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Asignatura: Derecho Constitucional III, Profesor: Mari Carmen Crespo, Carrera: Derecho + Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UC3M
Tipo: Apuntes
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SQUEMA
2. Bien jurídico protegido
El bien jurídico protegido en todos los delitos de homicidio es la vida humana (bien reconocido en
el art. 15 CE).Objeto material es
la persona viva
sobre la que recae la acción o las consecuencias de la omisión del sujeto activo.
comienzo de la vida (nacimiento): cuando existe respiración pulmonar autónoma, aún cuando el recién nacido precise asistencia me-cánica. Este momento es esencial para distinguir el delito de homicidio del de aborto (si se mata
al que aún no ha nacido se comete
un aborto, si se mata al que ya ha nacido se comete un homicidio).
-^
Final de la vida (muerte): se produce con el cese de la actividad cerebral, momento esencial para distinguir el homicidio de un hechoirrelevante (si se dispara sobre un cadáver no se comete delito alguno o a lo sumo un delito de profanación de cadáver —art. 526—).