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MANUAL DERECHO EMPRESARIAL, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Empresarial y Laboral

MANUAL DERECHO EMPRESARIAL MANUAL DERECHO EMPRESARIAL MANUAL DERECHO EMPRESARIAL

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 22/10/2021

paul555jose
paul555jose 🇵🇪

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Derecho Empresarial
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ESCUELA DE GESTIÓN Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.

Curso Derecho Empresarial (1843) Formato Manual de curso Autor Institucional Cibertec Páginas 93 p. Elaborador Medina Sánchez, Robert Revisor de Contenidos Reyes Cáceres, Enrique Arturo

UNIDAD DE APRENDIZAJE 3: FORMAS ESPECIALES DE SOCIEDAD Y OTRAS FORMAS

  • Presentación Índice
  • Red de contenidos
    • 1.1 Tema 1 : Persona natural empresaria JURÍDICA EMPRESARIA
      • 1.1.1 : Elementos de la relación empresarial
      • 1.1.2 : Persona natural empresaria
      • 1.1.3 : Requisitos empresariales
      • 1.1.4 : Requisitos tributarios
      • 1.1.5 : Proceso de Inscripción en el RUC de SUNAT
      • 1.1.6 : Proceso para obtención de licencia municipal de funcionamiento
    • 1.2 Tema 2 : Persona jurídica empresaria (I)
      • 1.2.1 : Concepto
      • 1.2.2 : Proceso de búsqueda y reserva de nombre en Registros Públicos
      • 1.2.3 : Elaboración del acto constitutivo de minuta
      • 1.2.4 : Requisitos y opciones para la elaboración de minuta
      • 1.2.5 : Elaboración de escritura pública
    • 1.3 Tema 3 : Persona jurídica empresaria (II)
      • 1.3.1 : Proceso de inscripción en el registro
      • 1.3.2 : Inscripción en el registro de sociedades
      • 1.3.3 : Inscripción en el registro de la empresa individual
      • 1.3.4 : Proceso de inscripción en el registro público
      • 1.3.5 : Inscripción al RUC para personas jurídicas
      • 1.3.6 : Tipos de empresas y sus características
      • 1.4.1 Régimen General al Impuesto a la Renta
      • 1.4.2 Régimen Especial del Impuesto a la Renta
      • 1.4.3 Régimen Único Simplificado
      • 1.4.4 Régimen MYPE tributario
    • 2.1 Tema 5 : Sociedad UNIDAD DE APRENDIZAJE 2: SOCIEDAD Y ORGANIZACIÓN SOCIETARIA
      • 2.1.1 : Definición
      • 2.1.2 : Clasificación de las sociedades: comercial y civiles
      • 2.1.3 : Formas de constitución: simultánea y sucesiva
      • 2.1.4 : Personalidad Jurídica
        • 2.1.5 : Denominación o razón social ESCUELA DE GESTIÓN Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.
        • 2.1.6 : Objeto social
        • 2.1.7 : Capital social
        • 2.1.8 : Los socios
        • 2.1.9 : Acciones o participaciones
      • 2.1.10 : Reparto de utilidades
    • 2.2 Tema 6 : Órganos - 2.2.1 : Órganos de la sociedad - 2.2.2 : Junta general de accionistas o de socios - 2.2.3 : Atribuciones - 2.2.4 : Convocatoria a solicitud de accionistas - 2.2.5 : Junta universal - 2.2.6 : Quórum, simple y calificado
    • 2.3 Tema 7 : Acuerdos societarios - 2.3.1 : Mayorías para adoptar los acuerdos - 2.3.2 : Actas de junta general - 2.3.3 : Modificación del estatuto
    • 2.4 Tema 8 : El directorio y la gerencia - 2.4.1 : Administradores - 2.4. 2 : El directorio - 2.4. 3 : La gerencia
    • 3.1 Tema 9 : Sociedad Anónima Cerrada y Sociedad Anónima Abierta SOCIETARIAS - 3.1.1 : Características especiales - 3.1.2 : Semejanzas y diferencias
  • 3.2 Tema 10 : Otras formas empresariales - 3.2.1 : Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.L - 3.2.2 : Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada S.R.L. - 3.2.3 : Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada - 3.2.4 : Sociedad Colectiva - 3.2.5 : Sociedad en Comandita - 3.2.6 : Sucursales
  • 3.3 Tema 11 : Reorganización empresarial - 3.3.1 : Transformación - 3.3.2 : Fusión - 3.3.3 : Escisión
    • 3.4 Tema 12 : Disolución, liquidación y extinción de sociedades ESCUELA DE GESTION Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.
      • 3.4.1 : Disolución
      • 3.4.2 : Liquidación
      • 3.4.3 : Extinción
    • 4.1 Tema 13 : Sistema concursal UNIDAD DE APRENDIZAJE 4: EL SISTEMA CONCURSAL
      • 4.1.1 : Ley del sistema concursal
      • 4.1.2 : Procedimiento concursal
      • 4.1.3 : Liquidación concursal y liquidación societaria
    • 4.2 Tema 14 : Junta de acreedores
      • 4.2.1 : Concepto
      • 4.2.2 : Convocatoria, instalación y quórum
      • 4.2.3 : Autoridades: Facultades y obligaciones
      • 4.2.4 : Adopción de acuerdos e impugnaciones
      • 4.2.5 : Elección y funciones de las autoridades de la junta
    • 4.3 Tema 15 : Reestructuración patrimonial
      • 4.3.1 : Concepto
      • 4.3.2 : Inicio y régimen de administración
      • 4.3.3 : atribuciones de la junta de acreedores
      • 4.3.4 : Plan de reestructuración
    • 5.1 Tema 16 : Micro y pequeñas empresas (MYPE) UNIDAD DE APRENDIZAJE 5: LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS (MYPE)
      • 5.1.1 : Micro y pequeñas empresas (MYPE)
      • 5.1.2 : Registro de la micro y pequeñas empresas (REMYPE)
      • 5.1.3 : Régimen laboral
      • 5.1.4 : Beneficios tributarios
  • Bibliografía

ESCUELA DE GESTION Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.

Red de contenidos

Derecho Empresarial

Unidad 1 Persona natural y persona jurídica

empresaria

Unidad 2 Sociedad y organización societaria

Unidad 3

Formas especiales de sociedad y otras

formas societarias

Unidad 4 El Sistema concursal

Unidad 5 Micro y pequeñas empresas (MYPE)

ESCUELA DE GESTIÓN Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.

PERSONA NATURAL Y PERSONA JURÍDICA

EMPRESARIA

LOGRO DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE

Al finalizar la unidad, el alumno define los conceptos básicos de una empresa, qué es

una sociedad, sus características, su formalización y la importancia de las denominadas

reglas generales aplicables a todas las sociedades, según nuestra Ley General de

Sociedades vigente.

TEMARIO

1.1 Tema 1 : Persona natural empresaria 1.1.1 : Elementos de la relación empresarial 1.1.2 : Persona natural empresaria 1.1.3 : Requisitos empresariales 1.1.4 : Requisitos tributarios 1.1.5 : Proceso de Inscripción en el RUC de SUNAT 1.1.6 : Proceso para obtención de licencia municipal de funcionamiento

1.2 Tema 2 : Persona jurídica empresaria (I) 1.2.1 : Concepto 1.2.2 : Proceso de búsqueda y reserva de nombre en Registros Públicos 1.2.3 : Elaboración del acto constitutivo de minuta 1.2.4 : Requisitos y opciones para la elaboración de minuta 1.2.5 : Elaboración de escritura pública

1.3 Tema 3 : Persona jurídica empresaria (II) 1.3.1 : Proceso de Inscripción en el registro 1.3.2 : Inscripción en el registro de sociedades 1.3.3 : Inscripción en el registro de la empresa individual 1.3.4 : Proceso de inscripción en el registro público 1.3.5 : Inscripción al RUC para personas jurídicas 1.3.6 : Tipos de empresas y sus características

UNIDAD

ESCUELA DE GESTIÓN Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.

1.1 PERSONA NATURAL EMPRESARIA

1.1.1 Elementos de la relación empresarial

Empresario El empresario es quien se encarga de dirigir, controlar y supervisar todas las acciones que se llevan a cabo en la empresa. Esta persona identifica la oportunidad en el mercado, aporta el capital y se encarga de organizar la producción: asigna tareas, selecciona procesos y elige a las personas que trabajarán con él. Puede ser una persona natural o persona jurídica, quienes para que sean empresarias, deben cumplir con requisitos establecidos en las normas jurídicas.

Empresa Una empresa es un sistema que con su entorno materializa una idea, de forma planificada, dando satisfacción a demandas y deseos de clientes, a través de una actividad comercial. Requiere de una razón de ser, una misión, una estrategia, objetivos, tácticas y políticas de actuación. Se necesita de una visión previa, y de una formulación y desarrollo estratégico de la empresa.

LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Es el conjunto de operaciones que lleva a cabo un empresario, directamente o a través de sus representantes, para explotar un fondo empresarial, sea para:

  • Extraer, producir y/o intermediar bienes
  • Producir y/o intermediar servicios
  • Extraer, producir y/o intermediar bienes y/o servicios

1.1.2 Persona natural empresaria

Es quien establece una empresa, con la que realiza actividades empresariales, para producir bienes y/ o servicios; con los cuales interviene en el mercado, donde compite con otros empresarios y se relaciona con clientes.

La persona natural para ser empresaria debe cumplir con requisitos: empresariales y tributarios.

1.1.3 Requisitos empresariales

Requisitos Contenido del requisito

Capacidad

Legal 18 años y conciencia de sus actos

Financiera Dinero destinado a la inversión.

Establece empresa

Crea una organización en la que gestiona los recursos materiales y humanos que conforman una empresa Fija domicilio Debe establecerse en una dirección domiciliaria exacta. Consecuencias tributarias: a) establece su domicilio fiscal ante SUNAT y b) permite obtener la licencia de funcionamiento ante la Municipalidad. Actividades empresariales

Debe realizarlas en forma permanente, eso se demuestra con los comprobantes de pago y documentos complementarios, que emita por las operaciones de compra o de venta que realice.

ESCUELA DE GESTION Y NEGOCIOS IES CIBERTEC S.A.C.

Competencia Debe ingresar al mercado para competir con otros empresarios, ofreciendo los bienes y servicios que produce. Inscripción Es opcional en el registro público. Como consecuencia de la inscripción, queda registrada la persona natural empresaria, aunque todavía con el nombre de “comerciante”.

1.1.4 Requisitos tributarios

Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT

Consecuencias de la inscripción:

  • Obtención del número de inscripción
  • Acogimiento a un régimen tributario
  • Obtención de licencia de funcionamiento en la Municipalidad.

TRÁMITES QUE DEBE REALIZAR

Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes en SUNAT

Consecuencias

Obtención del número de inscripción

Conformación del número de inscripción

Cifra inicial

N° D.N.I.

Último dígito

10 06798525 4

Acogimiento a un régimen tributario

Régimen General del impuesto a la Renta

Régimen Especial del Impuesto a la Renta

Régimen Único Simplificado

Obtención de Licencia de Funcionamiento

Requisitos

Certificado de Compatibilidad de uso

Certificado de Inspección de Defensa Civil

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Inscripción en el registro único de contribuyentes – RUC persona natural: requisitos

  • Documento Nacional de Identidad vigente original y copia
  • Recibo de servicios: luz, agua, teléfono fijo, cable (antigüedad no mayor a 02 meses original y copia)

Dicho trámite podrá ser efectuado por una persona autorizada, la cual, a los documentos señalados, deberá adicionalmente a los requisitos antes indicados:

  1. Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad
  2. Presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de

la SUNAT que le faculte a realizar el trámite de inscripción en el RUC

  1. Presentar los siguientes formularios correctamente llenados y firmados por el titular o

representante legal:

  1. Formulario N° 2119 "Solicitud de inscripción o comunicación de afectación de tributos"
  2. Formulario N° 2046 "Establecimientos anexos" (solo en el caso de contar con establecimiento

anexo).

  1. Formulario N° 2054 “Representantes Legales, Directores, Miembros del Consejo”

En el siguiente link encontrarás los requisitos adicionales para la Inscripción al RUC según tipo de contribuyente a inscribir.

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/470485/REQUISITOS_ADICIONALES_PARA_L A_INSCRIPCI%C3%93N_AL_RUC.pdf

Inscripción en el RUC a través de SUNAT virtual

Podrán inscribirse en el RUC a través de la Vía Web de la SUNAT, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea, y sin clave Sol ubicar la opción Inscripción al RUC – Personas Naturales e ingresar la siguiente información:

  • Número de Documento de Identidad
  • Fecha de Nacimiento
  • Fecha de inicio de actividades
  • Datos del Domicilio Fiscal
  • Condición del Domicilio Fiscal
  • Nombre Comercial
  • Actividad Económica principal
  • Código de Profesión y oficio
  • Correo Electrónico
  • Sistema de Contabilidad
  • Sistema de comprobantes de Pago
  • Actividad de Comercio Exterior
  • Teléfono Fijo
  • Teléfono Móvil
  • Alta de Tributos

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Una vez registrada la información de su inscripción en el RUC, deberá imprimir la constancia del trámite realizado. Luego de ello, deberá acercarse a la Intendencia u Oficina Zonal o a los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT que correspondan al domicilio fiscal informado en la Inscripción en el RUC - Personas Naturales a fin de exhibir el original y presentar fotocopia del documento utilizado para consignar la información referida a “Datos del domicilio fiscal”; así como obtener el código de usuario y la clave de acceso a SUNAT Operaciones en Línea.

1.1.6 Proceso para obtención de licencia municipal de funcionamiento

El hecho de que la persona natural funcione en un determinado establecimiento implica gestionar las autorizaciones respectivas a fin de evitar multas y/o el cierre de este. Se debe solicitar la licencia de funcionamiento ante la municipalidad correspondiente.

Esta autorización permitirá el desarrollo de actividades económicas, a la vez que respeto el derecho a la tranquilidad y seguridad de los vecinos, y su obtención se encuentra regulada en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, Ley 28976.

Es importante obtener la licencia de funcionamiento, por los motivos siguientes:

  1. Solo permitirá la realización de actividades económicas, legalmente permitidas, conforme a la planificación urbana y bajo condiciones de seguridad.
  2. Permite acreditar la formalidad del negocio, ante entidades públicas y privadas, favoreciendo su acceso al mercado.
  3. Garantiza el libre desarrollo de la actividad económica autorizada por la municipalidad.

Licencia municipal de funcionamiento

Es la autorización que otorga la municipalidad para el desarrollo de actividades económicas (comerciales, industriales o de prestación de servicios profesionales) en su jurisdicción, ya sea como persona natural o jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeros.

Esta autorización previa, para funcionar u operar, constituye uno de los mecanismos de equilibrio entre el derecho que tengo a ejercer una actividad comercial privada y convivir adecuadamente con mi comunidad.

La Persona natural, antes de iniciar sus actividades en determinada jurisdicción, debe obtener un permiso municipal para el local donde realice sus operaciones. La municipalidad es la autoridad competente para otorgar la autorización de la apertura de los establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales.

En las municipalidades distritales, existen tres tipos de licencia:

a) Licencia provisional es una medida de promoción a favor de las PYMES establecida en la Ley de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa.

Requisitos que debe presentar el interesado para obtener este permiso:

  • Certificado de zonificación
  • Certificado de compatibilidad de uso
  • Copia del RUC
  • Documento que acredite la conducción del local, como el contrato de alquiler vigente
  • Pago por derecho de trámite

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  • DNI o carné de extranjería del representante legal en caso se actúe mediante representación
  1. Vigencia de poder del representante legal, o carta poder con firma legalizada.
  2. Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de

Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda.

  1. Adicionalmente, de ser el caso, serán exigibles:
    • Copia simple de título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud
    • Informar sobre el número de estacionamientos de acuerdo con la normativa vigente, en la declaración jurada
    • Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que, conforme a ley, la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

Verificados los requisitos señalados, se procederá al pago de la tasa respectiva fijada por cada municipalidad.

Respecto a las Condiciones de Seguridad:

Para la entrega de las licencias de funcionamiento, se requiere de las siguientes condiciones de seguridad en Defensa Civil:

  1. Establecimientos que requieren Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica, Ex- Post al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, realizada por la municipalidad. Aplicable para establecimientos:
    • Con un área de hasta cien metros cuadrados (100 m2)
    • Capacidad de almacenamiento no mayor del treinta por ciento (30%) del área total del local.

Para estos casos, será necesaria la presentación de una Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, debiendo realizarse la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica por la municipalidad, con posterioridad al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de manera aleatoria, de acuerdo con los recursos disponibles, y priorizando los establecimientos que representen un mayor riesgo de seguridad.

Asimismo, en el 2020 se digitalizará el otorgamiento de las licencias de funcionamiento en la mayoría de las municipalidades de Lima Metropolitana y se iniciaría un proceso similar en los gobiernos locales de las principales ciudades del país, ello conforme a la Ley de Gobierno Digital aprobada en septiembre del 2018.

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Resumen

  1. El empresario es quien se encarga de dirigir, controlar y supervisar todas las acciones que se llevan a cabo en la empresa.
  2. Una empresa es un sistema que con su entorno materializa una idea, de forma planificada, dando satisfacción a demandas y deseos de clientes, a través de una actividad comercial.
  3. Las actividades empresariales son el conjunto de operaciones que lleva a cabo un empresario, directamente o a través de sus representantes, para explotar un fondo empresarial

Recursos

Pueden revisar los siguientes enlaces para ampliar los conceptos vistos en esta unidad:

 https://www.youtube.com/watch?v=aVM8LOIutGk  https://www.youtube.com/watch?v=ZXItr3i_GKc

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Oficina Registral alguna. Gracias a ella, encontramos, entonces, en la página web de la SUNARP (www.sunarp.gob.pe), un formulario de Solicitud de Reserva en el que se podrá consignar hasta CINCO denominaciones completas o abreviadas o razones sociales, las que serán excluyentes en función al orden consignado, es decir, concedida una, las demás serán descartadas. (Prácticamente, se tiene cinco opciones diferentes descartadas una a una por un único costo y en un sólo tramite).

Además, esta solicitud tiene ámbito nacional, una vez ingresada a través de la página web de la SUNARP, previo pago de la tasa registral. Se genera un código de transacción que posteriormente da lugar al asiento de presentación, el mismo que debe ser atendido también en un plazo de 24 horas.

Expedición de documento de reserva

Pero debemos tener presente que esta reserva tiene un plazo de 30 días calendarios, contados desde el día siguiente de su concesión. Convendrá, entonces, realizar los actos previos a la inscripción con la debida celeridad.

Proceso de constitución en notaría pública

1.2.4 Requisitos y opciones para la elaboración de minuta

Es el documento privado, elaborado y firmado por un abogado, que contiene el acto o contrato (constitución de la sociedad) que se debe presentar ante un notario para elabore la escritura pública. Es un documento donde los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituirla, y en donde señalan todos los acuerdos respectivos.

La minuta contiene del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a esta. Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza, quien podrá cobrar entre S/ 200 y S/ 300 por su servicio.

PARA LA ELABORACIÓN DE LA MINUTA SE NECESITA CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES

REQUISITOS:

PRIMER REQUISITO

La reserva del nombre en Registros Públicos es uno de los primeros trámites que debe hacerse para constituir la sociedad, además de adoptar la modalidad o sociedad empresarial que me conviene (Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, o Sociedad Anónima Cerrada).

Reservar el nombre permite comprobar que no existen otras empresas con un nombre similar inscritas en el registro e impide la inscripción de cualquier otra empresa cuando hay identidad o similitud con otros nombres, denominación o razón social ingresados con anterioridad a los índices del Registro de Personas Jurídicas.

SEGUNDO REQUISITO

Presentación de los documentos personales Se acompaña copia simple del DNI vigente del titular o de los socios. Las personas casadas adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge.

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En el caso de titular/socio extranjero, deberá acompañar copia del carné de extranjería o visa de negocio.

TERCER REQUISITO

El o los documentos que acrediten el cumplimiento total o parcial del aporte de los socios

1.2.5 Elaboración de escritura pública

La escritura pública, es un documento notarial, en el que consta todos los datos necesarios que identifican a los socios, el capital social y todo lo relacionado con la sociedad, y que es autorizado por el notario. Sirve para darle formalidad a la minuta y, posteriormente, presentarla en Registros Públicos para su inscripción.

Si ya tengo lista la MINUTA de constitución de la sociedad, puede tramitar la elaboración de su ESCRITURA PÚBLICA ante un notario y, a continuación, presentarla ante las oficinas registrales de la SUNARP para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.

Para ello, se debe presentar lo siguiente ante la notaría:

A) Fotocopia de DNI

B) Solicitud de reserva de nombre o razón social de la empresa, emitida por la oficina de

SUNARP, para verificar la no existencia de otra empresa con la misma razón social.

C) Minuta de constitución de la sociedad

D) Constancia o comprobante de depósito del capital social aportado en una cuenta bancaria a

nombre de la sociedad

E) Informe de Valorización y declaración jurada de recepción de bienes

F) Pago de los derechos notariales:

  • Si el trámite se realiza de manera particular, el monto a pagar será la tarifa establecida por el notario. El precio por la elaboración de la Escritura pública asciende, aproximadamente, a S/ 300.00.
  • Si este trámite se realiza a través del Programa Mi Empresa-ID Empresarial del MTPE, podría acceder a una tarifa social reducida debido al convenio suscrito con el Colegio de Notarios.

Una vez formalizada la minuta, esta no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura Pública, que es el documento que da fe de la constitución de una sociedad.