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materail de estudio de derecho petrolero
Tipo: Apuntes
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¡No te pierdas las partes importantes!





























































































Presentado por: Diaz Jurado Kibesia Angela Giraldo Centeno Raisa Flor Asesor: Dr. Ericson Delgado Otazu Línea de investigación: Análisis de Instituciones del Derecho Civil Cusco – Perú
Cumpliendo con el Reglamento Marco de Grados y Títulos de la Universidad Andina del Cusco, y al Reglamento Específico de Grados y Títulos de la Escuela Profesional de Derecho, ponemos a su disposición la presente tesis titulada: “ABORDAJE JURIDICO DE LA DETERMINACION DEL CANON Y SOBRECANON PETROLERO EN EL MARCO DE LOS CONTRATOS DE LICENCIA” con el objeto de optar al Título Profesional de Abogado. Teniendo la siguiente estructura: en las páginas preliminares se encuentran la presentación, agradecimientos, dedicatoria y resumen/abstract, palabras claves; en el capítulo I se tiene la introducción, respecto al planteamiento del problema, formulación, objetivos y justificación; en el capítulo II se encuentra el marco teórico; en el capítulo III se describe el método de investigación; en el capítulo IV se presentan los resultados de la investigación, en el que se plantean la modificación de la Ley del Canon N° 27506 con un proyecto de ley como solución a dicha problemática; y, finalmente, se señalan las conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos pertinentes. Agradecemos de antemano el tiempo invertido en la revisión y evaluación de la presente tesis. Atentamente. Kibesia Angela Diaz Jurado Raisa Flor Giraldo Centeno
A mi abuelita Flora Zarabia Franco, que me enseñó a amar la vida, vivir cada día con agradecimiento y enfrentar los problemas con dignidad, el tiempo que estuvimos juntas nunca será suficiente. A mi abuelito Humberto Centeno Marcotti, que me enseño a ser fuerte y valiente. A mi abuelita Máxima Bendezú, una empresaria adelantada a su época que me inspira a vivir libremente como si fuera un regalo de la vida; espero que estas líneas te devuelvan un poco del brillo que la época te arrebato. RAISA FLOR GIRALDO CENTENO Dedico esta tesis a mis hijos Rafael y Rodrigo, quienes siempre fueron y son mi motivo para seguir luchando en la vida y gracias a ellos puede cumplir varios retos propuestos. A mis amigas de la carrera de derecho, que con amor y paciencia pude sentir el apoyo en todo momento. A mi madre que, aunque no está viva, siempre me acompaña desde el cielo. A mi persona, por ser siempre una luchadora, seguir mis sueños y retos. A mi perrita Kusy, quien me acompaño muchas noches de desvelo. ANGELA DIAZ JURADO
PERUPETRO S.A., contrata con un privado denominado contratista, para que este (contratista) se encargue de realizar las labores de exploración y explotación, siendo PERUPETRO S.A., el encargado de comercializar los Hidrocarburos y recibiendo ingresos por dichas ventas. 2) Contrato de Licencia, PERUPETRO S.A. le otorga la licencia a un privado denominado contratista para que éste realice las actividades de exploración y explotación, ejerciendo el contratista un derecho de propiedad sobre los hidrocarburos explotados por lo que se encuentra en la capacidad de realizar la comercialización de los hidrocarburos, por ende PERUPETRO S.A. ya no recibe ingresos por ventas, si no regalías. Es en este punto que se manifiesta la mayor problemática que enfrenta PERUPETRO S.A. al realizar la determinación del canon y sobrecanon petrolero: la fórmula de determinación establecida ha quedado desfasada y es que PERUPETRO S.A. ya no solo recibe ingresos por ventas, sino en este tipo de contrato recibe regalías. PALABRAS CLAVE Canon petrolero, determinación del canon y sobrecanon petrolero, canon gasífero, contratos de PERUPETRO S.A., contratos de licencia, contrato de servicio, regalías petroleras .
The oil canon is a percentage of the income received by the producing area for the exploitation of the resource in their territory. The regulations have developed the parameters to benefit the producing areas, so that, in article 77 of the Political Constitution of Peru, respect to the canon, it has been indicated that each producing area will be benefited by law, having the right to receive an adequate percentage of the total of the income and rents obtained by the state, for the exploitation of the natural resources of each area, as Canon. The regional regulation of the Canon began in the year 1976 with the department of Loreto, through the law No. 21678, which assigns 10% of the value of oil production, which will be calculated from the weighted average price of sales, deducting costs both in the domestic and foreign markets. In 1981, the Ucayali over-canon was regulated, assigning it 2.5% of the value of oil production in the Jungle. In the same sense, the canon and over-canon of other producing districts have been regulated under different legal devices: the canon of Piura and Tumbes in 1983, the canon of Puerto Inca (Huánuco) in 1989 and the canon of Ucayali in 1998. Likewise, the Piura over-canon was regulated in 1984, and the Loreto over-canon in 1998, maintaining the parameters established by the Ucayali over-canon. The creation of the concept of over-canon, was constructed in disagreement with the constitutional concept of canon, because the over-canon of Ucayali provides that it breaks the direct relationship that should exist between the beneficiary area (Ucayali) and the producing area (Loreto), this is repeated in the case of the over-canon of Piura and Tumbes. PERUPETRO S.A. is the company in charge of signing the two contractual modalities with the contractors. 1) Service contract, in which PERUPETRO S.A., contracts with a private called contractor, this (contractor) is then in charge of carrying out the exploration and
1.1 Descripción De La Situación Problemática. La naturaleza compleja del canon y sobrecanon petrolero en el Perú demanda que su estudio deba realizarse a partir de múltiples perspectivas especializadas, cada una con su aporte correspondiente, en lo jurídico, político, técnico, económico y social. En esta oportunidad nos enfocaremos en los aspectos estrictamente jurídicos. En tal sentido, el análisis del canon y sobrecanon petrolero en el Perú requiere que partamos de su concepto constitucional. El artículo 77 de nuestra carta magna señala: “(…) Corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de CANON” (Congreso Constituyente Democrático, 1993). De la interpretación de este artículo podemos señalar que el orden constitucional determina como beneficiarios del canon a las circunscripciones productoras. Como podemos apreciar, la normativa constitucional ha fijado parámetros genéricos sobre el canon, siendo las normas de inferior rango las que lo regulan de forma específica detallando su contenido. Para analizar estas normas es necesario señalar que el canon tiene los siguientes elementos esenciales, siendo estos: 1) La determinación (este elemento hace referencia al cálculo del monto dinerario que se debe asignar a la circunscripción beneficiaria, 2) La distribución (hace referencia a la asignación porcentual del monto total del canon a las circunscripciones beneficiarias señaladas por ley), 3) La ejecución (hace referencia al gasto o utilización de los recursos del canon en las circunscripciones productoras).
La regulación de Canon Petrolero inicia en el año 1976, con el Decreto Ley N° 21678, el cual regula el canon de la región de Loreto, asignándole el 10% respecto del valor de la producción de petróleo en la región. De acuerdo al Decreto ley N° 21678 el Valor de Producción será calculado a partir del Precio Promedio Ponderado de las Ventas, del cual se deducirán los costos, tanto del mercado interno (transporte, refinamiento, distribución) como del mercado externo (derechos de exportación y otros gastos). En este punto es importante señalar que durante el desarrollo de este trabajo podremos ver que la normativa es vaga y ambigua al desarrollar los conceptos ya señalados líneas arriba. En 1981, producto de la coyuntura regional se crea el sobrecanon de Ucayali, mediante Ley N° 23350. El concepto de sobrecanon se construye discrepando del concepto constitucional de canon que hemos venido desarrollando, y es que la normativa le asigna un 2.5% de la producción de petróleo en la selva (Loreto y Ucayali) al departamento de Ucayali. El sobrecanon permite que Ucayali se beneficie de la producción de Loreto, lo cual desborda los parámetros constitucionales en la medida que, un departamento se beneficia bajo el concepto de sobrecanon de la producción de otro departamento, En cuanto a la determinación de sobrecanon de Ucayali, este coincide con los criterios utilizados para la determinación del canon de Loreto, el valor de producción se calcula en base al precio promedio ponderado de ventas, del cual se deducen los costos (transporte, refinamiento, distribución, derechos de exportación y otros gastos financieros). Años más tarde, la normativa con la finalidad de equiparar los montos de asignación de canon y sobrecanon para los departamentos de Loreto y Ucayali, mediante Decreto de Urgencia N° 027-98 se crea el canon de Ucayali (10% de valor de producción de petróleo y gas en Ucayali) y el sobrecanon de Loreto (2.5% del valor de producción de petróleo y gas
beneficiada) es beneficiada por la producción de petróleo y gas de Tumbes (región productora), ya que se entiende a Piura y Tumbes como un bloque productor. La normativa introduce el concepto de Renta para determinar el canon de las regiones de Piura y Tumbes. Este concepto de “renta” se aplica de igual forma que el concepto valor de producción. Su cálculo se da a partir del precio promedio ponderado de ventas, respecto del cual, se deducirán los costos: 1) mercado interno (transporte, refinamiento, distribución), y
La problemática que en la actualidad afronta PERUPETRO S.A., para determinar el canon está relacionada a los esquemas de contratos vigentes. En este análisis debemos señalar que existen dos escenarios:1) El primero se da antes de las modificatorias de 1993, PETROPERU S.A. ejercía un derecho de propiedad sobre los hidrocarburos explotados y estos eran vendidos directamente por PETROPERU S.A.. Es decir, PETROPERU S.A. recibía ingresos directos por ventas, y estos encajaban en la normativa vigente, al recibir ingresos por ventas se podía calcular un precio promedio ponderado sobre estas ventas y de esta forma seguir el esquema que la normativa señala. Con este tipo de contratos PETROPERU S.A. podía cumplir de forma eficiente con los parámetros vigentes desde 1976.
discrepando de la realidad y los tipos de contratos que celebra PERUPETRO S.A. Las modificaciones que han buscado superar este desfase, han sido insuficientes. 3) Incongruencias, el amplio radio de normativas vigentes han desencadenado que exista incongruencias que no permiten la aplicación eficiente de la norma. En la actualidad esta problemática ya ha causado un desbalance económico en PERUPETRO S.A. como la incorrecta asignación de participaciones por concepto de canon; por lo que resulta urgente determinar cómo podemos superar estas inconsistencias normativas en la determinación del Canon petrolero en el Perú, a fin de evitar una crisis económica, legal y política en el futuro. Relevancia social A nivel social, este tema resulta relevante al ser la sociedad en su conjunto quien ejerce dominio sobre los recursos naturales, ya que, de acuerdo al artículo 66 de la constitución: “Los recursos naturales, (…) son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento” (Congreso Constituyente Democrático, 1993) Siendo así resulta importante una correcta distribución de participaciones que permita el desarrollo de las regiones productoras. Los ingresos percibidos por las circunscripciones productoras por concepto de canon y sobrecanon, representa un alto porcentaje del financiamiento de proyectos e iniciativas que logren el desarrollo de la región, es así que incluso la legislación en cuanto a la ejecución del canon petrolero, es especifica al señalar que se debe buscar el desarrollo sostenible de la región beneficiaria, siendo así resulta de gran relevancia que exista un marco normativo que garantice la correcta determinación del canon petrolero. Implicancias Prácticas