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tema de exploradores de caverna
Tipo: Apuntes
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La metodología del presente escrito será primero presentar el caso concreto, seguido de las posturas de los jueces que resuelven, para terminar con un análisis propio de lo que podría ser el resultado.
El Caso de los Exploradores de Cavernas es una historia de cuatro hombres acusados y procesados por el homicidio de un quinto, todos espeleólogos, que quedaron atrapados en una cueva, en la cual éste último tuvo el desfortunio de ser la provisión de sustento alimenticio de los cuatro sometido a juicio.
El tribunal del Condado de Stowfield los declara culpables y los condena a la horca. Los aludidos apelan ante la Corte Suprema de Newgarth, cuyos representantes son: Presidente Trupenny y los Ministros Foster, Tatting, Keen y Handy.
Hechos El Presidente Trupenny detalla los hechos: Encontrándose en una expedición con motivo de su afición los 5 espeleólogos, quedaron atrapados en una caverna al derribarse sobre la entrada grandes cantidades de rocas que les impidió salir.
Para su rescate se enviaron máquinas, obreros, ingenieros geólogos y demás expertos. en las labores de rescate se perdió la vida de diez trabajadores y se gastó una suma importante de dinero.
Al cabo de treinta y dos días fueron rescatados cuatro de los cinco exploradores.
Mientras se daban las labores de rescate, sucedieron adversidades dentro de la caverna.
Se pudo tener noticia a través de un dispositivo por el que se logró comunicación hasta el día veintiuno, por dicho medio los atrapados preguntaron acerca de las expectativas que tenían de lograr su rescate y la posibilidad de sobrevivir a tan larga espera sin alimento. La respuesta que se les dio es que era muy difícil y que por lo menos tardarían unos diez días más así como no era favorable la posibilidad de su sobrevivencia.
Después de algunas horas uno de ellos de nombre Whetmore preguntó por sí y en representación de sus compañeros al médico, de nueva cuenta, que si comiéndose a alguno de ellos los restantes podrían sobrevivir diez días más, lo que el médico no quiso responder. Entonces pidió que algún juez o funcionario federal, un ministro religioso o sacerdote le contestará, pero no obtuvo respuesta.
A través de un acuerdo los exploradores echaron a la suerte el sacrificio de uno para que los demás pudieran sobrevivir, aspecto que, vale la pena señalar, tomaron sin consejo de un médico, de un sacerdote o de alguna autoridad de su comunidad, a pesar de haberlo solicitado, perdiéndose, toda señal de comunicación.
El día veintitrés Whetmore fue asesinado y comido por sus compañeros; las declaraciones de los acusados fueron las siguientes:
Fue Whetmore el de la idea de comerse a uno de los compañeros, echandose a la suerte con unos dados; por lo que los acusados terminaron por aceptar dicha propuesta.
Antes de arrojar los dados Whetmore se arrepintió, propuso entonces que se esperara otra semana más, sus compañeros lo acusaron de violación de lo convenido y prosiguieron a tirar los dados.
Uno de ellos echó los dados por él, se le preguntó si no tenía objeción en cuanto a la corrección de la tirada, sin que Whetmore la objetara.
El tiro resultó adverso para Whetmore siendo privado de la vida y comido por sus compañeros.
Al día treinta y dos, cuando finalmente los exploradores fueron rescatados salieron a la luz los acontecimientos que vivieron -es decir, mataron a uno de ellos (Roger Whetmore) para comer su carne y poder sobrevivir- de suerte que una vez que recuperaron su estado de salud, fueron procesados y juzgados por el delito de homicidio cometido en agravio de uno de ellos, motivo por el que se les impuso la pena de muerte por ahorcamiento.
En el juicio oral, después de las testimoniales, el portavoz del jurado preguntó al juez si él podría dar un veredicto especial, dejando al juez la determinación de la culpabilidad de los reos, en base a los hechos que resultaron probados.
Luego de diversas discusiones tanto el jurado como el juez, decidieron que en base a los hechos los acusados eran culpables. El juez los sentenció a ser ahorcados, en base a la ley de Commonwelth que no permite discreción alguna en ese delito. El jurado y el juez emitieron por separado al jefe del Poder Ejecutivo que se conmutara la pena de muerte por la de seis meses de prisión. El Poder Ejecutivo está esperando la decisión del presente recuso. Posturas de los integrantes de la Corte.
Toca ahora reseñar las posturas de los cinco integrantes de la Corte.
El presidente Truepenny sostuvo que en casos como el discutido la clemencia del poder ejecutivo parecía lo más adecuado para mitigar los rigores de la ley, por lo que propuso a sus colegas que siguieran el ejemplo del jurado y del juez inferior haciéndose solidarios con la petición que dirigieron al jefe del poder ejecutivo. Consideró como altamente improbable que se denegara tal petición de clemencia y, por lo mismo, solicitó que se confirmara la sentencia de muerte.
El ministro Foster basó sus argumentos en dos fundamentos independientes; el primero en el sentido de que el derecho positivo presupone la posibilidad de la coexistencia de los hombres en sociedad, pero que al surgir una situación que hace que esa coexistencia sea imposible, deja de existir una condición implícita tanto en los precedentes como en la ley, de manera que al desaparecer tal condición también se va con ella el orden positivo.
Agregó que cuando la suposición de que los hombres pueden vivir en común deja de ser verdadera, lo que sucedió al emerger que la conservación de la vida sólo se hizo posible quitando otra, entonces las premisas básicas al orden jurídico pierden su sentido y fuerza. Así, cuando el infortunado explorador perdió su vida, los acusados no se
ámbito de la excepción, pues la víctima no dirigió amenaza a la vida de los sentenciados. Finalmente, agregó que, en todo caso, las excepciones judiciales a la larga causan más perjuicio que las sentencias rigurosas, lo que reveló en definitiva su intención de que el fallo se confirmara.
Finalmente tocó el turno al ministro Handy quien inició afirmando que jamás le ha sido posible hacer ver a sus colegas que el gobierno es un asunto humano y que los hombres son gobernados no por las palabras sobre el papel o por teorías abstractas, sino por otros hombres; y hay buen gobierno cuando los gobernantes entienden los sentimientos y concepciones de las masas, mientras que cuando ese entendimiento falta se traduce en un mal gobierno.
En este caso, afirmó el ministro, que se ha despertado un enorme interés público, lo que revela lo que hay que hacer si desea la Corte preservar entre ella y la opinión pública una armonía decente y razonable. Así, declarar inocentes a los sentenciados no implicaría una trampa poco digna, pues no sería necesario adoptar ningún principio de interpretación de la ley que sea inconsistente con los anteriores precedentes, de ahí que si fuera el caso de una demostración más detallada del método para reconciliar la decisión con la ley, le bastaría adherirse a los argumentos desarrollados por el colega Foster en la segunda parte de su voto, por lo que la sentencia debía revocarse.
En lo referente al interés público el ministro puso de manifiesto ciertas estadísticas y porcentajes, para lo cual destaca que el noventa por ciento de los encuestados dijeron que la Corte dejara a los exploradores en plena libertad o les aplicara más o menos una pena nominal, pero ninguno dijo que la Corte los condenara y que luego otro poder del Estado los perdonara.
Finalmente, ante la paridad de votos y una abstención de los ministros, la sentencia condenatoria fue confirmada y su ejecución se llevó a cabo, con el ahorcamiento de los exploradores.
Después de analizado el ensayo, me gustaría compartir mi punto de vista, y se basa en dos posturas una puramente judicial y otra política, inicio con la judicial que está encaminada a sostener que no hay posibilidad por parte del órgano jurisdiccional, para que absolviera a los condenados, y es que no digo que haya sido justo el terminar de los condenados, solo no encuentro las facultades para que la corte de apelaciones hubiera absuelto.
Un órgano jurisdiccional está facultado y obligado para aplicar e interpretar la ley en caso de lagunas legislativas, no para legislar, como se hubiera dado en caso que se hubiera absuelto, pues tal como se menciona en el texto solo podían revisar el juicio de origen y los argumentos vertidos en el, toda vez que la defensa se baso en la legítima defensa, concuerdo con el ministro Foster cuando afirma que de la letra de la ley no había posibilidad de extraer tal excepción de legítima defensa, así mismo se menciona que no hay precedente alguno que justifique el actuar de los acusados, en conclusión solo les toca aplicar el derecho conforme a la labor legislativa no así conforme a sus deseos de que es lo que debería de decir, el precedente que se estaría desarrollando bajo esa postura, rompe con el principio de división de poderes e incerteza jurídica, dando facultades legislativas al poder judicial.
Me quedo con las siguientes dos sentencias que fueron pronunciadas:
Ministro Tatting: “Es necesario apartar emociones y decidir el caso sobre la base de una demostración lógica y conveniente del resultado que nuestra ley exige”. Ministro Keen: “No sólo se deben contemplar los efectos inmediatos de una decisión y hacer caso omiso de las implicaciones de largo alcance que significa que el Poder Judicial adopte la potestad de crear excepciones a la ley” En cuanto a mi segunda postura, es una visión integral de las facultades que tienen los órganos políticos, como mencione líneas arriba desde mi concepción el órgano jurisdiccional no tiene puede invalidar la sentencia, no porque no quiera, si no que no tiene facultades materiales para hacerlo, que hayan sido colgados los condenados claro que se me hace una injusticia, pero por parte del ejecutivo que tenía facultades para indultar y no lo hizo, así como también se me haría un injusticia que después de dado el caso, no se hubiere legislado a favor de no volver a tener una situación similar.
Al respecto me quedo con la siguiente frase del ministro Handy, solo que reafirmo que no tenía facultades para que su postura se confirmara en el veredicto final:
Ministro Handy: “El caso es de interés público. Lo que revela no sólo lo que deberíamos hacer, sino lo que tenemos que hacer si deseamos preservar entre nosotros y la opinión pública una armonía decente y razonable”.