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El procedimiento para la reforma constitucional en españa, detallando los roles de las diferentes instancias políticas, como el gobierno, las cortes generales y las comunidades autónomas. Además, se describe el trámite específico en el senado, incluyendo la presentación de proposiciones, el debate y la aprobación de reformas constitucionales. Se distingue entre procedimientos ordinarios y especiales, y se detalla el control de la constitución durante el proceso de modificación.
Tipo: Apuntes
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Artículo 166
La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados
1 y 2 del artículo 87.
Del procedimiento de revisión constitucional
De la revisión constitucional iniciada en el Senado
Artículo 152.
Cincuenta Senadores que no pertenezcan a un mismo Grupo parlamentario podrán presentar proposiciones articuladas de reforma constitucional.
Artículo 153.
Presentada una proposición de ley de reforma constitucional será sometida al trámite de toma en consideración conforme a lo previsto en el artículo 108. En todo caso, los plazos y el número y duración de los turnos de palabra serán los que determine el Presidente, de acuerdo con la Mesa y oída la Junta de Portavoces.
De la revisión constitucional iniciada por el Congreso de los Diputados
Artículo 154.
dictamen que será elevado al Pleno de la Cámara para su debate y votación. La Comisión y, en su caso, la Ponencia observarán los plazos que se fijen por la Presidencia, de acuerdo con la Mesa y oída la Junta de Portavoces.
Artículo 155.
Artículo 156.
Artículo 157.
Aprobada una reforma constitucional por las Cortes Generales, y dentro de los quince días siguientes, una décima parte de los miembros del Senado podrán requerir, mediante escrito dirigido al Presidente, la celebración de un referéndum para su ratificación. En este caso, el Presidente dará traslado de dicho escrito al del Gobierno para que se efectúe la oportuna convocatoria.
De la reforma constitucional prevista en el artículo 168 de la Constitución
Artículo 158.