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Análisis de Mutua de seguros y de la póliza, Apuntes de Gestión Financiera

Asignatura: Assessoria i Planificació Financera, Profesor: Carlos (matemáticas), Carrera: Comptabilitat i Finances, Universidad: UAB

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 02/06/2017

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yatusabeloko 🇪🇸

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FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija Av. Diagonal 648, 08017 - Barcelona Ref. FIATC: 2014-25-03998 Ref. WILLIS: 4402672600 24 de septiembre de 2014 INFORME PERICIAL PÓLIZA: 0085-5025697 — TODO RIESGO JOYERÍA - FABRICANTE TOMADOR/ASEGURADO: NS, S.L. C/ Balmes Maa 08006 - Barcelona (Barcelona) ACTIVIDAD: Fabricante. EVENTO: Tipo: Daños materiales. Fecha: 20 de julio de 2014, Ubicación: Entrada principal y caja fuerte. Causa: Robo. Daños: Sustracción del total mercancías guardadas, rotura puerta de acceso, rotura caja fuerte y del sistema de alarmas. Reclamación: 429.787,05€ Tasación: 429,787,05€ Propuesta de Indemnización: 426.642,68€ (Netos de Franquicia) Nos referimos a sus instrucciones remitidas vía mail la mañana del día 21 de julio de 2014. Una vez examinada la documentación que nos remitieron, estamos en disposición de exponerles nuestras conclusiones: PÓLIZA La Póliza n2 0085-5025697 que el Tomador AMARO S.L. tiene suscrita con la compañía FIATC es un seguro TODO RIESGO JOYERÍA - FABRICANTE, condicionado MR Negocios, con efecto el 14/07/2014, prorrogable anualmente. Tiene la condición de Asegurado el propio Tomador. Las principales Garantías y Sumas Aseguradas de interés para el caso que nos ocupa son: 1. Límite y sublímites garantizados que constituyen el máximo capital garantizado a Primer Riesgo 1.1. Mercancías y existencias de toda clase 300.000,00 € 1.2. Muestrarios, suma asegurada total muestrarios (punto 15) 220.000,00 € 1.3. Límite máximo asegurado por local 520.000,00 € 2. Desperfectos por robo o atraco en el local asegurado 6.000,00 € 3,1. Gastos protección provisional, límite por siniestro 6.000,00 € 5, Mercancías dentro caja fuerte 520.000,00 € 15. Muestrarios asegurados 15.1. Ámbito: Europa 150.000,00 € 15.2. Ámbito: Mundo Asegurado durante 20 días previa notificación al asegurador 70.000,00 € FRANQUICIA: No existe Franquicia para ninguna de las garantías. Cobertura a Primer Riesgo; Las coberturas otorgadas por la póliza contratada se establecen a Primer Riesgo, por lo tanto el Asegurador renuncia a la aplicación de la regla proporcional. 2/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR .- El técnico que envió la propia empresa de seguridad reconoció al asegurado que sobre las 13:15h del día 20 de julio la central había tenido un fallo de baja batería y, posteriormente ese mismo día, sobre las 14:15horas esta misma alarma había tenido un fallo de conexión GPRS. - Según se desprende del informe de Actividad (se adjunta copia en los Anexos) remitido por ta empresa de seguridad los hechos habrían transcurrido de la siguiente manera desde el viernes 18, a las 00:O0horas, hasta el domingo 22 (día del siniestro) hasta las 23:59: + Elviernes 18/07/20414 e cierra la oficina'al acabar la jornada laboral dejando correctamente conectado el sistema de alarma. +» Elsábado 19/07/2014 se hace el chequeo desde central y todo es Ok. + El domingo 20/07/2014 después de pasar el chequeo a las 10:14h se produce lo siguiente: o 13:17h Fallo de suministro eléctrico: No consta aviso del sistema al cliente. No hay llamadas y tampoco comprobación de la doble vía alternativa, tal y como recoge la Ley para estos casos: en caso de fallar una vía, es obligatorio comprobar la vía alternativa. o 14:19h la vía alternativa GPRS se pierde: Estamos sin alarma, y el sistema recoge que se llama a dos teléfonos: « Uno, el de la propia oficina, = Dos, el móvil de un viajante (Sr. SEBASTIÁN MUDO. + En ambos casos indica que no contestan, pero ni siguen llamando hasta poder conectar, ni llevan a cabo ninguna acción más. + Alas 21:00 el portero llama para indicar que acaba de ver la puerta forzada y a las 23:29 el cliente confirma el robo. - Ante la descripción de los hechos entendemos que el siniestro está amparado por las coberturas de la póliza contratada, por lo que la pérdida deberá ser indemnizada al asegurado. 4/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR DAÑOS Y MEDIDAS ADOPTADAS Daños materiales: Los ladrones fracturaron la puerta principal de la joyería (deberá sustituirse en su totalidad debido al grado de destrucción que presenta). Los ladrones destrozaron el sistema de alarmas, concretamente la central y el teclado, ltevándose el video grabador. Asimismo, destrozaron la caja fuerte y dañaron el parquet (presenta zonas quemadas). Finalmente, se apoderaron de todos los diamantes que el asegurado guardaba en el interior de su local: tanto las mercancías para la venta, como los muestrarios. Nos encontramos, por tanto, ante un siniestro con pérdida total de la suma asegurada. Medidas adoptadas: Una vez verificado que se había producido un robo en el interior de su establecimiento, el asegurado procedió a dar aviso a la policía y a interponer la correspondiente denuncia. Se procedió a solicitar los servicios de una empresa de seguridad, que estará efectuando labores de vigilancia hasta que se sustituya la puerta de entrada. Desperfectos en puerta de entrada Caja fuerte forzada 5/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR RECOSRO El día 22 de julio de 2003 la empresa AY) SEGURIDAD efectúa la instalación de alarma del riesgo asegurado, después de haber presentado un presupuesto (Documento a) en el que se relacionan los puntos que debe cumplir dicha instalación según el R.D. 2364/1994 (según se describe en el presupuesto de fecha 17 de junio de 2003). El mismo día 22 de julio de 2003 se firma el contrato de mantenimiento de la instalación en AAA (Documento b). 9 SEGURIDAD incluye en su presupuesto el denominado “SISTEMA RENOVE”, que incluye la sustitución y actualización completa del sistema de alarma cada cuatro años a cambio del pago de una cuota mensual en concepto de renting; modalidad que el asegurado decide contratar. Una vez examinado los contratos de Y securipao con el asegurado debemos destacar: 1. En el contrato se indica que se instala un sensor de apertura de la puerta de entrada, este sensor se encontraba instalado según pudimos verificar el día de la visita. Al forzar los ladrones la puerta de entrada, este sensor se debería de haber activado, mandando la correspondiente señal de apertura a la centralita de la alarma y, si no se introducía el correspondiente código de desactivación, mandando la señal al CRA y activando la sirena de alarma por robo. Esto no sucedió, tal y como se refleja en el informe de incidencias de la alarma que se nos ha facilitado, por lo que cabe concluir que o estaba averiado o mal conectado. 2. La instalación, o al menos la caja de la central y el tecíado deberían de incorporar la función de Tamper (alarma contra sabotaje). Ha quedado demostrado que los ladrones arrancaron completamente la centralita de la pared y la destruyeron; por tanto, debemos concluir que no había Tamper o no estaba convenientemente programado. 7/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR 3. El mantenimiento del sistema de alarma corresponde a esta misma empresa MI SEGURIDAD) y en la cuota anual se incluye: "Una revisión anual" y "El mantenimiento todo riesgo de la central"; si ésta no ha funcionado correctamente es responsabilidad de sus técnicos. En el informe de revisiones efectuadas pordll» SEGURIDAD durante el año 2014 (Documento i de los Anexos) se indica que en las fechas 27 de febrero de 2014 y 30 de mayo de 2014 se ha efectuado una revisión en la instalación de e oróniiód y se ha detectado un fallo de comunicación en el sistema Bidireccional; dejándose pendiente de resolución hasta que el cliente diga algo... Lo que apunta a una negligente actuación por parte de los técnicos de PB SEGURIDAD puesto que en más de cinco meses (de febrero a julio) no han sido capaces de reparar esta avería. Según lo establecido en la Resolución de 16 de noviembre de 1998 de la Secretaría de Estado de Seguridad (se adjunta copia en los Anexos): De igual modo, a las empresas de seguridad autorizadas para el ejercicio de determinadas actividades, se les exige Libros-Registro específicos como son; en las de vigilancia y protección, el de entrada y salida de armas (artículo 25); en las de protección de personas, el de escoltas (artículo 30); en las de depósito de objetos valiosos o peligrosos, el de depósitos (artículo 31); en las de transporte y distribución de objetos valiosos o peligrosos, el de transporte y el de títulos-valores (artículos 34 y 35); en las de instalación y mantenimiento de aparatos y dispositivos de sistemas de seguridad, el de revisiones (artículo 43) y en las de explotación de centrales de alarmas, el de alarmas (artículo 51). Por otro lado, los titulares de instalaciones de seguridad y las entidades o establecimientos obligados a tener medidas de seguridad electrónicas llevarán el libro-catátogo de instalaciones y revisiones (artículos 43 y 135). Efectivamente este libro-catálogo de instalaciones y revisiones existe, se encuentra debidamente rellenado y sellado, y el asegurado nos ha entregado una copia (Documento h). Por otro lado, dif SEGURIDAD ha facilitado el listado de las revisiones que ha ido efectuando en el último año; siendo destacable lo referido en el epígrafe anterior n23. Asimismo, en el RD 2364/1998, de aplicación (ver Documento b - copia del contrato entre asegurado y PB SEGURIDAD en Anexos) se recoge: 8/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR En la página 103/111 se indica textualmente: “TAMPER DE CAJA: Tanto la Central NX-SE, como el resto de expansores del Sistema NetworX, poseen una entrada adicional para conectar un contacto Tamper, para proteger su caja. De esta forma no es necesario usar una zona del sistema para proteger las cajas de todos los elementos.” Las alarmas por activación del Tamper pueden ser transmitidas a la CRA, en el manual se indica claramente cómo programar esta función y el tipo de señal que se enviará (pág. 106 y 107/111). Según se indica en el libro-catálogo de revisiones facilitado por el asegurado el 30 de julio de 2013 se efectuó una revisión aprovechando la instalación de la nueva centralita; no queda claro sí se detectó alguna incidencia puesto que dp SEGURIDAD no ha facilitado el LIBRO REGISTRO DE REVISIONES de 2013 (si se nos ha entregado el de 2014), en el que se reflejan una detrás de otra las revisiones de todos sus técnicos en los domicilios de sus clientes, y se indican las incidencias detectadas. De la información disponible se desprende que los técnicos de PB SEGURIDAD, a parte de no efectuar bien su trabajo de mantenimiento, cometieron otros errores: + No dimensionaron la_instalación adecuadamente: porque no incluyeron, por ejemplo, detectores sísmicos en las paredes y el techo (esto habría provocado el disparo de la alarma mientras los ladrones destrozaban a golpes la puerta de entrada); tampoco colocaron la centralita en una zona protegida por un detector de disparo instantáneo... + — No instafaron tos equipos adecuadamente: ya que no programaron el Tamper de Central o de Teclado, ni funcionó el control de señal —pooling- automático del GPRS... (programado para efectuarse cada 30' según Documento e). En el RD 2364/1994 se recoge textualmente: SECCIÓN 22: Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigijedades Artículo 127. Medidas de seguridad aplicables. 1. En los establecimientos de joyería y platería, así como en aquellos otros en los que se fabriquen o exhiban objetos de tal industria, deberán instalarse, por empresas especializadas y, en st caso, autorizadas, las siguientes medidas de seguridad: 10/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR t. Dispositivos electrónicos con capacidad para la detección redundante de la intrusión en las dependencias del establecimiento en que haya efectivo u objetos preciosos. g. Detectores sísmicos en paredes, techos y suelos de la cámara acorazada o del local en que esté situada la caja fuerte. Por lo tanto PB SEGURIDAD incumplió lo establecido en la legislación aplicable para proteger el riesgo de un mayorista de diamantes (joyería). Anexo-1: Documentación para Recobro Presupuesto dei SEGURIDAD (de 17 de junio de 2003). b. Contrato de HeseEGURIDAD (de 22 de julio de 2003). c. Contrato de CRA (de 29 de julio de 2003) d. Protocolo MINYIMIPRECEPCIÓN DE ALARMAS - MIA. e. Albarán de Instalación Central NX-8 y GPRS (de 30 de julio de 2013). w f. Resolución 16 de noviembre de 1998. g. RD1123/2001, de 19 de octubre (modificación del RD 2364/1994). h. Libro de revisiones del Asegurado. Incidencias en mantenimiento de 2014. j. Manual de instalación y programación Central NX-8. 11/13 Ref.: 2014-25-03998 JXR CONCLUSIÓN En base a todo lo expuesto, proponemos un indemnización de CUATROCIENTOS VEINTISEIS Mil SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (426.642,68€), lo que les trasladamos para su consideración y aprobación final. Damos por concluidas nuestras actuaciones periciales, quedando a su disposición para cuantas aclaraciones precisen al respecto. Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarles atentamente, 27) A lozquim Kulré Anexo-2: Documentación Tasación de Daños + Fotografías. + Denuncia. + Stock 21 de julio de 2014. + Facturas de compra. e Certificados diamantes. + Factura caja fuerte. e Factura puerta. + Factura MA SEGURIDAD. + Factura vigilancia. + informe alarma, Con arreglo a lo dispuesto en el Art. 335.2 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, prometo que diré verdad y que he actuado y «ectuaré con la meyor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceplible de causar perjuicio a cualquiera de las Partes, Asimismo, decioro conocer las sanciones penales que el Ordenamiento Jurídico prevé si incumpliere mi deber como perfto, 13/13 Ref.: 2014-25-03998 IXR