

















Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Este documento ofrece una introducción al derecho romano, abordando conceptos básicos como la diferencia entre derecho privado y derecho público, sistemas de procedimiento y tipos de acciones. Se explica el papel de las leyes naturales, de gentes y civiles, así como el procedimiento de acciones de la ley, ejecutivas y declarativas. Además, se mencionan las clasificaciones de las acciones civiles y honorarias, reales y personales, y se detallan algunas de las razones por las que el procedimiento de acciones de la ley dejó de tener existencia.
Tipo: Diapositivas
1 / 25
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


















Como consecuencia lógica de la vida en sociedad nace la necesidad de crear normas que regulen la convivencia, esto es reglas de conducta que hagan posible la vida en común. En ese sentido y en una forma amplia se entiendo por derecho al conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad CONSEPTOS DEL DERECHO Durante los primeros siglos de vida de Roma el derecho y la religión estuvieron íntimamente ligados, aún así los romanos dispusieron designar con términos distintos las normas que consideraban de origen divino de aquellas de origen humano. FAS: Para designar las de origen divino ( Lex divina) IUS: Para designar las de origen humano ( Lex humana) Con el pasar del tiempo desparece esta distinción y se utiliza unicamente el termino ius
Definición de DERECHO (ius) Para los romanos era el arte de lo bueno y lo equitativo Conjunto de normas que regulaban la conducta de un pueblo (derecho objetivo) Facultamiento de conducta que la norma puede otorgar a un sujeto (derecho subjetivo) JUSTICIA: Se deriva del termino latin ius y se define como la voluntad forme y constante de dar a cada uno lo suyo PRECEPTA IURIS (Preceptos jurídicos) En forma muy general expresan los deberes que el derecho subjetivo impone a los humanos
Derecho Publico Trata del gobierno de los romanos: organización y funciones del Estado, sus relaciones con los particulares y las que pueda mantener con otros estados, también lo conforma el ius sacrum ( vinculado al culto y a los sacerdotes) Derecho Privado: Se refiere a la utilidad de los particulares. Se refiere solo a las relaciones entre particulares que pueden ser de carácter familiar o patrimonial DIFERENCIA ENTRE DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO Las normas de derecho publico no pueden ser modificadas por pacto entre los particulares, en cambio las de derecho privado si pueden ser modificadas por convenio entre las partes
Derecho Natural: conjunto de derechos provenientes de la voluntad divina en relación con la naturaleza del hombre. Según Ulpiano, este derecho esta integrado por todas las leyes que la naturaleza impone a los seres animados El derecho de gentes: es el conjunto de reglas aplicables a todos los pueblos sin distinción de nacionalidad El derecho civil está integrado por todas aquellas reglas de derecho, especificas de cada pueblo que imprimen características propias a cada legislación. Al hablar de ius civile , los jurisconsultos romanos se refieren a èl como aquel que estaba reservado para los ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los extranjeros (ius propium civium romanorum) El ius civile es el derecho de la civitas, es decir; la ciudad, tomando este término en el sentido de Estado
PROCEDIMIENTO CIVIL ROMANO Desde el momento en que el Estado se organiza como tal e instituye los órganos jurisdiccionales, el particular no debe hacerse justicia por propia mano, sino que está obligado a recurrir a ellos. Los órganos jurisdiccionales ejercen la justicia por medio de un conjunto de actos procesales que fueron variando a lo largo del tiempo que duró la periodización del derecho romano. 753 a.C hasta el 567 d.C Para los romanos el proceso era entendido como la solución de una controversia por un tercero – el juez- El procedimiento; los pasos a dar para llegar a esa solución La acción es la facultad que todos tenemos para de acudir al tribunal para reclamar o realizar nuestros derechos El comportamiento de los litigantes frente al tribunal, los pasos que deben seguirse para lograr una sentencia y la organización judicial son materia del derecho procesal para los Romanos.
SIGNIFICADO DE LA PALABRA ACCIÓN Fue utilizada por los romanos tanto para hacer referencia a la disciplina que nos ocupa como al derecho de perseguir judicialmente lo que le deben a uno y también para señalar a la pretensión del litigante que iniciaba el proceso o juicio llamado en latín iudicium El derecho procesal fue de mucho interés para los romanos quienes con su pragmatismo característico consideraban que mientras hubiese acción, había derecho.
FORMA EN QUE SE LLEVABAN A CABO LOS PROCEDIMIENTOS PROCESALES Durante la república y el principado el proceso estuvo dividido en dos fases: LA PRIMERA IN IURE Se realizaba ante el Magistrado por medio de su función llamda iurisdictio , consistía en otorgar o denegar la acción, fijar los términos del proceso y mas tarde pasar el caso al juez que era quien dictaba la sentencia en la segunda fase en virtud de la facultad llamada iudicatio que le otorgaba el magistrado En esta época los jueces no eran funcionarios públicos sino ciudadanos particulares. Podía haber un juez único generalmente escogido por las partes o bien sorteado de una lista o designado por le magistrado. Para algunos casos existieron tribunales estables o permanentes como el de los recuperatores que conocía en asuntos en los que intervenía algún extranjero, así como el tribunal de los decemviri que conocía de las causas de libertad o el de los centumvire que decidía en los casos concernientes a la propiedad, al derecho de familia o al derecho sucesorio. Ante los gobernadores y los funcionarios municipales llevaban el proceso de forma monofásica.
SISTEMAS DE PROCEDIMIENTO: 1 - PROCEDIMIENTO DE ACCIONES DE LA LEY Del año 753 aC al 242 aC ---------------- 17 aC Monarquía y Republica Derecho preclásico 2 - PROCEDIMIENTO FORMULARIO Del año 17------------- 242 aC al 284 dC Principado Derecho clásico 3 - PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO 17 aC---------------- 284 dC al 1453 dC Imperio Absoluto Derecho posclásico
LAS ACCIONES DE LA LEY SON CINCO: ▪ ACCIÓN DE LA LEY POR APUESTA (SACRAMENTUM): Es una acción general, es decir; es aplicable en cualquier caso Las partes acudían ante los pontífices, estos les indicaban la declaración que debían repetir, después el actor se hacía acompañar por el demandado y ya ante el Magistrado recitaba la formula verbal de carácter solemne. Se simulaba una lucha entre ambos, y era en este momento cuando el Magistrado intervenía indicándoles que hicieran una apuesta, cuya cantidad quedaría depositada hasta que el Juez decidiera quien era el ganador. Luego el magistrado citaba a las partes para que comparecieran ante el tribunal, treinta días después, momento en el cual designaba al juez y con ello quedaría terminada la primera fase ( in iure ) La ultima fase se desarrollaba ante el juez, quien para dictar sentencia debía basarse en lo ocurrido en la fase anterior, examinaría las pruebas aportadas por los litigantes, oiría sus alegatos y pondría fin al proceso al decidir quien ganaba o perdía la apuesta.
▪ ACCIÓN DE LA LEY POR PETICIÓN DE UN JUEZ O DE UN ÁRBITRO ( POSTULATIO IUDICIS ): Es una acción de aplicación especial, es decir; solamente en dos casos: ❖ En el caso de las acciones divisorias para pedir la división de la herencia indivisa o de la cosa común en la copropiedad o el deslinde de terrenos ❖ En caso de créditos resultantes de una estipulación que es un contrato verbal, solemne, en virtud del cual una persona se podía obligar a cualquier prestación, como por ejemplo, a pagar una cantidad de dinero o a transferir la propiedad de una cosa. La acción servía para verificar la celebración de un contrato y sus términos. En sus dos fases, el procedimiento es el mismo que el de la actio legis sacramentum, solo que sin apuesta****.
Algunas de razones por las que el procedimiento de acciones de la ley dejaron de tener existencia: No era fácil aprender de memorial el texto de las declaraciones solemnes Si se cometía un error en la declaración, el actor perdía el caso y no podía litigar otra vez sobre el mismo asunto La memoria de los testigos, tanto como su buena fe, podía fallar al repetir frente al juez lo ocurrido en la fase in iure En algún momento los ciudadanos desconfiaron de las palabras solemnes a las que un mundo primitivo atribuyó un significado religioso y casi mágico. Así las cosas; se vio en la necesidad de fincar el procedimiento sobre la base de documentos 2 PROCEDIMIENTO FORMULARIO El pretor poco a poco fue creando modelos de textos apropiados a los diversos tipos de juicio, modelos que daba a conocer al iniciarse en su cargo como funcionario
Este proceso cabe hacer notar, seguía estando dividido en dos fases: la fase in iure , en la cual se redactaba y aceptaba la formula y la fase apud iudicem , que se desarrollaba ante el juez. Se desarrollaba mediante dos fases: A. Fase in iure 1 La fórmula: documento redactado por las partes que le confiere al juez la facultad de poder condenar o absolver al demandado Partes de la formula: La demostratio Una exposición de los hechos y señala la causa por la cual se lleva a cabo el litigio La intentio En esta se indica la pretensión del demandante o actor, es la cuestión misma en que se basa el proceso, es la parte mas importante de la formula. Puede ser certa o incerta La condemanatio La formula le confiere al Juez la facultad de condenar o absolver al demandado La adiudicatio Facultad al juez a adjudicar total o parcialmente el objeto del litigio. Esta parte de la formula solo existirá en los casos en que se ejerce una acción divisoria
VIAS DE EJECUCION El deudor tiene 60 días para cumplir con la sentencia En caso contrario el acreedor puede reclamar por medio de: La actio iudicati Se ejercia sobre los bienes del deudor mediante cualquiera de las tres medidas siguientes: La bonorum venditio La bonorum distractio La toma de prenda El deudor conservaba por dos meses los bienes después de los cuales podía venderlo si no recibía el pago y si había sobrante lo devolvía al deudor
PROTECCION JURIDICA EXTRAJUDICIAL Medidas encaminadas a proteger situaciones especiales no contempladas en la fromula o que ameritaban una solución rápida Las estipulaciones pretorias La in integrum restitutio Los interdictos ( interdicta) PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO Sistema característico del derecho posclásico Convivio con el procedimiento formulario Se aplicaba en forma extraordinaria para resolver controversias que se suscitaran en relación con instituciones de nueva creación y también se introdujo y fue en la practica judicial de las provincias CARACTERISTICAS. Pag. 99 Desarrollo del proceso. Pag. 100