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El Constitucionalismo: Orígenes, Principios y Significado, Apuntes de Derecho Constitucional

El constitutionalismo es un movimiento político que opera en contra del absolutismo y busca garantizar los derechos y libertades del ciudadano a través de una estructura política de los poderes públicos. Este movimiento se basa en la separación de poderes, la soberanía nacional, la democracia representativa y la vinculación entre los poderes públicos, el ciudadano y la ley. El nacimiento y evolución del constitutionalismo, desde las primeras formulaciones como las cartas de derechos hasta la creación de estados mediante un convenio. Además, se analiza la relación entre el constitutionalismo y el racionalismo, y cómo la democracia ha sido una de sus principales fuentes. El texto también aborda el caso específico del constitutionalismo inglés.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 15/05/2014

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Derecho Constitucional.
Constitucionalismo.
El constitucionalismo es un movimiento político que opera en contra del absolutismo y que quiere
garantizar a través de una estructura política de los poderes públicos los derechos i libertades del
ciudadano, busca también la vinculación entre los poderes públicos, el ciudadano y la ley, aunque
su interés máximo es defender los derechos del ciudadano.
Lo hace a través de varios mecanismos, la separación de poderes, la soberanía nacional, un orden
representativa, (democracia representativa) etc... Constitución tendrá aquel estado que la
organización del cual responda a la defensa de las libertades individuales y los derechos.
Toda esta estructura encarada a la defensa de la libertad i el derecho se concreta en un texto
consensuado entre sociedad i políticos.
La constitución ( el documento consensuado) tiene en ella las normas jurídicas que constituyente el
ordenamiento i la estructura del estado de tal manera que asegura las libertades, por ello decimos
que es un texto garantista en el sentido que intenta garantizar las libertades a través de la sujeción
de los poderes públicos a la ley.
Constitucionalismo americano Soberanía Popular, La constitución es expresión escrita de la
voluntad popular y ha de ser respetada por las demás leyes.
Constitucionalismo europeo: La constitución europea en cambió no es propiamente una
constitución escrita que limite todos los poderes dele estado y los sujete a a ley, esto pasa por la
gran resistencia de las fuerzas monárquicas, y la mayoría de textos constitucionales primeramente
son cartas otorgadas o pactos entre el rey i el parlamento.
Cuando triunfe el liberalismo en Europa se impondrá lo que se llama “Soberanía Nacional” o
Soberanía parlamentaria, la ley que promulgue el paralemnto estará fuera de todo limite ya sea
formal o material.
LIBERTADES INDIVIDUALES.
Como dijimos el constitucionalismo es un movimiento garantistas, que busca la defensa de las
libertades y derechos a través de la limitación y la sujeción del orden publico por la ley, se
considera que el hombre tiene auntonomia ideología, poseedor de si mismo de sus propios bienes,
pensamiento etc... Esto ha de defenderse con la ley, el derecho a la libertad, a la seguridad, la
igualdad formal de todos los hombres y mujeres, etc... Proviene esta idologia del iusnaturalismo en
parte que propugna los Derechos Naturales del Hombres, que son anteriores al estado e inalienables
y estos no pueden ser transferidos a un estado permanentemente.
Las primeras formulaciones propiamente constitucionales serán cartas de derechos como la
declaración de virginia el año 1776 o la carta d derechos del hombre i el ciudadano de 1789, serán
cartes escuetas que propondrán los derechos liberales por excelencia, el derecho a la vida, a la
seguridad, a la libre expresión e impresión. Pero las primeras constituciones como la constitución
estadounidense con contendrán propiamente un listado de derechos i libertades fundamentales, sino
mas bien la estructura dele estado (parte orgánica) mas tarde se añadirán listados o cartas de
derechos ( parte dogmática).
Doctrinas contractualistas
Es una corriente que defiende el convenio mediante el cual es estipula la creación y bases de un
nuevo estado. Esta teoría ha sido defendida por muchas corrientes filosóficas, una de ellas el
iusnaturalismo racional, esta corriente defiende unos derechos naturales concebidos y asequibles a
la razón natural i que son fijas e inmutables. Esa corriente defiende la creación de cualquier estado
mediante un convenio en el cual cada ciudadano delega su poder a una entidad que se constituirá
como poder público para que defiendan su intereses i derechos. Según locke habría dos
concepciones distintas, la social que seria aquella que crearía una comunidad y la política en la que
los individuo otorgan su poder a un poder publico y constituyente peor imponiendo las restricciones
pertinentes que se consideren.
Así pues el naturalismo racional defiende que ningún estado es legitimo a menos que no se haga por
convenio de todos los ciudadanos a causa de que cada uno de ellos posee sus derechos naturales
inalienables lo que es llamado estado natural i la fundación de este y su finalidad es proteger tal
derecho. Es entonces una constitución vista con carácter fundacional i vinculante, por ele echo de
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Derecho Constitucional.

Constitucionalismo. El constitucionalismo es un movimiento político que opera en contra del absolutismo y que quiere garantizar a través de una estructura política de los poderes públicos los derechos i libertades del ciudadano, busca también la vinculación entre los poderes públicos, el ciudadano y la ley, aunque su interés máximo es defender los derechos del ciudadano. Lo hace a través de varios mecanismos, la separación de poderes, la soberanía nacional, un orden representativa, (democracia representativa) etc... Constitución tendrá aquel estado que la organización del cual responda a la defensa de las libertades individuales y los derechos. Toda esta estructura encarada a la defensa de la libertad i el derecho se concreta en un texto consensuado entre sociedad i políticos. La constitución ( el documento consensuado) tiene en ella las normas jurídicas que constituyente el ordenamiento i la estructura del estado de tal manera que asegura las libertades, por ello decimos que es un texto garantista en el sentido que intenta garantizar las libertades a través de la sujeción de los poderes públicos a la ley. Constitucionalismo americano Soberanía Popular, La constitución es expresión escrita de la voluntad popular y ha de ser respetada por las demás leyes. Constitucionalismo europeo: La constitución europea en cambió no es propiamente una constitución escrita que limite todos los poderes dele estado y los sujete a a ley, esto pasa por la gran resistencia de las fuerzas monárquicas, y la mayoría de textos constitucionales primeramente son cartas otorgadas o pactos entre el rey i el parlamento. Cuando triunfe el liberalismo en Europa se impondrá lo que se llama “Soberanía Nacional” o Soberanía parlamentaria, la ley que promulgue el paralemnto estará fuera de todo limite ya sea formal o material. LIBERTADES INDIVIDUALES. Como dijimos el constitucionalismo es un movimiento garantistas, que busca la defensa de las libertades y derechos a través de la limitación y la sujeción del orden publico por la ley, se considera que el hombre tiene auntonomia ideología, poseedor de si mismo de sus propios bienes, pensamiento etc... Esto ha de defenderse con la ley, el derecho a la libertad, a la seguridad, la igualdad formal de todos los hombres y mujeres, etc... Proviene esta idologia del iusnaturalismo en parte que propugna los Derechos Naturales del Hombres, que son anteriores al estado e inalienables y estos no pueden ser transferidos a un estado permanentemente. Las primeras formulaciones propiamente constitucionales serán cartas de derechos como la declaración de virginia el año 1776 o la carta d derechos del hombre i el ciudadano de 1789, serán cartes escuetas que propondrán los derechos liberales por excelencia, el derecho a la vida, a la seguridad, a la libre expresión e impresión. Pero las primeras constituciones como la constitución estadounidense con contendrán propiamente un listado de derechos i libertades fundamentales, sino mas bien la estructura dele estado (parte orgánica) mas tarde se añadirán listados o cartas de derechos ( parte dogmática). Doctrinas contractualistas Es una corriente que defiende el convenio mediante el cual es estipula la creación y bases de un nuevo estado. Esta teoría ha sido defendida por muchas corrientes filosóficas, una de ellas el iusnaturalismo racional, esta corriente defiende unos derechos naturales concebidos y asequibles a la razón natural i que son fijas e inmutables. Esa corriente defiende la creación de cualquier estado mediante un convenio en el cual cada ciudadano delega su poder a una entidad que se constituirá como poder público para que defiendan su intereses i derechos. Según locke habría dos concepciones distintas, la social que seria aquella que crearía una comunidad y la política en la que los individuo otorgan su poder a un poder publico y constituyente peor imponiendo las restricciones pertinentes que se consideren. Así pues el naturalismo racional defiende que ningún estado es legitimo a menos que no se haga por convenio de todos los ciudadanos a causa de que cada uno de ellos posee sus derechos naturales inalienables lo que es llamado estado natural i la fundación de este y su finalidad es proteger tal derecho. Es entonces una constitución vista con carácter fundacional i vinculante, por ele echo de

que el estado político se fundara i servirá para proteger los derechos naturales, estro adquiere relevancia histórica cunado se da la constitución americana.

El racionalismo el racionalismo pondrá al hombre en la posición de dios, centro del universo y sustituirá la fe por la razón, tendrá varasia consecuencias, como por ejemplo la creación de la enciclopedia o la corriente de la ilustración, propugnara que el hombre es capaz de llegar a la verdad a tares de una discusión basada en la razón y repudiara todo aquello que no se base en esta. Ayudara al Constitucionalismo en dos sentidos :

  • Profesaba la fe absoluta en la razón y estaban convencido de que esta llevaba a la igualdad i la libertad, metas que perseguida el constitucionalismo.
  • El racionalismo cree que la razón tiene la capacidad de crear el mundo , el derecho como producto de la razón tiene entonces la capacidad de crear el estado, así pues el constitucionalismo que se vale del derecho para ser constituyente esta apoyado por el racionalismo. Así pues se dice que el el intento de racionalización de el orden publico utilizando la vinculación del derecho al poder público. Supremacía normativa. Constitución(poder constituyente) es un poder constituyente es la norma de las normas y esta quirúrgicamente por encima de las demás leyes, ( poderes constituidos).

Democracia. La democracia responde a la pregunta como ha de ser constituido un pode público, un estado, y esta responde que esta decisión ha de ser voluntad general de una comunidad. El constitucionalismo expone como debemos limitar el poder de tal estado o fuerza pública. La democracia entonces formara los principios mas importantes del constitucionalismo, poder constituyente ( constitución) creada a partir de la Voluntad popular sera lo que denominemos Soberanía Popular, y constitución creada por el parlamento sin que esta ponga limites al dicho parlamento denominaremos tal situación Soberanía Nacional, o Soberanía del parlamentoesta concepción ira perdiendo fuerza conforme se vayan implementando los derechos políticos de los ciudadanos a la constitución INGLATERRA

. ¿Como se produce en Inglaterra esta transformación ?, tenemos dos grandes procesos troncales que llevan a la transformación de Inglaterra, en primer lugar tenemos una modificación de competencias en las antiguas instituciones feudales, a las que valga la redundancia, se le atribuyen nuevos fines. En segundo lugar, tenemos un proceso de distinción y repartición de poderes, veremos que autores como Jhon Locke o Montesquie, empiezan a realizar manifiestos y teorías sobre la distinción de diversos poderes en un estado, como lo son : El Poder Judicial, El Poder Legislativo.... y la cada vez mas propensa actuación a dividir estos poderes en varias instituciones, y restringir la libertad política del monarca. En Inglaterra se irán consolidando los poderes del parlamento, el parlamento a lo largo de la Edad media se enfrentara al poder del mandatario absolutista, y acabará por abarcar el poder en el S. XVIII. El triunfo del parlamento quedará registrado en dos textos , el primero The Bill Of Rights, (1689) , que llegará también a las colonias británicas americanas iniciando así la revolución liberal, el segundo The act of Settlement (1701) , que impondrá condiciones de gobierno a rey y declarará la independencia de los jueces.

Para ir arrebatando los poderes al monarca, podemos decir que en el caso de Inglaterra, en oposición a la actuación del pueblo francés, se llevan a cabo acciones sutiles, que no comportan un enfrentamiento armado, al igual que también pasara con la Revolución Estadounidense.

El procedimiento inglés, consistió en restringir el poder de la monarquía a través de un manifiesto político llamado The Common Law, y que este monarca todo y que aun pudiese tomar decisiones lo aria a través de un gabinete de consejeros. Con el paso del tiempo, este gabinete asesor del rey, iría tomando decisiones con actuaciones cada vez mas al margen del monarca y se acabara

  • Mantiene ejércitos, en tiempos de paz sin el consentimiento de la colonia.
  • Trata que los militares sean independientes a la ley civil y superiores a ella.

Estos son los casos que fueron promotores de una revolución en pos de una igualdad formal entre los hombres y de la defensa de libertades y derechos de estos mismos.

Se dieron acontecimientos políticos de importancia que configuraron el gobierno de los Estados Unidos, ahora paso a enumerar los siguientes, estimando que son los de mayor trascendencia histórica :

  • En 1775 se reúne en Filadelfia el Segundo Congreso Continental, que asume la función de primer gobierno estadounidense, aprobando el reclutamiento de fuerzas, compuestas por voluntarios, al mando del que designaron comandante en jefe George Whasington, ademas del nombramiento de 12 generales militares mas para la contienda.
  • (^) En 1776, se reunieron un total de 56 congresistas estadounidenses que firmaron la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, redactada por Thomas Jefferson, he de apreciar que la Declaración de Independencia esta basada en la filosofía de John Locke.
  • En 1776, los estados que posteriormente constituirán la confederación de estados, llamada los Estados Unidos, procederán a dotarse de organización política, y lo conseguirán por medio de la redacción de Constituciones, como la Constitución de Virginia.
  • En 1777 se opta por la confederación de los estados, se aprueba el documento The articles of Confederation, y cada estado delega una serie de poderes, como la declaración de guerra o la correspondencia.
  • En 1783 llega la independencia y la victoria del ejército Continental.
  • (^) En 1787, la confederación de países llamada Los Estados Unidos de América, redactan la constitución de los Estados Unidos, para hacer frente a problemas comunes en la confederación,
  • En 1789, la constitución será rectificada y el mismo año, George Wahsington, el comandante en jefe del antiguo ejercito Continental, será elegido presidente. Dicha constitución era escueta y únicamente abarcaba los temas relacionados con la organización del poder.
  • En 1791, se adhiere a esta primera constitución una Declaración de Derechos

Estado Social y Democratico de Derecho.

Articulo 1 España se constituye estado social y democrático de derecho (declaración de intenciones)los primeros artículos regula la organización política entran en la parte orgánica de la constitución (titulo preliminar principios estructurales.)

Principios Estructurales

  • Defienden la Forma del estado ( socia y democrático de derecho)
  • Defiende la forma de gobierno, monarquia parlamentaria.

Garantizar la forma de estado conlleva: garantizar el estado social y democrático de derecho. Hay una organización territorial dele estado : Estado Autonómico ( Articulo 2 137 i siguientes del titulo 8) Estos principios se formulan juntamente con los valores superiores del ordenamiento jurídico, también esta el termino de Nación política Voluntad política de ser independientes.

Valores Superiores:

  • (^) Libertad
  • Igualdad
  • Justicia
  • Pluralismo Político El estado social es un concepto desarrollado en el año 1929 por Heller que defiende que el estado intervenga en materia política y social.

Antecedentes históricos :

  • El estado debe asuma su responsabilidad sobre el bienestar de los ciudadano i intervenir en economía de mercado para corregir disfunciones.
  • Antecedentes Inglaterra y E U A periodo de entre guerras. Se difunde tras la segunda guerra mundial. Introducción de el derecho económico, social, cultural y político.

Estado de Derecho

Sistemática interna y tipos de norma.

El sistema jurídico Español es un sistema estamental y jerárquico, en al cúspide de lo que podríamos imaginarnos como una pirámide estaría la Constitución, a esto se le llama “ La supremacía de la Constitución” ninguna ley puede contradecir la constitución y todas se formulan en base a esta, el hecho de que la constitución sirva de guía para crear otras normas se le llama “Efecto Formal” y el echo de que ninguna otra norma jurídica pueda contradecirla se le llama “Efecto Material”. Si una ley es anticonstitucional se la expulsa del ordenamiento jurídico.

La constitucional española esta compuesta de 169 artículos divididos en 10 capítulos, esta es ademas lo que llamamos ambigua o polivalente por el echo de que puede ser interpretada, tanto conservadores como progresistas pueden interpretar la constitución de manera distinta.

La constitución española tiene diferentes características, es una constitución rígida, pre-be la re- formulación completa de cada uno de sus artículos, pero son necesarias mayorías o mayorías reforzadas para cambiarlos,(mayorías aritméticas mas fuertes) por ello es rígida, en contraposición a constituciones flexibles que son fáciles de adecuar(constitución suiza) , es ademas redactada en el año 1978 y se dice que es poco original, por el echo de que se basa en otras constituciones como : La italiana, la escocesa, la de los países escandinavos, la alemana y la francesa. Y también influencio la constitución republicana española, por eso decimos que fue creada también a partir de influencias históricas.

La constitución esta compuesta de 169 articulo divididos en 10 capítulos que a su vez se dividen en dos grande bloques, lo que llamamos la parte “Orgánica”, que es la que regula los centros de poder, las cortes, los órganos institucionales etc... y la parte “Dogmática” que es la que regula los derechos y libertades.

Tenemos también una jerarquía dentro de la constitución se dividen en cinco grupos de mayor a menor y están ordenadas según el contenido político y la fuerza vinculante de estas, las mas importantes son aquellas que tocan temas especialmente delicados y para cambiarlos necesitamos mayorías absolutas reforzadas, las menos importantes son las que tienen menos fuerza vinculante o tocan temas menos trascendentales y solo se precisa de mayorías para rectificarlas.

La clasificación es la siguiente :

  • Primero Derechos fundamentales i libertades publicas, estas vinculan de forma inmediata (artículos del 15 al 29).
  • Segundo Garantías institucionales, vinculan al legislador y a las cortes (defensor del pueblo, parlamento, tribunal constitucional etc...)
  • Tercero Mandato al legislador Son normas que prevén la necesidad de que el parlamento promulgue normas que completen la constitución, (artículos 51,3 17,4 23,2, 39,1 35,2)
  • (^) Cuarto Principios fundamentales del orden publico tiene valor interpretativo (articulo 9,2)
  • Quinto Normas de asignación de los fines del estado o normas programáticas no vinculan de forma directa i inmediata.

La reforma de la Constitución.

  • Convocatoria de elecciones y se volverá a votar para consensuar la primera votación.
  • Sera necesaria mayoría relativa del parlamento (articulo 159) o/i mayoría absoluta del senado.
  • Se llevara a cabo un referéndum vinculante
  • (^) El nuevo texto ha de ser aprobado por 2/3 de cada cámara.

Limites de la Reforma

Limites Materiales (contenido):

  • Todos los artículos son reformables, no hay clausulas de intangibilidad (articulo 168).
  • Implícitos doctrinal mente, hay ciertos preceptos que de modificaros significaría un cambio de régimen, por ejemplo abolición del régimen democrático. Limites Temporales. Prohibición de una reforma en caso de guerra o sitiaje nacional (Articulo 116 i 169).

Estado de Derecho.

Concepto. Nace en Alemania en el siglo XVIII-XIX año 1832 a manos de Robert Von Moll, este concepto es un concepto del liberalismo en el ámbito político que lucha contra el estado absolutista donde el rey estaba desvinculado de la ley.

Propugna el Imperio de la Ley, poderes públicos y ciudadanos atados a la ley.

Contenido esencial en ele estado de derecho :

  • (^) Supremacía de la ley ( Voluntad popular y legitimidad democrática)
  • Proclamación de derechos y libertades aseguradas a todos por igual.
  • Separación de poderes como forma de organización del estado.
  • Poder legislativo Cortes
  • Ejecutivo gobierno
  • Judicial Juzgados.

Principio de juridicidad

El poder público esta atado al derecho es ademas criterio definidor del estado y se desplega en dos principios :

  • Principio de constitucionalidad
  • Principio de legalidad

Principio de constitucionalidad, los poderes públicos y el ordenamiento jurídico están sujetos a la ley constitucional en tanto que es norma suprema ( articulo 9,1)

Principio de legalidad :Vinculación entre poderes públicos y la ley de tres maneras :

  • La primacía de la Ley ( la ley ocupa un determinado rango jerárquico) La ley ene el ordenamiento jurídico ocupa un lugar central ante las demás normas.
  • (^) La reserva de la ley (algunas materia prevé la constitución que solo pueden ser reguladas por ley, exceptuando alguna materia puntual articulo 81)
  • El imperio de la Ley La sujeción de los poderes a al ley. (93, 103, 117 artículos)

La separación de poderes. La regulación de competencias y poderes de cada uno de los órganos para garantizar la libertad

La constitución de 1978 contiene varias normas de manifestación de separación d poderes aunque no una norma que ataña directamente a esto ( artículos 1,1, articulo 66 97 117,3)

Garantía de derechos y libertades

El objetivo dele estado de derecho es garantizar un catalogo de derechos y libertades al ciudadano que preserven la dignidad de la persona.

Evolución Histórica. Originariamente , cataleg de drets lliberals amb l estat lliberal, Drets Naturales basicament Con la democratización llegan los derechos políticos Con el estado social la ampliación del catalogo de derechos por tal de cubrir unas necesidades básicas y declarar la igualdad real.

Dret a sufragi votar. Dret a sufragi passiu ser votat. Están regulados por el articulo 23 este articulo es indispensable para garantizar la democracia

Sufragio Universal ( art. 68,1 69,1)

Mecanismos de participación representativa.

Proceso electoral elección de representantes que tendrán poder político y serán sus representantes en una comunidades

derecho electoral regula los elementos del proceso electoral.

Articulo 8 Reserva de ley orgánica en materia de régimen electoral general.

Estado Unitario : todo el poder político en un único centro Estado Compuesto :el poder esta descentralizado y hay repartición de competencias Artículos (

Estado Democrático

El pluralismo Político. La democracia necesita de pluralismo político es decir de una concepción pluralismo de la sociedad realizada por diferentes grupos con diferentes intereses y opiniones. Articulo 1,1 pluralismo político.

El pluralismo político solo puede darse con la constitución de diversos partidos políticos. Articulo 6 Los partidos político expresaran pluralismo y diferentes opciones sociales que aspiran a regentar los órganos de dirección política del estado que los defienda, también representan diferentes opciones ideológicas.

3 Funciones :

  • Expresan pluralismo político
  • Forman i manifiestan la voluntad popular
  • Son instrumento esencial para la participación política.

Democracia representativa.

Montesquieu:La soberanía reside en la nación, entendida como único sujeto indisoluble, tiene ademas vida propia diferente a la de los individuos que la conforman por ello es necesario que alguien la represente.

Algunos autores distinguen 3 Dimensiones del Estado Social :

  • Estado benefactor el estado intenta proporcionar prestaciones Sociales.
  • Estado Regulador interés en regular las relaciones capitalistas (economía)
  • Estado Empresario dirige directamente la economía de forma pública y constituye un moto de desarrollo del país.

Podemos encontrar estos rasgo de Estado social en la Constitución.

  • Preámbulo Convivencia en democracia dentro de un orden económico i social justo.
  • Art. 1 , 9,2 y capitulo 3 (artículos del 39 al 51)
  • Titulo III Economía y hacienda
  • Capitulo 2 y 3 del Titulo I hace un catalogo de derechos económicos sociales y culturales.

Política estatal intervención económica ( el estado regula la economía i la planifica para conseguir el bienestar general). El estado cumple con una función asistencial y proporciona prestaciones sociales de distinto tipo. La igualdad como valor superior en el ordenamiento Jurídico (articulo 1) Igualdad como derecho fundamental derecho exigible judicialmente (articulo 14) Igualdad real i efectiva que ha de promover el estado entre todos los individuos (articularlo 9,2)