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Practica 13, Ejercicios de Derecho Empresarial y Laboral

Asignatura: Derecho de la Empresa, Profesor: , Carrera: Administració i Direcció d'Empreses, Universidad: UA

Tipo: Ejercicios

2014/2015

Subido el 07/12/2015

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silencio-3 🇪🇸

3.6

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Caso Práctico 13. Letra de Cambio
A.
B.
Por aval de ................................ ...........
1.800.000
pesetas ........................................................
.....A..........de.......................de...............
Nombre y domicilio del avalista Joaquín
Algúndia.
Páguese a ………….Jordi del
Bou ...........................................................
con domicilio
en ................................................................
.......................................................................
............ ...................,
a.............de..........de .....
Nombre y domicilio de endosante Santiago
Segura, calle Diputación, nº 227
C.
Artículo 49. De las Acciones por Falta de Aceptación y por Falta de
Pago.
A falta de pago, el tenedor, aunque sea el propio librador, tendrá contra el
aceptante y su avalista la acción directa derivada de la letra de cambio para
reclamar sin necesidad de protesto, tanto en la vía ordinaria como a través del
proceso especial cambiario, lo previsto en los artículos 58 y 59”.
Artículo 88. Capítulo VII, de la Prescripción.
“Las acciones cambiarias contra el aceptante prescriben a los tres años, contados
desde la fecha del vencimiento”.
“Las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el librador prescribirán
al año, contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente, realizados
en tiempo hábil, o de la fecha del vencimiento en las letras con cláusula «sin
gastos»”.
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Caso Práctico 13. Letra de Cambio

A.

B.

Por aval de ................................ ........... 1.800. pesetas ........................................................ .....A..........de.......................de...............

Nombre y domicilio del avalista Joaquín Algúndia.

Páguese a …………. Jordi del Bou ........................................................... con domicilio en ................................................................ ....................................................................... ............ ..................., a.............de..........de .....

Nombre y domicilio de endosante Santiago Segura, calle Diputación, nº 227

C.

Artículo 49. De las Acciones por Falta de Aceptación y por Falta de

Pago.

“A falta de pago, el tenedor, aunque sea el propio librador, tendrá contra el aceptante y su avalista la acción directa derivada de la letra de cambio para reclamar sin necesidad de protesto, tanto en la vía ordinaria como a través del proceso especial cambiario, lo previsto en los artículos 58 y 59”.

Artículo 88. Capítulo VII, de la Prescripción. “Las acciones cambiarias contra el aceptante prescriben a los tres años, contados desde la fecha del vencimiento”. “Las acciones del tenedor contra los endosantes y contra el librador prescribirán al año, contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente, realizados en tiempo hábil, o de la fecha del vencimiento en las letras con cláusula «sin gastos»”.

“Las acciones de unos endosantes contra los otros y contra el librador prescribirán a los seis meses a partir de la fecha en que el endosante hubiere pagado la letra, o de la fecha en que se le hubiere dado traslado de la demanda interpuesta contra él”.

Banco Santander c/ Balmes, nº 32 Barcelona

Banco Santander

Administrador:

antiago Segura c/ Diputación, nº 225 Barcelona

Dos millones de pesetas

02/06/1995 3 meses desde la fecha

Nombre del Tomador

#2.000.000#

Pesetas

Barcelona