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Este documento analiza un caso de cesión ilegal de trabajadores de g&d a merca, donde los trabajadores prestan servicios a merca como si fueran empleados de ella, mientras que formalmente son de g&d. Se discute la ilegalidad de la cesión, sus consecuencias y las obligaciones del empresario principal en caso de subcontratación legal.
Tipo: Ejercicios
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María de Haro Serrano. 3º C
1. ¿Es lícita esta cesión de los trabajadores? ¿Por qué? En el caso concreto, nos encontramos ante una cesión ilegal de trabajadores. Es decir, los trabajadores cedidos por G&D, presta sus servicios para Merca como si fuese un trabajador de esa empresa, a pesar de que sean trabajadores formales de G&D. Es por ello por lo que, el contrato de prestación de servicios se limita únicamente a poner a disposición los tres trabajadores de G&D para que trabajen para Merca. Es decir, G&D no ejerce sus funciones de empresario, sino que son llevadas a cabo por Merca: controla el servicio, da las órdenes a los trabajadores, regula los turnos y los horarios, es quien les da las claves de acceso y la contraseña, es quien pone los medios y materiales de la empresa (como la ropa o uniforme), es quien pone el centro de trabajo, y además es quien da la formación sobre el manejo de mercancías peligrosas. 2. ¿Cuáles son las consecuencias de la declaración de cesión ilegal de trabajadores? De la cesión ilegal se derivan varias consecuencias. La primera de ellas es que las dos empresas, en este caso G&D y Merca, serán responsables solidarias ante los trabajadores , donde se incluye la responsabilidad de pagar salarios, y con la Seguridad Social. Gracias a esto los trabajadores podrán hacer efectivos sus derechos como tales. Además. El empresario que recibe la prestación laboral de los trabajadores cedidos se equipara jurídicamente al sujeto del contrato, así se garantizan los derechos de los trabajadores. El artículo 43. 4 ET se encarga de proporcionar una segunda consecuencia más directa, la cual es que los trabajadores podrán elegir la condición de fijos a su elección entre la empresa cedente o la cesionaria. En caso de elegir la empresa cesionaria (Merca), sus derechos y obligaciones serán los correspondientes en condiciones ordinarias a un trabajador que preste sus servicios en el mismo puesto de trabajo, aplicándosele el Convenio Colectivo que le corresponde a esa empresa y la antigüedad será desde que empezó a prestar sus servicios en la empresa cesionaria. En caso de que el trabajador tuviese un contrato temporal, si se reconociese la existencia de la cesión ilegal, el contrato pasa a ser fijo. Además, en caso de quedar despedido el trabajador, este podrá alegar la existencia de dicha cesión ilegal y demandar a ambas partes , a la empresa cedente y a la cesionaria. Las empresas quedarían sancionadas administrativamente por infringir los artículos 8 y 18 de la LISOS, Ley de Sanciones e Infracciones en el Orden Social, pudiendo hasta llegar a los 187.515 euros de multa o derivar responsabilidad penal por la cesión ilegal.
3. ¿Cuáles son las obligaciones y responsabilidades del empresario principal en caso de subcontratación lícita? Entre las obligaciones , los empresarios principales deberán comprobar que los contratistas o trabajadores auxiliares están en el corriente de las cuotas de la Seguridad Social. El medio de cumplimiento de esta comprobación se establece en el a. 10.3.b) RGR: “ el empresario principal recabara de la TGSS certificación positiva o negativa por descubierto de los subcontratistas.” En segundo lugar, deberán informar a los representantes legales de sus trabajadores sobre: