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Guía de Regímenes Tributarios para Pequeñas y Medianas Empresas en Perú, Monografías, Ensayos de Contabilidad

Regímenes tributarios según SUNAT

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 04/11/2021

karl-olmac
karl-olmac 🇵🇪

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REGÍMENES TRIBUTARIOS
Antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te
conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa.
NRUS RER RMT RG
Nuevo Régimen Único
Simplificado
Régimen Especial de
Renta
Régimen MYPE
Tributario
Régimen General de
Renta
Te sugerimos:
Ubicarte en elNRUS, siinicias un pequeño negocio, como: una
bodega, un puesto en el mercado, zapatería, bazar, entre otras
actividades dirigidas al público, donde sólo emitirás boletas de
venta.
Ubicarte en elRER, sitendrás como clientes a empresas
ynecesitasemitir facturas y llevaruna contabilidad simple.
Pasos para elegir el Régimen Tributario:
1. Evalúa la actividad que desarrollarás
Proyecta los ingresos que tendrías por tu actividad.
Considera que hay actividades que no pueden acogerse al
NRUS y al Régimen Especial – RER.
2. Selecciona tu Régimen Tributario
Conceptos
Nuevo Régimen Único
Simplificado -NRUS
Régimen Especial
de Renta - RER
Régimen MYPE
Tributario -
RMT
Régimen
General de
Renta
Persona Natural o Jurídica Sólo para Personas
Naturales.
Personas Naturales
y Jurídicas.
Personas Naturales
y Jurídicas.
Personas
Naturales y
Jurídicas.
Límite de ingresos Hasta S/&96,000 anuales u
S/&8,000 mensuales.
Hasta S/&525,000
anuales.
Ingresos netos que
no superen 1,700
UIT en el año.
Sin límite.
Límite de compras Hasta S/&96,000 anuales u
S/&8,000 mensuales.
Hasta S/&525,000
anuales.
Sin límite. Sin límite.
Comprobantes de pago que
pueden emitir
Boletas de venta, Guías de
remisión&y tickets&(*).
Facturas, boletas y todos los demás permitidos.
Declaración Jurada
Mensual/ Anual
Con el pago de la cuota
mensual se tendrá por
presentada la Declaración
Mensual.
Sólo Declaración
Mensual.
Declaración Mensual y Anual.
&
Trabajadores Sin límite. Máximo 10 por
turno.
Sin límite. Sin límite.
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¡Descarga Guía de Regímenes Tributarios para Pequeñas y Medianas Empresas en Perú y más Monografías, Ensayos en PDF de Contabilidad solo en Docsity!

REGÍMENES TRIBUTARIOS Antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa. NRUS RER RMT RG Nuevo Régimen Único Simplificado Régimen Especial de Renta Régimen MYPE Tributario Régimen General de Renta Te sugerimos:  Ubicarte en el NRUS , si inicias un pequeño negocio, como: una bodega, un puesto en el mercado, zapatería, bazar, entre otras actividades dirigidas al público, donde sólo emitirás boletas de venta.  Ubicarte en el RER , si tendrás como clientes a empresas y necesitas emitir facturas y llevar una contabilidad simple.

Pasos para elegir el Régimen Tributario:

1. Evalúa la actividad que desarrollarás  Proyecta los ingresos que tendrías por tu actividad.  Considera que hay actividades que no pueden acogerse al NRUS y al Régimen Especial – RER. 2. Selecciona tu Régimen Tributario Conceptos Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS Régimen Especial de Renta - RER Régimen MYPE Tributario - RMT Régimen General de Renta Persona Natural o Jurídica Sólo para Personas Naturales. Personas Naturales y Jurídicas. Personas Naturales y Jurídicas. Personas Naturales y Jurídicas. Límite de ingresos Hasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales. Hasta S/ 525, anuales. Ingresos netos que no superen 1, UIT en el año. Sin límite. Límite de compras Hasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales. Hasta S/ 525, anuales. Sin límite. Sin límite. Comprobantes de pago que pueden emitir Boletas de venta, Guías de remisión y tickets (*). Facturas, boletas y todos los demás permitidos. Declaración Jurada Mensual/ Anual Con el pago de la cuota mensual se tendrá por presentada la Declaración Mensual. Sólo Declaración Mensual. Declaración Mensual y Anual. Trabajadores Sin límite. Máximo 10 por turno. Sin límite. Sin límite.

Conceptos Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS Régimen Especial de Renta - RER Régimen MYPE Tributario - RMT Régimen General de Renta Libros o registros contables que debe llevar Ninguno Sólo Registro de Compras y Ventas. Según tus ingresos. Según tus ingresos. Valor máximo de activos fijos S/ 70,000 (no se computan predios ni vehículos) S/ 126,000 (no se computan predios ni vehículos) Sin límite. Sin límite. 3.- Conoce y cumple tus obligaciones Tributarias según el Régimen Tributario que elegiste  Declara y paga tus impuestos según el cronograma de obligaciones mensuales.  Emite comprobantes de pago por tus ventas.  Solicita comprobantes de pago por tus compras.

Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS

En este Régimen Tributario se encuentran las personas que tienen un pequeño negocio cuyos clientes son consumidores finales y aquellos que desarrollan un oficio (gasfitero, pintor, carpintero, otros). Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:

  1. No llevas registros contables.
  2. Sólo efectúas un pago mensual.
  3. No estás obligado a presentar declaraciones mensuales ni anuales.
  4. Tendrás acceso al seguro de salud SIS Emprendedor. Podrás afiliar a tu esposa e hijos. Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS ¿Cuánto pagar? Categoría Ingresos o compras mensuales en soles hasta: Cuota mensual en soles: 1 5,000 20 2 8,000 50 El Régimen Único Simplificado cuenta además con una categoría especial, la cual detallamos a continuación:

 Actividades de médicos y odontólogos, veterinarias, jurídicas e ingeniería.

Régimen MYPE Tributario - RMT

El Régimen MYPE Tributario, está dirigido a las Micro y Pequeñas empresas (Persona Natural o Jurídica), que generen rentas de Tercera Categoría y cuyos ingresos netos no superen 1700 UIT en el año. Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:  El monto del impuesto a pagar es de acuerdo a la ganancia obtenida.  Puede emitir cualquier tipo de comprobante de pago.  Puedes realizar cualquier actividad económica.  Contabilidad sencilla, llevas el Registro de ventas, Registro de compras y el Libro Diario de formato simplificado (hasta 300 UIT)  Puede acogerse a la prórroga del IGV. Régimen MYPE Tributario ¿Cuánto pagar? Pago a cuenta mensual del Impuesto a la Renta: Monto Ingresos Netos Tasa Menor a 300 UIT 1% de los Ingresos Netos A partir del mes que supere las 300 UIT 1.5 % de los Ingresos Netos o Coeficiente() () El que resulte mayor, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta. Impuesto General a las Ventas (IGV) mensual: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal). ¿Se presenta DECLARACIÓN ANUAL? Sí, con la cual se regulariza el pago del impuesto a la renta, dependiendo de la ganancia obtenida: Tramo de ganancia Tasa sobre la utilidad Hasta 15 UIT 10% Más de 15 UIT 29.5% Si los activos superan el S/. 1 000,000 se debe declarar el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN). Tasa: 0.4%

Régimen General - RG

El Régimen General está dirigido a medianas y grandes empresas (Persona Natural o Jurídica), que generen rentas de tercera categoría y cuyos ingresos netos anuales superen las 1, UIT. Además, aquí se ubicarán todos los contribuyentes que no

cumplen las condiciones o requisitos para estar en el NRUS, Régimen Especial o Régimen MYPE Tributario. Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario:  Puedes desarrollar cualquier actividad económica, sin límite de ingresos.  Puedes emitir todo tipo de comprobantes de pago.  En caso tengas pérdidas económicas en un año, se pueden descontar de las utilidades de los años posteriores. Régimen General - RG ¿Cuánto pagar? Impuesto a la Renta : Pago a cuenta mensual (el que resulte mayor de aplicar un coeficiente o el 1.5%, según la Ley del Impuesto a la Renta). Impuesto General a las Ventas (IGV) mensual: 18% (incluye el Impuesto de Promoción Municipal). ¿Se presenta una DECLARACIÓN ANUAL? Sí, con la cual se paga una regularización del impuesto equivalente al 29.5% sobre la ganancia.

¿Cuándo puedo hacer el cambio de Régimen Tributario?

Para cambiarte de régimen debes tener en cuenta lo siguiente: Al NRUS Independientemente del régimen del cual provengas, sólo podrás cambiar al NRUS con la declaración del periodo ENERO. Además deberás:

  1. Declarar y pagar la cuota correspondiente al periodo ENERO dentro de la fecha de vencimiento.
  2. Dar de baja hasta el 31 de diciembre del año anterior al que desea acogerse:  Las Facturas o cualquier otro comprobante de pago en formato físico que permita sustentar el crédito fiscal, costo y/o gasto.  Los establecimientos anexos que tenga autorizados. Al RER