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guía de contabilidad y finanzas del sena
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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GUÍA DE APRENDIZAJE No. 7 “FUNDAMENTACIÓN TRIBUTARIA” 3.1 Reflexión Inicial Duración de la actividad: 2 horas (96 minutos de trabajo directo – 24 minutos de trabajo independiente) Estimado aprendiz: 2.1.1. Querido aprendiz, desarrolle de forma individual la siguiente actividad teniendo como herramienta el material de apoyo: “Las compras” donde encontrará facturas de las diferentes operaciones en que incurren todas las familias en sus actividades cotidianas; ahora identifique el impacto que tiene los impuestos en el pago de estas actividades y reflexione al respecto dando respuesta a las preguntas que se plantean a continuación:
3.3.2. Por medio de una lectura comprensiva y desescolarizada del material de apoyo “Fundamentación tributaria”, los textos planteados en la bibliografía o cualquier otro referente al tema, elabore una cartilla que desarrolle los siguientes ítems, entréguelos a su instructor para ser socializada bajo la tutoría de éste en el ambiente de aprendizaje: Elementos de la obligación tributaria Diferencias entre impuestos, tasas y contribuciones. Ejemplo de cada uno. Clasificación de los impuestos. Características de los impuestos en Colombia. ¿Cuáles son los principales impuestos vigentes en Colombia? En Colombia quien tiene la facultad de establecer los tributos y en qué condiciones. Igualmente, quien debe cancelarlos. Responda teniendo en cuenta la Constitución Política (art. 338; art. 95 numeral 9; art. 215; art. 150 numerales 11 y 12) Bienes Gravados Bienes Exentos Bienes Excluidos Ingresos fuente nacional Ingreso fuente extranjera Contribuyentes y No Contribuyentes. Responsable y No Responsable
3.3.3. De manera autónoma, diligencie la siguiente rejilla; utilice los textos sugeridos en la sección de la bibliografía y demás libros necesarios, especialmente el Estatuto Tributario; luego el instructor escogerá a un grupo para socializar este punto y despejar inquietudes que se puedan presentar, por último, plasme esta información en su portafolio individual, como evidencia y que también le va a ser útil para el desarrollo de su proyecto. renta. IVA. renta de pago. i.c.a sujetó activo. El sujeto activo es el acreedor de la obligación tributaria, es quien puede exigir el cumplimiento de la misma, aun coactivamente. El sujeto activo del IVA, es el Estado colombiano, en cabeza de la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante DIAN); la persona que puede exigir el cumplimiento de la obligación como un derecho propio se le conoce como sujeto activo. El Consejo de Estado recordó que el sujeto activo del impuesto de industria y comercio debe ser aquel donde opera la sede fabril del contribuyente
Tendrá la facultad de administrar el tributo. como acreedor del vínculo jurídico y quien está facultado para exigir el cumplimiento del pago del impuesto. sujeto pasivo. Estas obligaciones son de dos tipos: La obligación tributaria principal es la del pago de la cuota. El sujeto pasivo es la empresa o profesional que realiza la entrega del bien (vendedor) o la prestación del servicio y que está obligada a soportar la obligación tributaria de realizar la liquidación del impuesto. Es la persona o empresa que debe pagar dicho tributo, que es la misma que ha realizado un hecho generador cual es el de obtener ingresos susceptibles de incrementar el patrimonio o poseer un patrimonio. Todas las personas naturales, jurídicas y las sociedades de hecho que ejerzan actividades industriales, comerciales o de servicio en los municipios. hecho generado. El hecho generador del impuesto sobre la renta es la obtención, en el año o período gravable, de ingresos susceptibles de producir incremento neto del patrimonio al momento de su percepción. Impuesto sobre las ventas se constituye por la ocurrencia o realización de los hechos señalados en el artículo 420 del Estatuto Tributario. El hecho generador del impuesto sobre la renta es la obtención, en el año o período gravable, de ingresos susceptibles de producir incremento neto del patrimonio al momento de su percepción El hecho generador del impuesto de industria y comercio está constituido por el ejercicio o realización directa de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital. base gravable. De la totalidad de los ingresos brutos realizados en el año o período gravable, susceptibles de incrementar el patrimonio, sin incluir las ganancias ocasionales. El valor sobre el cual se aplica la tarifa del Impuesto sobre las Ventas – IVA, para calcular el mismo. La base gravable del impuesto sobre la renta se da a partir del total de ingresos brutos obtenidos en un año, estando sujetos a modificar e incrementar el patrimonio. La base gravable del impuesto de industria y comercio está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo año gravable. tarifa. En el 2022, va pagando una tarifa del 31% La tarifa general del Iva es del 19%
La tasa actual es del 11,04 por mil y se aumentó al 11,4 para el otro año. Para las actividades
3. ¿A qué impuestos se le practica Retención en la fuente?
4. Hechos para efectuar la Retención y Reglas o situaciones cuando no se práctica. Cuando quien hace el pago no es agente de retención. Cuando el pago no supera la base mínima de retención en la fuente cuando esa existe (27 Uvt por compras y 4 Uvt por servicios). 5. Obligaciones de los Agentes de Retención.
6. ¿Que son autorretenedores y quién pueden tener dicha facultad? Autorretenedor es la persona o contribuyente que se practica así mismo la retención en la fuente. Por regla general la retención en la fuente es practicada por quien hace el pago, pero cuando el beneficiario del pago es autorretenedor, este mismo se practica la retención. 7. Tablas de retención en la fuente e ICA para el presente año (páginas web de la DIAN, secretaria de hacienda municipal).
8. Cuadro de operaciones comerciales (compra y venta) entre regímenes teniendo como característica principal las diferentes responsabilidades en materia tributaria de cada contribuyente.
· Diferencias temporarias y diferencias temporales La NIC-12 clasifica las diferencias temporarias en imponibles y deducibles, según den lugar en el futuro a un mayor o menor pago de impuestos, es decir, si se traducen en un pasivo o en un activo por impuesto diferido, respectivamente. · Medición La aplicación correcta de la NIC 12 permite identificar en los estados financieros partidas relacionadas con el efecto fiscal futuro de ciertas transacciones, a través del reconocimiento de Activos y Pasivos por Impuestos Diferidos. · Reconocimiento La aplicación correcta de la NIC 12 permite identificar en los estados financieros partidas relacionadas con el efecto fiscal futuro de ciertas transacciones, a través del reconocimiento de Activos y Pasivos por Impuestos Diferidos.