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penal especial, Apuntes de Derecho Penal

Asignatura: derecho penal, Profesor: adfad adf, Carrera: Derecho + ADE, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 07/02/2018

mdcg-2
mdcg-2 🇪🇸

2.3

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REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
El Código Penal, para cada una de las figuras delictiva de la parte especial señala unos
intervalos penales para el AUTOR DEL DELITO CONSUMADO (ART. 61 CP).
Ejemplo: Artículo 138 CP Homicidio, pena para el autor del homicidio consumado de
10 a 15 años de prisión.
La pena la establece el legislador (principio de legalidad penal).
El juez la determina para el caso concreto, atendiendo a las reglas que recoge
el Código penal (interpretación de la norma penal).
REGLAS DE DETERMINACIÓN DE LA PENA EN LOS DELITOS:
1. ATENDIENDO AL GRADO DE EJECUCIÓN DEL DELITO (Afecta a
todos los intervinientes en el delito).
PARA EL DELITO CONSUMADO: intervalo del Código Penal (10-15 años
para el homicidio) –ART. 61 CP-.
PARA EL DELITO EN GRADO DE TENTATIVA: Se baja la pena en 1 o 2
grados atendiendo al peligro inherente al intento (la lesión no se ha consumado)
y al grado de ejecución alcanzado (tentativa acabada o inacabada) –ART. 62 CP-
2. ATENDIENDO A LA PARTICIPACIÓN EN EL DELITO.
PARA EL AUTOR MATERIAL –inmediato, mediato o coautor- (ART. 28
párrafo CP): intervalo del Código Penal (10-15 años para el homicidio
consumado) –ART. 61 CP-.
PARA EL AUTOR FORMAL cooperador necesario e inductor- (ART. 28
párrafo 2º CP) - intervalo del Código Penal (10-15 años para el homicidio
consumado) –ART. 61 CP-.
PARA EL CÓMPLICE (ART 29 CP) – 1 grado menos que al autor (ART. 63
CP).
ART. 64 CP (leerlo) : Lo anterior es la regla general. Cuando la ley castigue
expresamente de otra forma la tentativa o la complicidad se aplicará lo que diga
expresamente la Ley en la parte especial (delitos de emprendimiento o de resultado
cortado por ejemplo).
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REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PENA

El Código Penal, para cada una de las figuras delictiva de la parte especial señala unos intervalos penales para el AUTOR DEL DELITO CONSUMADO (ART. 61 CP). Ejemplo: Artículo 138 CP Homicidio, pena para el autor del homicidio consumado de 10 a 15 años de prisión.

● La pena la establece el legislador (principio de legalidad penal).

● El juez la determina para el caso concreto, atendiendo a las reglas que recoge el Código penal (interpretación de la norma penal).

REGLAS DE DETERMINACIÓN DE LA PENA EN LOS DELITOS:

  1. ATENDIENDO AL GRADO DE EJECUCIÓN DEL DELITO ( Afecta a todos los intervinientes en el delito).

● PARA EL DELITO CONSUMADO: intervalo del Código Penal (10-15 años para el homicidio) –ART. 61 CP-.

● PARA EL DELITO EN GRADO DE TENTATIVA: Se baja la pena en 1 o 2 grados atendiendo al peligro inherente al intento (la lesión no se ha consumado) y al grado de ejecución alcanzado (tentativa acabada o inacabada) –ART. 62 CP-

2. ATENDIENDO A LA PARTICIPACIÓN EN EL DELITO.

  • PARA EL AUTOR MATERIAL –inmediato, mediato o coautor- (ART. 28 párrafo 1º CP): intervalo del Código Penal (10-15 años para el homicidio consumado) –ART. 61 CP-.
  • PARA EL AUTOR FORMAL – cooperador necesario e inductor- (ART. 28 párrafo 2º CP) - intervalo del Código Penal (10-15 años para el homicidio consumado) –ART. 61 CP-.
  • PARA EL CÓMPLICE (ART 29 CP) – 1 grado menos que al autor (ART. 63 CP).

ART. 64 CP (leerlo) : Lo anterior es la regla general. Cuando la ley castigue expresamente de otra forma la tentativa o la complicidad se aplicará lo que diga expresamente la Ley en la parte especial (delitos de emprendimiento o de resultado cortado por ejemplo).

¿QUÉ SIGNIFICA BAJAR O SUBIR UN GRADO LA PENA?

Ver artículo 70.

PENA SUPERIOR EN GRADO A LA PREVISTA POR LA LEY: se formará partiendo de la cifra máxima señalada por la Ley para el delito de que se trate (que con un día más conformará su límite mínimo) y aumentando a ésta la mitad de su cuantía, constituyendo la suma resultante su límite máximo.

PENA INFERIOR EN GRADO A LA PREVISTA POR LA LEY: se formará partiendo de la cifra mínima señalada por la Ley para el delito de que se trate (que con un día menos conformará su límite máximo) y deduciendo de ésta la mitad de su cuantía, constituyendo el resultado de tal deducción su límite mínimo.

Límites máximos especiales: Cuando, en la aplicación de la reglas establecidas anteriormente la pena superior en grado exceda de los límites máximos fijados a cada pena en el Código Penal, se considerarán como inmediatamente superiores:

  1. Si la pena determinada fuera la de prisión, la misma pena, con la cláusula de que su duración máxima será de 30 años.
  2. Si fuera la de inhabilitación absoluta o especial, la misma pena, con la cláusula de que su duración máxima será de 30 años.
  3. Si fuera la de suspensión de empleo o cargo público, la misma pena, con la cláusula de que su duración máxima será de 8 años.
  4. Si fuera la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y del derecho a la tenencia y porte de armas, las mismas penas, con la cláusula de que su duración máxima será de 15 años.
  5. Si fuera la de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, las mismas penas, con la cláusula de que su duración máxima será de 20 años.
  6. Si fuera la de privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, las mismas penas, con la cláusula de que su duración máxima será de 20 años.
  7. Si fuera la de prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares o a otras personas que determine el juez o tribunal, la misma pena, con la cláusula de que su duración máxima será de 20 años.

Delito consumado Delito en Grado de Tentativa Autor, La pena en abstracto

Ejemplo Homicidio 10-15 años

Uno o dos grados menos que la pena prevista en abstracto para el autor del delito consumado

Ejemplo Homicidio 5 años -10 años menos 1 día ó 2 años, 6 meses a 5 años menos 1 día. Inductor y cooperador necesario

La pena en abstracto

Ejemplo Homicidio 10-15 años

Uno o dos grados menos que la pena prevista en abstracto para el autor del delito consumado

Ejemplo Homicidio 5 años -10 años menos 1 día ó 2 años, 6 meses a 5 años menos 1 día. Cómplice Un grado menos que el previsto en abstracto para el autor del delito consumado

Ejemplo Homicidio 5 años y 1 día- años

Dos o tres grados menos que la pena prevista en abstracto para el autor del delito consumado

Ejemplo Homicidio 2 años, 6 meses a 5 años menos 1 día ó 1 año, 3 meses a 2 años y 6 meses menos 1 día.

3. A TENER EN CUENTA LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y

AGRAVANTES Y LA CIRCUNSTANCIA MIXTA DE PARENTESCO

● Circunstancias atenuantes art.

● Circunstancias agravantes art.

● Circunstancia mixta de parentesco art. 23 REGIMEN GENERAL DE APLICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL (artículo 66.1 CP PARA LOS DELITOS DOLOSOS)

SIN CIRCUNSTANCIAS

MODIFICATIVAS

(NI AGRAVANTES, NI

ATENUANTES

ART. 66.1.6ª

CP

Se aplicará la pena establecida por la Ley en la extensión que estime adecuada, en atención a las circunstancias personales del autor y la gravedad del hecho.

CON SOLO UNA

CIRCUNSTANCIA

ATENUANTE

ART. 66.1.1ª

CP

Pena en su mitad inferior a la establecida por la Ley

CON UNA O DOS

CIRCUNSTACIAS

AGRAVANTES

ART. 66.1.3ª

CP

Pena es su mitad superior a la establecida por la Ley

CON DOS O MÁS

CIRCUNSTANCIAS

ATENUANTES, O UNA O

VARIAS MUY

CUALIFICADAS (SIN

AGRAVANTES)

ART: 66.1.2ª

CP

Pena inferior en uno o dos grados a la establecida por la Ley, atendiendo al número y la entidad de las atenuantes. (en toda su extensión)

CON MÁS DE DOS

CIRCUNSTANCIAS

AGRAVANTES (SIN

ATENUANTES)

ART. 66.1.4ª

CP

Podrá aplicar la pena superior en grado a la prevista por la Ley, en su mitad inferior.

CON LA

CIRCUNSTANCIA

AGRAVANTE DE

REINCIDENCIA

CUALIFICADA (CON

TRES CONDENAS

ANTERIORES POR

DELITOS DEL MISMO

TÍTULO, DE LA MISMA

NATURALEZA)

ART. 66.1.5ª

CP

Podrá aplicar la pena superior en grado a la prevista por la Ley, en toda su extensión.

CON CIRCUNSTANCIAS

AGRAVANTES Y

ATENUANTES

ART. 66.1.7ª Se valorarán y se compensarán. Si de la compensación queda alguna atenuante, se aplicará la pena inferior en grado a la prevista por la Ley. Si queda alguna agravante, se aplicará la pena prevista por la Ley en su mitad superior

ARTÍCULO 67: LAS REGLAS DEL ARTÍCULO 66 NO SE APLICARÁN

CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES O ATENUANTES HAYAN

SIDO TENIDAS EN CUENTA PARA DESCRIBIR EL TIPO. TAMPOCO

CUANDO SEAN INHERENTES AL DELITO COMETIDO

ARTÍCULO 68: EXIMENTE INCOMPLETA DEL ARTÍCULO 21.1: podrá imponerse la pena inferior en uno o dos grados, dependiendo de la entidad de los requisitos que falten o concurran, y de las circunstancias personales del autor.

REGIMEN GENERAL DE APLICACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL (artículo 66.2 CP PARA LOS DELITOS LEVES Y LOS DELITOS IMPRUDENTES) : Los Jueces y Tribunales aplicarán las penas a su prudente arbitrio sin sujetarse a las reglas anteriores (a las del art. 66.1 CP).

¿COMO SE DETERMINA LA MITAD INFERIOR O SUPERIOR DENTRO DE UN GRADO?

MEDIAL (ART.

77.1 Y 3 CP CP

SUMA DE LAS PENAS

CORRESPONDIENTES

A CADA DELITO

PENA SUPERIOR A

LA QUE HABRÍA

CORRESPONDIDO

POR EL DELITO

MÁS GRAVE

CON LOS

LÍMITES DEL

CONCURSO

REAL

(ARTÍCULO 76)

DELITO

CONTINUADO

(ART. 74.1CP)

PENA SEÑALADA PARA LA INFRACCIÓN MÁS GRAVE EN SU

MITAD SUPERIOR HASTA LA MITAD INFERIOR DE LA PENA

SUPERIOR EN GRADO

  • No es posible en las ofensas a bienes eminentemente personales, excepto, en los delitos contra el honor o la libertad o indemnidad sexuales contra el mismo sujeto pasivo (en estos casos se estará a la naturaleza del hecho y del precepto infringido)

DELITO MASA

(CONTRA EL

PATRIMONIO)

ART. 74.2 CP

TENIENDO EN CUENTA EL PERJUICIO TOTAL CAUSADO:

HASTA LA PENA SUPERIOR EN UNO O DOS GRADOS, EN LA

EXTENSIÓN QUE ESTIME CONVENIENTE, ATENDIENDO A

LA GRAVEDAD DEL HECHO Y AL NÚMERO DE

PERJUDICADOS