

















Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho Eclesiástico del Estado, Profesor: Adela Adela, Carrera: Derecho, Universidad: URJC
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
1 / 25
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


















Fecha de publicación: 18-07-
I.-Identificación de la Asignatura
Tipo OBLIGATORIA
Período de impartición 3 curso, 2Q semestre
Nº de créditos 3
Idioma en el que se imparte Castellano
II.-Presentación
El objetivo general de esta asignatura es la adquisición de las competencias necesarias para conocer y resolver los problemas jurídicos que plantea la regulación de los principios constitucionales de libertad de conciencia, igualdad, laicidad y cooperación con las confesiones religiosas. Esta asignatura se divide en dos partes: Teoría General del Derecho Eclesiástico del Estado –concepto, modelos de relación Estado-confesiones religiosas, Derecho comparado, etc.— y, Derecho Eclesiástico del Estado español. Partimos de la configuración del Derecho Eclesiástico del Estado como Derecho de la libertad de conciencia (que incluye la libertad religiosa). Consecuentemente, el estudio completo de esta libertad fundamental constituye el contenido de esta asignatura. La libertad de conciencia (religiosa o no) y todos los derechos y libertades fundamentales conexos con la misma son la esencia de cualquier sistema democrático. Las sociedades actuales se caracterizan por ser más plurales en el ámbito ideológico, cultural y religioso y, al tiempo, están más interconectadas entre sí. Estas circunstancias provocan que se produzcan, cada vez, más conflictos jurídicos a los que hay que dar respuesta y, de ahí surge, la imperiosa necesidad de esta asignatura. Entre las recomendaciones destacamos la conveniencia de tener conocimientos previos y competencias relacionados otras asignaturas jurídicas; en especial, de Derecho Constitucional. El Derecho Eclesiástico del Estado es una disciplina jurídica transversal y especializada. Estos conocimientos jurídicos previos son imprescindibles para poder profundizar en esta materia pues los escasos créditos atribuidos en el Plan de Estudios determinan que se presupongan dichos conocimientos jurídicos de carácter básico y general. Otras recomendaciones: Para alcanzar los objetivos de la asignatura se recomienda la participación activa en clase; la realización de las lecturas recomendadas por el profesor y de los casos y trabajos evaluables; asimismo la consulta en tutoría de todas aquellas dudas que se puedan presentar.
III.-Competencias
Competencias Generales
CG5. Conocimientos de informática relativos al ámbito de estudio CG9. Trabajo en equipo CG12. Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad CG13. Razonamiento crítico CG14. Compromiso ético CG15. Aprendizaje autónomo CG18. Liderazgo CG21. Sensibilidad hacia temas de la realidad social, económica y medioambiental.
Competencias Específicas
IV.-Contenido
IV.A.-Temario de la asignatura
Bloque temático Tema Apartados
I.- Introducción: Teoría General del Derecho Eclesiástico del Estado.
Tema 1. CONCEPTO Y CIENCIA DEL DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO.
1.- Introducción. 2.- La evolución histórica del concepto de Derecho Eclesiástico: el Derecho eclesiástico como sinónimo de Derecho Canónico. 3.- La evolución del concepto de Derecho Eclesiástico hacia su significación actual: a) Factores históricos-jurídicos: a.1. El Estado Moderno como presupuesto; a.2. La Reforma protestante; a.3. El Regalismo; b) Factores filosófico-jurídicos: b.1. La Escuela Racionalista del Derecho Natural; b.2. La Escuela Histórica del Derecho; b.3. El positivismo jurídico. 4.- El concepto de Derecho Eclesiástico en su significación actual: a) Nacimiento del Derecho eclesiástico del Estado en sentido moderno: estudio específico sobre el Derecho eclesiástico en distintos países durante el siglo XIX y principios del siglo XX: a.1. El Derecho eclesiástico en Francia durante el siglo XIX; a.2. El Derecho eclesiástico en Alemania durante el siglo XIX; a.3. La doctrina dualista italiana; b) El Derecho Eclesiástico como “ Legislatio libertatis ”; c) El Derecho Eclesiástico como “ Derecho de la libertad de conciencia ”. 5.- El Derecho Eclesiástico del Estado en España. 6.- Nociones previas: a) Conciencia, pensamiento, idea, creencia, convicción, opinión; b) Libertad de conciencia, libertad ideológica, libertad de pensamiento, libertad religiosa. 7.- El Derecho Eclesiástico del Estado como sistema y su autonomía científica.
Tema 2. LOS MODELOS DE RELACIÓN ENTRE EL ESTADO Y EL FENÓMENO RELIGIOSO
1.- Principios informadores de los distintos modelos de relación: a) Principios comunes de la relación del Estado con los grupos ideológicos en general: a.1. Monismo-pluralismo ideológico; a.2. Relación institucionalizada-personalizada; a.3. Valoración estatal de las asociaciones; a.4. Relación entre libertad e igualdad; b) Principios específicos de la relación entre el Estado y las confesiones religiosas: b.1. Cosmovisión monista- dualista; b.2. Relación entre libertad religiosa y los principios de confesionalidad y laicidad. 2.- Criterios de delimitación de los distintos modelos de relación entre el Estado y el fenómeno religioso partiendo del Derecho de la libertad de conciencia (principio dialéctico y labilidad): a) Desde la perspectiva de la neutralidad ideológica (Estados monistas y pluralistas); b) Desde la perspectiva de la neutralidad religiosa; c) Desde el punto de vista del dinamismo histórico. 3.- Modelo de Estado teóricos resultantes: a) Modelo de identidad; b) Modelo de exclusividad; c) Modelo de utilidad; d) Modelo de neutralidad. 4.- Técnicas de relación entre el ordenamiento jurídico estatal y los ordenamientos confesionales: a) La atribución de relevancia jurídica a normas confesionales: a.1. Remisión material y Derecho estatutario; a.2. Remisión formal; b) La atribución de relevancia jurídica a negocios jurídicos confesionales: b.1. Reconocimiento de efectos; b.2. Presupuesto.
Tema 4. LOS MODELOS DE RELACIÓN EN EL DERECHO COMPARADO
1.- Los modelos de monismo ideológico. 2.- Modelos de pluralismo ideológico. a) Modelos de utilidad: Estados confesionales e Iglesias de Estado; b) Modelos de neutralidad: en concreto, modelo alemán, italiano, francés y estadounidense. 3.- El Derecho de la libertad de conciencia en el marco de la Unión Europea: a) Las tradiciones constitucionales comunes y el Derecho de libertad de conciencia en los países miembros de la Unión Europea; b) El Derecho originario y la libertad de conciencia: b.1. El artículo 13 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea; b.2. El artículo 6 del Tratado de la Unión Europea; b.3. La Declaración nº 11 del Acta Final del Tratado de Ámsterdam; b.4. La Carta Europea de los Derechos Fundamentales; b.5.Tratado por el que se establece una Constitución para Europa de 16 de diciembre de 2004; b.6. El Tratado de Lisboa; c) El Derecho derivado, la libertad de conciencia y los ámbitos concretos de armonización legislativa: c.1. Protección de los datos personales; c.2. Los programas educativos comunitarios; c.3. Cultura y patrimonio histórico, artístico y cultural; c.4. Derecho de información; c.5. Conciencia y Derecho comunitario; c.6. La libertad de conciencia y derecho de asociación, especial referencia al estatuto jurídico de las confesiones religiosas.
II.- El Derecho Eclesiástico del Estado español. A) Parte General
Tema 5. LOS PRECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO ESPAÑOL VIGENTE
1.- Precedentes remotos: a) La Reconquista y la tolerancia religiosa; b) Antiguo Régimen: b.1. Siglos XV a XVII (Estado renacentista combinado con la idea medieval de cristiandad); b.2. Siglos XVII-XVIII (Monarquía absoluta de corte regalista); c) Constitucionalismo del siglo XIX: c.1. Estatuto de Bayona de 6 de julio de 1808; c.2. Constitución de Cádiz de 19 de marzo de 1812; c.3. Constitución de 18 de junio de 1837; c.4. Constitución de 23 de mayo de 1845 y el Concordato de 1851; c.5. Constitución de 5 de junio de 1869; c.6. Constitución de 30 de junio de 1876. 2.- Precedentes próximos: a) La Segunda República; b) El régimen franquista: b.1. Las Leyes Fundamentales, b.2. El Concordato de 1953; b.3. La Ley de libertad religiosa de 28 de junio de 1967.
Tema 6. EL SISTEMA DE RELACIÓN VIGENTE EN LA CONSTITUCIÓN DE 1978
1.- Principios informadores: a) Personalismo; b) Igualdad en la libertad de conciencia: b.1. Libertad de conciencia y libertad ideológica; b.2. Libertad de conciencia y libertad religiosa; b.3. Igualdad ante la ley; b. Principio de no discriminación; b.5. Igualdad material; c) Participación; d) Pluralismo y tolerancia; e) Laicidad del Estado, f) Cooperación con las confesiones religiosas como principio derivado. 2.- Las técnicas de relación entre el ordenamiento jurídico español y los ordenamientos confesionales. 3.- Calificación del modelo constitucional del Estado español desde la perspectiva de la libertad de conciencia: a) Modelos de referencia; b) Las diferentes posiciones doctrinales.
III.- El Derecho Eclesiástico del Estado español. B) Parte especial B. 1. La libertad de conciencia: Formación y manifestaciones.
Tema 8. LA LIBERTAD DE CONCIENCIA E IDENTIDAD PERSONAL
1.- Protección de la intimidad y el derecho a la libre formación de la conciencia: a) Manipulaciones de la conciencia, b) Manifestación forzada de las convicciones más íntimas, c) Utilización de datos relativos a la conciencia. 2.- Protección del honor y el derecho a la propia imagen e identidad personal: a) Los delitos de calumnia e injuria, b) Uso de vestidos y símbolos como expresión de la identidad de la persona o por la pertenencia a una minoría cultural.
Tema 9. LA LIBRE FORMACIÓN Y EXPRESIÓN DE LA CONCIENCIA (I): EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA
1.- El derecho a la educación: a) Regulación jurídica; b) Principios fundamentales del derecho de educación: b.1. Principios superiores constitucionales; b.2. Principio personalista; b.3. Servicio público esencial; b.4. Principio de participación; b.5. Principio de descentralización; b.6. Libertad de enseñanza. 2.- La libertad de enseñanza: a) La libertad de creación de centros docentes (Centros universitarios y no universitarios): a.1. Sujetos, a.2. Contenido; a.3. Límites; a.4. Financiación de los centros privados; b) La libertad de cátedra: b.1. Sujetos; b.2. Contenido, b.3. Límites; c) Ideario del centro docente y libertad de cátedra de los profesores: Posible colisión entre ambos derechos; d) El derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral de sus hijos: la enseñanza religiosa; d.1. Derecho comparado; d.2. El régimen jurídico vigente en España de la enseñanza de la religión en los centros docentes públicos y privados concertados: d.2.1. El Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos culturales entre el Estado español y la Santa Sede, de 3 de enero de 1979; d.2.2. Los artículos 10 de los Acuerdos de cooperación de 10 de noviembre de 1992 con FEREDE, FCI y CIE; d.2.3. La Ley orgánica 3/2006, de 3 de mayo, de Educación y su desarrollo reglamentario; d.3. El problema de la financiación estatal de la enseñanza de la religión y el estatuto de los profesores de enseñanza de la religión (la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo).
Tema 11. LA LIBRE FORMACIÓN Y EXPRESIÓN DE LA CONCIENCIA (III): LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN Y DE INFORMACIÓN
1.- Introducción: Nociones básicas. 2.- Principios del Derecho de información: a) Libertades de expresión e información como garantía institucional; b) Veracidad, objetividad, neutralidad e imparcialidad de los medios de comunicación; c) Pluralismo y tolerancia; d) Respeto a los valores constitucionales y a los derechos fundamentales. 3.- Sujetos de las libertades de expresión y de información: a) Las empresas informativas: a.1. Las empresas periodísticas; a.2. Las empresas de radio y televisión; a.3. Las empresas informativas confesionales; a. 4. Los nuevos medios de comunicación y el pluralismo informativo: la tecnología digital e internet (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico); a. 5. La reforma legislativa de los medios de comunicación (la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal y la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual); b) Los profesionales de la información: b.1. Estatuto de los periodistas, b.2. Derechos especiales: b.2.1. La cláusula de conciencia; b.2.2. El secreto profesional. 4.- Las libertades de expresión e información y el principio de participación (los derechos de la colectividad): a) El derecho de rectificación; b) El control de los medios de comunicación: b.1. Concepto; b.2. Sujetos y órganos de control (medios de comunicación públicos y privados); b.3. Contenido. c) El derecho de acceso: c.1. Concepto; c.2. Naturaleza jurídica; c.3. Sujetos; c.4. Contenido; 5.- Límites: a) Los derechos y libertades fundamentales de los demás; b) El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen; c) La seguridad nacional; d) Las leyes penales y la seguridad pública; e) La moral pública; f) La protección de la juventud y de la infancia; g) Los sentimientos religiosos, especial referencia al artículo XIV del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, de 3 de enero de 1979,
entre el Estado español y la Santa Sede.
Tema 12. CONCIENCIA Y DERECHO (I): LO LIBRE EN CONCIENCIA (I).
1.- Transexualidad: a) Definición; b) Contenido; c) Régimen jurídico y jurisprudencia. 2.- El derecho a la procreación (aborto; esterilización, reproducción asistida, fecundación artificial, manipulación genética y clonación) y su régimen jurídico (Legislación específica, Código Penal, Tratados internacionales, Jurisprudencia: Estudio de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida y la Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica). 3.- Eutanasia: a) Definición, b) Clases; c) Grados de reconocimiento. 4.- Huelgas de hambre y alimentación forzada: a) Descripción de los problemas; b) Soluciones jurisprudenciales.
Tema 14. CONCIENCIA Y DERECHO (III): EL DERECHO DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA.
1.- El derecho de objeción de conciencia y la desobediencia civil: Conceptos y presupuestos previos. 2.- Las objeciones de conciencia en sus diferentes manifestaciones: a) Contradicción entre norma de conciencia y el cumplimiento de un deber público: a.1. Objeción de conciencia al servicio militar: regulación histórica y actual; a.2. Objeción de conciencia fiscal, a.3. Objeción de conciencia a formar parte de una mesa electoral o de un jurado; a.4. Otros supuestos: Prestación de juramento; Deberes generales en el ámbito educativo (Cumplimiento de la obligatoriedad de educar a los hijos en el sistema educativo oficial o reglado; Obligatoriedad del estudio de determinadas disciplinas); b) Contradicción entre norma de conciencia y el cumplimiento de una obligación contractual o estatutaria: b.1. La llamada objeción de conciencia laboral; b.2. Descanso semanal y festividades religiosas; b.3. Objeción de conciencia al aborto; b.4. Negativa a participar en actos oficiales u organizados por centros u organismos públicos; c) Otros supuestos atípicos: c.1. Las transfusiones de sangre; c.2. Alimentación y creencias.
IV.- El Derecho Eclesiástico del Estado español. B) Parte especial B.2. La libertad de conciencia y el derecho de asociación B.2.1. La libertad religiosa, el principio de laicidad y el principio de cooperación
Tema 15. EL ESTATUTO JURÍDICO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS
1.- Introducción: el Derecho común de asociaciones y el Derecho especial. 2.- La personalidad jurídico-civil de las confesiones religiosas: a) Diferencias entre las confesiones religiosas y otros grupos ideológicos; b) Forma de adquisición de personalidad jurídica; b.1. Régimen general; b.2. Régimen especial; c) Inscripción registral de las entidades religiosas (Procedimiento común y especial); d) El régimen jurídico de las confesiones religiosas no inscritas (El Derecho común de asociaciones y las sectas destructivas); e) Capacidad de obrar de las confesiones religiosas en el ámbito jurídico-civil; f) Actividad negocial de las confesiones religiosas (especial referencia a las peculiaridades de la Iglesia católica en nuestro ordenamiento jurídico). 3.- La autonomía interna de las confesiones religiosas: a) Organización y régimen interno; b) Régimen jurídico del personal dependiente de las confesiones religiosas: b.1. Criterios de delimitación del personal; b.2. Seguridad Social; b.3. Derecho de remuneración; c) Cláusulas de salvaguardia de la propia entidad confesional; 4. El régimen jurídico de los lugares de culto: especial referencia al Derecho urbanístico. 5. Los cementerios religiosos.
V.- El Derecho Eclesiástico del Estado español. B) Parte especial B.2. La libertad de conciencia y el derecho de asociación B.2.2. Las minorías culturales
Tema 18. LAS MINORÍAS CULTURALES
1.- Introducción. 2.- El pluralismo cultural e interculturalidad. 3.- Concepto y clasificación de minorías (culturales, étnicas, lingüísticas, nacionales, religiosas, socioeconómicas). 4.- El régimen jurídico de las minorías en España.
VI.- El Derecho Eclesiástico del Estado español. B) Parte especial B. 3. La protección penal y jurisdiccional de la libertad de conciencia.
Tema 19. LA PROTECCIÓN PENAL Y JURISDICCIONAL DE LA LIBERTAD DE CONCIENCIA
1.- Protección penal de la libertad de conciencia: a) Protección penal de la libertad ideológica; b) Protección penal de la libertad religiosa; c) Protección penal de las minorías (el delito de genocidio y otros delitos relacionados con las minorías). 2.- El terrorismo islámico y el fenómeno de las sectas destructivas: regulación jurídico-penal. 3.- Protección jurisdiccional de la libertad de conciencia: a) La protección interna: a.1. Jurisdicción ordinaria; a.2. Jurisdicción constitucional: el recurso de amparo; b) La protección internacional: b.1. El Convenio Europeo de 4 de noviembre de 1950: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos; b.2. El Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos de 25 de noviembre de 1966, en especial, el Comité de Defensa de los Derechos Humanos, c) El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y los derechos fundamentales, d) La Corte Penal Internacional.
IV.B.-Actividades formativas
Tipo Descripción
Otras
Cine-forum. Lecturas guiadas de normas jurídicas. Seminarios.
Prácticas / Resolución de ejercicios
PRÁCTICAS INDIVIUDALES. En estas prácticas los alumnos estudiarán y resolverán casos prácticos y problemas de forma individual y fuera de clase. En clase se discutirán las respuestas por ellos consignadas para resolverlos. El profesor determinara en clase cuál o cuáles de estas prácticas deben ser entregadas. En relación a los trabajos se entregarán por escrito.
Prácticas / Resolución de ejercicios
PRÁCTICAS COLECTIVAS. En estas prácticas los alumnos expondrán en clase una lección del programa y entregarán un trabajo colectivo. En relación a la lección del programa los alumnos deberán trabajarla fuera del horario de clase. Por sorteo se elegirá un grupo para exponer dicho trabajo en clase. Todos tendrán que exponer oralmente una parte del trabajo y todos pueden ser preguntados por el profesor. El resto de grupos entregarán los trabajos al profesor para ser corregidos.