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Impunidad e imputacion, Apuntes de Derecho

Si buscamos entender los conceptos de imputación e impunidad y la relación que existe entre ellos tomando como base la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, es necesario ver de dónde parte el principio de imputación y cuál es su función dentro de esta teoría, ya que la impunidad está ligada de manera subsecuente a la imputación.

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 28/10/2019

usuario desconocido
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Universidad Nacional De Colombia
Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
Curso de Introducción al Derecho
Kevin Joan Cordoba Marroquín CC. 1016096502
IMPUTACIÓN E IMPUNIDAD
Si buscamos entender los conceptos de imputación e impunidad y la relación que existe entre
ellos tomando como base la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, es necesario ver de dónde
parte el principio de imputación y cuál es su función dentro de esta teoría, ya que la impunidad
está ligada de manera subsecuente a la imputación.
Para generar una teoría pura Kelsen realiza en principio una separación entre las ciencias
naturales y las ciencias normativas. Para Kelsen esta diferenciación radica en que por un lado las
ciencias naturales se rigen por el principio de causalidad y por el otro a las ciencias normativas
las rige el principio de imputación. El principio de causalidad maneja una relación de causa y
efecto, en donde la naturaleza determina que a un hecho específico le sigue una consecuencia; es
la naturaleza el enlace entre la causa y el efecto. Sin embargo en el conjunto de las ciencias
normativas el antecedente y la consecuencia están vinculados por la imputación. La diferencia
entre causalidad e imputación está en los actos humanos.
Al vincular estas ciencias normativas con la imputación, nos encontramos que no en todas las
normas está presente el derecho. Kelsen realiza una segunda división, para separar las normas
jurídicas de las normas morales, religiosas o éticas, en todas estas el enlace lo están realizando
los actos humanos y de hecho también podríamos encontrar algún tipo de sanción, pero lo que
caracteriza a la norma jurídica, en la cual Kelsen se centra y la diferencia de las demás, es que
estas tienen sanciones coactivas, donde se asume que la fuerza pública (Estado) hará efectiva la
sanción aun en contra de la voluntad del sujeto. Tenemos entonces un acto o hecho ilícito que
vinculado por una acción de imputación produce una sanción coactiva.
¿Qué se produce en caso de que un acto ilícito no sea imputado?, En Colombia, por ejemplo,
hay disposiciones penales que no se cumplen, las personas no regulan su comportamiento según
las normas ni ajustan a ellas su conducta y sin embargo, no son sancionadas, de hecho, solo son
condenados el 6% de los homicidas del país, (2 de cada 1000 casos) a esto se le conoce como el
fenómeno de impunidad.
Por impunidad se entiende la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad
penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de
responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación
con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos
culpables, condena, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas. E/CN.4/
Sub.2/1997/20/Rev.1, “Conjunto de Principios para la Protección y Promoción de los
Derechos Humanos mediante la lucha contra la impunidad” Ginebra, 1997
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Universidad Nacional De Colombia

Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales

Curso de Introducción al Derecho

Kevin Joan Cordoba Marroquín CC. 1016096502

IMPUTACIÓN E IMPUNIDAD

Si buscamos entender los conceptos de imputación e impunidad y la relación que existe entre ellos tomando como base la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, es necesario ver de dónde parte el principio de imputación y cuál es su función dentro de esta teoría, ya que la impunidad está ligada de manera subsecuente a la imputación.

Para generar una teoría pura Kelsen realiza en principio una separación entre las ciencias naturales y las ciencias normativas. Para Kelsen esta diferenciación radica en que por un lado las ciencias naturales se rigen por el principio de causalidad y por el otro a las ciencias normativas las rige el principio de imputación. El principio de causalidad maneja una relación de causa y efecto, en donde la naturaleza determina que a un hecho específico le sigue una consecuencia; es la naturaleza el enlace entre la causa y el efecto. Sin embargo en el conjunto de las ciencias normativas el antecedente y la consecuencia están vinculados por la imputación. La diferencia entre causalidad e imputación está en los actos humanos.

Al vincular estas ciencias normativas con la imputación, nos encontramos que no en todas las normas está presente el derecho. Kelsen realiza una segunda división, para separar las normas jurídicas de las normas morales, religiosas o éticas, en todas estas el enlace lo están realizando los actos humanos y de hecho también podríamos encontrar algún tipo de sanción, pero lo que caracteriza a la norma jurídica, en la cual Kelsen se centra y la diferencia de las demás, es que estas tienen sanciones coactivas, donde se asume que la fuerza pública (Estado) hará efectiva la sanción aun en contra de la voluntad del sujeto. Tenemos entonces un acto o hecho ilícito que vinculado por una acción de imputación produce una sanción coactiva.

¿Qué se produce en caso de que un acto ilícito no sea imputado?, En Colombia, por ejemplo, hay disposiciones penales que no se cumplen, las personas no regulan su comportamiento según las normas ni ajustan a ellas su conducta y sin embargo, no son sancionadas, de hecho, solo son condenados el 6% de los homicidas del país, (2 de cada 1000 casos) a esto se le conoce como el fenómeno de impunidad.

Por impunidad se entiende la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas. E/CN.4/ Sub.2/1997/20/Rev.1, “Conjunto de Principios para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos mediante la lucha contra la impunidad” Ginebra, 1997

La impunidad es entonces una falla en el sistema jurídico en la que el ente normativo, es decir, el estado o la fuerza pública no lleva a cabo una imputación, de manera que al acto ilícito no se le atribuye responsable imposibilitando la ejecución de la sanción preestablecida.

Impunidad e imputación están profundamente ligados entre sí, ya que en el momento que establecemos la fuerza pública debe hacerse cargo de la imputación y de hacer cumplir las sanciones, tenemos que considerar también la evidente posibilidad, de que exista el caso en que no pueda cumplir con su cometido y que haya quien escape de su responsabilidad frente a un acto delictivo y es este agujero en la efectividad de la norma lo que conocemos como impunidad.