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Notificaciones en juicios de amparo: forma y destinatarios, Apuntes de Derecho

Cómo se realizarán las notificaciones en juicios de amparo según la ley. Se detalla la forma personal, por oficio y por lista, así como a quiénes se notificará en cada caso. Además, se menciona la importancia de la firma electrónica para recibir notificaciones electrónicamente.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 22/11/2020

luis-flores-coronado
luis-flores-coronado 🇲🇽

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Notificaciones en el juicio de amparo
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Notificaciones en el juicio de amparo

Las notificaciones en los juicios de amparo se harán: I. En forma personal: Al quejoso privado de su libertad, en el local del órgano jurisdiccional que conozca del juicio, o en el de su reclusión o a su defensor, representante legal o persona designada para oír notificaciones; La primera notificación al tercero interesado y al particular señalado como autoridad responsable; Cuando obre en autos el domicilio de la persona, o se encuentre señalado uno para recibir notificaciones ubicado en el lugar en que resida el órgano jurisdiccional que conozca del juicio: Cuando el domicilio señalado de la persona a notificar no se encuentre en el mismo lugar en que resida el órgano jurisdiccional Cuando no conste en autos domicilio para oír notificaciones, o el señalado resulte inexacto, ahí se harán por lista al quejoso Cuando se trate de personas de escasos recursos II. Por oficio: Las notificaciones por oficio se harán A la autoridad responsable, salvo que se trate de la primera notificación a un particular A la autoridad que tenga el carácter de tercero interesado; y Al Ministerio Público de la Federación en el caso de amparo contra normas generales. Esto sucederá cuando el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en el lugar del juicio, y un empleado la entregara el domicilio de la autoridad se encuentra fuera del lugar del juicio, entonces se enviará el oficio por correo en pieza certificada con acuse de recibo Y en casos de urgencia III. Por lista se fijarán y publicarán en el local del órgano jurisdiccional, en lugar visible y de fácil acceso, y en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación. se pondrán a primera hora hábil del día siguiente al de la fecha de la resolución que la ordena y contendrá