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PRACTICA DERECHO CONSTITUCIONAL, Ejercicios de Derecho Constitucional

PRACTICA DERECHO CONSTITUCIONAL TEMA 11 UCM

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 06/11/2020

Juanroma88
Juanroma88 🇪🇸

4.1

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CASO PRÁCTICO NÚM. 11 EL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL1 LA JURISPRUDENCIA
CONSTITUCIONAL
Alfonso Ballestero Cabal 1ºJ
La Sentencia del caso Marbury versus Madison. es uno de los casos más conocidos del
constitucionalismo moderno, estudiado en todos los manuales de Derecho Constitucional de los
Estados Unidos. Su interés, sin embargo, trasciende las fronteras norteamericanas, porque
gracias al razonamiento que la Corte Suprema de los Estados Unidos utiliza en la redacción de
esta sentencia, nos introducimos en la moderna concepción de la Constitución como norma
suprema del sistema jurídico.
Los antecedentes del caso nos sitúan en la batalla política que enfrentaba a los dos únicos
partidos políticos norteamericanos en sus primeras décadas de historia: los Federalistas y los
Republicanos (predecesor del actual partido Demócrata). Una batalla por el control del Poder
Judicial. Los federalistas, en el Gobierno bajo el mandato del Presidente Adams, habían perdido
las elecciones de 1800 y tenían que transferir el poder a Thomas Jefferson, nuevo presidente, el
4 de marzo de 1801, convirtiéndose así en el partido de la oposición en el futuro Congreso de
los EEUU.
Unos días antes de la investidura, el 13 de febrero de 1801, el Congreso en funciones aprobó el
Circuit Court Act, Ley por la que se designaban dieciséis jueces federales de segunda instancia.
Con la Ley se intentaba crear rápidamente nuevos cargos en el Poder Judicial que pudieran ser
ocupados por personas afines al partido federalista. El presidente Adams nombró y mandó sus
comisiones a estos dieciséis jueces durante sus últimas dos semanas como Presidente, pero el
31 de marzo de 1802 la ley que autorizó los cargos fue derogada por el nuevo Congreso. De la
misma forma, cuando faltaba menos de una semana para que terminara el mandato de Adams,
el Congreso acordó la creación de cuarenta y dos cargos de jueces de paz para la Capital Federal,
Washington D. C. Pero, aunque el presidente Adams tuvo tiempo para nombrar a los cargos, y
sus nominaciones fueron confirmadas por el Congreso y selladas sus designaciones, su
Secretario de Estado Marshall no tuvo tiempo para enviar las designaciones a sus titulares. La
administración entrante de Thomas Jefferson optó por no reconocer las designaciones y no
enviarlas. William Marbury era uno de esos jueces de paz para la Capital Federal que no recibió
su designación. Al no recibir la designación Marbury, junto con otros colegas, decidieron acudir
directamente a la Corte Suprema en diciembre de 1801, para exigir que la Corte expidiera el
oportuno mandamiento (mandamus) con el que ordenara al el secretario de Estado del
presidente Jefferson, James Madison, que le entregara su nombramiento. En 1802, sin que se
hubiera resuelto aún la cuestión en el Supremo, el Senado decidió modificar la ley sobre circuitos
judiciales y eliminar las plazas de los jueces nombrados por Adams.
El Tribunal Supremo que debía resolver el caso estaba presidido por John Marshall, que fue el
secretario de Estado del presidente John Adams y que continuó en este cargo de forma temporal
durante las últimas semanas del gobierno federalista, aunque ya había sido nombrado como
Presidente de la Corte Suprema en enero de 1801.
La ley que establecía los tribunales judiciales concedía a la Corte Suprema la competencia para
expedir mandamus a los funcionarios públicos. Dichos “mandamus” eran órdenes de obligado
cumplimiento para el poder ejecutivo.
Si el Tribunal fallaba a favor de Marbury y expedía el mandamus, el Secretario de Estado
Madison podría negarse a entregar la comisión y el Tribunal no tendría manera de hacer cumplir
la orden, porque la Ley que creaba las plazas ya había sido modificada por el Senado. Si el
Tribunal se pronunciaba contra Marbury, se arriesgaba a permitir que el poder ejecutivo
sometiera al poder judicial al permitirles negar, a jueces ya nombrados, su cargo.
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CASO PRÁCTICO NÚM. 11 – EL TRIBUNAL

CONSTITUCIONAL1 LA JURISPRUDENCIA

CONSTITUCIONAL

Alfonso Ballestero Cabal 1ºJ

La Sentencia del caso Marbury versus Madison. es uno de los casos más conocidos del constitucionalismo moderno, estudiado en todos los manuales de Derecho Constitucional de los Estados Unidos. Su interés, sin embargo, trasciende las fronteras norteamericanas, porque gracias al razonamiento que la Corte Suprema de los Estados Unidos utiliza en la redacción de esta sentencia, nos introducimos en la moderna concepción de la Constitución como norma suprema del sistema jurídico. Los antecedentes del caso nos sitúan en la batalla política que enfrentaba a los dos únicos partidos políticos norteamericanos en sus primeras décadas de historia: los Federalistas y los Republicanos (predecesor del actual partido Demócrata). Una batalla por el control del Poder Judicial. Los federalistas, en el Gobierno bajo el mandato del Presidente Adams, habían perdido las elecciones de 1800 y tenían que transferir el poder a Thomas Jefferson, nuevo presidente, el 4 de marzo de 1801, convirtiéndose así en el partido de la oposición en el futuro Congreso de los EEUU. Unos días antes de la investidura, el 13 de febrero de 1801, el Congreso en funciones aprobó el Circuit Court Act, Ley por la que se designaban dieciséis jueces federales de segunda instancia. Con la Ley se intentaba crear rápidamente nuevos cargos en el Poder Judicial que pudieran ser ocupados por personas afines al partido federalista. El presidente Adams nombró y mandó sus comisiones a estos dieciséis jueces durante sus últimas dos semanas como Presidente, pero el 31 de marzo de 1802 la ley que autorizó los cargos fue derogada por el nuevo Congreso. De la misma forma, cuando faltaba menos de una semana para que terminara el mandato de Adams, el Congreso acordó la creación de cuarenta y dos cargos de jueces de paz para la Capital Federal, Washington D. C. Pero, aunque el presidente Adams tuvo tiempo para nombrar a los cargos, y sus nominaciones fueron confirmadas por el Congreso y selladas sus designaciones, su Secretario de Estado Marshall no tuvo tiempo para enviar las designaciones a sus titulares. La administración entrante de Thomas Jefferson optó por no reconocer las designaciones y no enviarlas. William Marbury era uno de esos jueces de paz para la Capital Federal que no recibió su designación. Al no recibir la designación Marbury, junto con otros colegas, decidieron acudir directamente a la Corte Suprema en diciembre de 1801, para exigir que la Corte expidiera el oportuno mandamiento (mandamus) con el que ordenara al el secretario de Estado del presidente Jefferson, James Madison, que le entregara su nombramiento. En 1802, sin que se hubiera resuelto aún la cuestión en el Supremo, el Senado decidió modificar la ley sobre circuitos judiciales y eliminar las plazas de los jueces nombrados por Adams. El Tribunal Supremo que debía resolver el caso estaba presidido por John Marshall, que fue el secretario de Estado del presidente John Adams y que continuó en este cargo de forma temporal durante las últimas semanas del gobierno federalista, aunque ya había sido nombrado como Presidente de la Corte Suprema en enero de 1801. La ley que establecía los tribunales judiciales concedía a la Corte Suprema la competencia para expedir mandamus a los funcionarios públicos. Dichos “mandamus” eran órdenes de obligado cumplimiento para el poder ejecutivo. Si el Tribunal fallaba a favor de Marbury y expedía el mandamus, el Secretario de Estado Madison podría negarse a entregar la comisión y el Tribunal no tendría manera de hacer cumplir la orden, porque la Ley que creaba las plazas ya había sido modificada por el Senado. Si el Tribunal se pronunciaba contra Marbury, se arriesgaba a permitir que el poder ejecutivo sometiera al poder judicial al permitirles negar, a jueces ya nombrados, su cargo.

El presidente del Tribunal Supremo John Marshall resolvió este dilema al decidir que el Tribunal Supremo no estaba facultado para dirimir este caso. Marshall dictaminó que la Sección 13 de la Ley Judicial, que otorgaba al Tribunal estas facultades, era inconstitucional porque ampliaba las competencias originales del Tribunal definidas por la propia Constitución. Al decidir no intervenir en este caso, el Tribunal Supremo aseguró su posición como árbitro final de la ley. Independientemente de los argumentos que utiliza la sentencia para resolver este caso, en ella se plantea la capacidad que tiene la Corte Suprema de los Estados Unidos para revisar la validez de una Ley que es contraria a la Constitución.

**- Cuestiones:

  1. Para la sentencia, la Constitución de los Estados Unidos se hace por escrito con una finalidad determinada, que la diferencia de otras tradiciones constitucionales ¿Cuál es esa finalidad?** Esto se realizaría así con el fin de limitar y definir los poderes del Gobierno para que estos no se confundan u olviden. Como explicación a esta afirmación se ha de partir de la base de que la constitución nace como expresión del derecho del pueblo americano a establecer los principios que juzgue mas adecuados para ser gobernando ( establecer unas reglas básicas que han de respetar las personas sobre las personas que recaiga la facultad de gobierno) y así es como se fijan una serie de principios que son fundamentales y permanentes debido a la dificultad de ejercicio de tal derecho a fijar las líneas maestras que los gobernantes deben de respetar para llevar a cabo su función , así que estos derechos están encaminados a ser permanentes y de ahí que la constitución sea escrita para que estas reglas que el propio pueblo establece para tal atribución y limitación de poderes al Gobierno queden claramente establecidas y sean respetadas. 2. Según la sentencia, ¿Cuáles son las dos opciones sobre la validez de la Constitución sobre las que debe pronunciarse el Tribunal Supremo? ¿Qué implica cada una de ellas? Serían o que la Constitución controla cualquier ley contraria a aquélla o lo que es lo mismo, presentar la Constitución como:
  • Una ley superior inmodificable por medios ordinarios
  • Una ley al nivel de las demás del Congreso y como tales, puede ser alterada según el Legislativo quiera alterarla. La primera opción implica que un acto legislativo contrario a la Constitución, sería nula, no sería ley. La segunda alternativa conllevaría que las constituciones escritas son intentos absurdos por parte del pueblo, para limitar un poder que por su propia naturaleza es ilimitable. 3. Según la sentencia, ¿Cuáles son las consecuencias de que una Ley sea contraria a la Constitución? ¿Una ley inconstitucional es simplemente inaplicada por los tribunales o procede la declaración de su invalidez a todos los efectos, con la consiguiente expulsión del ordenamiento jurídico? A tenor de lo dispuesto en la misma, esa ley contraria a la Constitución sería una ley no válida y por tanto carecería de fuerza obligatoria. Según la sentencia “los tribunales deben tomar en cuenta la Constitución y la Constitución es superior a toda ley ordinaria del Legislativo, (luego) entonces la Constitución y no la tal ley ordinaria, tiene que regir en aquellos casos en que ambas serían aplicables.” Por lo que se ve como Marshall opta por la no aplicación de los tribunales de la ley contaria a la Constitución 4. Según la sentencia ¿Quién tiene la capacidad de controlar la constitucionalidad de la Ley? ¿Es éste el modelo de control de la constitucionalidad de las leyes que establece la Constitución Española de 1978?.