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Análisis del Derecho: Concepto, Dimensiones y Tipos, Ejercicios de Teoría del Derecho

Un análisis detallado del derecho, abordando temas como la existencia de un concepto unívoco, la diferencia entre actos jurídicos y cotidianos, el análisis lingüístico y sus ventajas y desventajas, las principales acepciones del término derecho, la validez, eficacia y justicia del derecho, la distinción entre derecho público y derecho privado, la relación entre derecho objetivo y derecho subjetivo, y muchos otros aspectos relevantes del derecho.

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 13/04/2024

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Mariana Lucía Arias García
1B, Prácticas grupo 2
Práctica correspondiente al bloque 1
1. ¿Existe concepto unívoco del derecho?. Razone su respuesta.
No existe concepto unívoco del derecho, pues encontramos diversas características de esta
ciencia que hacen que esto suceda. Dichas características son la vaguedad, la ambigüedad y la
emotividad con la que cuenta dicho término, responsables de que existan varias definiciones
válidas.
2. ¿Considera que existe diferencia entre los actos jurídicos y actos cotidianos?.
Fundamente su respuesta.
existe una diferencia, esta reside en la formalidad jurídica. No todas las acciones que
realizamos las personas en el día a día requieren de la elaboración de un contrato o escrito de
tal margen.
3. ¿Cuál sería la ventaja e insuficiencia del análisis lingüístico?
La ventaja sería analizar las diferentes proyecciones que tiene el derecho sobre la sociedad,
en cambio la insuficiencia del análisis lingüísticos, destacan tres componentes: la
ambigüedad, la vaguedad y la carga emotiva del término derecho. Dichos componentes,
provocan cierta desorientación entre los juristas a la hora de discutir sobre la definición del
derecho.
4. Principales acepciones de la palabra derecho. Explique cada una de ellas
El derecho es un término ambiguo, podemos encontrar las siguientes principales acepciones
de la palabra derecho:
Derecho objetivo: conjunto de normas aprobadas por el parlamento.
Derecho subjetivo: poder o facultad que deriva del derecho objetivo. Ejemplos:
derecho al voto, al aborto, a la educación…
Derecho como sinónimo de justicia: El derecho va destinado a determinados valores,
según el ideal de justicia creado por cada uno. Ejemplo: no hay derecho a que suban
el precio de los filipinos
Derecho como ciencia: reflexión que toma por objeto el fenómeno jurídico. Ejemplo:
estoy estudiando derecho civil
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Mariana Lucía Arias García 1B, Prácticas grupo 2 Práctica correspondiente al bloque 1

1. ¿Existe concepto unívoco del derecho?. Razone su respuesta. No existe concepto unívoco del derecho, pues encontramos diversas características de esta ciencia que hacen que esto suceda. Dichas características son la vaguedad, la ambigüedad y la emotividad con la que cuenta dicho término, responsables de que existan varias definiciones válidas. 2. ¿Considera que existe diferencia entre los actos jurídicos y actos cotidianos?. Fundamente su respuesta. Sí existe una diferencia, esta reside en la formalidad jurídica. No todas las acciones que realizamos las personas en el día a día requieren de la elaboración de un contrato o escrito de tal margen. 3. ¿Cuál sería la ventaja e insuficiencia del análisis lingüístico? La ventaja sería analizar las diferentes proyecciones que tiene el derecho sobre la sociedad, en cambio la insuficiencia del análisis lingüísticos, destacan tres componentes: la ambigüedad, la vaguedad y la carga emotiva del término derecho. Dichos componentes, provocan cierta desorientación entre los juristas a la hora de discutir sobre la definición del derecho. 4. Principales acepciones de la palabra derecho. Explique cada una de ellas El derecho es un término ambiguo, podemos encontrar las siguientes principales acepciones de la palabra derecho: ● Derecho objetivo: conjunto de normas aprobadas por el parlamento. ● Derecho subjetivo: poder o facultad que deriva del derecho objetivo. Ejemplos: derecho al voto, al aborto, a la educación… ● Derecho como sinónimo de justicia: El derecho va destinado a determinados valores, según el ideal de justicia creado por cada uno. Ejemplo: no hay derecho a que suban el precio de los filipinos ● Derecho como ciencia: reflexión que toma por objeto el fenómeno jurídico. Ejemplo: estoy estudiando derecho civil

5. Explique el significado de esta afirmación. “Las dimensiones básicas del derecho son, la norma, el hecho social y el valor”. La insatisfacción del análisis de la realidad jurídica, ha dado como resultado tres correlativas perspectivas del derecho. Emil Lask dio origen a esta tesis con la obra Filosofía jurídica , siendo más desarrollada por el jurista brasileño Miguel Reale: En primer lugar, como hecho. La dimensión fáctica: desde que interactuamos entre nosotros ya se ve el hecho, hablamos del derecho como hecho social. Desde un punto de vista normativo, nos encontramos con una serie de normas a cumplir. La sociedad puede oponerse, pero igualmente se empleará la coacción Finalmente, desde un punto de vista valorativo. La dimensión axiológica: se contemplan valores, por lo que está orientado a la convivencia social. Ej: valor de la justicia, la equidad, dignidad. 6. ¿Qué se entiende por validez, eficacia y justicia del derecho?. Póngalas en relación con las tres dimensiones básicas del derecho. Las tres dimensiones básicas del derecho o teoría tridimensional del derecho se conciben como una herramienta para la mejor comprensión del derecho. Esta teoría identifica tres aspectos del derecho para el análisis de la realidad jurídica. Estos tres puntos de vista son el fáctico (concepción del derecho como hecho social), el normativo (el derecho como norma) y desde una perspectiva valorativa (el derecho como representante de la justicia). Se pueden relacionar con las cuestiones planteadas de la siguiente manera: a) La validez se puede relacionar con el punto de vista normativo del derecho, ya que las dos buscan que individuos cumplan las normas. b) La eficacia se puede relacionar con el punto de vista fáctico, pues tiene como objetivo que el individuo cumpla la norma y se sienta cómodo cumpliéndola. c) La justicia del derecho se puede relacionar con el punto de vista valorativo, debido a que ambos quieren representar a la justicia en el ámbito jurídico. 7. ¿Cómo se pueden distinguir las normas de Derecho Público y Derecho Privado?. Fundamente su respuesta. Gracias a una serie de doctrinas podemos distinguir ambos derechos por los siguientes criterios: 1. Tesis del interés: considera que el derecho público atiende a los derechos generales y al derecho privado a los particulares.

● Comprensión y fuerza de voluntad limitadas. El sacrificar intereses para someternos a la norma

10. Cuando se hace referencia a la relación inequívoca que existe entre el derecho y el poder, ¿Considera que cualquier derecho legítimo es válido y justo?. Razone su respuesta y especifique un ejemplo. No lo considero así, el cumplimiento de la normativa no puede quedar exento del deseo de los ciudadanos y no siempre se cumple este requisito ya que pueden existir casos en los que las ideas se contradicen. 11. ¿Cómo definiría a las reglas de trato social?. Razone su respuesta. Las reglas del trato social, también conocidas como usos sociales, son aquellas normas que crea la colectividad social con el fin de condicionar ciertos comportamientos.Y por tanto, al ser fruto de la sociedad no están sujetos a ningún ordenamiento jurídico, pero sí puede ser prejuzgado por la población. 12. Cuando se refiere a los usos sociales, debemos percatarnos a priori de los usos sociales normativos de los que no se consideran como tales. Dentro de los usos sociales, qué tipo de conductas considera que podrían encuadrarse en normativos de los que no lo son. Especifique con un ejemplo. Desde su punto de vista, ¿dónde encuadraría las reglas de urbanidad?. Hablamos de usos no normativos (individuales) cuando el individuo lo desarrolla por sí mismo. Por ejemplo: la hora que nos levantamos. Mientras que los usos normativos provienen de una voluntad colectiva, nos fuerza a actuar a lo que está establecido, tiene su origen en la sociedad. Por ejemplo la forma en la que vestimos, hablamos. En cuanto a las reglas de urbanidad pueden ser clasificadas como un uso social no normativo, puesto que las reglas de urbanidad son decididas por cada individuo y no están impuestas por la sociedad, por ejemplo: si en una cena una persona no quiere pedir lo mismo que las demás personas. 13. En esta pregunta se le pide al estudiante que realice una descripción diferenciadora entre las normas morales y las normas jurídicas. Las normas morales son autónomas, dependen de la moral que tenga cada individuo y ésta se ve influenciada por el contexto económico, social y jurídico en el que se encuentre cada persona. Las normas jurídicas regulan el comportamiento social y humano a través de una serie de normas y sanciones.

La diferencia entre estos términos es que en la norma moral es el propio individuo quien se crea su propia norma y su propia sanción, mientras que en la norma jurídica es el Estado quien crea la norma y quien impone las sanciones.