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reforma laboral, Apuntes de Derecho Laboral

Asignatura: Derecho del Trabajo, Profesor: 1º LADE, Carrera: Administración y dirección de empresas, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 13/05/2014

antoniobohoyoso
antoniobohoyoso 🇪🇸

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La reforma laboral de 2012
La reforma implanta un despido más barato, con menos requisitos y que, como norma
general, será procedente; da más facilidades al empresario para cambiar jornadas,
turnos, funciones y salarios; introduce un contrato específico para pymes y
emprendedores; establece nuevos incentivos para la contratación indefinida; y posibilita
los despidos colectivos en las administraciones y empresas públicas, entre otras
medidas.
Aspectos más relevantes:
Despido más barato y causas más claras
Se da la vuelta a la tortilla: el despido es procedente, como norma general, y demostrar
que no lo es corre a cuenta del trabajador, que tendrá que acudir al juez. El despido
(procedente) tiene una indemnización de 20 días por año para todos con un tope de doce
mensualidades. Y el improcedente, de 33 días y un tope de 24 mensualidades.
La rebaja afecta a todos los contratos, incluso los que están en vigor. Pero la
indemnización de los firmados antes de la reforma se calculará en base a una doble
escala: el periodo previo computa 45 dias por año y el resto, con los nuevos criterios
que correspondan.
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La reforma laboral de 2012

La reforma implanta un despido más barato, con menos requisitos y que, como norma general, será procedente; da más facilidades al empresario para cambiar jornadas, turnos, funciones y salarios; introduce un contrato específico para pymes y emprendedores; establece nuevos incentivos para la contratación indefinida; y posibilita los despidos colectivos en las administraciones y empresas públicas, entre otras medidas.

Aspectos más relevantes:

Despido más barato y causas más claras

Se da la vuelta a la tortilla: el despido es procedente, como norma general, y demostrar que no lo es corre a cuenta del trabajador, que tendrá que acudir al juez. El despido (procedente) tiene una indemnización de 20 días por año para todos con un tope de doce mensualidades. Y el improcedente, de 33 días y un tope de 24 mensualidades.

La rebaja afecta a todos los contratos, incluso los que están en vigor. Pero la indemnización de los firmados antes de la reforma se calculará en base a una doble escala: el periodo previo computa 45 dias por año y el resto, con los nuevos criterios que correspondan.

No será necesario ni siquiera que la empresa incurra en pérdidas, que también. Este tipo de despido se justifica cuando se prevean pérdidas o cuando una empresa haya sufrido nueve meses consecutivos con una caída de ingresos o de ventas.

Expedientes de regulación de empleo

La nueva reforma laboral elimina la autorización laboral de los despidos colectivos. Es decir, que el ERE ya no tiene que ser aprobado antes por la consejería de empleo de la comunidad autónoma o del Ministerio de Empleo: ahora solo será necesaria la autorización judicial. Y a posteriori.

Además, facilita por primera vez el despido colectivo en todas las Administraciones Públicas y en todas las empresas, organismos y entidades que forman el sector público. Se libran los funcionarios de carrera, pero no el personal laboral. La causa, como en el sector privado: nueve meses de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente.

La reforma laboral permite que los trabajadores afectados por un ERE temporal, que finalmente acaben despedidos, puedan recuperar hasta 180 días de indemnización de paro.

Negociación colectiva

El convenio de empresa prevalecerá ya siempre sobre cualquier otro convenio: todas las condiciones laborales son renegociables. Ahora es más fácil que se invoque el 'descuelgue' -no aplicar a la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable- alegando motivos económicos.

En primera instancia requiere acuerdo empresa-trabajadores y, de no haberlo, se acude al arbitraje. La última palabra queda en manos de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, donde están representados patronal, sindicatos y administración.

La reforma laboral limita la ultraactividad de los convenios, es decir, la renovación automática cuando no haya acuerdo entre trabajadores y empresarios. Los convenios "ya no estarán vigentes" tras dos años.

Contrato para pymes y emprendedores

La nueva legislación laboral introduce un contrato para impulsar las contrataciones indefinidas de jóvenes en las pymes que solo pueden usar las empresas de menos de 50 empleados.

Tiene un periodo de prueba de un año -lo que de facto supone el despido libre-, uno de los aspectos que genera más dudas sobre su legalidad.

Los empresarios podrán deducirse -de forma progresiva- 3.000 euros por el primer trabajador que empleen siempre que sea menor de 30 años y esté inscrito en el paro.

La clave es que el empleador va a tener una mayor flexibilidad en la distribución de las horas de trabajo ya que puede distribuir a su elección las horas extraordinarias y las complementarias, estas últimas solo en los contratos indefinidos.

Temporalidad

El Gobierno recupera, a partir del 1 de enero de 2013, el límite de dos años para el encadenamiento de contratos temporales, que había sido suspendido hace unos meses con carácter temporal (para los años 2012 y 2013).

Flexibilidad en las empresas

La reforma da más facilidades al empresario a la hora de organizar el trabajo: le permite cambiar jornadas, turnos, funciones y hasta rebajar salarios. Para ello solo es necesario que invoque motivos económicos, como pérdida de competitividad o de productividad.

También puede hacerlo cuando la empresa registre dos trimestres de caídas de ventas o ingresos, aunque no tenga pérdidas. Si el empleado no está de acuerdo cabe doble recurso: los tribunales o el despido con una indemnización de 20 días por año con un tope de 9 mensualidades.

Si las modificaciones afectan al 10% de la plantilla, se puede invocar el conflicto colectivo, que paraliza esa orden.

La ETT se convierte en una agencia de colocación privada

Desde ahora, una empresa de trabajo temporal (ETT) puede convertirse en una agencia de colocación privada con ánimo de lucro. De esta forma, las personas sin empleo tienen una vía más, una ayuda extra para buscar un trabajo a tiempo parcial, indefinido o temporal.

Hasta ahora, las ETT solo podían poner a disposición de una tercera empresa, y solo con carácter temporal, a trabajadores contratados por ella previamente.

La reforma laboral permite ahora que los Servicios Públicos de Empleo, el antiguo INEM, subcontraten la búsqueda de un empleo a las agencias de colocación y que las ETT se conviertan de forma más sencilla en este tipo de empresas de intermediación laboral.

Prejubilaciones más caras

La reforma ha encarecido las prejubilaciones para disuadir a las compañías que ponen en marcha este tipo de despidos colectivos de beneficiarse de las ayudas públicas, modificando, especificando y desarrollando un punto de la reforma de las pensiones, aprobada por el Ejecutivo de Zapatero.

Así, las empresas -o grupos de empresas- de más de 500 trabajadores tendrán que indemnizar al Estado por los empleados prejubilados que tengan 50 años o más. Pero solo lo harán si han iniciado el despido colectivo después del 27 de abril de 2011 y si, además, han obtenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores al ERE en cuestión.

Formación

Se reconoce el derecho de todos los trabajadores a 20 horas de formación pagada por el empresario y se crea una cuenta de formación, análoga a la vida laboral que elabora la Seguridad Social, que recopilará toda la formación recibida por el trabajador, para facilitar su inclusión en itinerarios de empleo.

Huelga general

Como medida de rechazo a la reforma y a la política de recortes del gobierno, se convoca la huelga general.

Los principales sindicatos han convocado protestas en más de un centenar de localidades. Junto con Madrid y Barcelona, miles de personas han salido a las calles de ciudades como Valencia, Bilbao, Alicante o Palma. La marcha de Madrid, con origen en la plaza de Neptuno, ha podido llegar a la puerta del Sol tras una sentencia judicial favorable a la petición de los convocantes.