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Orientación Universidad
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poder demanda de alimentos, Transcripciones de Derecho Común

Poder para presentar demanda de alimentos

Tipo: Transcripciones

2020/2021

Subido el 05/10/2021

jesus-antonio-samper-delgado
jesus-antonio-samper-delgado 🇨🇴

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Abogado
Jairo Enrique Molinares
Hernández
Calle 42 No. 41-118; oficina 14; Piso 3º, correo
electrónica [email protected]
Barranquilla-Colombia
_______________________________________________________
Señor
JUEZ PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA
E.S.D.
Ref.: PROCESO DE APRHENSION Y ENTREGA
Solicitante : GIROS Y FINAZAS COMPAÑÍA DE
FIANCIAMIENTO S.A.
Radicado No.: 08001405300120210011400
Deudor : HOZMAN ANDRES QUINTERO
LEON
HOZMAN ANDRES QUINTERO LEON, varón mayor de
edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cedula de
ciudadanía No. 79.924.464, expedida en Bogotá D.C., con
correo electrónico [email protected] y
número celular 3142195789 comedidamente manifiesto a
ustedes respetuosamente, en los términos del Artículo 5 del
decreto 806 de 2020 que confiero poder especial, amplio y
suficiente al doctor.JAIRO ENRIQUE MOLINARES
HERNANDEZ, mayor de edad, también de esta vecindad,
identificado con cédula de ciudadanía No. 8.708.227
expedida en Barranquilla, y portador de la T.P. No. 43.601
del Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi
nombre y representación, de conformidad con lo
reglamentado por los artículos 23 y 35 de la Ley 640 de
2001, para que en mi nombre y representación actúe como
mi mandatario judicial en el Proceso de MEDIDAS
CAUTELARES ANTICIPADAS SOLICITUD DE
APREHENSIÓN, radicado con el numero
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Abogado

Jairo Enrique Molinares

Hernández

**Calle 42 No. 41-118; oficina 14; Piso 3º, correo electrónica [email protected] Barranquilla-Colombia


Señor JUEZ PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA E.S.D. Ref.: PROCESO DE APRHENSION Y ENTREGA Solicitante : GIROS Y FINAZAS COMPAÑÍA DE FIANCIAMIENTO S.A. Radicado No.: 08001405300120210011400 Deudor : HOZMAN ANDRES QUINTERO LEON HOZMAN ANDRES QUINTERO LEON,** varón mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cedula de ciudadanía No. 79.924.464, expedida en Bogotá D.C., con correo electrónico [email protected] y número celular 3142195789 comedidamente manifiesto a ustedes respetuosamente, en los términos del Artículo 5 del decreto 806 de 2020 que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JAIRO ENRIQUE MOLINARES HERNANDEZ , mayor de edad, también de esta vecindad, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.708. expedida en Barranquilla, y portador de la T.P. No. 43. del Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación, de conformidad con lo reglamentado por los artículos 23 y 35 de la Ley 640 de 2001, para que en mi nombre y representación actúe como mi mandatario judicial en el Proceso de MEDIDAS CAUTELARES ANTICIPADAS – SOLICITUD DE APREHENSIÓN, radicado con el numero

Abogado

Jairo Enrique Molinares

Hernández

**Calle 42 No. 41-118; oficina 14; Piso 3º, correo electrónica [email protected] Barranquilla-Colombia


08001405300120210011400** , en el cual aparezco, como demandado. Mi apoderado queda facultado para contestar la demanda, recibir, desistir, transigir, sustituir, renunciar, reasumir, y todo cuanto en derecho sea necesario para el cabal desempeño del presente mandato en los términos del art. 77 del Código General del Proceso Otorgo: HOZMAN ANDRES QUINTERO LEON C.C. No. 79.924.464 De Bogotá D.C. Acepto: JAIRO ENRIQUE MOLINARES HERNANDEZ C.C. No. 8.708.227 de Barranquilla T.P. No. 43.601 del C.S. de la J.