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Una introducción al derecho del turismo, con un enfoque especial en las diferentes tipos de personas jurídicas reconocidas por el derecho español. Se explican las características y requisitos de fundaciones, corporaciones, asociaciones, sociedades, sindicatos, partidos políticos y entidades públicas.
Tipo: Ejercicios
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Alba Castellanos González
Introducción al turismo
Según el artículo 35 del código civil, una persona jurídica es un sujeto del derecho capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, así como ejercitar acciones judiciales.
Son personas jurídicas:
1.º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.
Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.
2.º Las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados.
FUNDACION:
Ejemplo de fundación: la fundación contra el Cancer o la fundación contra las drogas (FAD)
CORPORACIONES:
Son personas jurídicas creadas, u ordenadas crear por una ley y cuya finalidad es el cumplimiento de fines de interés general. Sus elementos característicos son: el predominio del interés público sobre el interés privado y su creación a través de una ley, la cual regula su funcionamiento, por ejemplo: los Colegios Profesionales.
Las Corporaciones, se caracterizan por una serie de notas:
ASOCIACION
Conjunto de personas voluntariamente organizado con vistas a las consecuencias de un fin de interés general y no lucrativo.
No se requiere una dotación inicial, no es necesario que se formalice la constitución a través de documento público, puede realizarse a través de documento público o privado. Y la inscripción de las asociaciones es de carácter declarativo.
Artículo 22 de la Constitución española.
Un ejemplo de asociación puede ser la asociación valenciana de consumidores y usuarios (avcu).
SOCIEDADES :
Son las personas de tipo asociativo que tienen por objeto una actividad que constituye un medio de lucro para sus miembros. Las sociedades pueden ser mercantiles o civiles. Las primeras son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de comercio, las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada, salvo que disponga lo contrario una ley especial o se dediquen exclusivamente a la explotación agrícola o pecuaria.
Un ejemplo de sociedad puede ser la Sociedad de Astilleros Españoles S.A
SINDICATOS :
Un sindicato es una organización de trabajadores que se unen para defender sus derechos e intereses profesionales.
El régimen jurídico de estas asociaciones se fundamenta en el principio básico de libertad sindical. El artículo 1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, establece que todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales. Ejemplos de sindicatos: la UGT y la CCOO.
PARTIDOS POLÍTICOS ;
Conjunto de individuos que se reúnen en conjunto con el objetivo de acceder al poder y concretar sus propuestas para la organización social. Ejemplo: el partido popular.
ENTIDADES PÚBLICAS:
Son organismos establecidos por una legislación específica, la cual determina los objetivos de las mismas, su ámbito de acción y sus limitaciones. Un ejemplo de entidades públicas son los ayuntamientos.