Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


los contratos, Apuntes de Relaciones Laborales y Recursos Humanos

Asignatura: rrhh, Profesor: , Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UNEX

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 17/04/2014

alejandracp-1
alejandracp-1 🇪🇸

4.5

(8)

4 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Contrato indefinido.
Son aquellos que no fijan una fecha determinada para su finalización. Se presumen
celebrados a tiempo indefinidos cuando:
El trabajador no está dado de alta en la Seguridad Social.
Que no se hubiese hecho de forma escrita.
Celebrados en fraude de ley: cuando se utiliza un tipo de contrato que no
corresponde.
Contrato de Fomento de Empleo.
Son aquellos cuya finalidad es la colocación de colectivos afectados por el desempleo
y la inestabilidad laboral:
Mujeres en general.
Mujeres que sean contratadas en los 24 meses siguientes al parto o adopción.
Mujeres que se incorporen al empleo después de 5 años de inactividad laboral.
Mayores de 45 años.
Jóvenes de 16 a 30 años.
Trabajadores desempleados al menos 6 meses.
Trabajadores con incapacidad.
Víctimas de violencia de género.
En situación de exclusión social.
Trabajadores con responsabilidad familiar.
Podrán ser por tiempo indefinido o duración determinada, en el caso que se realicen
con desempleados con discapacidad, víctimas de violencia de género o personas de
exclusión social.
Contrato de duración determinada.
Son aquellas que tienen fijada la fecha de finalización del contrato. Son:
Contratos de obra o servicio determinado. Se utiliza para la realización de
actividades que no sea la actividad principal, cuya duración depende del tiempo
exigido y su finalización debe avisarse con 15 días de antelación. Debe
realizarse por escrito y los trabajadores tienen derecho a percibir una
indemnización de 8 días de salario por año trabajado.
Contrato por circunstancia de la producción. Tiene como objetivo atender
las necesidades derivadas de un incremento en la producción, siendo nuestra
actividad principal. Su duración máxima es de 6 meses, aunque por convenio
colectivo se podrá modificar (máximo ¾ partes de dicho período sin que sea
superior a 12 meses). Existe una única prorroga. Se formalizará por escrito y el
trabajador tiene derecho a percibir una indemnización de 8 días de salario por
año trabajado.
Contrato de interinidad. Cuyo objetivo es sustituir a trabajadores que están de
baja o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de
selección. Su duración será determinada. Este contrato será por escrito
incluyendo el nombre del trabajador sustituido y la causa de la sustitución.
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga los contratos y más Apuntes en PDF de Relaciones Laborales y Recursos Humanos solo en Docsity!

Contrato indefinido.

Son aquellos que no fijan una fecha determinada para su finalización. Se presumen celebrados a tiempo indefinidos cuando:

• El trabajador no está dado de alta en la Seguridad Social.

• Que no se hubiese hecho de forma escrita.

• Celebrados en fraude de ley: cuando se utiliza un tipo de contrato que no

corresponde.

Contrato de Fomento de Empleo.

Son aquellos cuya finalidad es la colocación de colectivos afectados por el desempleo y la inestabilidad laboral:

• Mujeres en general.

• Mujeres que sean contratadas en los 24 meses siguientes al parto o adopción.

• Mujeres que se incorporen al empleo después de 5 años de inactividad laboral.

• Mayores de 45 años.

• Jóvenes de 16 a 30 años.

• Trabajadores desempleados al menos 6 meses.

• Trabajadores con incapacidad.

• Víctimas de violencia de género.

• En situación de exclusión social.

• Trabajadores con responsabilidad familiar.

Podrán ser por tiempo indefinido o duración determinada, en el caso que se realicen con desempleados con discapacidad, víctimas de violencia de género o personas de exclusión social.

Contrato de duración determinada.

Son aquellas que tienen fijada la fecha de finalización del contrato. Son:

• Contratos de obra o servicio determinado. Se utiliza para la realización de

actividades que no sea la actividad principal, cuya duración depende del tiempo exigido y su finalización debe avisarse con 15 días de antelación. Debe realizarse por escrito y los trabajadores tienen derecho a percibir una indemnización de 8 días de salario por año trabajado.

• Contrato por circunstancia de la producción. Tiene como objetivo atender

las necesidades derivadas de un incremento en la producción, siendo nuestra actividad principal. Su duración máxima es de 6 meses, aunque por convenio colectivo se podrá modificar (máximo ¾ partes de dicho período sin que sea superior a 12 meses). Existe una única prorroga. Se formalizará por escrito y el trabajador tiene derecho a percibir una indemnización de 8 días de salario por año trabajado.

• Contrato de interinidad. Cuyo objetivo es sustituir a trabajadores que están de

baja o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección. Su duración será determinada. Este contrato será por escrito incluyendo el nombre del trabajador sustituido y la causa de la sustitución.

Además, cuando sea para sustituir la maternidad o adopción, dará lugar a bonificaciones en la cotización empresarial.

• Contrato de inserción. Son los que se celebran con trabajadores

desempleados para realización de obras o servicios de interés general o social; y cuya finalidad es adquirir experiencia laboral y mejorar el desempleo. Los trabajadores no serán contratados cuando en los últimos 3 años hubieran sido contratados bajo esta modalidad por un período superior a 9 meses.

Contratos formativos.

• Contrato en prácticas. Su objetivo es la inserción de jóvenes sin experiencia

laboral que estén en posesión de un titulo. Las titulaciones deberán haber sido obtenidas dentro de los 4 años anteriores a la contratación, o 6 años en los casos de los minusválidos; además, debe existir relación entre lo estudiado y el puesto a realizar, sino sería nulo el contrato. Su duración estará comprendida entre 6 meses y 2 años, con dos prorrogas no inferiores a 6 meses cada una. La jornada podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial y la retribución:

• Durante el primer año no podrá ser inferior al 60% del salario fijado.

• Durante el segundo año no podrá ser inferior al 70%, siempre que se

respecte el salario mínimo interprofesional.

• Contrato para la formación. Tiene como objetivo la adquisición de la

formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio. Este contrato va dirigido a trabajadores entre 16 y 21 años sin cualificación profesional, excepto:

• Minusválidos.

• Extranjeros desempleados.

• Desempleados que lleven más de 3 años sin actividad laboral.

• Personas en situación de exclusión.

• Personas que se incorporen a los programas de escuela taller, casas de

oficios… Su duración será entre 6 meses y 2 años, salvo que por convenio se establezca otra duración, no superior a 3 años. Tendrá derecho a dos prorrogas con una duración mínima de 6 meses cada una.

La jornada laboral será siempre a tiempo completo y, el 15% (como mínimo) deberá dedicarse a formación teórica. La retribución será fijada por el convenio colectivo, sin que pueda ser inferior al SMI, y la cotización a la Seguridad Social es inferior al resto establecido por el Estado y son cantidades fijas. Al final el empresario deberá entregar al trabajador in certificado en el que conste tanto la duración práctica como teórica y podrá solicitar un certificado de profesionalidad. Una característica de este contrato es que los trabajadores no tienen derecho a prestación por desempleo y existe un número limitado de contratos para la formación:

Tamaño de plantilla Nº máximo de contratos Hasta 5 1 De 6 a 10 2 De 11 a 25 3 De 26 a 40 4