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Asignatura: Dret Processal I, Profesor: serrano serrano, Carrera: Dret, Universidad: UdL
Tipo: Apuntes
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Jurisdicció: funció estat, règim monopoli, sobirania estatal. Organització dels tribunals. Pressupòsit judicial.
Dret que té el justiciable davant l’administració de justícia (demanda – secretari judicial – interlocutòria). L’admissió de la demanda esta sotmesa a uns pressupòsits. Hi ha un dret subjectiu públic a que s’admeti la demanda, el procés es tramiti i que es dicti una sentencia amb qualsevol contingut, estimatòria o desestimatòria. Són pressupòsits de forma, no de fons dels que depèn l’admissió de la demanda (forma), no l’estimació (fons).
3.1. Pressupòsits processals relatius a l’òrgan jurisdiccional.
Dret constitucional:
asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
cada caso se requiere que el conocimiento del pleito les esté atribuido por normas con rango de ley y anteriores a la incoación de las actuaciones de que se trate.
Nul·litat d’actes processals:
siguientes: Cuando se produzcan por o ante Tribunal con falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional. / Cuando se realicen bajo violencia o intimidación. / Cuando se prescinda de normas esenciales del procedimiento, siempre que, por esa causa, haya podido producirse indefensión. / Cuando se realicen sin intervención de abogado, en los casos en que la ley la establezca como obligatoria. / Cuando se celebren vistas sin la preceptiva intervención del Secretario judicial. / Cuando se resolvieran mediante diligencias de ordenación o decreto cuestiones que, conforme a la ley, hayan de ser resueltas por medio de providencia, auto o sentencia. / En los demás casos en que esta ley así lo establezca.
Determinar tribunal davant el qual s’ha de presentar la demanda. Trobem 5 criteris:
problema en delegar competència, si els elements en conflicte tenen relació amb l’estat espanyol. Si el legislador ha de valorar si el conflicte està relacionat a, tots els elements amb un bé de l’Estat.
Dret material (exemple): Jo soc propietària d’un pis a Itàlia i el vull llogar, quan es produeixi un problema, tenint en compte l’element de estrangeria, quin tribunal aniré a buscar? El jutge es pregunta, sóc competent? Això ho solucionarà la norma convenient i miraré si la puc aplicar o no. L’advocat també ho ha de tenir en compte. Si no puc aplicar una font comunitària de la unió europea, he de mirar si hi ha una font convencional, un conveni internacional, si resulta que no busco una font legal interna a veure si es pot pronunciar, ja que el “non liquet”, es a dir, no pronunciar-se està prohibit. Ho regula la llei orgànica del tribunal.
Normes de competència judicial internacional:
Font comunitària: Article 81 del TFUE : 1. La Unión desarrollará una cooperación judicial en asuntos civiles con repercusión transfronteriza, basada en el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales y extrajudiciales. Esta cooperación podrá incluir la adopción de medidas de aproximación de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros.
2. A los efectos del apartado 1, y en particular cuando resulte necesario para el buen funcionamiento del mercado interior, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptarán, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, medidas para garantizar: a) el reconocimiento mutuo, entre los Estados miembros, de las resoluciones judiciales y extrajudiciales, así como su ejecución; b) la notificación y el traslado transfronterizos de documentos judiciales y extrajudiciales; c) la compatibilidad de las normas aplicables en los Estados miembros en materia de conflictos de leyes y de jurisdicción; d) la cooperación en la obtención de pruebas; e) una tutela judicial efectiva; f) la eliminación de los obstáculos al buen funcionamiento de los procedimientos civiles, fomentando si es necesario la compatibilidad de las normas de procedimiento civil aplicables en los Estados miembros; g) el desarrollo de métodos alternativos de resolución de litigios; h) el apoyo a la formación de magistrados y del personal al servicio de la administración de justicia. 3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, las medidas relativas al Derecho de familia con repercusión transfronteriza se establecerán por el Consejo, con arreglo a un procedimiento legislativo especial. El Consejo se pronunciará por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo. El Consejo, a propuesta de la Comisión, podrá adoptar una decisión que determine los aspectos del Derecho de familia con repercusión transfronteriza que puedan ser objeto de actos adoptados mediante el procedimiento legislativo ordinario. El Consejo se pronunciará por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo. La propuesta a que se refiere el párrafo segundo se comunicará a los Parlamentos nacionales. En caso de que un Parlamento nacional notifique su oposición en los seis meses posteriores a la comunicación, la decisión no será adoptada. En ausencia de oposición, el Consejo podrá adoptar la decisión.
resolucions judicials en matèria civil i mercantil (Reglament Brussel·les I bis), es tracta d’un reglament heterogeni o reglament doble: La seva aplicació es produeix en 4 extrems, en base als 5 criteris. El tractament processal queda regulat en:
relaciones entre el poderdante y el procurador, regirán las normas establecidas para el contrato de mandato en la legislación civil aplicable.
procurador oirá y firmará los emplazamientos, citaciones, requerimientos y notificaciones de todas clases, incluso las de sentencias que se refieran a su parte, durante el curso del asunto y hasta que quede ejecutada la sentencia, teniendo estas actuaciones la misma fuerza que si interviniere en ellas directamente el poderdante sin que le sea lícito pedir que se entiendan con éste. 2. También recibirá el procurador, a efectos de notificación y plazos o términos, las copias de los escritos y documentos que los procuradores de las demás partes le entreguen en la forma establecida en el artículo 276. 3. En todos los edificios judiciales que sean sede de tribunales civiles existirá un servicio de recepción de notificaciones organizado por el Colegio de Procuradores. La recepción por dicho servicio de las notificaciones y de las copias de escritos y documentos que sean entregados por los procuradores para su traslado a los de las
-Conveni multilateral: Conveni relatiu a la competència i execució de resolucions judicials en matèria civil i mercantil.
Font legal interna:
a) Derechos reales y arrendamientos de bienes inmuebles que se hallen en España. No obstante, en materia de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles celebrados para un uso particular durante un plazo máximo de seis meses consecutivos, serán igualmente competentes los órganos jurisdiccionales españoles si el demandado estuviera domiciliado en España, siempre que el arrendatario sea una persona física y que éste y el propietario estén domiciliados en el mismo Estado.
b) Constitución, validez, nulidad o disolución de sociedades o personas jurídicas que tengan su domicilio en territorio español, así como respecto de los acuerdos y decisiones de sus órganos.
c) Validez o nulidad de las inscripciones practicadas en un registro español.
d) Inscripciones o validez de patentes, marcas, diseños o dibujos y modelos y otros derechos sometidos a depósito o registro, cuando se hubiera solicitado o efectuado en España el depósito o el registro.
e) Reconocimiento y ejecución en territorio español de sentencias y demás resoluciones judiciales, decisiones arbitrales y acuerdos de mediación dictados en el extranjero.
- Furs generals: (22 bis) 1. En aquellas materias en que una norma expresamente lo permita, los Tribunales españoles serán competentes cuando las partes, con independencia de su domicilio, se hayan sometido expresa o tácitamente a ellos. No surtirán efectos los acuerdos que atribuyan la competencia a los Tribunales españoles ni las estipulaciones similares incluidas en un contrato si son contrarios a lo establecido en los artículos 22 quáter, 22 quinquies, 22 sexies y 22 septies, o si excluyen la competencia de los órganos judiciales españoles exclusivamente competentes conforme lo establecido en el artículo 22, en cuyo caso se estará a lo establecido en dichos preceptos.
La sumisión a los Tribunales españoles en las materias contempladas en las letras d) y e) del artículo 22 quinquies sólo será válida si se fundamenta en un acuerdo de sumisión posterior a que surja la controversia, o ambos contratantes tuvieran ya su domicilio o residencia habitual en España en el momento de celebración del contrato o el demandante fuera el consumidor, asegurado o tomador del seguro.
El acuerdo de sumisión expresa deberá constar por escrito, en una cláusula incluida en un contrato o en un acuerdo independiente, o verbalmente con confirmación escrita, así como en alguna forma que se ajuste a los hábitos que las partes tengan establecidos entre ellas, o en el comercio internacional sea conforme a los usos que las partes conozcan o deban conocer y que, en dicho comercio, sean ampliamente conocidos y regularmente observados por las partes en los contratos del mismo tipo en el sector comercial considerado. Se entenderá que media acuerdo escrito cuando resulte de una transmisión efectuada por medios electrónicos que proporcione un registro duradero.
Se considerará igualmente que hay acuerdo escrito cuando esté consignado en un intercambio de escritos de demanda y contestación dentro del proceso iniciado en España, en los cuales la existencia del acuerdo sea afirmada por una parte y no negada por la otra.
(22 ter) 1. En materias distintas a las contempladas en los artículos 22, 22 sexies y 22 septies y si no mediare sumisión a los Tribunales españoles de conformidad con el artículo 22 bis, éstos resultarán competentes cuando el demandado tenga su domicilio en España o cuando así venga determinado por cualquiera de los foros establecidos en los artículos 22 quáter y 22 quinquies.
Se entenderá que una persona jurídica está domiciliada en España cuando radique en ella su sede social, su centro de administración o administración central o su centro de actividad principal.
-Furs especials: En defecto de los criterios anteriores, los Tribunales españoles serán competentes:
a) En materia de declaración de ausencia o fallecimiento, cuando el desaparecido hubiera tenido su último domicilio en territorio español o tuviera nacionalidad española.
b) En materia relacionada con la capacidad de las personas y las medidas de protección de las personas mayores de edad o de sus bienes, cuando estos tuviesen su residencia habitual en España.
c) En materia de relaciones personales y patrimoniales entre cónyuges, nulidad matrimonial, separación y divorcio y sus modificaciones, siempre que ningún otro Tribunal extranjero tenga competencia, cuando ambos cónyuges posean residencia habitual en España al tiempo de la interposición de la demanda o cuando hayan tenido en España su última residencia habitual y uno de ellos resida allí, o cuando España sea la residencia habitual del demandado, o, en caso de demanda de mutuo acuerdo, cuando en España resida uno de los cónyuges, o cuando el demandante lleve al menos un año de residencia habitual en España desde la interposición de la demanda, o cuando el demandante sea español y tenga su residencia habitual en España al menos seis meses antes de la interposición de la demanda, así como cuando ambos cónyuges tengan nacionalidad española.
d) En materia de filiación y de relaciones paterno-filiales, protección de menores y de responsabilidad parental, cuando el hijo o menor tenga su residencia habitual en España al tiempo de la interposición de la demanda o el demandante sea español o resida habitualmente en España o, en todo caso, al menos desde seis meses antes de la presentación de la demanda.
e) En materia de adopción, en los supuestos regulados en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional.
f) En materia de alimentos, cuando el acreedor o el demandado de los mismos tenga su residencia habitual en España o, si la pretensión de alimentos se formula como accesoria a una cuestión sobre el estado civil o de una acción de responsabilidad parental, cuando los Tribunales españoles fuesen competentes para conocer de esta última acción.
g) En materia de sucesiones, cuando el causante hubiera tenido su última residencia habitual en España o cuando los bienes se encuentren en España y el causante fuera español en el momento del fallecimiento. También serán competentes cuando las partes se hubieran sometido a los Tribunales españoles, siempre que fuera aplicable la ley
dictará auto en los diez siguientes, sin que contra él quepa recurso alguno. El auto que se dicte resolverá definitivamente el conflicto de competencia.
Artículo 48: 1. Desde que se dicte el auto declinando la competencia o acordando el requerimiento, y desde que se tenga conocimiento de este por el Juez o Tribunal requerido, se suspenderá el procedimiento en el asunto a que se refiere aquél. / 2. No obstante, la suspensión no alcanzará a las actuaciones preventivas o preparatorias ni a las cautelares, cualesquiera que sean los órdenes jurisdiccionales en eventual conflicto, que tengan carácter urgente o necesario, o que, de no adoptarse, pudieran producir un quebranto irreparable o de difícil reparación. En su caso, los Jueces o Tribunales adoptarán las garantías procedentes para asegurar los derechos o intereses de las partes o de terceros o el interés público.
Artículo 49: Las resoluciones recaídas en la tramitación de los conflictos de competencia no serán susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario.
Artículo 50: 1. Contra la resolución firme en que el órgano del orden jurisdiccional indicado en la resolución a que se refiere el apartado 6 del artículo 9 declare su falta de jurisdicción en un proceso cuyos sujetos y pretensiones fuesen los mismos, podrá interponerse en el plazo de diez días recurso por defecto de jurisdicción. / 2. El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la resolución, quien, tras oír a las partes personadas, si las hubiere, remitirá las actuaciones a la Sala de Conflictos. / 3. La Sala reclamará del Juzgado o Tribunal que declaró en primer lugar su falta de jurisdicción que le remita las actuaciones y, oído el Ministerio Fiscal por plazo no superior a diez días, dictará auto dentro de los diez siguientes.
prelatius, però han de seguir un ordre de prelació.
competencia objetiva se apreciará de oficio, tan pronto como se advierta, por el tribunal que esté conociendo del asunto. 2. Cuando el tribunal que conozca del asunto en segunda instancia o en trámite de recurso extraordinario por infracción procesal o de casación entienda que el tribunal ante el que se siguió la primera instancia carecía de competencia objetiva, decretará la nulidad de todo lo actuado, dejando a salvo el derecho de las partes a ejercitar sus acciones ante la clase de tribunal que corresponda. 3. En los casos a que se refieren los apartados anteriores, el Secretario judicial dará vista a las partes y al Ministerio Fiscal por plazo común de diez días, resolviendo el Tribunal por medio de auto. 4. El auto que declare la falta de competencia objetiva
indicará la clase de tribunal al que corresponde el conocimiento del asunto. (49 LEC) Apreciación de la falta de competencia objetiva a instancia de parte: El demandado podrá denunciar la falta de competencia objetiva mediante la declinatoria.
mismo orden jurisdiccional se resolverán por el órgano inmediato superior común, conforme a las normas establecidas en las leyes procesales. / 2. En la resolución en que se declare la falta de competencia se expresará el órgano que se considere competente. (52 LOPJ) No podrán suscitarse cuestiones de competencia entre Jueces y Tribunales subordinados entre sí. El Juez o Tribunal Superior fijará, en todo caso, y sin ulterior recurso, su propia competencia, oídas las partes y el Ministerio Fiscal por plazo común de diez días. Acordado lo procedente, recabarán las actuaciones del Juez o Tribunal inferior o le remitirán las que se hallare conociendo.
Es plantegen entre òrgans judicials de la mateixa o diferent classe (exemple: entre dos Jutjats de Primera instància) que pertanyen al mateix ordre jurisdiccional no subordinats entre sí. Poden ser positives o negatives. Es resolen pel tribunal superior comú prèvia audiència Ministeri Fiscal i parts personades. La resolució judicial adopta forma d’interlocutòria contra la qual no es pot presentar cap recurs.
Tractament processal
Declinatòria: (64 LEC) (65 LEC)
conocer de ella. 1. Mediante la declinatoria, el demandado y los que puedan ser parte legítima en el juicio promovido podrán denunciar la falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de ésta a tribunales extranjeros, a órganos de otro orden jurisdiccional, a árbitros o a mediadores. También se propondrá declinatoria para denunciar la falta de competencia de todo tipo. Si la declinatoria se fundare en la falta de competencia territorial, habrá de indicar el tribunal al que, por considerarse territorialmente competente, habrían de remitirse las actuaciones. / 2. La declinatoria se propondrá ante el mismo tribunal que esté conociendo del pleito y al que se considere carente de jurisdicción o de competencia. No obstante, la declinatoria podrá presentarse también ante el tribunal del domicilio del demandado, que la hará llegar por el medio de comunicación más rápido posible al tribunal ante el que se hubiera presentado la demanda, sin perjuicio de remitírsela por oficio al día siguiente de su presentación.
processal (no fa falta prova plena), dependrà del procés principal, incident = declinatòria.
judici verbal també son 10 dies). Un cop interposada la declinatòria, suspensió del procediment principal. La
67 LEC: 1. Contra los autos que resuelvan sobre la competencia territorial no se dará recurso alguno. / 2. En los recursos de apelación y extraordinario por infracción procesal sólo se admitirán alegaciones de falta de competencia territorial cuando, en el caso de que se trate, fueren de aplicación normas imperativas.
225 LEC : Nulidad de pleno derecho.: Los actos procesales serán nulos de pleno derecho en los casos siguientes: 1.º Cuando se produzcan por o ante Tribunal con falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional. 2.º Cuando se realicen bajo violencia o intimidación. 3.º Cuando se prescinda de normas esenciales del procedimiento, siempre que, por esa causa, haya podido producirse indefensión.4.º Cuando se realicen sin intervención de abogado, en los casos en que la ley la establezca como obligatoria. 5.º Cuando se celebren vistas sin la preceptiva intervención del Secretario judicial. 6.º Cuando se resolvieran mediante diligencias de ordenación o decreto cuestiones que, conforme a la ley, hayan de ser resueltas por medio de providencia, auto o sentencia. 7.º En los demás casos en que esta ley así lo establezca.
COMPETÈNCIA FUNCIONAL no marca el tribunal
(61 LEC) Concepte : Salvo disposición legal en otro sentido, el tribunal que tenga competencia para conocer de un pleito, la tendrá también para resolver sobre sus incidencias, para llevar a efecto las providencias y autos que dictare, y para la ejecución de la sentencia o convenios y transacciones que aprobare.
Competència per connexió, es determina de forma indirecta fomentant-se en accions processals anteriors (tribunal X coneix de la declinatòria). Altres exemples son els recursos. El tribunal competent ho es del procés d’execució del títol judicial (norma competència funcional)
Tractament processal: Normes imperatives, “ius cogens” pot ser d’ofici o a instancia de part. La instancia de part es pot fer perquè seria la resposta, la part pot recórrer (no es pre declinatòria).
Artículo 68. Obligatoriedad del reparto. Tratamiento procesal.
Artículo 69. Plazo en que debe efectuarse el reparto. Los asuntos serán repartidos y remitidos a la Oficina judicial que corresponda dentro de los dos días siguientes a la presentación del escrito o solicitud de incoación de las actuaciones.
Artículo 70. Medidas urgentes en asuntos no repartidos. Los Jueces Decanos y los Presidentes de Tribunales y Audiencias podrán, a instancia de parte, adoptar las medidas urgentes en los asuntos no repartidos cuando, de no hacerlo, pudiera quebrantarse algún derecho o producirse algún perjuicio grave e irreparable.
Els assumptes han de ser repartits, identificarem el tribunal però no cal el numero. Jutjats que desenvolupin el servei de guarda en aquell moment, menys els jutjats de primera instancia que no funcionen com a jutjat de guàrdia. “jutges degans”.
I. Capacitat per a ser part (art. 6 LEC):
2.º El concebido no nacido, para todos los efectos que le sean favorables.
3.º Las personas jurídicas.
4.º Las masas patrimoniales o los patrimonios separados que carezcan transitoriamente de titular o cuyo titular haya sido privado de sus facultades de disposición y administración.
5.º Las entidades sin personalidad jurídica a las que la ley reconozca capacidad para ser parte.
6.º El Ministerio Fiscal, respecto de los procesos en que, conforme a la ley, haya de intervenir como parte.
7.º Los grupos de consumidores o usuarios afectados por un hecho dañoso cuando los individuos que lo compongan estén determinados o sean fácilmente determinables. Para demandar en juicio será necesario que el grupo se constituya con la mayoría de los afectados.
8.º Las entidades habilitadas conforme a la normativa comunitaria europea para el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios.
II. Capacitat processal (arts. 7 i 8 LEC):
7: Comparecencia en juicio y representación.
Associacions (art. 11 LEC): 1. Sin perjuicio de la legitimación individual de los perjudicados, las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas estarán legitimadas para defender en juicio los derechos e intereses de sus asociados y los de la asociación, así como los intereses generales de los consumidores y usuarios.
4.Las entidades habilitadas a las que se refiere el artículo 6.1.8 estarán legitimadas para el ejercicio de la acción de cesación para la defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios.
Los Jueces y Tribunales aceptarán dicha lista como prueba de la capacidad de la entidad habilitada para ser parte, sin perjuicio de examinar si la finalidad de la misma y los intereses afectados legitiman el ejercicio de la acción
Sindicats (art. 11 bis LEC): 1. Para la defensa del derecho de igualdad de trato entre mujeres y hombres, además de los afectados y siempre con su autorización, estarán también legitimados los sindicatos y las asociaciones legalmente constituidas cuyo fin primordial sea la defensa de la igualdad de trato entre mujeres y hombres, respecto de sus afiliados y asociados, respectivamente.
Ministeri Fiscal (art. 11.5 LEC): El Ministerio Fiscal estará legitimado para ejercitar cualquier acción en defensa de los intereses de los consumidores y usuarios.
Pluralitats de parts: litisconsorci
Litisconsorci voluntari
Exemple: art. 1138 CC: obligació mancomunada : Obligació en què hi ha una pluralitat de deutors o de creditors i el deute es presumeix dividit en tantes parts iguals com creditors o deutors hi hagi, de tal manera que es consideren crèdits o deutes diferents.
Litisconsorci necessari
Exemple: art. 1139 CC: obligacions indivisibles : En no poder-se dividir l’obligació, solament perjudicaran al dret dels creditors els actes col·lectius i solament es podrà fer efectiu el deute procedint contra tots els deutors.
Pluralitats de parts: intervenció
Art. 8 LAU : El dret del subarrendatari s’extingeix, en tot cas, quan s’extingeixi el dret de l’arrendatari que subarrendà.
Art.1847 CC : L’obligació del fiador s’extingeix al mateix temps que la del deutor.
Art. 222.3 LEC : Accionistes en processos d’impugnació d’acords societaris.
Art. 561-8.2 CCCat : Els usufructuaris han de notificar als propietaris tot acte de tercers del qual tinguin notícia que pugui perjudicar els béns usufructuats. Si no ho fan, responen dels danys i perjudicis imputables a aquesta omissió.
Arts. 1475, 1481 i 1482 CC : El comprador demandat ha de sol·licitar, dins el termini que preveu la LEC per contestar la demanda, que aquesta es notifiqui al venedor en el termini més breu possible.
El venedor està obligat al sanejament sempre que se li hagi notificat la demanda d’evicció a instància del comprador.
Art. 124 Llei 11/1986, règim jurídic de patents : El concessionari que exerceixi una acció contra tercers que vulnerin el seu dret ho haurà de notificar al titular de la patent, el qual podrà personar-se i intervenir en el procés.
Intervenció en processos per a la protecció de drets i interessos col·lectius i difusos de consumidors i usuaris:
13.1 LEC: Mientras se encuentre pendiente un proceso, podrá ser admitido como demandante o demandado, quien acredite tener interés directo y legítimo en el resultado del pleito. En particular, cualquier consumidor o usuario podrá intervenir en los procesos instados por las entidades legalmente reconocidas para la defensa de los intereses de aquéllos.
15 LEC: 1. En los procesos promovidos por asociaciones o entidades constituidas para la protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, o por los grupos de afectados, se llamará al proceso a quienes tengan la condición de perjudicados por haber sido consumidores del producto o usuarios del servicio que dio origen al proceso, para que hagan valer su derecho o interés individual. Este llamamiento se hará por el Secretario judicial publicando la admisión de la demanda en medios de comunicación con difusión en el ámbito territorial en el que se haya manifestado la lesión de aquellos derechos o intereses.
El Ministerio Fiscal será parte en estos procesos cuando el interés social lo justifique. El tribunal que conozca de alguno de estos procesos comunicará su iniciación al Ministerio Fiscal para que valore la posibilidad de su personación.
Successió processal
En cap cas no s'ha de considerar formulada la reconvenció en l'escrit del demandat que finalitzi sol·licitant la seva absolució respecte de la pretensió o les pretensions de la demanda.
Tractament processal demanda i reconvenció defectuosa
El demandat també ha d'adduir, en la contestació a la demanda del judici ordinari, les excepcions processals i la resta d'al·legacions que posin en relleu tot el que obsti a la prossecució vàlida i al terme del procés mitjançant sentència sobre el fons.
Defecte legal en la manera de proposar la demanda o, si s'escau, la reconvenció: falta de claredat o precisió en la determinació de les parts o de la petició.
Si el demandat al·lega en la contestació a la demanda la falta de claredat o de precisió de la demanda en la determinació de les parts o en les pretensions deduïdes, o si l'actor addueix en l'audiència prèvia els mateixos defectes en la contestació o en la reconvenció, o si, d'ofici, el tribunal hi aprecia els uns o els altres, ha d'admetre en l'acte de l'audiència els aclariments o les precisions que siguin oportuns.
En cas que no es formulin aclariments i precisions, el tribunal només ha de decretar el sobreseïment del plet si no és en absolut possible determinar en què consisteixen les pretensions de l'actor o, si s'escau, del demandat en la reconvenció, o davant de quins subjectes jurídics es formulen les pretensions.
Tractament processal demanda i reconvenció defectuosa
Fases en la que es determina objecte del procés
3. Fase de judici/abans de començar a transcórrer el termini per dictar sentència (art. 286 LEC)
Elements identificadors objecte del procés
La carga de la alegación a que se refiere el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de las alegaciones complementarias o de hechos nuevos o de nueva noticia permitidas en esta Ley en momentos posteriores a la demanda y a la contestación.
Processos amb pluralitat d’objectes
Article 408. Tractament processal de l'al·legació de compensació i de la nul·litat del negoci jurídic en què es fonamenta la demanda. Cosa jutjada.
Negativa a realitzar les diligències acordades
Si s’ha demanat declaració sobre fets relatius a la capacitat, representació o legitimació del citat, es poden tenir afirmativament per respostes les preguntes que el sol·licitant pretengui formular-li i els fets corresponents s’han de considerar admesos a efectes del judici posterior.
Si s’ha sol·licitat l’exhibició de títols i documents i el tribunal aprecia que hi ha indicis suficients que poden trobar-se en un lloc determinat, ha d’ordenar l’entrada i registre del lloc esmentat, i procedir, si se’n troben, a ocupar els documents i a posar-los a disposició del sol·licitant, a la seu del tribunal.
Decisió sobre la caució (incident contradictori; interlocutòria).
Concepte: Activitat processal tendent a què el Jutge obtingui el convenciment sobre la certesa positiva o negativa d’uns fets o afirmacions fàctiques.
Distinció entre fonts i mitjans de prova.
Objecte:
que tinguin relació amb la tutela judicial que es pretén obtenir en el procés.
del costum no és necessària si les parts estan conformes en la seva existència i contingut, i si les seves normes no afecten l'ordre públic. El dret estranger ha de ser provat pel que fa al contingut i la vigència, i per a la seva aplicació el tribunal pot fer servir tots els mitjans d'indagació que consideri necessaris.
Necessitat de altres vies/mètodes diferents a la prova:
aducidos por el actor. El tribunal podrá considerar el silencio o las respuestas evasivas del demandado como admisión tácita de los hechos que le sean perjudiciales.
Presunciones legales.
Tales presunciones sólo serán admisibles cuando la certeza del hecho indicio del que parte la presunción haya quedado establecida mediante admisión o prueba.
Presunciones judiciales.
La sentencia en la que se aplique el párrafo anterior deberá incluir el razonamiento en virtud del cual el tribunal ha establecido la presunción.
Exemples presumpcions legals:
Article 235-5 CCCat Paternitat matrimonial 1. Es tenen per fills del marit els nascuts després de la celebració del matrimonii dins els tres-cents dies següents a la separació, judicial o de fet, dels cònjuges o a la declaració de nul·litat o a la dissolució del matrimoni. Article 235-10 Presumpcions de paternitat no matrimonial 1. Es presumeix que és pare del fill no matrimonial: a) L’home amb el qual la mare ha conviscut en el període legal de la concepció. (….) 2. Les presumpcions a què fa referència l’apartat 1 es poden destruir amb tota classe de proves en el judici corresponent.
Altres exemples presumpcions legals:
Article 531-24 CCCat Possessió per a usucapir 1. Per a usucapir, la possessió ha d'ésser en concepte de titular del dret, pública, pacífica i ininterrompuda i no necessita títol ni bona fe. 3. Es presumeix que la persona que usucapeix ha posseït el bé de manera continuada des que va adquirir la possessió.
Article 561-3 CCCat. Constitució usdefruit 4. L'usdefruit a favor d'una persona jurídica no es pot constituir per una durada superior a noranta-nou anys. Si el títol de constitució no estableix una altra cosa, es presumeix constituït per trenta anys.
Altres exemples presumpcions legals:
art. 71 LC. Accions de reintegració -Un cop declarat el concurs, són rescindibles els actes perjudicials per a la massa activa (béns i drets integrats patrimoni deutor) efectuats pel deutor dins dels dos anys anteriors a la data de la declaració, encara que no hi hagi hagut intenció fraudulenta. -El perjudici patrimonial es presumeix, sense admetre prova en contra, quan es tracti d’actes de disposició a títol gratuït. -Llevat de prova en contra, el perjudici patrimonial es presumeix quan es tracti p.e. d’actes dispositius a títol onerós efectuats a favor d’alguna de les persones especialment relacionades amb el concursat.
Exemple presumpcions judicials: SAP Murcia, Sec. 4a, núm. 647/2013, de 31 octubre -Dificultat de provar la simulació contractual, fet presumpte, que ha de donar lloc a la nul·litat radical del contracte de compravenda per manca de causa (art. 1261 CC). -Es proven un conjunts de fets indicis: *relació de parentiu entre les parts del contracte. *no es prova el pagament. *manca de necessitat econòmica del venedor. *manca de capacitat econòmica del comprador. *no s’acredita la possessió i gaudi de la finca pel comprador. -La simulació contractual queda acreditada pel judici de probabilitat- raonament racional i lògic- que permet connectar els fets indicis amb el fet presumpte.
Iniciativa: