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Norma técnica peruana sobre Instalaciones eléctricas en edificios
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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ComisiÛn de Reglamentos TÈcnicos y Comerciales Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Per˙
ELECTRICAL INSTALLATIONS OF BUILDINGS. Protection for safety. Protection against electric shock.
1ª Edición
R.0072-2003/INDECOPI-CRT.Publicada el 2003-08-08 Precio basado en 51 p·ginas I.C.S.: 91.140.99 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE Descriptores: ProtecciÛn contra contactos directos e indirectos, protecciÛn contra contactos directos o choques elÈctricos en servicio normal y contra contactos indirectos o condiciones de defecto
i
página
ÕNDICE i
PREFACIO ii
ii
CAMEN S.A. Javier Maldonado Saavedra INDECO S.A. Sigfrido Nano Padilla
SGS del Per˙ S.A.C. Roberto HolguÌn Legoas
SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS Rafael La Torre MesÌa (INDUSTRIAL EPEM S.A.)
SCHNEIDER ELECTRIC PER⁄ S.A. Percy Dur·n Campos
TICINO DEL PER⁄ S.A. CÈsar Gallarday Vega Fernando Vargas Cano
MINISTERIO DE ENERGÕA Y MINAS Orlando Ch·vez Chacaltana
MUNICIPALIDAD DEL CALLAO Susana Maldonado Villanueva
MUNICIPALIDAD DE LIMA Emilio Cachu·n Espinoza
ASOCIACI”N ELECTROT…CNICA Jorge Angulo Polich PERUANA - AEP
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PER⁄ Esteban JimÈnez Carlos CapÌtulo de IngenierÌa ElÈctrica VÌctor Ch·vez Espinoza
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CAT”LICA Ra˙l del Rosario Quinteros DEL PER⁄
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MoisÈs Flores Tinoco INGENIERÕA FIEE Tom·s Palma GarcÌa
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JosÈ Carlos Reyes Alva INGENIERÕA FIM
UNIVERSIDAD NACIONAL Julio Borjas CastaÒeda FEDERICO VILLARREAL
---oooOooo---
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Esta Norma TÈcnica Peruana establece las tÈcnicas para garantizar la seguridad, trata de la protecciÛn contra los choques elÈctricos en servicio normal (protecciÛn contra los contactos directos o protecciÛn principal) y protecciÛn contra los choques elÈctricos en condiciones de defecto de las instalaciones (protecciÛn contra los contactos indirectos o protecciÛn contra los defectos).
Las siguientes normas contienen disposiciones que al ser citadas en este texto, constituyen requisitos de esta Norma TÈcnica Peruana. Las ediciones indicadas estaban en vigencia en el momento de esta publicaciÛn. Como toda Norma est· sujeta a revisiÛn, se recomienda a aquellos que realicen acuerdos en base a ellas, que analicen la conveniencia de usar las ediciones recientes de las normas citadas seguidamente. El Organismo Peruano de NormalizaciÛn posee, en todo momento, la informaciÛn de las Normas TÈcnicas Peruanas en vigencia.
2.1 Normas Técnicas Internacionales
2.1.1 IEC 60364-5-51:2001 Electrical installations of buildings - Part 5-51: Selection and erection of electrical equipment - Common rules
2.1.2 IEC 60364-7:1984 Electrical installations of buildings. Part 7: Requirements for special installations or locations. Section 701: Electrical installations in bathrooms
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2.2.1 NTP 370.055:1999 SEGURIDAD ELECTRICA. Sistema de puesta a tierra. Glosario de tÈrminos.
2.2.2 NTP 370.053:1999 SEGURIDAD ELECTRICA. ElecciÛn de los materiales elÈctricos en las instalaciones interiores para puesta a tierra. Conductores de protecciÛn de cobre
2.3 Normas Técnicas Nacionales
2.3.1 UNE 20460-4-47 Parte 4-47 Instalaciones elÈctricas en edificios. Parte 4: ProtecciÛn para garantizar la seguridad. CapÌtulo 47: AplicaciÛn de medidas de protecciÛn para garantizar la seguridad.
3.1 Esta Norma TÈcnica Peruana se aplica principalmente a las instalaciones elÈctricas tales como las de:
a) edificios residenciales;
b) edificios comerciales;
c) establecimientos p˙blicos;
d) establecimientos industriales;
e) establecimientos agrÌcolas y hortÌcolas;
f) edificios prefabricados;
g) obras, exposiciones, ferias y otras instalaciones temporales.
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3.2 Se aplica:
a) a los circuitos alimentados a una tensiÛn nominal como m·ximo igual a 1 000 V en corriente alterna y a 1 500 V en corriente continua. En corriente alterna, la frecuencia preferente considerada en esta NTP es 60 Hz. No se excluye el uso de otras frecuencias para aplicaciones particulares.
b) a los circuitos, que no sean los internos de los aparatos, que funcionan a una tensiÛn superior a 1 000 V a partir de una instalaciÛn de tensiÛn como m·ximo igual a 1 000 V en corriente alterna, por ejemplo circuitos de l·mparas de descarga, precipitadores electrost·ticos;
c) a cualquier cableado o canalizaciÛn no especÌficamente cubierto por las normas relativas a los aparatos de utilizaciÛn;
d) a todas las instalaciones consumidoras situadas en el exterior de los edificios;
e) a las canalizaciones fijas de telecomunicaciÛn, de seÒalizaciÛn o de mando (con excepciÛn de los circuitos internos de los aparatos);
f) a las ampliaciones o modificaciones de instalaciones asÌ como a las partes de las instalaciones existentes afectadas por estas ampliaciones o modificaciones.
3.3 Esta NTP no se aplica a:
a) equipos de tracciÛn elÈctrica;
b) equipos elÈctricos de automÛviles; c) instalaciones elÈctricas en barcos;
d) instalaciones elÈctricas en aeronaves;
e) instalaciones de alumbrado p˙blico;
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5.1.1 Generalidades
5.1.1.1 Se debe aplicar medidas de protecciÛn en toda instalaciÛn, parte de una instalaciÛn, y los materiales, seg˙n lo requerido por el apartado 5.1.
5.1.1.2 La selecciÛn y aplicaciÛn de medidas de protecciÛn, de acuerdo a las condiciones de influencias externas, est· especificada en el apartado 5.1.5.
5.1.1.3 La protecciÛn est· asegurada por
5.1.1.4 Si no son satisfechas ciertas condiciones de una medida de protecciÛn, se debe tomar medidas complementarias para asegurar, por la combinaciÛn de estas medidas de protecciÛn, el mismo grado de seguridad que cumpla con estas condiciones.
NOTA: Un ejemplo de aplicaciÛn de estas reglas se da en el apartado 6.3.
5.1.1.5 Se debe asegurar que no hay un detrimento mutuo de las influencias entre diferentes medidas de protecciÛn aplicadas a la misma instalaciÛn o parte de ella.
5.1.2 Aplicación de medidas de protección contra contacto directo
5.1.2.1 Todo material elÈctrico est· sujeto a una de las medidas de protecciÛn contra contacto directo descritas en los capÌtulos 6 y 7.
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5.1.2.2 Las medidas de protecciÛn por el aislamiento de las partes vivas (vÈase apartado 7.1) o por barreras o envolventes (vÈase apartado 7.2) son aplicables en todas las condiciones de influencias externas.
5.1.3 Aplicación de medidas de protección contra contacto indirecto
5.1.3.1 Excepto lo previsto en 5.1.3.5, todo material elÈctrico est· sujeto a una de las medidas de protecciÛn contra contacto indirecto descritas en 6 y 8, y a las condiciones dadas de 5.1.3.2 a 5.1.3.4.
5.1.3.2 La protecciÛn por corte autom·tico de la alimentaciÛn (vÈase apartado 8.1) se aplica a cualquier instalaciÛn, excepto a partes de la instalaciÛn en las cuales es aplicada otra medida de protecciÛn.
5.1.3.3 Cuando la aplicaciÛn de los requerimientos del apartado 8.1 para la protecciÛn por corte autom·tico de la alimentaciÛn es impracticable o indeseable, puede aplicarse a ciertas partes de una instalaciÛn la protecciÛn por la provisiÛn de locales o emplazamientos no conductores (vÈase el apartado 8.3) o mediante un enlace equipotencial local no conectado a tierra (vÈase el apartado 8.4).
5.1.3.4 La protecciÛn por muy baja tensiÛn MBTS 1 (vÈase el apartado 6.1) por el uso de materiales de la clase II^2 o mediante aislamiento equivalente (vÈase el apartado 8.2) y la protecciÛn mediante separaciÛn elÈctrica (vÈase el apartado 8.5) puede aplicarse en cualquier instalaciÛn, usualmente para ciertos materiales y ciertas partes de la instalaciÛn.
5.1.3.5 Puede omitirse la protecciÛn contra contacto indirecto para los siguientes materiales:
(^1) MBTS = Muy baja tensiÛn de seguridad; corresponde a la sigla en inglÈs SELV = Security extra low
voltage. (^2) Materiales con aislamiento doble o reforzado.
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5.1.4.2 Son permitidas varias medidas de protecciÛn cuando se da una combinaciÛn de influencias externas, la selecciÛn de la medida apropiada depende de las condiciones locales y la naturaleza de los equipos concernientes.
NOTA: Para instalaciones especiales o ubicaciones especiales, vÈase las NTP y en ausencia de ellas la IEC 60364-7.
5.1.4.3 La medida de protecciÛn por corte autom·tico de la alimentaciÛn de acuerdo con el apartado 8.1 es aplicable en cualquier instalaciÛn.
5.1.4.4 La medida de protecciÛn por el uso de materiales de la clase II o mediante aislamiento equivalente, de acuerdo con el apartado 8.2, es aplicable en todas las situaciones, a menos que se den algunas limitaciones en la IEC 60364-7.
NOTA: Por razones de seguridad es importante que los materiales sean seleccionados de acuerdo a las influencias externas.
5.1.4.5 Est·n permitidas las medidas de protecciÛn para los locales (o emplazamientos) no conductores de acuerdo con el apartado 8.3.
5.1.4.6 La medida de protecciÛn por enlace equipotencial local no conectado a tierra est· permitida sÛlo en la condiciÛn de influencia externa BC 1.
5.1.4.7 La medida de protecciÛn por separaciÛn elÈctrica es aplicable en todas las situaciones. Sin embargo, en la condiciÛn BC 4, se debe limitar al suministro de un aparato mÛvil desde un transformador.
5.1.4.8 El uso de circuitos MBTS, de acuerdo al apartado 6.1.4, o circuitos MBTP^4 , de acuerdo al apartado 6.1.5, est· considerado como una medida de protecciÛn contra contacto indirecto en todas las situaciones.
NOTAS
(^4) MBTP = Muy baja tensiÛn de protecciÛn; corresponde a la sigla en inglÈs PELV = Protective extra low
voltage.
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5.1.4.9 En ciertas instalaciones o partes de la instalaciÛn, por ejemplo, en ciertos locales donde las personas pueden sumergirse en agua, la parte correspondiente de la IEC 60364-7 requiere medidas particulares de protecciÛn.
6.1 Protección mediante muy baja tensión: MBTS y MBTP
NOTA: En el anexo informativo de esta Norma TÈcnica Peruana se facilita una sÌntesis de las muy bajas tensiones.
6.1.1 La protecciÛn contra los choques elÈctricos se considera asegurada cuando:
− la tensiÛn nominal no puede ser superior al lÌmite superior del dominio I (vÈase la IEC 60449),
− la fuente de alimentaciÛn es una fuente seg˙n las condiciones del apartado 6.1.2, − se cumplen todas las condiciones del apartado 6.1.3 asÌ como las:
− del apartado 6.1.4 para los circuitos no conectados a tierra MBTS, o
− del apartado 6.1.5 para los circuitos MBTP pudiendo estar conectados a tierra, asÌ como las masas de estos circuitos.
NOTAS:
(^5) MBTF = Muy baja tensiÛn funcional; corresponde a la sigla en inglÈs FELV = Functional extra low
voltage.
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6.1.2.5 Fuentes mÛviles, por ejemplo transformadores de separaciÛn o motores generadores, deben ser seleccionadas o montadas de acuerdo con los requerimientos para protecciÛn por el uso de materiales clase II o mediante aislamiento equivalente (vÈase el apartado 8.2).
6.1.3 Condiciones de instalación de los circuitos
6.1.3.1 Las partes activas de los circuitos MBTS y MBTP deben ir separadas elÈctricamente por una separaciÛn de protecciÛn entre ellas y de otros circuitos. La disposiciÛn debe asegurar una separaciÛn elÈctrica no menor que aquella entre los circuitos de entrada y salida de un MBTF.
NOTAS
6.1.3.2 La separaciÛn de protecciÛn entre los conductores de cada circuito MBTS o MBTP debe preferentemente ser fÌsicamente realizada de cualquier otro circuito conductor. Cuando este requerimiento es impracticable se requiere una de las siguientes disposiciones:
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NOTA: En las disposiciones anteriores, el aislamiento principal de cualquier conductor necesita ser sÛlo el adecuado para la tensiÛn del circuito del cual es parte.
6.1.3.3 Las tomas de corriente para los circuitos MBTS y MBTP deben satisfacer los requisitos siguientes:
− los enchufes no deben poder entrar en las bases de tomas de corriente alimentadas con tensiones distintas;
− las tomas de corriente no deben admitir enchufes de tensiones distintas;
− las tomas de corriente no deben ir provistas de contacto de conductor de protecciÛn;
6.1.4 Requisitos para los circuitos MBTS
6.1.4.1 Las partes activas de los circuitos MBTS no deben ir conectadas elÈctricamente a tierra, ni a partes activas, ni a conductores de protecciÛn que pertenezcan a circuitos distintos.
6.1.4.2 Las masas no deben conectarse intencionadamente a:
− tierra; o
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Cuando los circuitos estÈn conectados a tierra y no se requiera la MBTS conforme al apartado 6.1.4, es conveniente satisfacer las condiciones de los apartados 6.1.5.1 y 6.1.5.2.
6.1.5.1. La protecciÛn contra los contactos directos debe quedar garantizada:
− mediante barreras envolventes que presenten por lo menos un grado de protecciÛn IP2X Û IPXXB;
− mediante un aislamiento que pueda soportar una tensiÛn alterna con un valor eficaz de 500 V durante 1 min.
6.1.5.2 La protecciÛn contra contacto directo especificada en el apartado 6.1.5.1, no se requiere para los materiales situados en el interior o exterior de un edificio en el cual est· previsto un enlace equipotencial principal de acuerdo al apartado 8.1.2, y las masas y los elementos conductores, simult·neamente accesibles del sistema MBTP, estÈn conectados por un conductor de protecciÛn a la misma toma de tierra, y si la tensiÛn nominal no es superior a:
− 25 V de valor eficaz en corriente alterna Û 60 V en corriente continua sin ondulaciÛn, si el material normalmente se utiliza ˙nicamente en emplazamientos secos y si no se prevÈ contactos importantes de partes activas con el cuerpo humano;
− V de valor eficaz en corriente alterna Û 15 V en corriente continua sin ondulaciÛn en los dem·s casos.
NOTA: La conexiÛn a tierra de los circuitos puede ser alcanzada por una apropiada conexiÛn a tierra en la propia fuente.
6.2 Sistema MBTF
6.2.1 Generalidades
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Cuando, por razones funcionales, es usada una tensiÛn dentro de la banda I pero no son cumplidos todos los requerimientos del apartado 6.1 relativos a MBTS o MBTP, y donde MBTS o MBTP no son necesarias, las medidas complementarias descritas en los apartados 6.2.2 y 6.2.3 deben ser tomadas para asegurar la protecciÛn contra contacto directo e indirecto. Esta combinaciÛn de medidas es conocida como MBTF.
NOTA: Tales condiciones pueden, por ejemplo, ser encontradas cuando el circuito contiene materiales (tales como transformadores, relÈs, interruptores de control remoto, contactores) insuficientemente aislados con respecto a los circuitos de mayor tensiÛn.
6.2.2 Protección contra contacto directo
Se debe proveer protecciÛn contra contacto directo por:
− barreras o envolturas de acuerdo con el apartado 7.2, o
− aislamiento correspondiente a la mÌnima tensiÛn de prueba requerida por el circuito primario.
Cuando, sin embargo, el aislamiento de los materiales que son parte del circuito MBTF no es capaz de resistir la prueba de tensiÛn especificada para el circuito primario, el aislamiento de las partes no accesibles de los materiales debe reforzarse durante la construcciÛn de forma tal que pueda resistir una tensiÛn de prueba de 1 500 V eficaces en corriente alterna por 1 min.
NOTA: El valor de esta tensiÛn puede ser revisado en fecha posterior dependiendo de los resultados de la normalizaciÛn internacional en coordinaciÛn de aislamiento en baja tensiÛn.
6.2.3 Protección contra contacto indirecto
Se debe proveer protecciÛn contra contacto indirecto por:
− conexiÛn de las partes conductoras expuestas de los materiales del circuito MBTF al conductor de protecciÛn del circuito primario, previendo que este ˙ltimo est·