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modelo programación didáctica de la comunidad de aragón
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para Formación Continua del Profesorado de Secundaria y Asesores de Centros de Profesorado de Aragón, y para la Formación del Profesorado de Secundaria responsable de los Estudiantes en Prácticas del Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, Artísticas y Deportivas.
Introducción.............................................................................................................................. 2
**1. Legislación educativa para la realización de los documentos de programación didáctica en los centros de enseñanza.................................................................................. 10
1.-Marco normativo y conceptual de referencia:
Los docentes necesitan, como cualquier otro profesional, planificar su actividad. Esta planificación resulta imprescindible para cumplir tanto con lo estipulado por la normativa (estatal y/o autonómica), como por la necesidad de adecuar dicho marco normativo a su contexto docente. Es lo que se viene a denominar planificación didáctica, que incluiría tanto el proyecto curricular de etapa , elaborado y revisado por la comisión de coordinación pedagógica, la programación didáctica , realizada por los departamentos, y la programación de aula realizada por el profesorado para su tarea cotidiana.
Este documento se va a centrar en la programación didáctica. La razón fundamental para esta elección es que las programaciones didácticas son los instrumentos de planificación curricular específicos para cada materia, que diseña y adecua el profesorado (dentro del ámbito competencial del departamento de coordinación didáctica) atendiendo a las características específicas del alumnado que le haya sido encomendado.
Su objetivo fundamental será planificar y ordenar las acciones necesarias para llevar a cabo el proceso de enseñanza-aprendizaje-evaluación. En concreto, se trataría de determinar:
La programación didáctica es el instrumento mediante el cual el docente programa a largo, medio y corto plazo el modo en que los elementos del currículo (objetivos, competencias básicas, contenidos, metodología y criterios de evaluación), serán relacionados, ordenados, secuenciados y, en su caso, concretados a lo largo de los diferentes cursos.
Los elementos del currículo están relacionados entre sí:
El desarrollo curricular se orienta a la consecución de los objetivos y al desarrollo/adquisición de las competencias básicas.
Los contenidos son un medio, nunca un fin, para alcanzar las capacidades expresadas en los objetivos y desarrollar las competencias básicas.
Los métodos pedagógicos son los procedimientos para alcanzar las capacidades expresadas en los objetivos y desarrollar las competencias básicas.
a) Los objetivos de cada materia. b) La contribución de cada materia a la adquisición de las competencias básicas. c) La organización y secuenciación de los contenidos de las materias en cada uno de los cursos de la etapa. d) La incorporación de la educación en valores democráticos como contenido de cada materia. e) Los criterios de evaluación para cada uno de los cursos de la etapa. f) Los contenidos y criterios de evaluación mínimos exigibles para superar cada materia en cada uno de los cursos de la etapa. g) Los procedimientos e instrumentos de evaluación. h) Los criterios de calificación que se vayan a aplicar. i) Los principios metodológicos que orientarán la práctica en cada una de las materias. j) Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los materiales curriculares y libros de texto para uso del alumnado. k) Las medidas de atención a la diversidad y las adaptaciones curriculares para los alumnos que las precisen. l) Las estrategias de animación a la lectura y el desarrollo de la expresión y comprensión oral y escrita en las distintas materias. m) Las medidas necesarias para la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en las distintas materias. n) Las actividades de orientación y apoyo encaminadas a la superación de las pruebas extraordinarias. ñ) Las actividades de recuperación para los alumnos con materias no superadas de cursos anteriores y las orientaciones y apoyos para lograr dicha recuperación. o) Las actividades complementarias y extraescolares programadas por el departamento de acuerdo con el Programa anual de actividades complementarias y extraescolares establecidas por el centro.
A partir de estas premisas, el profesorado desarrollará su actividad docente conforme a lo establecido en el Proyecto curricular de etapa y en la Programación didáctica. Corresponde a cada docente, en coordinación con el equipo docente del grupo, la adecuación de dichas programaciones, mediante unidades didácticas o proyectos, a las características específicas de los alumnos que le hayan sido encomendados.
En caso de que algún profesor decida incluir en su actividad docente alguna variación respecto de la programación del departamento consensuada por el conjunto de sus miembros, dicha variación, y su justificación, deberán ser incluidas en la programación didáctica del departamento. En todo caso, las variaciones que se incluyan deberán respetar las decisiones generales adoptadas en el proyecto curricular de la etapa correspondiente.
Los profesores que impartan las enseñanzas correspondientes a las distintas religiones elaborarán la programación didáctica de las mismas, de acuerdo con lo establecido anteriormente. La programación de los ámbitos en los que se organicen las materias específicas de los Programas de diversificación, Programas de aprendizaje básico, Programas de cualificación profesional inicial u otros programas específicos será elaborada de forma conjunta por los departamentos u órganos de coordinación didáctica implicados y los servicios de orientación.
Especial interés tendrán en este proyecto los apartados referidos a la evaluación del alumnado como elemento primordial del proceso de enseñanza-aprendizaje, y de las medidas de atención a la diversidad que se implementen. En concreto, los apartados siguientes:
e) Los criterios de evaluación para cada uno de los cursos de la etapa. f) Los contenidos y criterios de evaluación mínimos exigibles para superar cada materia en cada uno de los cursos de la etapa. g) Los procedimientos e instrumentos de evaluación. h) Los criterios de calificación que se vayan a aplicar.
Los criterios de evaluación de las materias serán el referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos de las diferentes materias que conforman el currículo de la etapa educativa. Sobre los criterios de evaluación, se configura la esencia del desarrollo de las programaciones didácticas. Su imprescindible relación con el resto de elementos del currículo (objetivos, competencias básicas, contenidos e incluso la propia metodología que se adopte en el proceso de enseñanza-aprendizaje), determinará la concreción que el departamento deberá realizar de un proceso significativo de planificación, siempre posterior a la determinación del proyecto curricular de etapa, y anterior y diferenciado de la concreción de la programación de aula.
En los procesos de asesoramiento y supervisión llevados a cabo por la Inspección de Educación se ha podido comprobar, mediante la revisión de programaciones didácticas, que el tratamiento de la evaluación suele conllevar algunas carencias:
Algunos estudiantes universitarios y algunos docentes en activo suelen definir sus criterios de evaluación sin tener en cuenta el marco curricular vigente, y olvidando que dichos
3.- ¿Cómo se ha llevado a cabo este proyecto?
El proyecto se ha llevado a cabo por un grupo de trabajo multidisciplinar con un máximo grado de autonomía para el desarrollo del mismo. El grupo de trabajo está formado por profesionales de la enseñanza que pertenecen a diferentes sectores de la educación de la Comunidad Autónoma de Aragón y que comparten determinadas inquietudes relacionadas con la formación inicial y permanente del profesorado y la evaluación de su ejercicio profesional.
El plan y calendario de trabajo han sido elaborados por el propio grupo. La Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte dio viabilidad al proyecto y mostró su apoyo para la realización eficaz del trabajo previsto.
El material elaborado podrá consultarse y/o difundirse en los ámbitos de formación inicial y permanente del profesorado, además de servir de punto de convergencia conceptual para la evaluación docente del profesorado en activo.
Las principales características de este grupo de trabajo han sido las siguientes:
a) El diseño del plan de trabajo, con los apoyos institucionales mencionados, ha correspondido al mismo grupo. En algunos momentos del proyecto se ha solicitado alguna colaboración externa para temas puntuales, aunque siempre dentro de un contexto profesional.
b) La coordinación ha recaído sobre tres ejes: la Universidad de Zaragoza, la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente y la Dirección de la Inspección Educativa.
c) El grupo de trabajo ha estado constituido de manera estable, al margen de participaciones puntuales, por 10 profesionales del mundo de la educación.
4.- ¿Cuándo se ha llevado a cabo este proyecto?
El proyecto se ha desarrollado a lo largo del curso 2012-2013.
5.- ¿Quién ha llevado a cabo este proyecto?
El grupo de trabajo ha estado conformado con carácter estable por:
o José A. Julián Clemente
o Inés Arias Antoranz
o Mª José Barranco Navarro
o Jesús Gómez Picapeo
o Martín Pinos Quílez
o Dirección de la Inspección de Aragón:
Luis Mallada Bolea
o Inspección de Huesca:
Cristina Boada Apilluelo
Ignacio Polo Martínez
o Inspección de Teruel:
Mª Lourdes Alcalá Ibáñez
José Luis Castán Esteban
o Inspección de Zaragoza:
José Luis Cajal Franco
Ángel Lorente Lorente
Alejandro Lozano García
Además se ha contado con la colaboración puntual de:
6.- ¿Para qué se ha elaborado este proyecto?
Este proyecto se ha elaborado con los objetivos siguientes:
Son las referencias básicas y fundamentales que un docente tiene que conocer de cara a realizar los documentos básicos de planificación y programación en el marco escolar.
Tal como determina el artículo 26 de la Orden de 9 de mayo de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación secundaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad autónoma de Aragón:
_1. Los distintos departamentos de coordinación didáctica, u órganos docentes que correspondan, tomando como referencia el Proyecto curricular de etapa, desarrollarán el currículo establecido en la presente Orden mediante las programaciones didácticas de cada una de las materias. Se considerarán los principios metodológicos generales establecidos en esta Orden, la contribución a la adquisición de las competencias básicas y la educación en valores democráticos.
En el punto 3 del mismo artículo se determinan los aspectos que necesariamente debe incluir la programación didáctica y que pasamos a desarrollar a continuación.
Los objetivos vienen referidos a un conjunto de capacidades que abarcan los distintos ámbitos de desarrollo integral de la persona (cognitivo o intelectual, afectivo, actuación e inserción social, motor, comunicación y de relación interpersonal).
Los objetivos definen lo que queremos conseguir, es decir, son el “para qué” de la acción educativa. Son capacidades esperadas en el alumnado como consecuencia de determinadas actividades de enseñanza-aprendizaje que son susceptibles de observación y evaluación. Con la estructura curricular que emana de la LOE, las capacidades expresadas en los objetivos tienen como fin último el desarrollo de las competencias básicas.
Cada materia presenta unos objetivos generales. Describen la aportación que hace la materia respectiva en el desarrollo de las capacidades que tiene que conseguir el alumno, desde el enfoque y el ámbito de conocimiento específico de cada una de ellas. Se definen en términos de capacidades e incorporan una referencia a los bloques de contenidos que integran el área. Su logro contribuye a la consecución de los objetivos de la etapa y no están secuenciados por cursos.
2. ¿Qué debería aparecer en este apartado en el documento de la programación didáctica? Recomendaciones para su desarrollo.
En el documento deberían aparecer:
Algunos aspectos que hay que tener presente en el desarrollo de este apartado:
Ejemplo de redacción para la programación didáctica de la materia de Matemáticas.
1. Referencias normativas y conceptualización.
Las competencias básicas constituyen la dotación cultural mínima que cualquier ciudadano o ciudadana debe adquirir y que, por lo tanto, el Estado debe garantizar.
La competencia es, ante todo, la forma en que las personas logran movilizar todos sus recursos personales (cognitivos, afectivos, sociales, etc.) para lograr el éxito en la resolución de una tarea en diferentes contextos definidos. Las competencias constituyen un tipo de aprendizaje que se sitúa entre los comportamientos y las capacidades. La definición de los aprendizajes básicos en términos de competencias presenta, frente a otras formas ya ensayadas y no sustituidas (conductas, comportamientos y competencias), una importante ventaja: invita a considerar conjuntamente tanto la materia (contenidos) como la forma (actividades). La competencia es, en este contexto, una forma de utilización de todos los recursos disponibles (saberes, actitudes, conocimientos, habilidades, etc.) en unas condiciones concretas y para unas tareas definidas. Dicho de otro modo, la definición de los aprendizajes en términos de competencia evidencia la necesidad de adquirir el conocimiento de modo que pueda ser movilizado adecuadamente para la resolución de tareas. Más aún, la definición de los aprendizajes básicos en términos de competencia subraya la importancia de considerar el conocimiento en acción y no sólo el conocimiento como representación [Bolívar, Moya y Tiana (2011)].
El departamento debe aportar la contribución de cada materia al desarrollo de las competencias básicas que aparece en el anexo de la Orden de 9 de mayo de 2007. Las competencias básicas son las siguientes: