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Intermediación laboral, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Empresarial y Laboral

El siguiente informe explicara los aspectos más fundamentales de la intermediación laboral, donde esto va a estar de acuerdo a las normativas dispuestas por el ministerio de trabajo y promoción del empleo. Por ello, en el Perú, al igual que en el resto del mundo, existe una norma en materia de intermediación laboral. Es por eso, que muchas empresas ahora quieren descentralizar sus operaciones para que puedan centrarse en su esencia real.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2021/2022

Subido el 01/07/2023

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pieryna-nicoll-haro-segura 🇵🇪

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FACULTAD DE NEGOCIOS
Carrera de Administración y Negocios Internacionales
“INFORME SOBRE LA INTERMEDIACIÒN LABORAL”
Trabajo de investigación para el curso de:
“Derecho empresarial y laboral”
Autores:
Haro Segura, Pieryna Nicoll
Asesor:
KRISTHIAN GERÒNIMO QUISPE NEIRA
Trujillo- Perú
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¡Descarga Intermediación laboral y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Empresarial y Laboral solo en Docsity!

FACULTAD DE NEGOCIOS

Carrera de Administración y Negocios Internacionales

“INFORME SOBRE LA INTERMEDIACIÒN LABORAL”

Trabajo de investigación para el curso de:

“Derecho empresarial y laboral”

Autores:

Haro Segura, Pieryna Nicoll

Asesor:

KRISTHIAN GERÒNIMO QUISPE NEIRA

Trujillo- Perú

I. INTRODUCCIÒN

El siguiente informe explicara los aspectos más fundamentales de la intermediación laboral, donde esto va a estar de acuerdo a las normativas dispuestas por el ministerio de trabajo y promoción del empleo. Por ello, en el Perú, al igual que en el resto del mundo, existe una norma en materia de intermediación laboral. Es por eso, que muchas empresas ahora quieren descentralizar sus operaciones para que puedan centrarse en su esencia real. Sin olvidar, que la legislación laboral es muy importante ya que encomienda a las empresas de servicios temporales, agencias de empleo y simples intermediarios el ejercicio de actividades de intermediación laboral. Por ello, el objeto de estas entidades, es poder proporcionar a los solicitantes de empleo personal calificado para sus necesidades laborales, temporales o permanentes, independientemente de que el solicitante de empleo asuma la calidad patronal del personal provisto empleador.

✓ Este registro tiene que hacerse ante la autoridad de trabajo del lugar donde tiene su domicilio la empresa solicitante. ✓ Al momento de ser evaluada la documentación sustentaría por el registro, recién se le expedirá la constancia de inscripción. ✓ En el momento que la empresa solicite el registro por una actividad de seguridad privada, ahí se deberá registrar bajo las siguientes denominaciones que son: servicio de vigilancia o servicio individual de seguridad personal. 3.2. Requisitos para la inscripción de la empresa: ✓ Tener copia de la escritura pública de constitución. ✓ RUC. ✓ Autorización del sector de ser el caso. ✓ DNI del representante legal. ✓ Acreditar el capital mínimo de 45 UIT el mismo que no puede ser reducido durante la vigencia del contrato.

4. Registro de contrato de los trabajadores Las entidades de intermediación tienen la obligación de registrar los contratos suscritos con las empresas usuarias; así como a presentar los contratos suscritos con aquellos trabajadores destacados a la empresa usuaria. Aquellos contratos de trabajo que son celebrados ya sean indeterminados o sujetos a modalidad, se deben formalizar por escrito, y estas se tienen que presentar para su registro dentro de los 15 días naturales de suscritos. Y en el caso de las “cooperativas de trabajo” su obligación se debe considerar cumplida con la presentación de dicha declaración jurada ante la Autoridad Administrativa de Trabajo en la que debe constar la nómina de trabajadores destacados a la empresa usuaria, cuya misma que se presenta dentro de los 15 días naturales de producido el destaque. (Chanamè, 2021, p. 30 ). 5. Clases de servicios de intermediaciónIntermediación de servicios temporales: Asignar uno o más empleados a la empresa usuaria para prestar servicios temporales distintos a las actividades diarias de la empresa o prestar servicios alternativos bajo la dirección y supervisión de la empresa

usuaria., conforme a lo regulado por el TUO de D. Leg. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral – DS 003- 97 - TR. Nos dice que, según el reglamento, la intermediación de servicios temporales consiste en que se debe emplear uno o más trabajadores con el fin poder destacarlo temporalmente a una tercera persona que dirige y supervisa todas sus tareas. ✓ Intermediación de servicios complementarios: Se trata de la actividad complementaria de dicha empresa usuaria, no vinculada a su actividad principal, como, por ejemplo: la vigilancia, seguridad, mensajería externa y limpieza. ✓ Intermediación de servicios especializados: Para que proceda el destaque de personal, debe tratarse de un servicio complementario altamente especializado que requiere un alto nivel de desempeño técnico, como mantenimiento y el saneamiento especializado, para lo cual se destaca al personal a la empresa usuaria, sin que esté sujeto a control y fiscalización de la usuaria.

6. Intermediación prohibida Aquí las empresas usuarias no podrán contratar a una empresa de intermediación en los casos de: ✓ Cubrir a un personal que se encuentra ejercitando el derecho de una huelga. ✓ Cubrir personal de otra empresa de servicios. ✓ En caso de intermediación de servicios temporales, exceder a más del porcentaje limitativo del 20% del total de trabajadores de la empresa usuaria. ✓ Reiterar el incumplimiento de las obligaciones de la empresa usuaria: solicitar el certificado de registro vigente de la entidad por la vigencia del contrato y conservar una copia; y emplear una entidad que no tenga registro vigente.