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Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Maria José Bravo Bosch, Carrera: Derecho, Universidad: UVIGO
Tipo: Ejercicios
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Las Servidumbres
Dos Tipos: Rústicas y Urbanas.
A. SERVIDUMBRES DE PASO: Las más importantes eran:
A. Derecho de derivar al predio vecino aguas de lluvia. De modo natural: servitus stillicidii; por medio de canalización, servitus fluminis; mediante tuberías, servitus cloacae.
B. Derecho de introducir vigas en fundo vecino, servitus tigni inmittendi; apoyar una construcción propia en pared ajena, servitus oneris ferendi.
C. Servitus altius non tollendi: Derecho a prohibir que el vecino levante u edificación más allá de una cierta altura. Servitus ne luminibus officiatur: las que impiden que el vecino prive a nuestro edificio de luces. Servitus ne prospectui officiatur: servidumbre de vistas. Servitus luminum: la que autoriza a abrir ventanas sobre el terreno del vecino para tener luces.
servidumbre, por ejemplo, levantando el edificio afectado a una servitus altius non tollendi, y que el titular de la servidumbre NO se oponga a ella durante los 2 años. (En derecho justinianeo, el tiempo marcado para la extinción por el non usus es de 10 años entre presentes o 20 entre ausentes)
DEFENSA PROCESAL