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Tres casos prácticos que ilustran las complejidades de la residencia fiscal y la doble imposición entre españa y otros países. Se analizan las situaciones de manuel y federica (alemania), marta (portugal) y martín (canadá), mostrando cómo se aplican los convenios de doble imposición para determinar la obligación tributaria en cada caso. Útil para comprender los criterios de residencia fiscal, la tributación de rentas provenientes del extranjero y la aplicación de mecanismos para evitar la doble imposición.
Tipo: Ejercicios
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D. Manuel, de nacionalidad española, es residente en Santiago de Compostela desde hace 1 año y se encuentra jubilado. Con anterioridad a su traslado a España, D. Manuel había estado viviendo y trabajando en Alemania, con el que todavía mantiene determinados vínculos de carácter económico debido a que:
Aunque estos ingresos provienen de Alemania, al ser residente fiscal en España, Manuel debe incluirlos en su declaración. Hay una potestad compartida. La ley española debe activar el mecanismo para eliminar la doble imposición bien sea por la deducción o exención. En cuanto a las acciones, debemos aplicar el artículo 10 del Convenio. Manuel debe meter los dividendos al IRPF español pero el apartado 2 nos dice que como mucho Alemania puede gravarlo en un 15%. Si lo metieron al IRPF en Alemania, España debe eliminar la doble imposición. Por último, la pensión se refiere a ella los artículos 17 y 18 del Convenio. En principio dichos artículos establecen que solo tributaria en Alemania pero sin embargo, si quien la percibe es nacional y residente de otro estado (en este caso España), se invierte y solo tributaría en España (IRPF). No existe la doble imposición Federica, en cambio, es nacional de Alemania. Ella se queda en el 18.1. Las pensiones pagadas en Alemania y servicios prestados solo tributan en Alemania. Finalmente, ambos tributan en España por los pisos de Sanxenxo en partes iguales. ASUNTO PORTUGAL: MARTA Marta tiene su residencia habitual en Vigo, lugar en el que tiene una casa y que comparte con su pareja y dos hijos. Desde el año 2022 Marta trabaja en el área financiera de una cadena de supermercados que tiene su sede central en Valença do Minho, por lo que todos los días se desplaza en su coche y vuelve por las noches a su casa. El salario que percibe es de 2.500 euros mensuales. Este año Joao, un compañero suyo de trabajo, le comentó que debía presentar su declaración de la renta en Portugal y, por el contrario, su hermana Lourdes, que es abogada en Vigo, cree que debe hacerlo en España, por lo que ante la incertidumbre Marta acude a nuestro despacho en busca de opinión jurídica. Asimismo, a Marta le gustaría saber si cambiaría algo si, como ya empieza a estar un poco cansada, decide quedarse en Valença durante varias semanas y viajar a Vigo solo un fin de semana al mes y que sea su familia la que vaya a verlo. Marta reside en Vigo, donde tiene su casa y vive con su pareja e hijos, lo que sugiere que su centro de intereses está en España y tiene allí su residencia fiscal. Aunque trabaje en Portugal, eso no afecta a su residencia fiscal porque lleva 2 años viviendo en España. Art. 4 2 Convenio Artículo 15. 4 del Convenio de doble imposición entre España y Portugal “4. No obstante las disposiciones en los apartados 1 y 2, las remuneraciones obtenidas por razón de un empleo ejercido en un Estado contratante por un trabajador fronterizo, es decir, que tenga su vivienda habitual en el otro Estado contratante al que normalmente retorna cada día, sólo podrán someterse a imposición en ese otro Estado.” Por lo tanto, debe presentar su declaración de la renta en España. Si Marta decide quedarse en Valença durante varias semanas y viajar a Vigo solo una vez al mes, si permanece más de 183 días en Portugal podría convertirse en residente fiscal en Portugal. Marta debería presentar su declaración de la renta en ese país, reportando su salario y posiblemente otros ingresos. Sin embargo, también podría tener que cumplir con obligaciones en España si mantiene su residencia habitual (si no pasa esos 183 días en Portugal).