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Asignatura: derecho financiero, Profesor: Financiero I, Carrera: Derecho, Universidad: UMA
Tipo: Apuntes
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Dra. Elisa I. García Luque/Belén Bahía Almansa
IRPF/IVA
CONCEPTO DE TRIBUTO LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL LA RELACIÓN JURÍDICO-TRIBUTARIA CONCEPTO De ella se derivan:
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL PARTICULAR OBLIGACIONES PARA LA ADMON DERECHOS PARA PARTICULARES IMPOSICIÓN DE SANCIONES
LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PPAL(ART. 19 y ss LGT)
AL REALIZARSE EL HECHO IMPONIBLE CONFIGURADO EN CADA IMPUESTO
A TRAVÉS DE DISTINTOS CONCEPTOS
ENTRE OTRAS CAUSAS, POR EL PAGO DEL IMPUESTO
LA OBLIGACION DE REALIZAR PAGOS A CUENTA ART. 23 Y 37 LGT
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
(^) Un particular, como consecuencia de una retribución, debe realizar un anticipo de la cuota de otro sujeto. Este último lo deducirá en su autoliquidación. Como consecuencia, la cuota final puede ser + o -. (^) Deberá ingresar en Hacienda un porcentaje de la retribución pagada a cuenta del impuesto personal del sujeto retribuido. (^) Cuando la retribución es DINERARIA= “RETENCIÓN” (^) Ej. Cuando un empresario retiene parte del sueldo de su empleado y lo ingresa en Hacienda. (^) Ej. Cuando una entidad bancaria retribuye intereses a sus clientes. Retendrá un % (actualmente el 19%) y lo ingresa en H. (^) Si la retribución es EN ESPECIE= “INGRESO A CUENTA”
IRPF IS
DE FORMA DIRECTA El mismo sujeto que obtiene la renta autoliquidará su impuesto, y, en su caso ingresará la cuota correspondiente. ARTICULACIÓN JCO-TÉCNICA
OBLIGACIONES ENTRE PARTICULARES RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DE UN TRIBUTO
de la repercusión (IVA)
ARTICULACIÓN JCO-TÉCNICA DEL IVA
ARTICULACIÓN JCO-TÉCNICA DEL IVA
(^) Encarecer la deuda tributaria por el daño producido a la AT (^) Indemnizar a la AT por el retraso en el ingreso de una obligación tributaria pecuniaria, ante el enriquecimiento injusto del ciudadano ( INTERÉS DE DEMORA) (^) Art. 26 LGT(SUPUESTOS Y CUANTÍA) (^) Disuadir al ciudadano del incumplimiento de los plazos (RECARGOS) (^) RECARGO POR CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁN EO Y SIN REQUERIMIENTO PREVIO ART. 27 (SUPUESTOS) (^) RECARGO EJECUTIVO ART. 28 (CUANTÍA). ART
. 161( SUPUESTOS) (^) Proteger el interés general por el cumplimiento del ordenamiento jurídico, restaurar el ord.dañado (^) Régimen de infracciones y sanciones. NO ES O.T.A. (^) Delitos y penas (grave perjuicio para la HP) derivarse cuando el ciudadano no cumple con sus obligaciones tributarias? Existen regímenes excepciona- les: 1.Art. 28. 2.Art. 27 LGT 3.Art. 191.1LG
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ACCESORIAS ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS ESTABLECIDOS EN RELA- CIÓN A OTRA OBLIGACIÓN
ART. 25 LGT NO SON OBLIGACIONES T. ACCESORIAS ART. 25.2 LGT