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Caso Práctico Impuesto sobre Sociedades: Análisis de Ajustes Extracontables - Prof. Luz Ca, Ejercicios de Derecho Financiero y Tributario

Prácticas sobre IRPF, IRNR y IS

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 15/05/2023

Denisa0510
Denisa0510 🇪🇸

5 documentos

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DENISA IOANA IORGA 3ºC.
CASO PRÁCTICO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
DATOS:
DEBE
HABER
Variación existencias 70000€
Ventas 445200€
Personal 170000€
Ingresos financieros 3600€
Amortizaciones 54500
Subvención corriente 5000€
Deterioro insolvencias 7500
Gastos varios 65000€
Tributos 6300€
IS 34500
Resultado del ejercicio 46000€
TOTAL 453800
TOTAL 453800
Cifra ejercicio anterior = 600000€
Pagos fraccionados = 7000€
Bases imponibles negativas del ejercicio anterior = 6000€
Partimos del resultado contable que nos servirá de base para realizar las siguientes operaciones.
RESULTADO CONTABLE = 0 (453800 453800)
A continuación, realizaremos los ajustes extra contables necesarios:
AJUSTES POSITIVOS
AJUSTES NEGATIVOS
+ 34500 (IS)
-3420 (dividendos)
+ 2250 (Sanción)
-8720 (amortización)
+ 54500 (amortización)
+ 3000 (deterioro insolvencias)
+ 1500 (IVA)
TOTAL 95750€
TOTAL 12140€
*Dividendos: según la LIS, se establece que para los periodos impositivos que se inicien a partir
del 1 de enero de 2021, el importe que resultara exento será del 95% de dicho dividendo o renta.
3600 x 95% = 3420€
*Amortizaciones: los gastos de amortización contables son totalmente contrarios a los fiscales,
porque hay unas reglas especiales de amortización. Hacienda no las permite, y al ser un gasto, se
convierten en un ajuste positivo. En este caso, las tablas fiscales establecen un coeficiente máximo
del 16% y un período máximo de 14 años.
54500 x 16 % = 8720€
En este ejercicio se hará un ajuste positivo que englobe toda la amortización y un ajuste negativo
que comprende lo que se ha de pagar cada año. En el siguiente ejercicio, ya no existirá la
amortización contable, sin embargo fiscalmente se seguirá haciendo un ajuste negativo de 8720€
durante los próximos 14 años.
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DENISA IOANA IORGA 3ºC.

CASO PRÁCTICO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

DATOS:

DEBE HABER

Variación existencias 70000€ Ventas 445200€ Personal 170000€ Ingresos financieros 3600€ Amortizaciones 54500 € Subvención corriente 5000€ Deterioro insolvencias 7500€ Gastos varios 65000€ Tributos 6300€ IS 34500€ Resultado del ejercicio 46000€ TOTAL 453800€ TOTAL 453800€ Cifra ejercicio anterior = 600000€ Pagos fraccionados = 7000€ Bases imponibles negativas del ejercicio anterior = 6000€ Partimos del resultado contable que nos servirá de base para realizar las siguientes operaciones. RESULTADO CONTABLE = 0 (453800 – 453800) A continuación, realizaremos los ajustes extra contables necesarios: AJUSTES POSITIVOS AJUSTES NEGATIVOS

  • 34500 (IS) - 3420 (dividendos)
  • 2250 (Sanción) - 8720 (amortización)
  • 54500 (amortización)
  • 3000 (deterioro insolvencias)
  • 1500 (IVA) TOTAL 95750€ TOTAL 12140€ *Dividendos: según la LIS, se establece que para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, el importe que resultara exento será del 95% de dicho dividendo o renta. 3600 x 95% = 3420€ *Amortizaciones: los gastos de amortización contables son totalmente contrarios a los fiscales, porque hay unas reglas especiales de amortización. Hacienda no las permite, y al ser un gasto, se convierten en un ajuste positivo. En este caso, las tablas fiscales establecen un coeficiente máximo del 16% y un período máximo de 14 años. 54 500 x 16 % = 8720€ En este ejercicio se hará un ajuste positivo que englobe toda la amortización y un ajuste negativo que comprende lo que se ha de pagar cada año. En el siguiente ejercicio, ya no existirá la amortización contable, sin embargo fiscalmente se seguirá haciendo un ajuste negativo de 8720€ durante los próximos 14 años.

*En cuanto a los deterioros de insolvencias: se lleva a cabo un ajuste positivo de la deuda de 30 00€ porque no han transcurrido 6 meses desde el vencimiento de la obligación, quedando exentos. (Art. 13.1 LIS). BASE IMPONIBLE PREVIA = 0 + 95750 – 12140 = 83610 € A continuación aplicamos las correspondientes reducciones y compensaciones de bases imponibles negativas. En este caso como compensación tenemos la base imponle negativa del ejercicio anterior (6000€). 83610 – 6000 = 77610 € BASE IMPONIBLE = 76110€ Para obtener la cuota íntegra aplicamos el tipo de gravamen correspondiente. Para este impuesto se establecen uno tipos fijos; en este caso corresponde aplicar el 23%, que es el tipo general para los ejercicios de 2023. CUOTA ÍNTEGRA = 76110 x 23% = 17850 ,3€ Como no proceden bonificaciones ni deducciones, la cuota líquida coincide con la cuota íntegra. CUOTA LÍQUIDA = 17850 ,3€ Para calcular la cuota diferencial aminoramos la cuota líquida restando los pagos fraccionados realizados por la entidad. CUOTA DIFERENCIAL = 17850 ,3 – 7000 = 10850 ,3€ a ingresar en Hacienda.