Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Procedimiento Directo, Resúmenes de Derecho Procesal Penal

Procedimiento Directo en el Ecuador , según el Código Orgánico Integral Penal.

Tipo: Resúmenes

Antes del 2010

Subido el 15/02/2022

sebas-ramirez-2
sebas-ramirez-2 🇪🇨

1 documento

1 / 10

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
PROCEDIMIENTO
DIRECTO
CODIGO ORGANICO
INTEGRAL PENAL
GENESIS ANDREA RAMIREZ REYES
DER-S-MA-9-3
Derecho Procesal Penal II
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Procedimiento Directo y más Resúmenes en PDF de Derecho Procesal Penal solo en Docsity!

PROCEDIMIENTO

DIRECTO

CODIGO ORGANICO

INTEGRAL PENAL

GENESIS ANDREA RAMIREZ REYES DER-S-MA-9- Derecho Procesal Penal II

DEFINICIONES  (^) Este procedimiento concentra todas las etapas en una sola audiencia.  (^) Ante el Juez de Garantías Penales de Flagrancia.  (^) Únicamente en Delitos Flagrantes sancionados con PPL de hasta 5 años y los delitos contra la propiedad que no excedan de 30 SBUT calificados como “Flagrantes” PROCEDIMIENTO DIRECTO DELITO FLAGRANTE Según la página web: “Que es, significados y conceptos” encontramos el concepto de Delito Flagrante: “Se entiende por delito flagrante a aquel que se está ejecutando en el preciso instante. (…) En el momento de realizar el delito o apenas realizado. Es el delito que se comete en presencia de una o más personas o cuando se lo descubre inmediatamente después de su comisión”. Siendo el delito flagrante aquel hecho o acto delictivo en el cual se detiene al sospechoso en el momento mismo del cometimiento del delito o dentro de las veinticuatro horas subsiguientes, con los frutos del ilícito o las herramientas utilizadas o en su defecto por la vinculación que pueda establecerse derivada del mismo.

¿Que es Flagrancia?

Segun el art. 527 del Codigo Organico Integral Penal,

es la persona que comete el delito en presencia de

una o más personas o cuando se la descubre

inmediatamente después de su supuesta comisión,

siempre que exista una persecución ininterrumpida

desde el momento de la supuesta comisión hasta la

aprehensión, asimismo cuando se encuentre con

armas, instrumentos, el producto del ilícito, huellas o

documentos relativos a la infracción recién cometida.

No se podrá alegar persecución ininterrumpida si han

transcurrido más de veinticuatro horas entre la

comisión de la infracción y la aprehensión.

Art. 640 REGLAS

REGLA 4 Calificada la flagrancia, el juez señala dia y hora para audiencia de juicio directo en el plazo max. 20 dias (podran solicitar al fiscal la practirca de diligencias y actuaciones necesarias REGLA 5 Hasta 3 dias antes podran anunciar pruebas por escrito PRUEBA FUNDAMENTA Se puede L presentar en audiencia de juicio, siempre que evidencie su estado de inocencia, que no pudo conocerla, reproducirla o tener acceso a ella. REGLA 6 De considerar necesario de forma motivada y por una sola vez, se puede suspender y convocar en max. 15 días para su continuación (día y hora) NO PROCEDE DIFERIMIENTO

REGLA 7 Juez declara iniciada la audiencia y solicita que se pronuncien sobre vicios formales, cuestiones de procedibilidad, prejudicialidad, validez procesal, exclusion de pruebas Se abstiene de acusar, el juzgador puede dictar auto de sobreseimiento y concluye la audiencia SI EL FISCAL REGLA 8 Si la persona procesada no asiste a la audiencia, el juez podrá disponer su detención con el único fin de hacerla comparecer SI EXISTE ACUSACION FISCAL Se continuara con la audiencia de juicio

Importante recordar: Solo procede contra delitos que sean calificados como flagrantes, la receptacion de parte de aprehension es 24/ Realizada la calificación de flagrancia procederá la audiencia de procedimiento directo. Se presentan pruebas de cargo y descargo. La sentencia puede ser objeto de apelacion ante la Corte Provincial La sentencia acusatoria se dara si se comprueba la gravedad del delito y la responsabilidad del hecho. Sino hay pruebas suficientes se aplicara el principio de inocencia y se dispondra inmediata libertad