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Programa de la catedra de tercer año.
Tipo: Apuntes
1 / 25
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Introducción:
Nociones fundamentales :
Ordenamiento,
Norma jurídica,
Estructura Jurídica,
Situación jurídica,
Relación jurídica,
Clases de relaciones,
Poderes y deberes,
Actuación del derecho,
Causalidad jurídica,
Hechos, actos y negocios jurídicos.
Ubicación del derecho de obligaciones
Aproximación a las fuentes obligacionales contemporaneas, negocio jurídico,
ley y daño resarcible.
Referencias jurisprudenciales nacionales y anglosajonas.
Obligación - Etimología
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 37-49.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones II, Vol. I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2015, 89-113.
Corte suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 13 de Abril de 1956.
Concepto y estructura de la obligación
1. Elementos formativos de la obligación.
Concepto:
o Origen etimológico.
o La cooperación como origen sociológico de la obligación jurídica.
o Elementos de la obligación: débito y responsabilidad
o La llamada Ecuación Obligacional.
Bibliografía
DIEZ PICAZO, L. DIEZ PICAZO, L. Fundamentos del Derecho Civil patrimonial. Las relacionesFundamentos del Derecho Civil patrimonial. Las relaciones
obligatorias obligatorias , Tomo II, Madrid, Civitas, quinta edición, 1996,, Tomo II, Madrid, Civitas, quinta edición, 1996, 47-62.47-62.
Tratado de las obligaciones,
Tratado de las obligaciones, Tomo
Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 53-67.
de Colombia, 2007, 53-67.
HINESTROSA, F. HINESTROSA, F. Tratado de lasobligaciones,Tratado de lasobligaciones, TomoTomo II, Vol. I, Bogotá, UniversidadII, Vol. I, Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 2015, 43-71. Externado de Colombia, 2015, 43-71.
2. Fuentes de las Obligaciones:
o Las fuentes de la Obligación históricas (Roma) y contemporáneas (Negocio
Jurídico, Ley y Daño Resarcible).
o Fuentes doctrinales (El abuso del derecho y de posición dominante, el
enriquecimiento sin justa causa, el fraude a la ley.)
o Antecedentes Romanos: la obligación romana: cómo surgió; obligación y
garantía, personal y ajena, obligación y acción, atenuación paulatina de la
responsabilidad personal, la condena pecuniaria, formas de ejecución
universal, el débito primario y el secundario, la perpetuatio obligationis, la
ejecución in natura, la indemnización. El Código Civil y el régimen obligacional.
SÁNCHEZ, L.C. “La clasificación de las fuentes de las obligaciones en la reforma del SÁNCHEZ, L.C. “La clasificación de las fuentes de las obligaciones en la reforma del
código civil francés de 2016” En código civil francés de 2016” En La reforma francesa del derecho de los contratos y deLa reforma francesa del derecho de los contratos y de
las obligaciones:¿ fuente de inspiración para una futura reforma en derecho las obligaciones:¿ fuente de inspiración para una futura reforma en derecho
colombiano?
colombiano? , Silvana Fortich, Anabel Riaño Saad (Coord.), Bogotá, Universidad
, Silvana Fortich, Anabel Riaño Saad (Coord.), Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 2020, Externado de Colombia, 2020,
Corte suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 1 de Julio de 2008, M.P. William
Namen
LIEBECK VS. MCDONALD’S RESTAURANTS Nº CV 9302419, 1995 WL 360309 (Bernalillo
County, N.M. Dist. Ct. Aug. 18, 1994.
HAWKINS V. McGEE New Hampshire Supreme Court 84 N.H. 114, 116 A. 641 (1929)
Laudo Centro de arbitraje y conciliación Cámara de Comercio de Bogotá. Energía del
río Piedras E.A.E.S.P Vs. Empresas públicas de Medellín, 24 de mayo de 2018
3. Exigibilidad y Mora:
o Exigibilidad y Mora.
o Diferencias.
o Obligaciones a plazo, término o condición.
o Clases de Plazo y Clases de Condiciones.
DIEZ PICAZO, L. Fundamentos del Derecho Civil patrimonial. Las relaciones
obligatorias , Tomo II, Madrid, Civitas, quinta edición, 1996, 747-751.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 691-699.
OSPINA FERNANDEZ, G. Régimen general de las obligaciones , Octava Edición, Bogotá,
Temis, 2016, 156-168.
Sentencia Corte Constitucional C-664 de 2006, M.P: HUMBERTO ANTONIO SIERRA
Acciones destinadas a la tutela del crédito:
La acción subrogatoria:
o Razón de ser y función.
o Presupuestos: crédito, derecho del deudor, inercia de éste y eventus damni.
o Efectos.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 20 de Septiembre de 2013 M.P:
Ruth Marina Díaz.
La acción revocatoria:
o Razón de ser y función.
o Presupuestos: crédito, acto susceptible de revocación de revocación, concilium
fraudis o gratitud de la disposición y eventus damni.
o Adquirentes u subadquirentes.
o Efectos de la revocación.
o Prescripción.
o La revocación en las ejecuciones universales e intervenciones administrativas.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 22 de Agosto de 1967, M.P: Gustavo
Fajardo Pinzón.
La acción de simulación:
o Razón de ser y función.
o Presupuestos: crédito, acto susceptible de impugnación, el acto de distracción.
o Efectos.
o Prescripción.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 9 de abril de 2014, M.P: Fernando
Giraldo Gutiérrez.
HINESTROSA, F. “Tutela del acreedor contra el deudor incumplido” en revista de
derecho privado , 31, julio- diciembre de 2016, Universidad Externado de Colombia.
PÉREZ VIVES, A. Teoría general de las obligaciones , Segunda parte, Bogotá,
Universidad Nacional de Colombia, 1951, 712 y ss.
TAMAYO LOMBANA, A. Manual de Obligaciones , Bogotá, Rodríguez Quito, 1986, 321-
Cauciones o garantías del derecho de crédito. garantías personales y
garantías reales.
o Solidaridad
Laudo: Tribunal de arbitramento de Luis Milton Ortiz Vergel Contra Fernando
Ramírez S.A.S. No. 15.759.
o Fianza,
o Clases de fianza,
o Relaciones entre acreedor y garante y entre garante y deudor, pluralidad de
garantes.
o El seguro de crédito.
o La hipoteca, clases, relaciones entre acreedor y garante y entre este y el deudor.
o Anticresis.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 80-93; 334- 339; 415-417.
PÉREZ VIVES, A. Teoría general de las obligaciones , Segunda parte, Bogotá,
Universidad Nacional de Colombia, 1951, 707-709 (anticresis)
Otras tutelas.
o La excepción de contrato no cumplido o no cumplido debídamente.
o La posibilidad de suspender o posponer el cumplimiento en caso de mengua
patrimonial de la contraparte o de discusión sobre la calidad de la cosa debida
por ella.
o La extinción del plazo por quiebra, insolvencia o intervención administrativa
del deudor o extinción o merma culposa de las cauciones.
o La cláusula de aceleración.
o El pago.
o Cargas reales.
o El derecho de retención.
ROCHA, A. Lecciones de Dercho Civil. Obligaciones. Revisado y actualizado por Betty
Mercedes Martínez, 173-189 (excepción de contrato no cumplido)
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 610-613.
OSPINA FERNANDEZ, G. Régimen general de las obligaciones , Octava Edición, Bogotá,
Temis, 2016, 162-168 (derecho de retención).
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. 20 de abril de 2018 M.P. Aroldo
Wilson Quiroz
5. 5. Deberes del acreedor en la relación obligatoria.Deberes del acreedor en la relación obligatoria.
o Deberes de comportamiento del deudor y de colaboración del acreedor
o Protección del deudor.
o Deberes de colaboración a cargo del acreedor
según el contrato se toman y tratan como especies; deber de custodia,
responsabilidades objetivas.
De hacer y de no hacer: notas comunes: limitaciones de la libertad, su desarrollo
en el mundo contemporáneo; hacer: trabajo u obra; hacer fungible y hacer
calificado: jurídica y personalmente; grados de calificación o especificación
personal; consecuencias en cuento a la sustituibilidad del deudor y a la
incapacitación o a la pérdida de la legitimación de él y a su imposibilidad personal;
Sentencia : Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil – Bogotá 14 de
agosto de 1951. M.P. Pedro Castillo Pineda.
De no hacer : caracteres propios, su determinación en el tiempo y en el espacio.
GROSSO, G. Las obligaciones. Contenido y requisitos de la prestación , Fernando
Hinestrosa (trad.), Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1992.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 2007, 270-311.
Obligaciones de medios , obligaciones de resultado, obligaciones de
garantía, las llamadas obligaciones de “seguridad personal", obligaciones de
seguridad. Interés de esta clasificación.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 2007, 237-263.
NEME, M. Obligaciones de garantía en el derecho contemporáneo , Bogotá,
Universidad Externado de Colombia, 2018, p. 15-27.
URIBE HOLGUÍN, R. “EL pago de la obligación de medios” en Cincuenta breves
ensayos sobre obligaciones y contratos , Bogotá, Temis, 1970, 95-101.
Obligaciones de Medio y de Resultado: Sentencia: Corte Suprema de
Justicia Sala Civil, Sentencia SC-28042019 de fecha 27/07/
Obligaciones de Garantía. Sentencia: SC2142-2019 Corte Suprema de
Justicia Sala de Casación Civil. Bogotá D.C., 18 de junio de 2019. M.P. Luís
Alfonso Rico Puerta.
Justicia Sala de Casación Civil. Bogotá D.C. 20 de junio de 2019. M.P. Margarita
cabello Blanco.
Obligaciones con prestaciones periódicas, continuadas y por cuotas.
Prestaciones correlativas.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 263-
Obligaciones Portables y Reclamables.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 206.
Obligaciones Ambulatorias o Proptem Rem y las Cargas Reales.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 303-306.
Corte suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, 1 de Julio de 2008, M.P. William
Namen
7. Exposición del deudor que incumple.
o Poderes del acreedor frente al deudor incumplido.
o Incumplimiento y no cumplimiento.
o Clases de incumplimiento.
GRONDONA, M. “Gravedad del incumplimiento, buena fe contractual, clausula
resolutoria expresa” en Revista de derecho privado, 20, Enero-junio de 2011,
Universidad Externado de Colombia.
LARENZ, K. Derecho de obligaciones , Tomo I, JAIME SANTOS BRIZ (Trad.), Madrid,
Revista de Derecho Privado, 1959, 362-369.
o La ejecución in natura + indemnización.
o La ejecución por la aestimatio pecunia más perjuicios.
o Ejecución forzada de obligación de dar, de obligación de entregar; de
obligación de hacer; de obligación de no hacer. Su regulación en los
códigos sustantivos y en el de procedimiento civil.
OSPINA FERNANDEZ, G. Régimen general de las obligaciones , Octava Edición, Bogotá,
Temis, 2016, 52-55.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 80-93; 146; 216-228; 232-236.
Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. 18 de diciembre de 2019. Margarita
Cabello Blanco
Las obligaciones complejas
La relación unitaria y la relación compleja.
o Variedades.
o Principios.
o Pluralidad subjetiva y pluralidad objetiva.
o Coligación.
o Clases y categorías.
Obligaciones Objetivamente complejas.
o Obligaciones conjuntivas o parciales.
o Alternativas (artículo 1556 C.C.)
o Facultativas (artículo 1562 C.C.)
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 371-381.
Obligaciones con partes subjetivamente plurales.
Concepto de obligación subjetivamente colectiva, sus elementos, clases y
actuación.
Exigencia de plenitud.
o (Indivisibilidad) del pago en la obligación singular.
o Principio de la indivisibilidad en caso de pluralidad y su sustitución por el
de la cuota.
o Indivisibilidad del pago, de la prestación y de la obligación.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 313-17.
Indivisibilidad de la obligación o indivisibilidad del objeto (prestación).
o Desarrollo histórico del tema. Dumoulin. Pothier. El code civil. El c. civil:
arts. 1581 y ss. en especial el 1583, el 1588 y el 1590. Individuum
contractu, individuum obligatione, individuum in solutione tantum. Poderes
del acreedor de obligación indivisible. Ejecución in natura: indivisibilidad
de la prestación, singularización de la indemnización, solidaridad de los
incumplidos. Semel individumm, semper individum e indivisibilidad en
razón de la naturaleza de la prestación, cambiante. Indivisibilidad de la
garantía y eventual división de la obligación. Relaciones internas entre
acreedores y entre deudores.
Sentencia Individuum in solutione tantum: Corte Suprema de Justicia, Sala de
Casación Civil. 15 de enero de 2015, M.P. Silvio Fernando Trejos Bueno.
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 317-334.
URIBE HOLGUÍN, R. De las obligaciones y los contratos en general , Bogotá, Temis,
URIBE HOLGUÍN, R. “EL objeto indivisible” en Cincuenta breves ensayos sobre
obligaciones y contratos , Bogotá, Temis, 1970, 35-
Prestaciones de actividad conjunta.
o Su regulación: cumplimiento, incumplimiento, responsabilidad (art. 1591
HINESTROSA, F. Tratado de las obligaciones, Tomo I, Bogotá, Universidad Externado
de Colombia, 2007, 361-363.
Solidaridad.
o Concepto. Naturaleza de las obligaciones solidarias.
o Solidaridad activa: fuentes, concepto, funcionamiento, poderes de cada
acreedor, representación mutua, contraste con la indivisibilidad.
Relaciones internas.
Sentencia : Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil, Referencia:
Expediente Nro. 7400, Bogotá D. C., 27 de noviembre de 2002. M. P.: Silvio
Fernando Trejos Bueno
Solidaridad pasiva.
o Concepto.
Sentencia : Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria,
Referencia: Expediente No. 5208, Bogotá, D.C., 11 de enero de 2000. M.P.
Manuel Ardila Velásquez
OSPINA FERNANDEZ, G. Régimen general de las obligaciones , Octava Edición, Bogotá,
Temis, 2016, 266-269.
URIBE HOLGUÍN, R. De las obligaciones y los contratos en general , Bogotá, Temis,
- Obligaciones pecuniarias:
o Historia del dinero.
o Funciones del dinero.
El dinero como medio de pago.
Depósito de valores.
Unidad de cuenta.
Moneda Fiduciaria.
o Características del dinero, y su curso forzoso y poder de liberación.
o La importancia del dinero en las obligaciones jurídicas.
o La operación bancaria y sus actividades de intermediación, captación y
colocación (activas, pasivas y neutras)
o El Banco Central (Ley 31/92). La intervención de las tasas de interés. La
Superintendencia Financiera (Decreto 663/93).
Sentencia C-827 de 2001. Corte Constitucional Bogotá, D.C. 8 de
agosto de 2001. M.P. Álvaro Tafur Galvis.
o La estructura del sistema financiero colombiano.
o Los intereses y su definición jurídica y económica.
o Caracteres de los intereses.
o Elementos jurídicos del concepto tasa de interés.
o Las clases de interés según su pacto, su remuneración y según quien
los establezca.
o Tasas de interés fijas y variables.
o Prueba de los intereses (Ley 45/90)
o El interés nominal y el interés efectivo.
o Los indicadores de tasas de interés de colocación y de captación. El IBC,
o Los límites a las tasas de interés civiles, comerciales.
o La usura: historia, evolución, determinación actual y crítica a la figura.
o El microcrédito como excepción a la tasa de usura, (tasas de interés del
microcrédito)
o La microempresa y su función económica.
o El Anatocismo , en el Código Civil y de Comercio. Ley 45/
Sentencia : Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil. Bogotá
27 de agosto de 2008. M.P. William Namén Vargas
o Obligaciones en moneda extranjera y Estatuto Cambiario
Resolución 8 de 2000 del Banco de la República - Operaciones
cambiarias.
Sentencia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, Bogotá
D.C. 6 de marzo de 2012 M.P. William Namén Vargas.
o Indicadores Financieros como el Colcap, el Nikkey, Nasdaq. Otros
indicadores nacionales e internacionales.
o El Banco de la reserva federal y la Comisión Monetaria Europea. El
Fondo Monetario Internacional y los Acuerdos de Basilea.
o El crédito de vivienda y su especial protección en el derecho
colombiano.
o Las crisis financieras en Colombia, con énfasis en el UPAC de 1999.
Efectos.
Sentencia Corte Suprema de Justicia, SC832-2019, marzo 19 de
2019 M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque
o Requisitos.
o La subrogación como hecho jurídico, frente a la cesión: negocio.
o Subrogación total y parcial.
o Principales hipótesis de subrogación.
o Efectos de la subrogación.
Sentencia Corte Suprema de Justicia – Sala de casación Civil, Bogotá.
28 de febrero de 1949.
Sentencia T-387 del 18 de mayo de 2007. Magistrado Ponente Manuel
Joseé Cepeda Espinosa.
- Cesión de crédito.
o Concepto.
o Requisitos.
Sentencia 428 de 2011. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil. Magistrada Ponente Ruth Marina Díaz Rueda.
o Cesión de créditos con garantía real.
o Efectos: interpartes y respecto de terceros.
o Notificación y aceptación.
o Excepciones personales y reales.
o Cesión parcial, condicional.
o Cesión ordinaria.
o Cesión judicial.
o Cessio legis.
o Cesión de pretensiones.
o Cesión de créditos en litigio
Sentencia de Casación SC3379 de agosto 23/19.. Radicado: 05266-
3103-000-2011-00370-01. Magistrado Ponente: Doctor Álvaro Fernando
García Restrepo.
o Cesión fiduciaria.
o Pignoración del crédito.
o Usufructo del crédito.
o Anticresis.
o Diputación.
- Endoso.
o Concepto.
o Endoso y cesión.
Sentencia 2001-01054 del 24 de agosto de 2009. Corte Suprema de
Justicia. Magistrado Ponente William Namen Vargas.
o Clases de títulos valores.
o Maneras de transferirlos.
o Clases de endoso y sus efectos.
o Autonomía de la obligación y responsabilidad de quien suscribe un título
valor.
o Las acciones cambiarias.
o Excepciones reales y personales.
Sucesión en la deuda.
- La sucesión mortis causa.
o Testada e intestada.
o Transmisión del pasivo.
o Responsabilidad del sucesor: heredero: beneficiario y no: del legatario.
o Administración del patrimonio por albacea, herederos, secuestre.
o Disposición de bienes de la herencia para el pago de obligaciones
hereditarias.
o La ejecución contra los herederos: iniciación o continuación del proceso.
o Pago por parte del heredero, beneficiario o no, con dinero propio.
o El reconocimiento del pasivo en el proceso mortuorio.
o El beneficio de separación.
o La formación de la hijuela de deudas.
o Responsabilidad de albacea, partidor y herederos por omisión.
o Insolvencia del heredero.
- Transformación de sociedades.
o Fusión de sociedades.
o Disolución y liquidación de personas jurídicas.
o El pago de las deudas.
o Obligaciones condicionales, obligaciones litigiosas.
o Daciones en pago.
o Responsabilidad de los socios de sociedades de hecho y de sociedades
irregulares.
o Responsabilidad de los socios en caso de insolvencia de la sociedad, según
la clase de sociedad y si ésta es civil o mercantil.
o Responsabilidad del liquidador.
o Concepto.
o Clases liberatorio y cumulativa. Requisitos. Funcionamiento.
o Efectos.
o Asunción de deuda y delegación, novación, estipulación en favor de
tercero.
o Invalidez del pago no obstante haber sido hecho al acreedor. Incapacidad
del acreedor o de quien obra por él.
o Efectos del pago hecho a un incapaz.
o Invalidez del pago hecho luego de haberse secuestrado el crédito u
ordenado retener el pago.
o Salvedades.
o Invalidez del pago hecho al deudor a quien se abrió concurso, fue
declarado en quiebra, celebró concordato o fue intervenido.
- Quién debe pagar. Quién puede pagar.
o Obligaciones de hacer fungible.
o Obligaciones de hacer calificado: técnicamente, jurídicamente.
o Obligaciones intuitus personae.
o Sustitución del deudor por un tercero; diputación para el pago, delegación
para el pago, intervención espontánea del tercero: con la anuencia del
deudor, sin esta o sin su conocimiento, o a pesar de su prohibición.
o Subrogación y agencia oficiosa.
- Dónde debe hacerse el pago:
o Obligación de dar: tradición por inscripción del título en registro público,
tradición por entrega del bien, tradición por inscripción del titulo más
entrega del bien;
o Obligación de entregar: inmueble o mueble, bien inmaterial, cuerpo cierto,
géneros; obligaciones pecuniarias: código civil y código de comercio;
o Obligaciones de hacer: servicio, obra, trabajo en un inmueble o en uno
mueble, labor intelectual; de obligación de no hacer.
- Cuándo debe hacerse el pago.
o Obligaciones a plazo: plazo convencional, plazo legal, plazo natural, plazo
esencial.
o Obligaciones condicionales.
o Exigibilidad y mora. Pérdida legítima del interés del acreedor por paso de la
oportunidad. Mora debitoris: dies interpelat pro omine, paso de la
oportunidad natural o esencial, requerimiento: judicial o privado. Efectos de
la mora debitoris. Exigibilidad-mora de obligaciones a plazo, antes del
vencimiento de éste: cuando el deudor manifiesta que no cumplirá o
realiza conducta que imposibilita el cumplimiento; o cuando la ejecuón
demanda un tiempo mínimo avanzado ya inútilmente.
o Exigibilidad antes del vencimiento del plazo: por concurso, quiebra,
concordato, intervención administrativa, o por pérdida o reducción de las
cauciones. Pago antes del vencimiento del plazo y su tratamiento según la
utilitas de la relación. Pago antes de la ocurrencia de la condición.
o Purga de la mora debitoris: por casus, por intervención de tercero, por
incumplimiento del acreedor-deudor, por falta de colaboración del
acreedor, por renuencia o ausencia de éste: la llamada mora creditoris
¿Puede darse el cumplimiento tardío? Imposibilidad del cumplimiento en sí,
pérdida justificada del commodum obligationis.
- Cómo debe hacerse el pago.
o Plenitud del pago: indivisibilidad de suyo del pago.
o En contrario: acuerdo inicial o posterior de las partes o precepto legal.
Pago de obligaciones por cuotas.
o La cláusula de aceleración el pago.
o Prestaciones periódicas o sucesivas.
o Discusión sobre parte de la prestación.
o Identidad entre la prestación debida y la prestación ejecutada.
o Determinación del haber de prestación: por las disposiciones del título
(negocio jurídico o decisión judicial), por los naturalia negotia y por las
disposiciones del ordenamiento (ley, costumbre, usos), de acuerdo con la
naturaleza de la prestación.
o Obligaciones de dar y poder de disposición (tradición de non domino);
o Obligaciones de entregar: géneros, cuerpo cierto; mayor o menor cabida
de un predio; aumentos y deterioros de la cosa debida.
o Obligaciones de pagar suma de dinero: originarias y convertidas; la
corrección monetaria, los intereses; concepto de interés, composición de
interés, ¿intereses + corrección monetaria?
o Obligaciones en moneda extranjera.
o Indemnizaciones legalmente fijadas en oro.
- Imputación del pago.
o Concepto.
o Razón de ser y función.
o Oportunidad para hacer la imputación. Quién la hace.
o Disposiciones de ley: antecedentes históricos, reglas presentes: Código
Civil, Código de Comercio.
- Pago con cesión de bienes.
o Requisitos, la par coditio creditoris.
o Acreedores con garantía real.
o Acreedores privilegiados.
o La asamblea de acreedores.
o Su decisión como acto colectivo.
o Cómo se realiza la cesión y cómo el pago.
o Efectos de la cesión.
o Recuperación.
- Pago con beneficio de competencia.