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Una introducción al control de calidad en la construcción, incluyendo el concepto básico de calidad, el papel del cte (código técnico de la edificación) y las iniciativas voluntarias de certificación de calidad. Se mencionan varios sellos y marcas de calidad, como ince, aenor, cietan, cietsid, qualanod, aitim, ewwa/euras, q-lgai, certificados de conformidad aenor, cc-ehe, dit, dite y dau, y el certificado de garantía del fabricante. Se explica que el marcado ce es una marca europea de conformidad para ciertos productos industriales y servicios.
Tipo: Monografías, Ensayos
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Mª José Granizo Díaz [email protected]
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1. INTRODUCCIÓN. Concepto de Calidad.
Según el diccionario de la lengua española, Real Academia Española.
Conjunto de características de una cosa que le permiten compararse con otra ( RAE). 2
Facultad de un conjunto de características inherentes de un producto, sistema, o proceso para cumplir los requisitos de los clientes y de otras partes interesadas ( norma ISO 9000:2000).
Conjunto de propiedades y características de un producto o servicio que le confieren su aptitud para satisfacer unas necesidades expresadas o implícitas”. (UNE 66‐ 001 ‐92)
Tanto las necesidades como la valoración acerca del grado con que éstas se ven cumplidas están ligadas al cliente o usuario. El cliente puede ser externo o interno a la empresa. Así, la calidad se definirá a través de las especificaciones que definen el producto o servicio que queremos prestar. Estas especificaciones son consecuencia de las necesidades, ya sean éstas explícitas o implícitas.
1. INTRODUCCIÓN. Concepto de Calidad.
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Conjunto de prestaciones del bien construido que son necesarias para satisfacer las necesidades del usuario. Las prestaciones se describen por medio de requisitos. (García Meseguer, A.(2001): Fundamentos de calidad en construcción. Sevilla, Fundación Aparejadores, COAAT de Sevilla).
Conjunto de prestaciones del edificio que son necesarias para satisfacer las necesidades del usuario durante su vida útil prevista (Parras, J (2007): Manual de Bases para la gestión de la calidad en la dirección de la ejecución de la obra. COAAT de Madrid).
PRESTACIONES
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CALIDAD LEGAL / CALIDAD DISTINTIVA CALIDAD : Grado de conformidad con los requisitos especificados.
LEGAL: Requisitos reglamentarios. DISTINTIVA: Requisitos voluntarios.
LEGAL VOLUNTARIA
Certificados de conformidad
Distintivos de calidad
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¿Cómo se garantiza la Calidad?
Definiendo y/o prescribiendo un conjunto de medidas orientadas a conseguir la calidad y, en particular, a evitar o detectar errores en todas las fases del proceso constructivo.
En este sentido amplio, la expresión se identifica con gestión de calidad, que se define como: Aspecto de la función general de la gestión que determina y aplica la política de la calidad.
En sentido más estricto, garantía de calidad alude a la demostración documentada de que se han efectuado los pertinentes controles de calidad.
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Se garantiza con Técnicas operacionales y actividades empleadas para el seguimiento de la calidad y comprobar que ha sido efectivamente alcanzada.
Se garantiza con Técnicas y actividades de carácter operativo utilizadas para satisfacer los requisitos relativos a la calidad.
El control de la calidad es el método mediante el cual podemos medir la calidad real, compararla con las normas y actuar sobre la diferencia.
... la demostración documentada de que se han efectuado los pertinentes controles de calidad.
La calidad en construcción requiere cinco acciones:
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Tradicionalmente en construcción la calidad se ha asociado exclusivamente con la vigilancia en obra y la realización de algunos ensayos.
En el sector industrial el concepto de calidad total abarca todas las actividades del proceso (desde el diseño del producto hasta la comercialización y servicio post‐ venta).
Calidad Total (Total Quality Management, TQM): Es una modalidad de la gestión de la calidad cuyo objetivo consiste en obtener un elevado y permanente nivel de competitividad de la empresa sobre la base de adquirir un compromiso total de la gerencia y de todos los demás empleados en la obtención de una total satisfacción del cliente mediante una mejora continuada de la calidad.
Es decir, se trata de establecer una estrategia centrada en satisfacer las necesidades y expectativas de los clientes, mediante la creación de una cultura de la calidad en todo el personal de la empresa que debe ser liderada por la dirección.
La construcción presenta una mayor complejidad respecto a otros procesos productivos para llevar a cabo el control de calidad. ¿POR QUÉ?
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CONTROL DE CALIDAD
CONTROL DE PRODUCCIÓN
CONTROL RECEPCIÓN
Proyecto Proyectista Promotor
Producción: prod. industriales
Producción: prod. fabr. en obra
Entrega
Fabricante Suminist.Const
Constructor D.O. + D.E.O.
Promotor Usuario
Inspección al 100% Inspección por muestreo estadístico Inspección por muestreo “ad hoc”
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La Ley de Ordenación de la Edificación La LOE, en su exposición de motivos dice que se redacta dicha ley, con el objetivo de “regular el proceso de la edificación actualizando y completando la configuración legal de los agentes que intervienen en el mismo, fijando sus obligaciones para así establecer las responsabilidades y cubrir las garantías de los usuarios, en base a una definición de los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios” En su artículo 3, la LOE establece los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios, abarcando los aspectos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad. En su artículo 3, dice: “El Código Técnico de la Edificación es el marco normativo que establece las exigencias básicas de la calidad de los edificios y de sus instalaciones, de tal forma que permite el cumplimiento de los requisitos básicos. Las normas básicas de la edificación y las demás reglamentaciones técnicas de obligado cumplimiento constituyen, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, la reglamentación técnica hasta que se apruebe el Código Técnico de la Edificación ”.
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El D.E.O. asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de CONTROLAR , cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
Planificar la actuación. Ejecutar lo planificado. Controlar lo ejecutado. Tomar decisiones (elegir y orientar). Documentar todo el proceso.
COSTE PLAZO CALIDAD
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El director de la ejecución de la obra, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
‐ El control de calidad de las obras será realizado por el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes:
a) control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras.
b) control de ejecución de la obra
c) control de la obra terminada.
DIRECCIÓN Y CONTROL
COSTE
PLAZO
CALIDAD
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El director de la ejecución de la obra, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
‐ Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
Son obligaciones del DEO:
‐ Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra. ‐ Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas. ‐ Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. ‐ Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
Durante la construcción de la obra se elaborará la documentación reglamentariamente exigible. En ella se incluirá, la documentación del control de calidad realizado a lo largo de la obra (Anejo II de la Parte I del CTE). ‐ El control de calidad de las obras será realizado por el DO y DEO, según sus respectivas competencias, e incluirán el control de recepción en obra de los productos, los controles de ejecución de la obra, y de la obra terminada. ‐ El DEO recopilará la documentación del control realizado , verificando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones. ‐ Una vez finalizada la obra, la documentación del control será depositada en el Colegio Profesional correspondiente. ‐ En el CFO se incluirá la relación de los controles realizados y sus resultados.
COSTE PLAZO CALIDAD
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Niveles de Garantía En el caso de productos que deban estar en posesión del marcado CE, de acuerdo con la Directiva 89/106/CEE, el nivel de garantía reglamentariamente exigible es el asociado al citado marcado CE, especificado en las correspondientes normas europeas armonizadas y que permite su libre comercialización en el Espacio Económico Europeo.
Adicionalmente, y de forma voluntaria, el Fabricante de cualquier producto, el Responsable de cualquier proceso o el Constructor puede optar por la posesión de un distintivo de calidad que avale un nivel de garantía superior al mínimo establecido. En el caso de productos con marcado CE, dichos distintivos de calidad deberán aportar valores añadidos respecto a características no amparadas por el citado marcado.
Al tratarse de iniciativas voluntarias, los distintivos de calidad pueden presentar diferentes criterios para su concesión en los correspondientes procedimientos particulares.
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Bases Técnicas para el reconocimiento oficial de los distintivos La Administración, guardando la necesaria confidencialidad, podrá intervenir en todas aquellas actividades que considere relevantes para el reconocimiento del distintivo.
La Administración competente que lleve a cabo el reconocimiento oficial de un distintivo de calidad de producto o proceso, a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos, podrá exigir que representantes, por ella designados, participen en los comités definidos en el organismo certificador para la toma de decisiones en materia de certificación.
La Administración competente tendrá acceso a toda la documentación relacionada con el distintivo, garantizando los compromisos de confidencialidad debida.
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Requisitos de carácter general de los distintivos
Para su reconocimiento oficial, el distintivo deberá:
Ser de carácter voluntario y otorgado por un organismo certificador que cumpla los requisitos normativos.
Ser conformes con la normativa de aplicación e incluir en su reglamento regulador la declaración explícita de dicha conformidad.
Garantizar la independencia e imparcialidad en su concesión para lo cual, entre otras medidas, no permitirá la participación en las decisiones relativas a cada expediente de personas que desarrollen actividades de asesoría o consultoría relacionadas con el mismo.
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Requisitos de carácter general de los distintivos
Otorgarse sobre la base de un reglamento regulador que defina sus garantías particulares, su procedimiento de concesión, su régimen de funcionamiento, sus requisitos técnicos y las reglas para la toma de decisiones relativas al mismo. Dicho reglamento deberá estar a disposición pública, estar definido en términos claros y precisos y aportar una información exenta de ambigüedades tanto para el cliente del certificador como para el resto de las partes interesadas. Asimismo, dicho reglamento contemplará procedimientos específicos tanto para el caso de instalaciones ajenas a la obra como para instalaciones que pertenezcan a la misma o para procesos que se realicen en la obra.
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Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial
Organismo de normalización (AENOR)
Entidad de acreditación (ENAC)
Entidades de certificación
Laboratorios de ensayo
Laboratorios de calibración industrial
Entidades auditoras y de inspección
Organismos de Control
Verificadores Medioambientales
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¾ Sello INCE ¾ Sello QUALICOAT ¾ Sello CIETAN Y CIETAN‐CV ¾ Sello AITIM ¾ Marca AENOR ¾ Marca CV, CALIDAD VERIFICADA ¾ Marca de calidad EWWA/EURAS ¾ Marca Q‐LGAI ¾ CERTIFICADO DE CONFORMIDAD AENOR ¾ CERTIFICACIÓN CC‐EHE ¾ Documento de idoneidad técnica DIT ¾ Documento de idoneidad técnica DITE ¾ Documento de adecuación al uso DAU ¾ Certificado de GARANTIA DEL FABRICANTE ¾ Autorización de uso
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¾ El marcado CE
Es de aplicación obligatoria para aquellos productos recogidos en alguna de las veinte llamadas Directivas Europeas. En el caso de los productos de construcción la directiva europea que inicialmente regulaba su libre circulación era la 89/106/CEE, según disposiciones del RD 1630/1992, si bien la directiva actual es la 93/G8/CEE, según modificación de las disposiciones del RD 1328/1995.
Certificado de GARANTIA DEL FABRICANTE
El marcado CE
Es una marca de conformidad a una norma europea para ciertos grupos de servicios o productos industriales, que garantiza la libre circulación del producto que lo ostenta por todos los países de la Unión Europea. Este certificado garantiza el cumplimiento de unos requisitos mínimos legales y técnicos en materia de seguridad de los estados miembros de la Unión Europea, pero no su calidad.
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Certificado de GARANTIA DEL FABRICANTE
El marcado CE
A pesar de existir una llamada a su cumplimiento a través de los nuevos documentos normativos de la edificación, como es el caso del Código Técnico, podemos observar que su existencia y obligatoriedad es anterior. Existe un periodo de coexistencia entre la entrada en vigor del marcado CE y las Comunicaciones de la Comisión que regula las referencias a normas UNE de transposición para su aplicación nacional. Además, según se van cumpliendo los periodos de coexistencia de cada producto de construcción, nos iremos encontrando con derogaciones de las disposiciones relacionadas con los mismos, a nivel nacional, que no sean conformes a las condiciones impuestas por la nueva reglamentación, como es el caso del Real Decreto 683/2003, por el que se derogan diferentes disposiciones en materia de normalización y homologación de productos industriales de construcción. Regularmente se van aprobando nuevos productos para la construcción, por lo que la actualización de las bases de datos de productos que deben poseer el marcado, es continua.
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a) Resistencia mecánica y estabilidad.
‐ Aquellos productos de construcción que tengan incidencia sobre los requisitos esenciales (Anexo I del RD 1630/1992) de los edificios y las obras de ingeniería civil, que son:
b) Seguridad en caso de incendio.
d) Seguridad de utilización.
c) Higiene, salud y medio ambiente.
e) Protección contra el ruido. f) Ahorro de energía y aislamiento térmico.
‐ Cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras.
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La validez, idoneidad y orden de prelación de estos documentos será detallada en las fichas específicas de cada producto.
Se relacionan, a continuación, los posibles documentos acreditativos, que se pueden recibir al solicitar la acreditación del cumplimiento de las especificaciones técnicas del producto en cuestión.
- Otros distintivos y marcas de calidad voluntarios. - Certificado del fabricante. - Certificado de ensayo. - Sello INCE / Marca AENOR.
‐ Sello INCE.
‐ Autorizaciones de uso de los forjados.
‐ Certificación de Conformidad con los Requisitos Reglamentarios (CCRR)
‐ Documento de Idoneidad Técnica (DIT).
‐ Marca / Certificado de conformidad a Norma.
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