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Examen tema 2, Exámenes de Ciencias de la Educación

Asignatura: CURRICULO Y SISTEMA EDUCATIVO, Profesor: Chema Chema, Carrera: Educación Primaria, Universidad: UVA

Tipo: Exámenes

2016/2017

Subido el 21/09/2017

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Andrea Barbero González.
1. NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR. CONCEPTO,
RELEVANCIA PEDAGÓGICA, NIVELES QUE LO INTEGRAN Y
BREVE DESCRIPCIÓN DE CADA UNO DE ELLOS.
Niveles de concreción curricular: son los distintos niveles en que se estructura el sistema
educativo. Podemos definirlos como: las sucesivas adaptaciones que se van haciendo
desde el nivel superior, que es la ley, pasando por el centro y el aula, hasta llegar al alumno,
con el fin de satisfacer las necesidades de este
Los niveles son los siguientes:
Nivel 0: la constitución/derechos humanos del niño.
Nivel 1: la ley orgánica a nivel nacional y a nivel autonómico.
Nivel 2: proyecto educativo de centro (PEC)
Nivel 3: el aula.
Nivel 4: cada alumno.
NIVEL 0: lo llamamos nivel 0 porque es el nivel máximo al que deben supeditarse todas
las leyes. La ley máxima es la constitución y los derechos humanos del niño. Art 27 de la
constitución es el que hace referencia a la educación.
NIVEL 1: las leyes nacionales y autonómicas: nacionales hay dos: la ley orgánica 8/2013
de 9 de diciembre…. LOMCE y el real decreto 126/2014 para educación primaria. Y el
real decreto 1630 de 29 de diciembre para educación infantil. A nivel autonómico:
(diferente en cada comunidad). Orden EDU/519/2014 de educación primaria en castilla y
león. Decreto de EI 122/2007 en CyL
NIVEL 2: el centro educativo: es la adaptación que cada centro hace del nivel 1(la ley)
con el fin de adecuarla a las características y necesidades del alumnado de su centro. Esto
tiene que ver con el concepto de autonomía pedagógica de los centros. Los documentos
donde se expresa este segundo nivel de concreción curricular son el proyecto educativo
de centro (PEC) elaborado por el consejo escolar, y los proyectos curriculares de etapa y
ciclo. (Elaborados por el claustro de profesores).
PEC: donde se plasma todo lo que el centro es, su idiosincrasia, y es un doc. Publico que
debe estar expuesto a todo el mundo.
NIVEL 3: el aula: son adaptaciones que el maestro hace del nivel 1, la ley y el nivel 2 el
PEC y el proyecto curricular, con el fin de adecuarlos a las necesidades y características
de los alumnos de su aula. Ello se plasma en la programación docente.
NIVEL 4: las adaptaciones que el maestro hace de los niveles anteriores con el fin de
adecuarse y satisfacer las necesidades de cada uno de sus alumnos. El documento donde
se plasma este nivel de adaptación son las adaptaciones curriculares individualizadas
significativas o no significativas.
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1. NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR. CONCEPTO,

RELEVANCIA PEDAGÓGICA, NIVELES QUE LO INTEGRAN Y

BREVE DESCRIPCIÓN DE CADA UNO DE ELLOS.

Niveles de concreción curricular: son los distintos niveles en que se estructura el sistema educativo. Podemos definirlos como: las sucesivas adaptaciones que se van haciendo desde el nivel superior, que es la ley, pasando por el centro y el aula, hasta llegar al alumno, con el fin de satisfacer las necesidades de este Los niveles son los siguientes:  Nivel 0: la constitución/derechos humanos del niño.  Nivel 1: la ley orgánica a nivel nacional y a nivel autonómico.  Nivel 2: proyecto educativo de centro (PEC)  Nivel 3: el aula.  Nivel 4: cada alumno. NIVEL 0 : lo llamamos nivel 0 porque es el nivel máximo al que deben supeditarse todas las leyes. La ley máxima es la constitución y los derechos humanos del niño. Art 27 de la constitución es el que hace referencia a la educación. NIVEL 1 : las leyes nacionales y autonómicas: nacionales hay dos: la ley orgánica 8/ de 9 de diciembre…. LOMCE y el real decreto 126/2014 para educación primaria. Y el real decreto 1630 de 29 de diciembre para educación infantil. A nivel autonómico: (diferente en cada comunidad). Orden EDU/519/2014 de educación primaria en castilla y león. Decreto de EI 122/2007 en CyL NIVEL 2 : el centro educativo: es la adaptación que cada centro hace del nivel 1(la ley) con el fin de adecuarla a las características y necesidades del alumnado de su centro. Esto tiene que ver con el concepto de autonomía pedagógica de los centros. Los documentos donde se expresa este segundo nivel de concreción curricular son el proyecto educativo de centro (PEC) elaborado por el consejo escolar, y los proyectos curriculares de etapa y ciclo. (Elaborados por el claustro de profesores). PEC : donde se plasma todo lo que el centro es, su idiosincrasia, y es un doc. Publico que debe estar expuesto a todo el mundo. NIVEL 3 : el aula: son adaptaciones que el maestro hace del nivel 1, la ley y el nivel 2 el PEC y el proyecto curricular, con el fin de adecuarlos a las necesidades y características de los alumnos de su aula. Ello se plasma en la programación docente. NIVEL 4 : las adaptaciones que el maestro hace de los niveles anteriores con el fin de adecuarse y satisfacer las necesidades de cada uno de sus alumnos. El documento donde se plasma este nivel de adaptación son las adaptaciones curriculares individualizadas significativas o no significativas.

2. NIVEL 0: ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (1978)

«Artículo 27.—1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

  1. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  2. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  3. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  4. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
  5. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes , dentro del respeto a los principios constitucionales.
  6. Los profesores , los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
  7. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
  8. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
  9. Se reconoce la autonomía de las Universidades , en los términos que la ley establezca.» Este artículo de la Constitución española del 1978 hace referencia, como bien hemos podido leer anteriormente, a la educación. De manera resumida recoge el derecho a la educación que tenemos todos los españoles, siendo la enseñanza básica tanto obligatoria como gratuita. Además, cada alumno tiene la posibilidad de recibir la educación moral y religiosa que él desee. Todo ello tiene como último fin conseguir la formación integral y equilibrada de todos los alumnos.

3. 1º. NIVEL

PREÁMBULO DE LA LOMCE

El preámbulo es una de las partes más importante de la ley, es donde está su espíritu. Por otra parte, el articulado es el conjunto de artículos, toda la ley se divide en títulos y dentro de cada título hay capítulos. Dentro de los capítulos están los artículos.

● Contenidos: conjuntos de conocimientos, habilidades, conceptos procedimientos y actitudes. Es decir, lo que se enseña. ● Evaluación: Los objetivos los medimos a través de los criterios de evaluación, que son aquellos que nos permiten evaluar a alguien. Es decir, es el método y/o las preguntas que se utilizan para evaluar. A esto añadimos estándares de aprendizaje: cada una de las especificaciones de los criterios (muy bien, bien, normal, mal…) que concreta lo que un alumno sabe de la asignatura. ● Metodología: es la forma/camino que cada profesor usa para alcanzar unos objetivos, favoreciendo el aprendizaje. PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA (ART. 16 Y 17 LOMCE Y ART. 6 Y 7 RD. LOS TENÉIS SINTETIZADOS EN LA PLATAFORMA) Fines y objetivos de la Educación primaria. (Art16.2 y 17)

  • Cognitivos:  expresión oral y escrita  comprensión lectora (lectura fonológica fluida)  Calculo  Iniciación en la capacidad de obstrucción.  nociones básicas de social, natural…  Inglés funcional  competencias en nuevas tecnologías.
  • Procedimentales:  aprender a aprender.  técnicas de estudio (si el niño no sabe estudiar, tendera al fracaso.)
  • Actitudinal:  creatividad  educación en valores (vial, resolución pacífica de conflictos)  inteligencia emocional  hábitos de trabajo (motivación y voluntad) Las 7 competencias básicas :
  1. Competencia en comunicación lingüística. Se refiere a la habilidad para utilizar la lengua, expresar ideas e interactuar con otras personas de manera oral o escrita.
  2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. La primera alude a las capacidades para aplicar el razonamiento matemático para resolver cuestiones de la vida cotidiana; la competencia en ciencia se centra en las habilidades para utilizar los conocimientos y metodología científicos para explicar la realidad que nos rodea; y la competencia tecnológica, en cómo aplicar estos conocimientos y métodos para dar respuesta a los deseos y necesidades humanos.
  3. Competencia digital. Implica el uso seguro y crítico de las TIC para obtener, analizar, producir e intercambiar información.
  4. Aprender a aprender. Es una de las principales competencias, ya que implica que el alumno desarrolle su capacidad para iniciar el aprendizaje y persistir en él, organizar sus tareas y tiempo, y trabajar de manera individual o colaborativa para conseguir un objetivo.
  5. Competencias sociales y cívicas. Hacen referencia a las capacidades para relacionarse con las personas y participar de manera activa, participativa y democrática en la vida social y cívica.
  6. Sentido de la iniciativa y espíritu emprendedor. Implica las habilidades necesarias para convertir las ideas en actos, como la creatividad o las capacidades para asumir riesgos y planificar y gestionar proyectos.
  7. Conciencia y expresiones culturales. Hace referencia a la capacidad para apreciar la importancia de la expresión a través de la música, las artes plásticas y escénicas o la literatura. Distribución de competencias (art.3)
    1. El gobierno/estado: Competencias generales.
    2. Comunidades autónomas: pueden modificar esas cuestiones
    3. centros docentes: también pueden modificarlas según su centro. Áreas troncales (art.8): naturales, sociales, lengua, matemáticas y lengua extranjera. A las que hay que añadir, educación física y religión o valores sociales. Por otro lado, están las áreas específicas, en función de la regulación del centro se puede cursar educación artística, segunda lengua extranjera o religión.

4. 2º. NIVEL

PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PEDAGÓGICA DE LOS CENTROS (ART. 15 RD)

Y RELEVANCIA PEDAGÓGICA DEL MISMO

Artículo 15. Autonomía de los centros docentes.

  1. Las Administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y organizativa de los centros, favorecerán el trabajo en equipo del profesorado y estimularán la actividad investigadora a partir de su práctica docente.
  2. Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por las Administraciones educativas, adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa con el fin de atender a todo el alumnado. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.
  3. Los centros promoverán, asimismo, compromisos con las familias y con los propios alumnos y alumnas en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo. PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO (PEC) Y PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO. ● El Proyecto Educativo de Centro (PEC) define las finalidades de la Comunidad Educativa en cuanto al tipo de persona que queremos formar (valores, principios de identidad, pautas de conducta, etc.). En él se recogen los planteamientos educativos de carácter general: los principios de identidad, los objetivos institucionales y el organigrama general. El PEC como conjunto coherente de declaraciones destinadas a dirigir un proceso de intervención educativa, habrá de combinar los planteamientos generales que orientan la acción con los planteamientos específicos que facilitan la intervención y su evolución. No se trata de elaborar un compendio pormenorizado, sino una escueta y clara delimitación de los fines que se persiguen, estableciendo el "carácter propio" que confiere personalidad característica al centro. Ha de ser un documento que ayuda a establecer prioridades, que se han de operativizar en el plan anual y en las programaciones de la actividad docente, de modo que lleguen a los alumnos y puedan evaluarse. Nunca se puede concebir como un compromiso acabado e inalterable. En definitiva, es el documento que da unidad de criterios a la actuación de la organización escolar. ● El Proyecto Curricular del Centro (PCC) es la oferta formativa y académica de un centro en el que se desarrollan los elementos típicos de un Diseño Curricular (objetivos y prioridades, contenidos, metodologías, materiales y recursos y evaluación), y en el que deben estar integrados de forma coordinada y articulada los diferentes niveles de concreción de los Proyectos Curriculares, de acuerdo a unas prioridades y criterios de secuenciación, consensuados por todos y como un diseño inacabado en continua experimentación y relaboración.

CLASIFICACIÓN DE LOS CENTROS (PÚBLICOS, PRIVADOS,

CONCERTADOS)

Hay 3 tipos de centros escolares:

  • COLEGIOS PÚBLICOS : aquellos cuya titular es una administración pública. Los centros públicos que solo ofrecen educación infantil se denominan escuelas infantiles y los que ofrecen tanto educación primaria como educación infantil se llaman colegios de educación infantil y primaria. Dentro de este modelo de centros encontramos distintos tipos: ● Colegio rural agrupado (CRA): tiene sede en un solo pueblo y a él van niños tanto de ese lugar como de municipios próximos a él, tiene plena capacidad académica y de gestión. ● Centros o unidades de educación especial : son aquellos destinados a niños con necesidades educativas especiales las cuales no se pueden atender en los centros ordinarios. ● Centros de escolarización preferentes: para alumnos con discapacidad motora, auditiva o trastornos generalizados del desarrollo (TFG) graves, los cuales requieren recursos personales y materiales de difícil generalización. ● Unidades escolares de apoyo en instituciones hospitalarias: destinados a aquellos niños que no pueden seguir una escolarización normal en un centro ordinario debido a razones de hospitalización o convalecencia prolongada. ● Servicios de apoyo domiciliario : para aquellos niños que no pueden acudir a la escuela por prescripción facultativa de convalecencia. Dicha convalecencia tiene que ser superior a 30 días. ● Centros integrados de enseñanzas artísticas de música y de educación primaria, secundaria obligatoria y bachillerato: estos centros son especialmente recomendables para aquellos alumnos que se tienen que compatibilizar el conservatorio con la asistencia al colegio o instituto. En ellos, se dan materias relacionadas con la música, lo que hace que el horario se reduzca, ya que se convalidan asignaturas. Además, se ahorran tiempo y energía en desplazarse de un lugar al otro, ya que en estos centros se realizan ambas cosas. ● Escolarización población itinerante : Se atenderá al alumnado matriculado en educación primaria en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) que viaje con el circo y se colaborará con el CIDEAD en la orientación y supervisión de las actividades de estudio de los alumnos escolarizados en educación secundaria obligatoria. La atención educativa a este tipo de alumnado se desarrollará en aulas ubicadas en una caravana facilitada por la empresa del circo al efecto, que deberá reunir, como una serie de requisitos.

5. METODOLOGIA Desde el punto de vista teórico nos basamos en el aprendizaje significativo, aprendizaje opuesto al aprendizaje memorístico. Por otro lado, desde el punto de vista práctico: actividades, temporalización, recursos, cronograma…). 6. EVALUACION. (Tema 1). Tipos de evaluación: coevaluación (de todos), autoevaluación (de cada uno a si mismo), heteroevaluación (la tradicional). Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado. Criterios de calificación 7. ATENCION A LA DIVERSIDAD. En la programación didáctica vamos a atender las peculiaridades que puedan requerir cada uno de nuestros alumnos. Debemos de atender en mayor medida a aquellos alumnos que necesitan una atención distinta a la ordinaria. Para ello, debemos llevar a cabo un procedimiento de elaboración y actuación de las adaptaciones curriculares. 8. METAEVALUACION. Estableceremos unos criterios para evaluar nuestra propia evaluación didáctica. 5.1.1. EL APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO El aprendizaje significativo es el proceso por el cual un individuo elabora e interioriza conocimientos. Los elementos de este son: - Contenidos significativos. Los nuevos aprendizajes adquieren significados en función de los anteriores (reestructuración). - Aprendizaje activo. o Motivado y voluntario. o Metas orientadas al aprendizaje. o Metacognición y autorregulación. o Estrategias de aprendizaje (técnicas de estudio, hábitos de estudio, esquemas, evaluación…).

6. 4º. NIVEL

6. 1. ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO:

La adaptación curricular es el conjunto de acciones dirigidas a adecuar el currículo a las necesidades de un alumno o grupo determinado. Esto es posible gracias a un currículo abierto y flexible. Hay dos tipos de medidas aplicables a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo:

  • Medidas ordinarias: comprenden actuaciones con un alumno o un grupo de alumnos en las aulas y concretan la aplicación de las medidas generales a las necesidades individuales en caso necesario. Entre otras se encuentran: o La prevención y detección de las dificultades de aprendizaje o La aplicación de mecanismos de refuerzo y apoyo. o La atención individualizada.

o La adaptación a los diferentes ritmos de aprendizaje, el establecimiento de diferentes niveles de profundización de los contenidos. o El apoyo en el aula. o El desdoblamiento de grupos y los agrupamientos flexibles. o La selección y la aplicación de diversos recursos y estrategias metodológicas. o Las adaptaciones no significativas del currículo. o La adaptación de materiales curriculares, las actividades de evaluación de los aprendizajes adaptados al alumno. o La optatividad prevista en la educación secundaria obligatoria.

  • Medidas extraordinarias: los programas de diversificación curricular y los programas de cualificación profesional inicial, al igual que las adaptaciones curriculares significativas destinadas al alumnado que presenta necesidades educativas especiales y la flexibilidad del periodo de escolarización para el alumnado con altas capacidades intelectuales, así como otras contenidas en esta Orden. El protocolo de actuación (DIAC) está formado por los siguientes pasos:
  1. Prevención.
  2. Detención temprana.
  3. Evaluación psicológica (nivel personal, nivel escolar y nivel familiar).
  4. Valoración de las necesidades; esto dependerá de lo resultante en el punto anterior.
  5. Evaluación continua.