Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


exposicion de derecho, Ejercicios de Derecho

son diapositivas de exposición

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 15/04/2023

victor-cordova-9
victor-cordova-9 🇵🇪

5 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
PLURALISMO JURIDICO
Coexistencia de espacios legales
interconectados e interrelacionados
los procesos de descolonización:
décadas Surgió a partir del 50,60 y 70
Sausa Santos: El contrato social es
el terreno de una lucha de
definición entre exclusión e
inclusión.
Antecedentes y surgimiento:
Sociedades antiguas poseían
un orden jurídico.
CONCEPTUALIZACION: Leopoldo Pospisil: Cada
sociedad se articula en diferentes unidades que
tienen su propio sistema legal que responden a
reglas y procedimientos similares
PLURALISMO JURIDICO Y
TEPRIA DE SISTEMAS.
LIMITES Y CRICAS AL PLURALISMO
JURIDICO: Tamahana , los problemas
analíticos consisten en la imposibilidad
de lograr un acuerdo sobre definición
del derecho y de una aserción negativa
en la que no se logra un consenso
Sir Henry Maine: evolución de estructura jurídica.
Durkheim: fenómeno de solidaridad mecánica.
Radcliffe Brown: normas dependen de la estructura social.
Pritchard: se elegin normas para resolver conflicto.
Malinowski: derecho es orden social.
Eugene Elrich: asociación humana y normas de control
social.
Surgio con el objetivo de combatir la
pretensión de lo que se denomina el
centralismo jurídico, porque el estado es una
realidad contingente, geográfica y temporal.
No existe una sociedad que tenga
un único sistema legal, sino varios
subsistemas como subgrupos
existentes.
Dos tipos de P luralismo Jurídico: Fuerte:
Refleja el estado de los hechos de una
sociedad; el débil: Estado en donde el
soberano otorga validez a diferentes
sistemas jurídicos.
Hooker: El Pluralismo Juridico es aquella
circunstancia como resultado de la
transferencia de sistemas legales o en
formas diferentes.
Jacques Vanderlinden: Derecho como
fenómenos legislativo: todo ordenamiento
jurídico tiene vocación totalitaria, toda
sociedad es plural en cuanto a sus normas.
John Griffths: Plurarismo jurídico: Resulta de la
coexestiencia de un grupo soci al con ordenes
jurídicas y de la generación de ordenes jurídicas a
partir de la colonización entre paices.
Teubner: No es un conjunto
de normas en conflicto, sino una
multiplicidad de procesos
conunicativos.
Evolución de sistemas:
Conjunto de mecanismo de
variación , selección y retención
de subsistemas sociales.
Los problemas instrumentales
son consecuencias de los
problemas analíticos.
La contribución del pluralismo
jurídica radica en ayudar en
comprender los subsistemas que
pueden entrar en conflico con el
sistema estatal.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga exposicion de derecho y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity!

PLURALISMO JURIDICO

Coexistencia de espacios legales interconectados e interrelacionados los procesos de descolonización: décadas Surgió a partir del 50,60 y 70 Sausa Santos: El contrato social es el terreno de una lucha de definición entre exclusión e

inclusión.

Antecedentes y surgimiento: Sociedades antiguas poseían un orden jurídico. CONCEPTUALIZACION: Leopoldo Pospisil: Cada sociedad se articula en diferentes unidades que tienen su propio sistema legal que responden a reglas y procedimientos similares

PLURALISMO JURIDICO Y

TEPRIA DE SISTEMAS.

LIMITES Y CRICAS AL PLURALISMO

JURIDICO: Tamahana , los problemas

analíticos consisten en la imposibilidad

de lograr un acuerdo sobre definición

del derecho y de una aserción negativa

en la que no se logra un consenso

Sir Henry Maine : evolución de estructura jurídica. Durkheim: fenómeno de solidaridad mecánica. Radcliffe Brown: normas dependen de la estructura social. Pritchard: se elegin normas para resolver conflicto. Malinowski: derecho es orden social. Eugene Elrich: asociación humana y normas de control social.

Surgio con el objetivo de combatir la

pretensión de lo que se denomina el

centralismo jurídico, porque el estado es una

realidad contingente, geográfica y temporal.

No existe una sociedad que tenga un único sistema legal, sino varios subsistemas como subgrupos existentes. Dos tipos de Pluralismo Jurídico: Fuerte: Refleja el estado de los hechos de una sociedad; el débil: Estado en donde el soberano otorga validez a diferentes sistemas jurídicos. Hooker: El Pluralismo Juridico es aquella circunstancia como resultado de la transferencia de sistemas legales o en formas diferentes. Jacques Vanderlinden: Derecho como fenómenos legislativo: todo ordenamiento jurídico tiene vocación totalitaria, toda

sociedad es plural en cuanto a sus normas.

John Griffths: Plurarismo jurídico: Resulta de la coexestiencia de un grupo social con ordenes jurídicas y de la generación de ordenes jurídicas a partir de la colonización entre paices.

Teubner: No es un conjunto

de normas en conflicto, sino una multiplicidad de procesos conunicativos.

Evolución de sistemas:

Conjunto de mecanismo de variación , selección y retención de subsistemas sociales.

Los problemas instrumentales

son consecuencias de los

problemas analíticos.

La contribución del pluralismo

jurídica radica en ayudar en

comprender los subsistemas que

pueden entrar en conflico con el

sistema estatal.