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Asignatura: Derecho e instituciones de la Union Europea, Profesor: Jesus Gonzalez Jimenez, Carrera: Derecho, Universidad: UAL
Tipo: Ejercicios
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PRÁCTICA Nº 6. Eficacia directa, tutela judicial efectiva, responsabilidad del Estado, relaciones derecho de la UE y derecho español IMPORTANTE
Julio Iglesias Ronco es un ciudadano español residente en Cuenca. En las vacaciones de verano de 1990, cuando tenía 30 años y contaba con una excelente salud, realiza un viaje a la provincia de Almería, durante el cual decide bañarse en un pantano habilitado para su uso turístico y donde está permitido el baño. A partir de ese momento, empieza a sufrir distintos problemas de salud. Según sucesivos informes médicos, el Sr. Iglesias ha contraído una enfermedad en la piel y otra en su aparato digestivo, relacionadas ambas con un hongo presente en el agua deficientemente depurada. De acuerdo con un informe pericial, ese hongo está presente en el pantano donde se bañó el Sr. Iglesias. Dicho pantano, según certificación del Ministerio de Medio Ambiente, no cumple los niveles de calidad de las aguas de baño interiores exigidos por una directiva de la Unión Europea. Hay que señalar que dicha directiva afecta a competencias incluidas en el artículo 148 de la Constitución española.
El Sr. Iglesias, además de utilizar el servicio sanitario público español para hacer frente a sus nuevas enfermedades, debe comprar gran cantidad de medicamentos con dinero de su propio bolsillo, pues dichos medicamentos no están subvencionados por la Seguridad Social. Por otro lado, debido a su precario estado de salud, el Sr. Iglesias pierde la oportunidad de promocionarse a un mejor puesto en la empresa en la que trabaja, pues dicho puesto exige una capacidad física que el Sr. Iglesias ya no tiene. El Sr. Iglesias guarda todas las facturas de los medicamentos que ha debido comprar por su cuenta, que ascienden a 2.000 euros. Y su empresa le adjunta un certificado en el que se detalla que la diferencia de salario entre su puesto actual y ese al que podría haber aspirado de tener buena forma física es de 300 euros al mes. Desesperado e indignado, el Sr. Iglesias acude a un abogado (ese eres tú) para ver si puede obtener alguna compensación o resarcimiento por daños. ¿Cuál sería tu respuesta al Sr. Iglesias? Desarrolla de manera bien argumentada y detallada tu respuesta. ¿Cambiaría en algo tu respuesta si los hechos hubieran ocurrido en 1999?
Materiales necesarios para resolver la práctica:
Tienes que buscar y consultar la sentencia del TJ en el asunto C-278/01, la misma del caso práctico número 5. Allí encontrarás información relevante sobre la directiva que se cita aquí. Por lo demás, apuntes y manual de los temas incluidos en el título de la práctica.
El problema que planea este supuesto es la inaplicabilidad de la directiva, habiendo expirado el plazo parara su desarrollo
Responsabilidad de la UE a españa (españa puede sancionar a la comunidad autónoma)y la responsabilidad que julio va a pedir a alguien.
Primer plano: Entre españa y UE interviene la comisión. (cuando el estado desarrolla la directivas se lo notifica a la comisión la norma que ha desarrollado la directiva)
La comisión tiene que garantizar que los estados desarrollen completa y adecuadamente y en el plazo.
La CCAA tendría que haber desarrollado esta directiva, al no haberla desarrollado ha incumplido el deber de desarrollado la directiva. Al no haberlo desarrollado la competencia no se ha desarrollado y ha incumplido.
Escrito de requerimiento A ESPA:A, NUNCA A LA CCAA! (adaptar las aguas del estado)Y después dictamen motivado!
El TJ va a sancionar españa, y esta a la CCAA, forzando para que cumpla la directiva (aplicación supletoria del derecho estatal)
EL incumplimiento, a los ojos de la UE es de españa, así que se sanciona a esta, y esta fuerza a la CCAA a que cumpla.
El abogado traslada la cuestión al juez y este tiene que estudiar el caso viendo que normativa es aplicable y ves si Andalucía ha adoptado bien la directiva. si Andalucía no tiene ninguna normativa de aguas.
Viendo que no tiene ninguna normativa de calidad de aguas, hay que ver si esta directiva tiene efecto directo. Dos opciones
norma (nexo causal).
objetivo, es decir, esperar que la comisión actúe
La responsabilidad interna se la va a pedir Julio iglesias a españa, por incumplir el desarrollo de la directiva que era de su competencia.
Si hubiese sido en 1999 es de seguro que tendríamos sentencia y por tanto eficacia directa (nexo causal), pidiendo responsabilidad directa a Andalucía, con un daño cuantificable (nexo causal)
Las directivas no están pensadas para que tengan efecto directo. Podran tener efecto directo, Siempre y cuando se den estos requisitos y por este orden.
La directiva tiene un plazo de 2 años para que los estados la desarrolla, mientras no transcurra ese plazo no se planta la eficacia directa. Transcurrido ese plazo tiene que darse estas circunstancias.
directo
Paso 1: el juez tiene que preguntar si la directiva esta desarrollada o no, y si tiene efecto directo o no, preguntándole al TJ de la unión Paso 2: Si tiene efecto directo, si hace falta, se ayuda de la norma interna para aplicarla y tener la plenitud de la finalidad de la directiva. Si no tiene efecto directo tiene que encontrar en el derecho de la norma nacional, para alcanzar la finalidad que pretende la directiva, si no la encuentro…
del Derecho de la Unión. PAPELETA
En caso de que el juez no pueda dar efectividad a la directiva porque no este desarrollada, no tiene efecto directo, no encuentre norma interna para apoyarse… nos quedaría Este principio consiste en que los estados miembros van a responder por los da;os causados a un particular por a ver violado una norma del derecho de la unión. Esa violación por la que el estado va a responder va a ser por haber ido en contra del reglamento, directiva o tratado o no haber desarrollado una directiva en plazo, con plenitud y dentro de los márgenes de discrecionalidad. es una obligación del estado y si no lo hace esta incumpliendo el derecho de la unión. Se fundamenta en no perjudicar a los particulares y el principio de no discriminación por razón de nacionalidad y por supuesto el principio de cooperación leal. Los estados no pueden incumplir el derecho de la unión. Fundamentos
a favor de particulares A ver hecho da;o a un particular. Danos cuantificables patrimonialmente 3.Relación de causalidad entre el incumplimiento y el daño sufrido Nexo causal, que pueda establecerse una relación de causalidad entre la violación de la norma y el daño patrimonial. Que quede demostrado que el particular ha sufrido un da;o porque el estado ha violado una norma. Fijación por pasos: Se tiene que demostrar por el tribunal de justicia de la unión. Que este declare que el estado ha incumplido el derecho de la unión. Elemento objetivo con la sentencia de que el estado ha vulnerado el derecho. Con ese elemento objetivo se demuestra con pruebas el perjuicio sufrido con ese nexo de causalidad.
Todo esto ante un juez nacional. Un juez interno determinara la cuantía de indemnización. Si no me gusta esa indemnización puedo llegar hasta el tribunal de justicia.