y en caso de que sea así se procedería al procedimiento que esta regulado en los art. 855-906 LECrim, distinguiendo entre las

fases de preparación, interposición y oposición, admisión y decisión.