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El constitutionalismo es un movimiento político que opera en contra del absolutismo y busca garantizar los derechos y libertades del ciudadano a través de una estructura política de los poderes públicos. Este movimiento se basa en la separación de poderes, la soberanía nacional, la democracia representativa y la vinculación entre los poderes públicos, el ciudadano y la ley. El nacimiento y evolución del constitutionalismo, desde las primeras formulaciones como las cartas de derechos hasta la creación de estados mediante un convenio. Además, se analiza la relación entre el constitutionalismo y el racionalismo, y cómo la democracia ha sido una de sus principales fuentes. El texto también aborda el caso específico del constitutionalismo inglés.
Tipo: Apuntes
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Derecho Constitucional.
Constitucionalismo. El constitucionalismo es un movimiento político que opera en contra del absolutismo y que quiere garantizar a través de una estructura política de los poderes públicos los derechos i libertades del ciudadano, busca también la vinculación entre los poderes públicos, el ciudadano y la ley, aunque su interés máximo es defender los derechos del ciudadano. Lo hace a través de varios mecanismos, la separación de poderes, la soberanía nacional, un orden representativa, (democracia representativa) etc... Constitución tendrá aquel estado que la organización del cual responda a la defensa de las libertades individuales y los derechos. Toda esta estructura encarada a la defensa de la libertad i el derecho se concreta en un texto consensuado entre sociedad i políticos. La constitución ( el documento consensuado) tiene en ella las normas jurídicas que constituyente el ordenamiento i la estructura del estado de tal manera que asegura las libertades, por ello decimos que es un texto garantista en el sentido que intenta garantizar las libertades a través de la sujeción de los poderes públicos a la ley. Constitucionalismo americano Soberanía Popular, La constitución es expresión escrita de la voluntad popular y ha de ser respetada por las demás leyes. Constitucionalismo europeo: La constitución europea en cambió no es propiamente una constitución escrita que limite todos los poderes dele estado y los sujete a a ley, esto pasa por la gran resistencia de las fuerzas monárquicas, y la mayoría de textos constitucionales primeramente son cartas otorgadas o pactos entre el rey i el parlamento. Cuando triunfe el liberalismo en Europa se impondrá lo que se llama “Soberanía Nacional” o Soberanía parlamentaria, la ley que promulgue el paralemnto estará fuera de todo limite ya sea formal o material. LIBERTADES INDIVIDUALES. Como dijimos el constitucionalismo es un movimiento garantistas, que busca la defensa de las libertades y derechos a través de la limitación y la sujeción del orden publico por la ley, se considera que el hombre tiene auntonomia ideología, poseedor de si mismo de sus propios bienes, pensamiento etc... Esto ha de defenderse con la ley, el derecho a la libertad, a la seguridad, la igualdad formal de todos los hombres y mujeres, etc... Proviene esta idologia del iusnaturalismo en parte que propugna los Derechos Naturales del Hombres, que son anteriores al estado e inalienables y estos no pueden ser transferidos a un estado permanentemente. Las primeras formulaciones propiamente constitucionales serán cartas de derechos como la declaración de virginia el año 1776 o la carta d derechos del hombre i el ciudadano de 1789, serán cartes escuetas que propondrán los derechos liberales por excelencia, el derecho a la vida, a la seguridad, a la libre expresión e impresión. Pero las primeras constituciones como la constitución estadounidense con contendrán propiamente un listado de derechos i libertades fundamentales, sino mas bien la estructura dele estado (parte orgánica) mas tarde se añadirán listados o cartas de derechos ( parte dogmática). Doctrinas contractualistas Es una corriente que defiende el convenio mediante el cual es estipula la creación y bases de un nuevo estado. Esta teoría ha sido defendida por muchas corrientes filosóficas, una de ellas el iusnaturalismo racional, esta corriente defiende unos derechos naturales concebidos y asequibles a la razón natural i que son fijas e inmutables. Esa corriente defiende la creación de cualquier estado mediante un convenio en el cual cada ciudadano delega su poder a una entidad que se constituirá como poder público para que defiendan su intereses i derechos. Según locke habría dos concepciones distintas, la social que seria aquella que crearía una comunidad y la política en la que los individuo otorgan su poder a un poder publico y constituyente peor imponiendo las restricciones pertinentes que se consideren. Así pues el naturalismo racional defiende que ningún estado es legitimo a menos que no se haga por convenio de todos los ciudadanos a causa de que cada uno de ellos posee sus derechos naturales inalienables lo que es llamado estado natural i la fundación de este y su finalidad es proteger tal derecho. Es entonces una constitución vista con carácter fundacional i vinculante, por ele echo de
que el estado político se fundara i servirá para proteger los derechos naturales, estro adquiere relevancia histórica cunado se da la constitución americana.
El racionalismo el racionalismo pondrá al hombre en la posición de dios, centro del universo y sustituirá la fe por la razón, tendrá varasia consecuencias, como por ejemplo la creación de la enciclopedia o la corriente de la ilustración, propugnara que el hombre es capaz de llegar a la verdad a tares de una discusión basada en la razón y repudiara todo aquello que no se base en esta. Ayudara al Constitucionalismo en dos sentidos :
Democracia. La democracia responde a la pregunta como ha de ser constituido un pode público, un estado, y esta responde que esta decisión ha de ser voluntad general de una comunidad. El constitucionalismo expone como debemos limitar el poder de tal estado o fuerza pública. La democracia entonces formara los principios mas importantes del constitucionalismo, poder constituyente ( constitución) creada a partir de la Voluntad popular sera lo que denominemos Soberanía Popular, y constitución creada por el parlamento sin que esta ponga limites al dicho parlamento denominaremos tal situación Soberanía Nacional, o Soberanía del parlamentoesta concepción ira perdiendo fuerza conforme se vayan implementando los derechos políticos de los ciudadanos a la constitución INGLATERRA
. ¿Como se produce en Inglaterra esta transformación ?, tenemos dos grandes procesos troncales que llevan a la transformación de Inglaterra, en primer lugar tenemos una modificación de competencias en las antiguas instituciones feudales, a las que valga la redundancia, se le atribuyen nuevos fines. En segundo lugar, tenemos un proceso de distinción y repartición de poderes, veremos que autores como Jhon Locke o Montesquie, empiezan a realizar manifiestos y teorías sobre la distinción de diversos poderes en un estado, como lo son : El Poder Judicial, El Poder Legislativo.... y la cada vez mas propensa actuación a dividir estos poderes en varias instituciones, y restringir la libertad política del monarca. En Inglaterra se irán consolidando los poderes del parlamento, el parlamento a lo largo de la Edad media se enfrentara al poder del mandatario absolutista, y acabará por abarcar el poder en el S. XVIII. El triunfo del parlamento quedará registrado en dos textos , el primero The Bill Of Rights, (1689) , que llegará también a las colonias británicas americanas iniciando así la revolución liberal, el segundo The act of Settlement (1701) , que impondrá condiciones de gobierno a rey y declarará la independencia de los jueces.
Para ir arrebatando los poderes al monarca, podemos decir que en el caso de Inglaterra, en oposición a la actuación del pueblo francés, se llevan a cabo acciones sutiles, que no comportan un enfrentamiento armado, al igual que también pasara con la Revolución Estadounidense.
El procedimiento inglés, consistió en restringir el poder de la monarquía a través de un manifiesto político llamado The Common Law, y que este monarca todo y que aun pudiese tomar decisiones lo aria a través de un gabinete de consejeros. Con el paso del tiempo, este gabinete asesor del rey, iría tomando decisiones con actuaciones cada vez mas al margen del monarca y se acabara
Estos son los casos que fueron promotores de una revolución en pos de una igualdad formal entre los hombres y de la defensa de libertades y derechos de estos mismos.
Se dieron acontecimientos políticos de importancia que configuraron el gobierno de los Estados Unidos, ahora paso a enumerar los siguientes, estimando que son los de mayor trascendencia histórica :
Articulo 1 España se constituye estado social y democrático de derecho (declaración de intenciones)los primeros artículos regula la organización política entran en la parte orgánica de la constitución (titulo preliminar principios estructurales.)
Principios Estructurales
Garantizar la forma de estado conlleva: garantizar el estado social y democrático de derecho. Hay una organización territorial dele estado : Estado Autonómico ( Articulo 2 137 i siguientes del titulo 8) Estos principios se formulan juntamente con los valores superiores del ordenamiento jurídico, también esta el termino de Nación política Voluntad política de ser independientes.
Valores Superiores:
Antecedentes históricos :
Sistemática interna y tipos de norma.
El sistema jurídico Español es un sistema estamental y jerárquico, en al cúspide de lo que podríamos imaginarnos como una pirámide estaría la Constitución, a esto se le llama “ La supremacía de la Constitución” ninguna ley puede contradecir la constitución y todas se formulan en base a esta, el hecho de que la constitución sirva de guía para crear otras normas se le llama “Efecto Formal” y el echo de que ninguna otra norma jurídica pueda contradecirla se le llama “Efecto Material”. Si una ley es anticonstitucional se la expulsa del ordenamiento jurídico.
La constitucional española esta compuesta de 169 artículos divididos en 10 capítulos, esta es ademas lo que llamamos ambigua o polivalente por el echo de que puede ser interpretada, tanto conservadores como progresistas pueden interpretar la constitución de manera distinta.
La constitución española tiene diferentes características, es una constitución rígida, pre-be la re- formulación completa de cada uno de sus artículos, pero son necesarias mayorías o mayorías reforzadas para cambiarlos,(mayorías aritméticas mas fuertes) por ello es rígida, en contraposición a constituciones flexibles que son fáciles de adecuar(constitución suiza) , es ademas redactada en el año 1978 y se dice que es poco original, por el echo de que se basa en otras constituciones como : La italiana, la escocesa, la de los países escandinavos, la alemana y la francesa. Y también influencio la constitución republicana española, por eso decimos que fue creada también a partir de influencias históricas.
La constitución esta compuesta de 169 articulo divididos en 10 capítulos que a su vez se dividen en dos grande bloques, lo que llamamos la parte “Orgánica”, que es la que regula los centros de poder, las cortes, los órganos institucionales etc... y la parte “Dogmática” que es la que regula los derechos y libertades.
Tenemos también una jerarquía dentro de la constitución se dividen en cinco grupos de mayor a menor y están ordenadas según el contenido político y la fuerza vinculante de estas, las mas importantes son aquellas que tocan temas especialmente delicados y para cambiarlos necesitamos mayorías absolutas reforzadas, las menos importantes son las que tienen menos fuerza vinculante o tocan temas menos trascendentales y solo se precisa de mayorías para rectificarlas.
La clasificación es la siguiente :
La reforma de la Constitución.
Limites de la Reforma
Limites Materiales (contenido):
Estado de Derecho.
Concepto. Nace en Alemania en el siglo XVIII-XIX año 1832 a manos de Robert Von Moll, este concepto es un concepto del liberalismo en el ámbito político que lucha contra el estado absolutista donde el rey estaba desvinculado de la ley.
Propugna el Imperio de la Ley, poderes públicos y ciudadanos atados a la ley.
Contenido esencial en ele estado de derecho :
Principio de juridicidad
El poder público esta atado al derecho es ademas criterio definidor del estado y se desplega en dos principios :
Principio de constitucionalidad, los poderes públicos y el ordenamiento jurídico están sujetos a la ley constitucional en tanto que es norma suprema ( articulo 9,1)
Principio de legalidad :Vinculación entre poderes públicos y la ley de tres maneras :
La separación de poderes. La regulación de competencias y poderes de cada uno de los órganos para garantizar la libertad
La constitución de 1978 contiene varias normas de manifestación de separación d poderes aunque no una norma que ataña directamente a esto ( artículos 1,1, articulo 66 97 117,3)
Garantía de derechos y libertades
El objetivo dele estado de derecho es garantizar un catalogo de derechos y libertades al ciudadano que preserven la dignidad de la persona.
Evolución Histórica. Originariamente , cataleg de drets lliberals amb l estat lliberal, Drets Naturales basicament Con la democratización llegan los derechos políticos Con el estado social la ampliación del catalogo de derechos por tal de cubrir unas necesidades básicas y declarar la igualdad real.
Dret a sufragi votar. Dret a sufragi passiu ser votat. Están regulados por el articulo 23 este articulo es indispensable para garantizar la democracia
Sufragio Universal ( art. 68,1 69,1)
Mecanismos de participación representativa.
Proceso electoral elección de representantes que tendrán poder político y serán sus representantes en una comunidades
derecho electoral regula los elementos del proceso electoral.
Articulo 8 Reserva de ley orgánica en materia de régimen electoral general.
Estado Unitario : todo el poder político en un único centro Estado Compuesto :el poder esta descentralizado y hay repartición de competencias Artículos (
El pluralismo Político. La democracia necesita de pluralismo político es decir de una concepción pluralismo de la sociedad realizada por diferentes grupos con diferentes intereses y opiniones. Articulo 1,1 pluralismo político.
El pluralismo político solo puede darse con la constitución de diversos partidos políticos. Articulo 6 Los partidos político expresaran pluralismo y diferentes opciones sociales que aspiran a regentar los órganos de dirección política del estado que los defienda, también representan diferentes opciones ideológicas.
3 Funciones :
Democracia representativa.
Montesquieu:La soberanía reside en la nación, entendida como único sujeto indisoluble, tiene ademas vida propia diferente a la de los individuos que la conforman por ello es necesario que alguien la represente.
Algunos autores distinguen 3 Dimensiones del Estado Social :
Podemos encontrar estos rasgo de Estado social en la Constitución.
Política estatal intervención económica ( el estado regula la economía i la planifica para conseguir el bienestar general). El estado cumple con una función asistencial y proporciona prestaciones sociales de distinto tipo. La igualdad como valor superior en el ordenamiento Jurídico (articulo 1) Igualdad como derecho fundamental derecho exigible judicialmente (articulo 14) Igualdad real i efectiva que ha de promover el estado entre todos los individuos (articularlo 9,2)