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Practica aplicada 3, Ejercicios de Derecho Constitucional

Asignatura: constitucional, Profesor: francisco joaquin visiedo, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 23/03/2018

sohemo
sohemo 🇪🇸

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PRÁCTICA APLICADA NÚMERO 3
1. ¿Cuáles fueron los motivos que llevaron a la elaboración de un texto constitucional en
1812?
La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, es la primera Constitución
propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 1808 no dejó de ser una “carta
otorgada”, marcada con el sello napoleónico.!
La Constitución se aprobó en tiempos de la Guerra de la Independencia (1808 a 1814), y fue la
respuesta del pueblo español a las intenciones invasoras de Napoleón Bonaparte que,
aprovechando los problemas dinásticos entre Carlos IV y Fernando VII, aspiraba a constituir en
España una monarquía destronando a los Borbones y coronando a su hermano José Bonaparte.!
Los bandos se encontraban divididos: había quienes deseaban seguir anclados en el Antiguo"
Régimen, quienes deseaban una reforma y aquellos que, influidos por el ejemplo de Francia,
consideraban que la reconstrucción había de ser más radical. Éste fue el criterio que finalmente
se impuso, y la Regencia convocó reunión a Cortes en 1810. Finalmente, en 1812 se aprobó el
primer texto constitucional propiamente dicho, la Constitución de 1812. !
2. ¿Cuáles son las características y los principios básicos de esta Constitución? ¿Nos
encontramos ante una Constitución progresista o conservadora?
Las características básicas de la Constitución de 1812 cuenta con la soberanía nacional, donde el
poder reside en la nación. Encontramos la división de poderes, donde el poder legislativo recae
en las cortes unicamerales, el poder judicial en los tribunales y el poder ejecutivo en el rey.
Aparece el sufragio universal masculino indirecto, para todos los hombres mayores de 25 años.
Los ciudadanos son iguales ante la ley, suponiendo el fin de los privilegios estamentales.
Además, se reconocen los derechos individuales a la educación, la libertad de imprenta, la
propiedad privada y la libertad general. Por último, se establece el catolicismo como la única
confesión religiosa permitida. !
Consideramos como progresista la Constitución de 1812 por establecerse sobre las bases de la
soberanía nacional, limitando de esta forma el poder divino del rey. !
3. A la vista del contenido de estos párrafos del Discurso Preliminar leído cuando se
presentó el Proyecto de Constitución de 1812, señala el espíritu que inspira ésta
Constitución y los elementos fundamentales que se desprenden de la lectura.
En estos párrafos del Discurso Preliminar, se establce la Constitución de 1812 en una división en
cuatro partes. La primera corresponde a todo aquello que se centra en la nación como soberana.
La segunda, lo que pertenece al rey. La tercera, la autoridad judicial. Y por último, la cuarta, la
fuerza armada. Las diferencias entre los hombres deberán solucionarse mediante estas cuatro
partes en las que dividimos la Constitución. De esta idea ha nacido la distribución actual que han
hecho los polítios de la autoridad soberana de la nación.!
Las cortes han sido expresadas con individualidad, para evitar la disputa con los demás órganos
mandatarios del Estado. !
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PRÁCTICA APLICADA NÚMERO 3

1. ¿Cuáles fueron los motivos que llevaron a la elaboración de un texto constitucional en 1812? La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, es la primera Constitución propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 1808 no dejó de ser una “carta otorgada”, marcada con el sello napoleónico. La Constitución se aprobó en tiempos de la Guerra de la Independencia (1808 a 1814), y fue la respuesta del pueblo español a las intenciones invasoras de Napoleón Bonaparte que, aprovechando los problemas dinásticos entre Carlos IV y Fernando VII, aspiraba a constituir en España una monarquía destronando a los Borbones y coronando a su hermano José Bonaparte. Los bandos se encontraban divididos: había quienes deseaban seguir anclados en el Antiguo Régimen, quienes deseaban una reforma y aquellos que, influidos por el ejemplo de Francia, consideraban que la reconstrucción había de ser más radical. Éste fue el criterio que finalmente se impuso, y la Regencia convocó reunión a Cortes en 1810. Finalmente, en 1812 se aprobó el primer texto constitucional propiamente dicho, la Constitución de 1812. 2. ¿Cuáles son las características y los principios básicos de esta Constitución? ¿Nos encontramos ante una Constitución progresista o conservadora? Las características básicas de la Constitución de 1812 cuenta con la soberanía nacional, donde el poder reside en la nación. Encontramos la división de poderes, donde el poder legislativo recae en las cortes unicamerales, el poder judicial en los tribunales y el poder ejecutivo en el rey. Aparece el sufragio universal masculino indirecto, para todos los hombres mayores de 25 años. Los ciudadanos son iguales ante la ley, suponiendo el fin de los privilegios estamentales. Además, se reconocen los derechos individuales a la educación, la libertad de imprenta, la propiedad privada y la libertad general. Por último, se establece el catolicismo como la única confesión religiosa permitida. Consideramos como progresista la Constitución de 1812 por establecerse sobre las bases de la soberanía nacional, limitando de esta forma el poder divino del rey. 3. A la vista del contenido de estos párrafos del Discurso Preliminar leído cuando se presentó el Proyecto de Constitución de 1812, señala el espíritu que inspira ésta Constitución y los elementos fundamentales que se desprenden de la lectura. En estos párrafos del Discurso Preliminar, se establce la Constitución de 1812 en una división en cuatro partes. La primera corresponde a todo aquello que se centra en la nación como soberana. La segunda, lo que pertenece al rey. La tercera, la autoridad judicial. Y por último, la cuarta, la fuerza armada. Las diferencias entre los hombres deberán solucionarse mediante estas cuatro partes en las que dividimos la Constitución. De esta idea ha nacido la distribución actual que han hecho los polítios de la autoridad soberana de la nación. Las cortes han sido expresadas con individualidad, para evitar la disputa con los demás órganos mandatarios del Estado.

En el órgano del rey, el papel del Estado es fundamental, para asegurar la individualidad y separación de poderes de este, y además un testimonio auténtico de sus ramas. De todas las instituciones del Estado, la más digna y justa es aquella a la vista de la cual todos son iguales, y sujeta a los ciudadanos ante la ley. Es decir, la autoridad judicial. A pesar de las costumbres que se retomaron en la restauración, el feudalismo queda obsoleto y en la nueva Constitución no tendrá lugar. Además, cada ayuntamiento de las ciudades pasará a regirse por sus propias normas y jurisdicción.

4. Comenta la influencia de la Constitución de Cádiz en la evolución constitucional española y la conformación del actual modelo de Estado. En España, ¿se tienen en cuenta las Constituciones precedentes al explicar la actual de 1978? A pesar de su corta duración, la Constitución de 1812 se establece como un referente para el resto de las constituciones sucesoras. De la Constitución de 1812 se han destacado multitud de principios que fueron establecidos por primera vez en aquel entonces, como por ejemplo que la nación española quedaba constituida por españoles de ambos hemisferios, la separación de los poderes del Estado o la idea de que el poder del Estado se encuentra al servicio del ciudadano. En la Constitución actual de 1978, encontramos la influencia de la del 1812 en sus principales logros. Se proclama la soberanía nacional, en lugar del poder con procedencia divina, que es un principio del Estado democrático; constituímos la independencia del Poder Judicial, el cual recae en el Tribunal Supremo; establece la protección de los derechos fundamentales y decreta que se prohiba la tortura, en una cita de principios característicos del Estado constitucional. Además, en nuestra constitución actual también se tienen en cuenta el resto de constituciones, como por ejemplo la de 1869, que establece la libertad de culto religioso. 5. Expresa tu opinión personal al respecto, es decir, sobre lo que representó la Constitución española de 1812 y la influencia que ha tenido en el constitucionalismo español. La Constitución española de 1812 fue una constitución muy avanzada para su época, lo que representó un avance muy grande en la forma de vida de los ciudadanos que este periodo histórico, pero también para los de nuestra época actual, ya que nuestra Constitución actual de 1978 se basa en ella. La Constitución de Cádiz supuso el establecimiento de la separación de poderes, lo que ha conllevado a un mejor reparto del poder, además de la constitución de la nación y la elaboración de leyes que siguen vigentes hoy en día.