
EXW
Ex Works
FCA
Free Carrier
CPT
Carriage
Paid to
CIP
Carriage and
Insurance
Paid to
DAP
Delivered
at Place
DPU
New
Delivered at
Place Unloaded
DDP
Delivered
Duty Paid
FAS
Free
Alongside Ship
FOB
Free on
board
CFR
Cost and
Freight
CIF
Cost, Insurance
and Freight
DESCRIPCIÓN
Vendedor
Transportista A bordo A la llegada
Destino Comprador
FLETE/ TRANSMISIÓN DEL RIESGO MÁS DETALLES
EDICIÓN 2020
Reglas Incoterms®
COSTE RIESGO SEGURO TRANSPORTE POR MAR Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
Flete Instalaciones del Vendedor
Instalaciones del Vendedor
Riesgo
Flete Transportista
Transportista
Riesgo
Flete Destino
Primer transportista
Riesgo
Flete Destino
Primer transportista
Riesgo
Flete Lugar de destino
Mercancía en medios
de transporte en destino
Riesgo
Flete Destino
Destino
Riesgo
Flete Destino
Destino
Riesgo
Flete Al costado del buque en
el puerto de salida
Al costado del buque en
el puerto de salida
Riesgo
Flete A bordo del buque
A bordo del buque
Riesgo
Flete Puerto de destino
A bordo del buque
Riesgo
Flete Puerto de destino
A bordo del buque
Riesgo
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
VENDEDOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
COMPRADOR
Incoterms® es una marca registrada de la Cámara Internacional de Comercio. Ninguna parte de esta obra puede ser reproducida, distribuida, transmitida, traducida o adaptada en
ninguna forma ni por ningún medio, excepto en la medida en que lo permita la ley, sin la autorización por escrito de ICC.
El Comité Español de la Cámara Internacional de Comercio posee todos los derechos de autor de la versión española del texto. Para más información y el texto oficial relativo a las
normas de los Incoterms® consúltese el sitio web oficial de la Cámara Internacional de Comercio (CCI) iccwbo.org.
El lugar debe especificarse siempre con la
mayor precisión posible, no solo un
nombre de ciudad.
Necesario concretar punto de entrega de la mercancía. Si el
mismo es en las instalaciones del vendedor, la mercancía se
entrega con su carga en los medios de transporte dispuestos
por el comprador. Si el lugar designado es otro, la mercancía
se entrega cuando está preparada para la descarga sobre los
medios de transporte del vendedor en el punto acordado.
El riesgo se transmite con la entrega de la mercancía.
El vendedor paga el transporte hasta el destino
acordado, pero entrega las mercancías al
comprador (con transmisión del riesgo) poniéndola
en poder del porteador contratado por dicho
vendedor.
El vendedor paga el transporte hasta el destino
acordado, pero entrega las mercancías al comprador
(con transmisión del riesgo) poniéndola en poder del
porteador contratado por dicho vendedor. Este Incoterm
exige al vendedor que contrate una cobertura de seguro
en las condiciones ICCA o similar.
* En los Incoterms 2010® la cobertura de seguro limitada era suficiente.
El vendedor entrega la mercancía, con transmisión
del riesgo, cuando ésta se pone a disposición del
comprador en los medios de transporte preparada
para la descarga en el lugar de destino acordado.
El vendedor entrega la mercancía, con transmisión
del riesgo, cuando ésta, una vez descargada de los
medios de transporte, se pone a disposición del
comprador en el lugar de destino acordado.
El vendedor entrega la mercancía, con transmisión
del riesgo, cuando la pone a disposición del
comprador despachada para la importación en los
medios de transporte de llegada preparada para la
descarga en el lugar de destino acordado.
El vendedor entrega la mercancía al comprador
cuando la mercancía se coloca al costado del
buque (o barcaza) designados por el comprador
en el puerto de embarque. A partir de este punto,
el riesgo lo asume el comprador.
El vendedor entrega la mercancía a bordo del
buque designado por el comprador en el puerto de
embarque. El riesgo se transmite cuando las
mercancías están a bordo del buque.
El vendedor asume el coste y el flete, derechos no
pagados, hasta el puerto de destino convenido. La
entrega se produce y el riesgo se transmite
cuando las mercancías están a bordo del buque.
El vendedor asume el coste del seguro y flete, derechos
no pagados, hasta el puerto de destino convenido. La
entrega se produce y el riesgo se transmite cuando las
mercancías están a bordo del buque. Este Incoterm
exige al vendedor que contrate una cobertura de seguro
limitada en las condiciones ICCC o similar.
El vendedor solo es responsable de entregar las
mercancías en sus instalaciones propias o
externas designadas por el mismo. El comprador
asume todo el riesgo desde allí hasta el destino.
Franco al
costado del buque
Franco al
costado del buque