

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Contrato suministo de alimentos con su clausulado
Tipo: Resúmenes
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


CONTRATO No. 001-2021 SUMINISTRO DE PRODUCTOS CÁRNICOS CELEBRADO ENTRE INDUSTRIAS CARNICAS A y FRIGORIFICO B S.A. Entre los suscritos a saber: PEPE PEREZ PICO, mayor de edad, identificado con cédula de extranjería número 91919191 expedida en Caracas, en su condición de Representante Legal de INDUSTRIAS CARNICAS A que en adelante se denominará EL PROVEEDOR y FRIGORICO B SA, con domicilio en Bogotá, representada en este acto por y el señor JUANITO HERNANDEZ., mayor de edad, residente en Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía N°50000 de Bogotá .que en adelante se denominará EL CONSUMIDOR hemos convenido celebrar el presente contrato (en adelante el Contrato), El presente contrato se regirá por las siguientes cláusulas. CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO : El PROVEEDOR se obliga a suministrar periódicamente al CONSUMIDOR, conforme a los requerimientos pactados los siguientes productos: Carne de res de primera calidad y cortes especiales en cantidades que oscilan aproximadamente en 54.000 libras anualmente, distribuidas mensualmente 4.500 libras mes, por un valor de cuatrocientos cincuenta y nueve millones de pesos ($459.000.000) MTCE. CLÁUSULA SEGUNDA. PRECIOS : el CONSUMIDOR pagará los productos cárnicos que le sean efectivamente entregados por el PROVEEDOR, a entera satisfacción, conforme a los precios estipulados de ocho mil quinientos pesos libra de carne ($8.500) MTCE. En dicho precio se encuentran contemplados todos los costos directos o indirectos incluidos los gastos de administración, impuestos, imprevistos y utilidades. Bajo este sistema de precios, el PROVEEDOR es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos, todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su cuenta y riesgo. CLÁUSULA TERCERA. FORMA DE PAGO : El PROVEEDOR, presentará la correspondiente factura en original y dos (2) copias dentro de los cinco (5) días del mes siguiente al que se prestó el servicio de conformidad a lo establecido por el CONSUMIDOR y de acuerdo a la orden de pedido y de entrega a satisfacción. CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL CONSUMIDOR. Constituyen obligaciones a cargo del consumidor las siguientes: Primera: El CONSUMIDOR se obliga a adquirir los productos suministrados por el PROVEEDOR a fin de revenderlos, sujetándose a los precios y condiciones fijadas por el PROVEEDOR para la venta al público; Segunda: Pagar dentro de treinta (30) días calendario siguientes a la entrega de la factura, los cuales tendrán las deducciones establecidas por la ley de acuerdo a los montos a cancelar; Tercera: El CONSUMIDOR se obliga a firmar las facturas u otros documentos comerciales que le expida el PROVEEDOR y que correspondan a mercancías efectivamente entregadas, en señal de que acepta la obligación de pagarlos. CLAUSULA QUINTA: FORMAS DE ENTREGA : a) La entrega se hará diariamente de lunes a viernes, de conformidad a lo establecido por el CONSUMIDOR, previa orden de pedido autorizada por el Jefe de Compras: b) El recibo de pedidos de productos será únicamente de 6 a.m. a 8 a.m. y en presencia del PROVEEDOR. CLAUSULA SEXTA: DURACIÓN. El presente contrato de suministro es de un año (1),
pero podrá ser terminado, sin aviso previo, en cualquier momento por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas o dando aviso escrito a la otra parte con una anticipación de un mes a la fecha en que deba ser terminado CLAUSULA SEPTIMA : CESIÓN. Este contrato no podrá ser cedido sin previa aprobación del PROVEEDOR. CLAUSULA OCTAVA: ARBITRAMENTO. Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un Tribunal de Arbitramento cuyo domicilio será Bogotá D.C, integrado por 2 árbitros designados conforme a la ley. Los arbitramentos que ocurrieren se regirán por lo dispuesto en el Decreto 2279 de 1991, en la Ley 23 de 1991 y en las demás normas que modifiquen o adicionen la materia. En señal de conformidad las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de Bogotá D.C. a los once ( 11) días del mes de Febrero de 2021 ………………………………… PROVEEDOR Nombre: C.C. N° o NIT……………………………… ………………………………… CONSUMIDOR C.C. N° o NIT………………………………