







Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Historia politica i social contemporania, Profesor: anonimo anonimo, Carrera: Criminologia, Universidad: UB
Tipo: Apuntes
1 / 13
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!








1-Derecho y organización jurídica:!
El derecho, las normas .. son fenómenos cotidianos, todo y que no seamos conscientes nuestra vida esta repleta de contractos jurídicos.! El derecho es omnipresente.! El derecho es un fenómeno que tiene una dimensión social.!
1.2-Sistemas normativos:!
Definición:! Conjunto de normas que han estado aceptadas, por un grupo social de una determinada comunidad, y que tienen por finalidad regular las relaciones de la vida cotidiana.
Normas que configuran el sistema normativo:! Normas jurídicas:! Reglas dirigidas a regular el comportamiento humano que han estado aprobadas por una autoridad competente y que en caso de incumplimiento llevan emparejadas una sanción.
Normas morales:! Son aquellas que expresan la consciencia de un deber. La persona que lo hace es porqué es consciente de lo que debe de hacer.
Las normas jurídicas pueden ser impuestas por una autoridad externa. Las normas morales son un deber interno de la persona.
Las normas jurídicas hacen referencia a la faceta más externa del ser humano. Las normas morales son obligadas por la faceta interna del ser humano.
Las normas jurídicas son heterónomas, su cumplimiento viene del exterior. Las normas morales son autónomas depende del propio sujeto.
! Criterios que nos hacen diferenciar el derecho público y el derecho privado! ! Sujetos! Derecho Público — Los destinatarios son las personas. Derecho Privado — Los destinatarios de este derecho son los particulares. ! Objeto! Derecho Público — Finalidad — La satisfacción de los intereses generales. Derecho Privado — Finalidad — La satisfacción de los intereses de cada una de las partes que representa. ! Posición de los sujetos dentro de esta branca! D.Público — Se parte de la idea de superioridad ( los poderes públicos están por encima del resto de población) D.Privado — Se parte de la idea de igualdad entre los sujetos que solicitan este derecho. ! Carácter de las normas que integran el derecho público y el derecho privado.! D. Público — Carácter imperativo — Nos dicen que se puede o no hacer. D. Privado — Carácter dispositivo — Son las partes las que deciden la forma de la relación jurídica. ! 1.5- Fuentes del derecho:! ! Cuando hablamos de fuentes del derecho NO hacemos referencia al órgano que aprueba las leyes, si no que hacemos referencia a la forma en la cual se nos presenta. ! Tres fuentes: -Ley -Costumbre -Principios generales de derecho !
! Principios generales de derecho! ! El articulo 1.4 del código civil dice que los principios generales del derecho se aplicaran en defecto de ley o de costumbre, sin perjuicio de su propio carácter informador del ordenamiento jurídico.! ! *Carácter informador del ordenamiento jurídico:! Estos principios se pueden deducir del ordenamiento jurídico, por lo tanto, para interpretar las leyes, los poderes públicos tienen que tener en cuenta estos principios. ! Ejemplos:! -Principio de buena fe. -Principio de que nadie puede ir en contra de sus propios actos. -Principio de cooperación entre administraciones públicas. ! Jurisprudencia:! ! Definición internet! Definición profesor! ! -Son las sentencias que dictan los diferentes jueces y diferentes tribunales. -Tiene carácter subsidiario. -Todas esas sentencias que sirven para complementar el ordenamiento jurídico. -Por tal de que hablemos de jurisprudencia se tiene que tratar problemas con soluciones de carácter reiterativo.
La Jurisprudencia es el conjunto de decisiones, de los tribunales sobre una materia determinada, de las cuales se puede extraer la interpretación dada por los jueces a una situación concreta. Tiene un valor fundamental como fuente de conocimiento del Derecho positivo, con el cual se procura evitar que una misma situación jurídica, sea interpretada en forma distinta por los tribunales, esto es lo que se conoce como el principio unificador (art. 321 CPC) de la jurisprudencia, cuya aplicación reposa en el Tribunal Supremo de Justicia, TSJ. ! Se entiende por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia) que se repiten en más de una resolución. Esto significa que para conocer el contenido completo de las normas vigentes, hay que considerar cómo han sido aplicadas en el pasado. En otras palabras, la jurisprudencia es el conjunto de sentencias que han resuelto casos fundamentándose en ellas mismas.
Procedimiento de aprobación de un Estatuto de Autonomía:! Los Estatutos de Autonomía tienen un procedimiento especial de aprobación: A. El Estatuto de Autonomía es una norma pactada, porqué es fruto de un tratado entre la sociedad y la comunidad autónoma. B. Tiene que ser aprobada primero por el Parlamento y después por el Congreso de los diputados. !
Tipo específico de ley que se utiliza para regular determinadas materias que se consideran básicas. ! Se caracterizan por:! -Su procedimiento de aprobación es más cualificado. Las leyes orgánicas tienen que ser aprobadas por mayoría absoluta. !!!!!!!! -Tienen un ámbito material muy limitado, solamente se destinan a regular los aspectos más importantes de nuestro ordenamiento jurídico. ¿Que regulan las leyes orgánicas?!
Ley: Norma superior del ordenamiento jurídico, todo y que esta sometida a la Constitución y a los Estatutos de Autonomía. mayoría absoluta -> mitad+1! ! mayoría simple -> más votos a favor que en contra
Las dos leyes (orgánicas y ordinarias) tienen rango de ley, pero las leyes orgánicas regulan unas materias determinadas y las leyes ordinarias no pueden regular estas materias (las reguladas por las leyes orgánicas). Decretos legislativos! ! Parlamento: 1)Ley de bases Parlamento: 1)Ley! ! ! 2)Texto articulado 2) Texto refundido
Relación entre la ley y los reglamentos! Idea básica:! Las leyes tienen una posición superior a los reglamentos, debido a que las leyes pueden modificar/derrocar a los reglamentos, y porqué estas son dictadas por el Parlamento, en cambio, los reglamentos son aprobados por la administración pública. ! Excepciones:! -Reglamentos independientes: Son aquellos reglamentos que se dictan sin que haya una ley previa. -Reglamentos de necesidad: Normas de carácter reglamentario que son aprobadas en casos excepcionales por el Gobierno y pueden controlar eso que previene la ley. Principio de no limitación en el ámbito material de la ley.! La ley puede regular cualquier materia, la ley puede regularlo todo. El reglamento, en cambio, NO puede regular cualquier materia, ya que, hay materias determinadas que han de ser reguladas por una ley. Ejemplo de materias exclusivas para una ley: derechos fundamentales. ! 1.12-Tratados internacionales (T.I)! ! Son todos aquellos acuerdos que son celebrados entre dos o más sujetos de derecho internacional, y a través del cual, las partes asumen una obligación, que en caso de ser incumplida da sitio a la responsabilidad internacional. ! Características:! ! .Articulo 96 C.E.! Los tratados internacionales celebrados válidamente una vez están publicados en el boletín oficial del estado se convierten directamente en derecho interno. ! .La disposición de los tratados solamente puede ser modificada en la forma prevista de estos tratados. Ninguna ley puede modificar un tratado internacional, todo y que, un tratado internacional sí que puede modificar las normas en un rango de ley. ! Los tratados internacionales deben estar sometidos a la Constitución Española, no se puede declarar ninguna cláusula contraria a la Constitución. ! Derecho Unión Europea! U.E -> Sistema normativo propio que engloba una autoridad de tipo de normas. ! Derecho primario (tratados):! Todos aquellos tratados que han dado sitio a la creación de la U.E El último tratado fue el de Lisboa, en el cual se aprobaban el -Tratado de la U.E (T.U.E) -Tratado de funcionamiento de la U.E -Tratado fundamental U.E (TFUE) ! Derecho derivado:! Conjunto de normas aprobadas por las diferentes instituciones europeas que desarrollan los diferentes tratados. ! ! !
! !! !!!!!!!!!! Reglamentos:!
-Derecho primario! ! Derecho U.E! ! -Derecho derivado !Reglamentos! !Directivas! Derecho derivado Decisiones! !Recomendaciones/Dictámenes
Segundo Bloque! Sistema institucional del Estado! ! 2-Principios estructurales del Estado:! Son aquellos criterios que caracterizan nuestro estado. Aquellas ideas básicas esenciales sobre la cual descansa la estructura de nuestra sociedad. ! 3 principios:! Principio de estado social, democrático de derecho-> Hace referencia a nuestra forma de Estado. Monarquía Parlamentaria-> Hace referencia a nuestra forma de gobierno. Principio Autonómico-> Hace referencia a la forma en la cual se organiza territorialmente el territorio español. ! 2.1- Principio de Estado social y democrático de derecho.! Hace referencia a nuestra forma de Estado (hacemos referencia a la manera de como se organizan los diferentes elementos públicos que regulan el estado.) !
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) Todos los derechos reservados Unybook Worldwide S.L. © unybook.com